Volumen LXXII
Nº 241
mayo-agosto 2012
288 págs.
ISSN: 0018-2141
Volumen LXXII
Sumario JIMÉNEZ SÁNCHEZ, Juan Antonio: El recurso a la tiranía como respuesta a la dominación visigoda en la tarraconense (siglos V-VI) / The use of tyranny in response to the Visigothic domination in the Tarraconensis (5th-6th centuries) CARVAJAL CASTRO, Álvaro: Trascender el espacio de poder. Hacia una caracterización de las escalas de acción en la Alta Edad Media entre las cuencas del Cea y del Pisuerga / Beyond the Space of Power. Towards a Characterization of the Scales of Action in the Territories between the Rivers Cea and Pisuerga in the 10th and 11th centuries PIQUERAS JUAN, Jaime: Permanecer a través del tiempo: estrategias sucesorias y transmisión de los patrimonios en la sociedad valenciana del siglo XV / Enduring over time: Estate inheritance strategies and transfer of wealth within 15th century Valencian society SEIJAS MONTERO, María: El patrimonio de los monasterios cistercienses del sudoeste gallego en la Edad Moderna / The heritage of the southwest Cistercian monasteries of Galicia in the Modern Age MARTÍN MARCOS, David: «Ter o Archiduque por vezinho». La jornada a Lisboa de Carlos III en el marco del conflicto sucesorio de la Monarquía de España«Ter o Archiduque por vezinho» / The journey of Charles III to Lisbon in the context of the conflict of the succession of the Spanish monarchy VÁZQUEZ CIENFUEGOS, Sigfrido: El Almirantazgo español de 1807: la última reforma de Manuel Godoy / The Spanish iralty of 1807: The last reform Of Manuel Godoy SÁNCHEZ CARCELÉN, Antoni: Las consecuencias económicas de la ocupación napoleónica en Lérida / The economic consequences of the Napoleonic occupation of Lérida VILCHES, Jorge: El posibilismo republicano ante el catolicismo durante el reinado de Alfonso XII. A propósito de los sucesos de La Santa Isabel (1884) / Republican Possibilism and Catholicism during the reign of Alfonso XII. Regarding the events of La Santa Isabel (1884) RESEÑAS
Volumen LXXII | Nº 241 | 2012 | Madrid
ESTUDIOS
Nº 241
mayo-agosto 2012
Madrid (España)
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CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS
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HISPANIA. Revista Española de Historia Revista publicada por el Instituto de Historia, Centro de Ciencias Humanas y Sociales, CSIC Fundada en 1940, Hispania. Revista Española de Historia es una publicación cuatrimestral dedicada al estudio de las sociedades en las épocas medieval, moderna y contemporánea. Sus páginas están abiertas a investigaciones originales comprendidas en estos tres amplios estratos cronológicos, sin limitaciones en cuanto a su temática específica ni a su ámbito geográfico. Desde 1995 la revista incorpora a algunos de sus números una Sección Monográfica, encargada por su Consejo de Redacción a destacados historiadores españoles y extranjeros. Cuenta además con una amplia Sección Bibliográfica. Edición electrónica: http://hispania.revistas.csic.es. Founded in 1940, Hispania. Revista Española de Historia is a four-monthly publication devoted to the study of societies in the medieval, modern and contemporary periods. It is open to original work that fits within one or more of these three broad chronological frameworks, and does not restrict its contents along specific thematic or geographic lines. Since 1995, the journal has incorporated a Monographic Section into some of its issues, which has been commissioned from renowned historians from within and beyond Spain by the Editorial Board . It also includes an extensive Bibliographic Section. On line edition: http://hispania.revistas.csic.es. Director: Miguel Ángel Bunes (Instituto de Historia, Centro de Ciencias Humanas y Sociales, CSIC) Secretario: César Olivera Serrano (Instituto de Historia, Centro de Ciencias Humanas y Sociales, CSIC) Consejo de Redacción: Antonio Álvarez-Ossorio (U. Autónoma de Madrid) Ana Crespo Solana (IH, CCHS, CSIC) M.ª Dolores Elizalde Pérez-Grueso (IH, CCHS, CSIC) Julio Escalona (IH, CCHS, CSIC) Fernando García Sanz (EEHAR, CSIC) Cristina Jular Pérez-Alfaro (IH, CCHS, CSIC) José María Monsalvo Antón (U. de Salamanca)
