ACTIVIDAD 1 ELABORACION DE UNA ETIQUETA ESTUDIANTE: JORGE LEONARDO ROA BONETT
1. Usted ha sido contratado en una fábrica de embutidos para realizar una etiqueta de un nuevo producto. En ella debe indicar los aditivos alimentarios que va a utilizar y explicar el porqué de su elección
CHORIZO CON PAVO Y CERDO Ingredientes: contenido: 70 gr und Carne de pavo (78%), Grasa de cerdo (22%), Sal, pimentón, Maltodextrina, lactosa, Ajo, Dextrosa, Antioxidantes (E301), Conservantes (E-250, E-252), Colorante (E-120).
INFORMACION NUTRICIONAL Valor energético Grasas Hidrato de carbono Proteínas Sal L: 182524
1273KJ/306 Kcal 22 g 3g 24 g 3,5 g FV: 25/12/2016
ADITIVOS SELECIONADOS Y UTILIZADOS EN LA ELABORACION DEL CHORIZO DE PAVO Y CERDO:
E-301: Ascorbato De Sodio; es una sal sódica del ácido ascórbico (vitamina c), es utilizado ya que es un fuerte antioxidante y conservante, con el objetivo de reducir la nitrosaminas que son cancerígena Y prolongar la vida útil del alimento. E-250: Nitrito de sodio; es un fuerte conservante debido a su al alto poder antimicrobiano el cual ayuda a bloquear el crecimiento de los ciertos microorganismo como lo es el caso del Clostridium botulinum y Listeria monocytogenes. Además es un fijador de color, el cual le ayuda a dar un aspecto rosado al chorizo. E-252: Nitrato de potasio; es un fijador de color ayuda a bloquear el crecimiento de microorganismos.
E-120: ácido carminico; usado para dar color al embutido tornando un color rosado.
2. Además realice un cuadro comparativo entre la norma colombiana para aditivos del Ministerio de la Protección Social y la resolución del 2009 con la norma para aditivos alimentarios de la Unión Europea. 3.
DIRIGIDOA A:
ETIQUETADO
OBJETIVO
COLOMBIA
UNION EUROPEA
Materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en o directo e indirecto con los alimentos, bebidas y sus materias primas para consumo humano.
A aquellos alimentos que contengan edulcorantes, colorantes entre otros aditivos.
Leyenda Nombre del fabricante Código de barras.
La presente resolución tiene por objeto establecer el Reglamento Técnico, mediante el cual se señalan los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en o con alimentos y bebidas para consumo humano, con el fin de proteger la salud humana y prevenir las prácticas
El etiquetado de los aditivos alimentarios deberá cumplir las condiciones generales establecidas en la Directiva2000/13/CE. Deberá contener la información necesaria para su identificación (nombre, lote, fabricante, etc.) Establecer las normas sobre los aditivos alimentarios usados en los alimentos a fin de garantizar el funcionamiento eficaz del mercado interior y un elevado nivel de protección de la salud humana, y un elevado nivel de protección de los consumidores, incluida la protección de los intereses de estos últimos y las prácticas leales de
AUTORIZACIONES DE LOS ADITIVOS
CONTROL DE CALIDAD
que puedan inducir a error a los consumidores. Los aditivos empleados en la fabricación de objetos destinados a entrar en o con los alimentos y bebidas, que no se encuentren en las listas positivas establecidas en el subnumeral1.1 del artículo 13 del presente reglamento técnico y las nuevas combinaciones de los grupos de materiales y objetos que trata el artículo4° del presente reglamento técnico y materiales reciclados utilizados en la fabricación de objetos, envases, materiales y equipamientos, serán autorizadas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos(Invima), de conformidad con el procedimiento que establezca esa entidad Inspección Vigencia Control De aquellos productos los cuales contengan aditivos en sus etiquetas que será encargada por las directivas territoriales de salud en un término menor a 5 años.
comercio de productos alimenticios
Un aditivo alimentario sólo puede autorizarse si no plantea problemas de seguridad para la salud de los consumidores, si existe una necesidad tecnológica razonable que no puede ser satisfecha por otros medios económica y tecnológicamente practicables, y si su uso no induce a error al consumidor
La Comisión, asistida por el Comité permanente de la cadena alimentaria y desanidad animal, revisará todos los aditivos ya autorizados. A su vez, todos los aditivos alimentarios autorizados antes del 20 de enero de 2009 serán nuevamente evaluados por la EFSA. Tras consultar a la Autoridad, la Comisión
elaborará, a más tardar el20 de enero de 2010, un programa de evaluación para definir las necesidades y el orden de prioridad en materia de determinación del riesgo.