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ESTUDIOS JIMÉNEZ SÁNCHEZ, Juan Antonio: El recurso a la tiranía como respuesta a la dominación visigoda en la tarraconense (siglos VVI) / The use of tyranny in response to the Visigothic domination in the Tarraconensis (5th-6th centuries) ................................................................... CARVAJAL CASTRO, Álvaro: Trascender el espacio de poder. Hacia una caracterización de las escalas de acción en la Alta Edad Media entre las cuencas del Cea y del Pisuerga / Beyond the Space of Power. Towards a Characterization of the Scales of Action in the Territories between the Rivers Cea and Pisuerga in the 10th and 11th centuries ................................................................................................. PIQUERAS JUAN, Jaime: Permanecer a través del tiempo: estrategias sucesorias y transmisión de los patrimonios en la sociedad valenciana del siglo XV/ Enduring over time: Estate inheritance strategies and transfer of wealth within 15th century Valencian society ................................................................................................................................... SEIJAS MONTERO, María: El patrimonio de los monasterios cistercienses del sudoeste gallego en la Edad Moderna / The heritage of the southwest Cistercian monasteries of Galicia in the Modern Age . MARTÍN MARCOS, David: «Ter o Archiduque por vezinho». La jornada a Lisboa de Carlos III en el marco del conflicto sucesorio de la Monarquía de España«Ter o Archiduque por vezinho» / The journey of Charles III to Lisbon in the context of the conflict of the succession of the Spanish monarchy ................................................................... VÁZQUEZ CIENFUEGOS, Sigfrido: El Almirantazgo español de 1807: la última reforma de Manuel Godoy / The Spanish iralty of 1807: The last reform Of Manuel Godoy ....................................................
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SUMARIO
PÁGINAS
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SÁNCHEZ CARCELÉN, Antoni: Las consecuencias económicas de la ocupación napoleónica en Lérida / The economic consequences of the Napoleonic occupation of Lérida ................................................................. VILCHES, Jorge: El posibilismo republicano ante el catolicismo durante el reinado de Alfonso XII. A propósito de los sucesos de La Santa Isabel (1884) / Republican Possibilism and Catholicism during the reign of Alfonso XII. Regarding the events of La Santa Isabel (1884) .................................................................................................................... RESEÑAS JARRET, Jonathan: Rulers and ruled in frontier Catalonia, 8801010. Pathways of Power, por Lluís To Figueras ....................................... VALDALISO CASANOVA, Covadonga: Historiografía y legitimación dinástica. Análisis de la Crónica de Pedro I de Castilla, por JeanPierre Jardin ...................................................................................................................... SOLDANI, Maria Elisa: Uomini d’affari e mercanti toscani nella Barcellona del Quatrocento, por Gaspar Feliu ............................................. IANNUZZI, Isabella: El poder de la palabra en el siglo XV: Fray Hernando de Talavera, por Cécile Codet ........................................................ LOZANO NAVARRO, Julián y CASTELLANO, Juan Luis (eds.): Violencia y conflictividad en el universo barroco, por Ángel Alloza Aparicio ............................................................................................................................... DÍAZ BLANCO, José Manuel: Razón de Estado y buen gobierno. La guerra defensiva y el imperialismo español en tiempos de Felipe III, por Amorina Villarreal Brasca ....................................................................... CARRIÓ-INVERNIZZI, Diana: El gobierno de las imágenes. Ceremonial y mecenazgo en la Italia española de la segunda mitad del siglo XVII, por Isabel Enciso Alonso-Muñumer .......................................... DÉSOS, Catherine: Les Français de Philippe V. Un modèle nouveau pour gouverner l'Espagne (1700-1724, por J.P. Dedieu .............. DELGADO BARRADO, José Miguel: Quimeras de la Ilustración (1791-1808). Estudios en torno a proyectos de hacienda y comercio colonial, por Marta García Garralón ........................................................... RODRÍGUEZ GUERRERO, Carmen: El Instituto Cardenal Cisneros de Madrid: (1845-1877), por María Luisa Rico ........................................... CASTILLO, Santiago (dir.): Historia de la UGT, por Pelai Pagès i Blanch .................................................................................................................................. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 341-344, ISSN: 0018-2141
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SUMARIO
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HAUSMANN, Frank-Rutger: «Vom Strudel der Ereignisse verschlungen». Deutsche Romanistik im «Dritten Reich», por Mario Martín Gijón ..................................................................................................................... MADARIAGA, María Rosa de: Abd el-Krim el Jatabi. La lucha por la independencia, por Fernando Rodríguez Mediano ...............................
607-610 611-614
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ESTUDIOS
HISPANIA. Revista Española de Historia, 2012, vol. LXXII, núm. 241, mayo-agosto, págs. 347-366, ISSN: 0018-2141
EL RECURSO A LA TIRANÍA COMO RESPUESTA A LA DOMINACIÓN VISIGODA EN LA TARRACONENSE (SIGLOS V-VI)*
JUAN ANTONIO JIMÉNEZ SÁNCHEZ Universidad de Barcelona *
RESUMEN:
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A finales del siglo V, la población hispanorromana contempló con disgusto el incremento de la presencia visigoda en tierras de la Tarraconense. Entre finales del siglo V e inicios del VI, dos individuos ―Burdunelo y Pedro― se alzaron con el poder de manera ilegal y acaudillaron revueltas contra el dominio visigodo. La fuente que nos informa de estos hechos, la Pseudo Chronica Caesaraugustana, es un texto altamente problemático: interpretado durante mucho tiempo como los restos de la historiola escrita por el obispo Máximo de Zaragoza (c. 599-614/620), en realidad se trata solo de unas anotaciones realizadas al margen de crónicas anteriores. Las vicisitudes de la transmisión manuscrita han provocado, además, el desplazamiento de algunas de estas anotaciones de su posición original, con lo que nos proporcionan dataciones erróneas. En este trabajo estudiamos las noticias relativas a las rebeliones de Burdunelo y de Pedro, realizamos una nueva propuesta de cronología, analizamos sus orígenes sociales y examinamos el alcance que pudieron tener estas sublevaciones en el contexto de un inminente enfrentamiento entre visigodos y francos.
Juan Antonio Jiménez Sánchez es profesor titular en la Universidad de Barcelona. Dirección para correspondencia: Departamento de Prehistoria, Historia Antigua y Arqueología, Facultad de Geografía e Historia, Universidad de Barcelona, C/ Montalegre, 6-8, 08001, Barcelona. E-mail:
[email protected]. * Este estudio se enmarca en los proyectos de investigación HAR2010-15183 del MCI y del GRAT, Grupo de Investigación 2009SGR-1255 de la Generalitat de Catalunya, de los cuales es investigador principal el profesor Josep Vilella, y de Halma-Ipel, UMR 8164 del CNRS, Lille 3 MCC, dirigido por el profesor Didier Devauchelle. Las abreviaturas utilizadas en el presente trabajo son: CCSL (Corpus Christianorum. Series Latina); MGH aa (Monumenta Germaniae Historica. Auctores antiquissimi); MGH srm (Monumenta Germaniae Historica. Scriptores rerum Merouingicarum); PG (Patrologiae cursus completus. Series Graeca); PLRE (The Prosopography of the Later Roman Empire); ThLL (Thesaurus Linguae Latinae).
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JUAN ANTONIO JIMÉNEZ SÁNCHEZ
PALABRAS CLAVE: Visigodos. Hispanorromanos. Tarraconense. Revueltas. Tiranía. Pseudo Chronica Caesaraugustana. THE USE OF TYRANNY IN RESPONSE TO THE VISIGOTHIC DOMINATION IN THE TARRACONENSIS (5TH-6TH CENTURIES) ABSTRACT: At the end of the 5th century, the Hispano-Roman population watched in dismay as the Visigothic presence in Tarraconensis lands grew. Between the end of the 5th century and the beginning of the 6th century, two individuals ―Burdunelus and Peter― illegally came into power and led revolts against the Visigothic domination. The source that reports on these events, the Pseudo Chronica Caesaraugustana, is an extremely problematic text which for many years was interpreted as the remains of the historiola written by bishop Maximus of Saragossa (c. 599-614/620), when, in fact, they are mere annotations made on the margins of previous chronicles. Moreover, the vicissitudes of the transmission of the manuscript led to the displacement of some of these annotations from their original position, which resulted in erroneous dates. In this paper we study the entries regarding the rebellions of Burdunelus and Peter, we propose a new chronology, we analyse the social origins of these leaders, and we examine the implications of these uprisings in the context of an imminent confrontation between Visigoths and Franks. KEY WORDS: Visigoths. Hispano-Romans. Tarraconensis. Revolts. Tyranny. Pseudo Chronica Caesaraugustana.
El ascenso de Eurico al trono visigodo el año 466 supuso un nuevo impulso a la política expansionista de este pueblo. Si anteriormente los visigodos se habían limitado a algunas acciones en la Galia y sobre todo en Hispania, realizadas en nombre de Roma o en el suyo propio con el afán de conseguir botín, con Eurico comenzarán verdaderas campañas de anexión territorial. Por lo que respecta a la Galia, Eurico amplió el Reino de Tolosa mediante la conquista de importantes ciudades, como Arelate y Massilia1. En cuanto a Hispania, en el año 468, poco después de subir al trono, Eurico lanzó un ataque sobre Lusitania2. Cuatro años más tarde, en el 472, cuando ya había controla————
1 Chron. Gall. a. DXI, 657, ed. MOMMSEN, Theodor, MGH aa, 9, 1, Berlín, Weidmann, 1892, pág. 665: Arelate capta est ab Eurico cum Massilia et ceteris castellis; Isidorus, Hist. Goth., 34, ed. RODRÍGUEZ, Cristóbal, Las Historias de los godos, vándalos y suevos de Isidoro de Sevilla: estudio, edición crítica y traducción, León, Centro de Estudios e Investigación San Isidoro, 1975, págs. 226-228: in Gallias autem regressus, Arelatum urbes et Massiliam bellando obtinuit suoque regno utramque adiecit. 2 Hydatius, Chron., 244, ed. BURGESS, Richard W., The Chronicle of Hydatius and the Consularia Constantinopolitana: Two Contemporary s of the Final Years of the Roman Empire, Oxford, Clarendon Press, 1993, pág. 122: Gothi circa eundem conuentum pari hostilitate deseuiunt; partes etiam Lusitaniae depraedantur; Isidorus, Hist. Goth., 34, ed. RODRÍGUEZ, pág. 226: nec mora partes Lusitaniae magno impetu depraedatur.
Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 347-366, ISSN: 0018-2141
EL RECURSO A LA TIRANÍA COMO RESPUESTA A LA DOMINACIÓN VISIGODA EN LA TARRACONENSE
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do los principales enclaves estratégicos de esta provincia, envió tropas bajo las órdenes del comes Gauterico para tomar diversas ciudades, en esta ocasión de la Tarraconense, como Pompaelo y Caesaraugusta3. En el 474, Eurico volvió a enviar tropas a Hispania, ahora bajo las órdenes del general godo Heldefredo y del dux de Hispania Vicente, para capturar Tarraco y otras ciudades costeras4. A propósito de estas campañas, Isidoro de Sevilla comenta que la nobleza de la Tarraconense presentó algún tipo de resistencia a la penetración militar, aunque finalmente tal oposición fue eliminada por Eurico5. Todo apunta a que la resistencia estaba de antemano condenada al fracaso, ya que, además de no estar seguramente muy organizada, no contaba con un ejército regular ni tal vez con demasiadas ayudas exteriores6. Es muy poco lo que sabemos acerca de estos movimientos contrarios a la entrada de los godos ―tanto en la época de Eurico como en la de su sucesor Alarico II―, puesto que ni las fuentes de la época ni las posteriores apenas guardaron un recuerdo de ellos, ni de sus líderes ni de las ciudades en que se gestaron ni del soporte popular con el que contaron. Los historiadores no hispanos no se preocuparon demasiado por los asuntos de la península ibérica, salvo cuando estaban en relación con la historia de su propio país, como es el caso de Gregorio de Tours. Por otro lado, los autores hispanos que escribieron acerca de los visigodos, como por ejemplo Isidoro de Sevilla, no se molestaron en registrar unas revueltas que debieron de considerar sin importancia y a todas luces ilícitas, puesto que iban en contra de la autoridad ―en el siglo VII, cuando escribe Isidoro, incontestablemente legal― de los visigodos. La única fuente que precisa algunos detalles a propósito de estas rebeliones, y de una manera confusa y fragmentaria, es la tradicionalmente conocida como Chronica Caesaraugustana7, la cual nos informa acerca de dos levan-
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Chron. Gall. a. DXI, 651, MGH aa, 9, 1, pág. 664: Gauterit comes Gothorum Hispanias per Pampilonem, Caesaraugustam et uicinas urbes obtinuit; Isidorus, Hist. Goth., 34, ed. RODRÍGUEZ, pág. 226: inde Pampilonam et Caesaraugustam misso exercitu capit superioremque Spaniam in potestatem suam mittit. 4 Chron. Gall. a. DXI, 652, MGH aa, 9, 1, pág. 665: Heldefredus quoque cum Vincentio Hispaniarum duce obsessa Terracona maritimas urbes obtinuit. Acerca de las campañas de Eurico en Hispania, véase: THOMPSON, Edward Arthur, Romans and Barbarians. The Decline of the Western Empire, Madison, The University of Wisconsin Press, 1982, págs. 190-192; ARCE, Javier, Bárbaros y romanos en Hispania: 400-507 a.D., Madrid, Marcial Pons, 2005, págs. 144-145. 5 Isidorus, Hist. Goth., 34, ed. RODRÍGUEZ, pág. 226: Tarraconensis etiam prouinciae nobilitatem, quae ei repugnauerat, exercitus inruptione euertit. 6 THOMPSON, Romans and Barbarians, pág. 191; GARCÍA MORENO, Luis Agustín, Historia de España visigoda, Madrid, Cátedra, 1989, pág. 73; ARCE, Bárbaros y romanos, págs. 145 y 283. 7 Las principales ediciones son: MOMMSEN, Theodor, MGH aa, 11, 2, Berlín, Weidmann, 1894, págs. 222-223; CARDELLE DE HARTMANN, Carmen, Victoris Tunnunensis Chronicon cum reliquiis ex Consularibus Caesaraugustanis et Iohannis Biclarensis Chronicon, CCSL, 173 A, Turnhout, Brepols, Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 347-366, ISSN: 0018-2141
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tamientos contra el poder visigodo, los protagonizados por Burdunelo (que esta fuente sitúa incorrectamente entre los años 496 y 497) y Pedro (506). Se desconoce de dónde procede con exactitud esta fuente. En el estado actual en que se nos ha conservado, se presenta como unas breves anotaciones realizadas en los márgenes de crónicas anteriores, en concreto la de Víctor de Tunnuna y la de Juan de Biclaro. La cuestión estriba en discernir qué texto utilizó el anotador para realizar estos marginalia8. En 1874, Hugo Hertzberg propuso una hipótesis que habría de tener un gran éxito en la posteridad: estas anotaciones corresponderían a los restos de la historiola sobre los tiempos de los godos en Hispania escrita, según Isidoro de Sevilla9, por el obispo Máximo de Zaragoza (c. 599-614/620)10. Esta hipótesis, en principio, parecía no carecer de lógica: en efecto, las noticias aluden sobre todo a episodios acaecidos en la Tarraconense y la ciudad de Caesaraugusta aparece en diversas de ellas. En consecuencia, según Hertzberg, un anotador anónimo habría utilizado la historiola de Máximo para completar las crónicas de Víctor de Tunnuna y de Juan de Biclaro con informaciones relativas a Hispania, de las que carecía especialmente la obra del primero. Con posterioridad, Theodor Mommsen se mostró partidario de esta hipótesis y la recogió en la introducción a la edición que realizó, como si se tratara de un texto independiente, de estas anotaciones con el título Chronicorum Caesaraugustanorum reliquiae11. La falta de críticas formuladas a dicha hipótesis, unida al gran prestigio del erudito alemán, ha hecho que esta haya sido aceptada de una manera prácticamente indiscutible hasta nuestros días12. ———— 2001, págs. 4-61 (edición cuyo texto utilizamos en el presente estudio). Dado que, como expondremos a continuación, se trata de anotaciones marginales de diverso origen y autoría, hemos optado por citar esta fuente como Pseudo Chronica Caesaragustana. Junto a la numeración de la edición de Cardelle de Hartmann, mantenemos, entre paréntesis, la de Mommsen, basada en el año al que están adscritas las noticias, para facilitar la correspondencia entre ambas ediciones. 8 Un estado de la cuestión puede leerse en MARTÍN, José Carlos, «Máximo de Zaragoza», en CODOÑER, Carmen (coord.), La Hispania visigótica y mozárabe. Dos épocas en su literatura, Salamanca, Ediciones Universidad de Salamanca, 2010, págs. 178-180. 9 Isidorus, De uir. illustr., 33, ed. CODOÑER, Carmen, El De uiris illustribus de Isidoro de Sevilla: estudio y edición crítica, Salamanca, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1964, pág. 153: Maximus, Caesaraugustanae urbis episcopus, multa uersu prosaque componere dicitur. Scripsit et breui stilo historiolam de iis quae temporibus Gothorum in Hispaniis acta sunt, historico et composito sermone. Sed et multa alia scribere dicitur, quae necdum legi. 10 HERTZBERG, Hugo, Die Historien und die Chroniken des Isidorus von Sevilla. Eine Quellenuntersuchung. Erster Theil: Die Historien, Göttingen, Dieterich’sche, 1874, págs. 65-67. 11 MOMMSEN, MGH aa, 11, 2, págs. 221-223. 12 Valga como ejemplo el siguiente elenco de autores: DÍAZ Y DÍAZ, Manuel Cecilio, Index Scriptorum Latinorum Medii Aeui Hispanorum, I, Salamanca, Universidad de Salamanca, 1958, pág. 23, n. 79; CODOÑER, Carmen, El «De uiris illustribus» de Isidoro de Sevilla. Estudio y edición crítica, Salamanca, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1964, pág. 49; ORLANDIS, José, Zaragoza visigótica. Lección inaugural del curso académico MCMLXVIII-MCMLXIX, Zaragoza, Universidad de Zaragoza, Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 347-366, ISSN: 0018-2141
EL RECURSO A LA TIRANÍA COMO RESPUESTA A LA DOMINACIÓN VISIGODA EN LA TARRACONENSE
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Sin embargo, como ya hemos puesto de manifiesto en trabajos anteriores13, un estudio minucioso de las anotaciones que componen esta fuente pone de manifiesto la falsedad del aserto14. De tal estudio se desprende que estos textos jamás gozaron de un carácter independiente y unitario, sino que desde el inicio no fueron otra cosa que unas notas realizadas en los márgenes de crónicas anteriores, no por un solo individuo, sino por diversos autores anónimos en algún lugar de la Tarraconense, aunque no necesariamente en Zaragoza; además, en su origen hubo diversas fuentes ―tales como consularia, latérculos de reyes visigodos y trabajos históricos de corte cronístico― y no una sola. Por otro lado, debemos tener presente otro factor importante a la hora de utilizar estos marginalia: la transmisión manuscrita generó en algunos casos que determinadas anotaciones quedaran desplazadas de la noticia de la crónica, con cronología consular, a la que estaban originalmente adscritas, lo que provocó que acabaran junto a otras noticias de años diferentes y proporcionaran, en consecuencia, dataciones erróneas. El problema se agrava considerablemente si tenemos en cuenta que en numerosas ocasiones muchos de los acontecimientos relativos a los primeros tiempos de la presencia visigoda en Hispania tan solo los conocemos a través de esta fuente. En otras ocasiones, ciertos autores aluden a algunos de estos mismos acontecimientos, pero lo hacen muchas veces sin indicar ningún tipo de cronología. Por tanto, los investigadores han recurrido a la Pseudo Chronica Caesaraugustana para
———— 1968, pág. 22; LACARRA, José María, «Edad Media: del siglo V al XII», en BELTRÁN, Antonio, LACAJosé María y CANELLAS, Ángel, Historia de Zaragoza, I: Edades Antigua y Media, Zaragoza, Ayuntamiento de Zaragoza, 1976, págs. 91-196, pág. 99; ORLANDIS, José, La España visigótica, Madrid, Gredos, 1977, pág. 9; AA.VV., «Maximus episcopus Caesaraugustanus», en Repertorium Fontium Historiae Medii Aeui, VII, Roma, Istituto Storico Italiano per el Medio Evo, 1997, pág. 544; CAEROLS, José Joaquín, «El encuentro entre godos e hispanorromanos (un análisis filológico)», en URSO, Gianpaolo (ed.), Integrazione Mescolanza Rifiuto. Incontri di popoli, lingue e culture in Europa dall’Antichità all’Umanesimo (Cividale del Friuli, 21-23 settembre 2000), Roma, L’Erma di Bretschneider, 2001, págs. 199-238, pág. 228; ORLANDIS, José, Historia del reino visigodo español. Los acontecimientos, las instituciones, la sociedad, los protagonistas, Madrid, Rialp, 2003, págs. 14 y 320; ARCE, Bárbaros y romanos, págs. 134, 169 y 171. 13 JIMÉNEZ, Juan Antonio, «Los últimos ludi circenses realizados en Hispania en época visigoda», Faventia, 28 (2006), págs. 99-113; Id., «Acerca de la denominada Crónica de Zaragoza», Helmántica, 58, 177 (2007), págs. 339-367; Id., «El reinado de Gesaleico según la Pseudo Chronica Caesaraugustana», en BENOIST, Stéphane, HOËT-VAN CAUWENBERGHE, Christine y JAILLETTE, Pierre (eds.), XXXIVe Symposium international «La vie des autres: Histoire, prosopographie, biographie dans l’Empire Romain» (Villeneuve d’Ascq, 18-19 novembre 2010), Villeneuve d’Ascq, Université Charles-de-GaulleLille III, en prensa. 14 La autoría de Máximo ya había sido rechazada por COLLINS, Roger, «Isidore, Maximus and the Historia Gothorum», en SCHARER, Anton y SCHEIBELREITER, Georg (eds.), Historiographie im frühen Mittelalter, Wien-München, Oldenbourg, 1994, págs. 345-358, págs. 355-356; GILLETT, Andrew, «The accession of Euric», Francia, 26/1 (1999), págs. 1-40, págs. 3-9; CARDELLE DE HARTMANN, Victoris Tunnunensis, págs. 118*-124*. RRA,
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otorgar fechas precisas a estos eventos. Los casos que nos ocupan en estas páginas, las rebeliones de Burdunelo y de Pedro, resultan altamente significativos, dado que solo se documentan en estas anotaciones, lo cual implica, como veremos, numerosos problemas de cronología. Como ya hemos avanzado, la penetración en Hispania de tropas visigodas y el posterior establecimiento de guarniciones no debieron de dejar indiferente a la población local. Con seguridad, el descontento comenzó a cundir entre una parte de los autóctonos, quienes no verían con demasiados buenos ojos a los recién llegados. Un ejemplo de ello sería la primera sublevación contra los visigodos de la que nos informa la Pseudo Crónica Caesaraugustana, la insurrección acaudillada por un tal Burdunelo a finales del siglo V 15. Burdunelo encabezó una rebelión contra los visigodos, seguramente aprovechando el momento propicio que le ofrecían los conflictos que estos tenían con los francos. En efecto, cuando Alarico II ascendió al trono en el 484, su reino ocupaba el suroeste de la Galia y casi toda la península ibérica, y gozaba de paz y prosperidad. Sin embargo, este monarca pronto hubo de hacer frente a las ambiciones del rey franco Clodoveo, cuya política expansionista le llevó a enfrentarse con los visigodos. Su conversión a la fe católica, escenificada en su bautismo un 25 de diciembre del 496/499, añadió un componente religioso a la rivalidad entre francos y visigodos, dado que estos últimos seguían el arrianismo. La confrontación final estuvo precedida de una serie de enfrentamientos: Alarico II debió recuperar Santones (Saintes) y Burdigala (Burdeos), capturadas por Clodoveo en el 496 y en el 498 respectivamente16. Ni la mediación efectuada por Teodorico I el Ostrogodo17 ni la reunión que ambos rivales mantuvieron en una isla del Loira, en la que se formularon mutuas promesas de amistad18, pudieron evitar la guerra. Las hostilidades estallarían finalmente en el 507 de forma definitiva y llevarían al enfrentamiento de los ejércitos visigodo y franco en la batalla de Vouillé, a la total derrota del primero y a la desaparición del Reino Visigodo de Tolosa19.
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15 Ps. Chron. Caes., 74a, CCSL, 173 A, pág. 23 (Chron. Caes., ad a. 496, MGH aa, 11, 2, pág. 222): his consulibus Burdunelus in Hispania tyranidem assumit; 75a, ibid., pág. 23 (Chron. Caes., ad a. 497, MGH aa, 11, 2, pág. 222): his consulibus Gotthi intra Hispanias sedes acceperunt, et Burdunelus a suis traditus et Tolosam directus in tauro aeneo impositus igne crematus est. Acerca de este personaje, véase PLRE, II, pág. 243, Burdunelus. 16 Auct. Haun., s.a. 496 y 498, ed. MOMMSEN, Theodor, MGH aa, 9, 1, Berlín, Weidmann, 1892, pág. 331. 17 Cassiodorus, Var., III, 1-4, ed. ÅKE, J. Fridh, CCSL, 96, Turnhout, Brepols, 1973, págs. 96-100; Ps.-Fredegarius, Chron., II, 58, ed. KRUSCH, Bruno, MGH srm, 2, Hannover, Impensis Bibliopolii Hahniani, 1888, págs. 82-83. 18 Gregorius Tur., Hist. Franc., II, 35, ed. KRUSCH, Bruno y LEVISON, Wilhelm, MGH srm, 1, 1, Hannover, Impensis Bibliopolii Hahniani, 1951, pág. 84. 19 Al respecto, véase: JIMÉNEZ GARNICA, Ana María, Orígenes y desarrollo del Reino Visigodo de Tolosa (a. 418-507), Valladolid, Universidad de Valladolid, 1983, pág. 124; Id., «Sobre rex y regnum.
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Como podemos observar, la difícil situación de los visigodos en territorio galo a finales del siglo V se presentaba propicia para intentar cualquier tipo de rebelión contra el dominio godo en Hispania. La Pseudo Crónica Caesaraugustana tilda a Burdunelo de tyrannus («Burdunelus in Hispania tyrannidem assumit»), lo que significa que se alzó contra el gobernante legítimo y se apropió del poder de forma ilegal, y que, por tanto, el autor de los marginalia lo consideraba un usurpador20. Esto resulta muy interesante para nosotros, dado que nos indica que el anotador consideraba el poder visigodo indiscutiblemente como el único legítimo en la península ibérica y cualquier revuelta contra este como un intento de detentar el poder. Recordemos que las fuentes de época visigoda aplican el término tyrannus a aquellos individuos que se hicieron con el poder soberano por la fuerza y de manera ilegal, con lo que asumieron una realeza que no les correspondía. Un buen ejemplo documentado en la historiografía visigoda nos lo proporciona la rebelión de Hermenegildo: Juan de Biclaro21 e Isidoro22 lo denominan «tirano» a pesar de que profesaba el catolicismo al igual que ellos y su rival era el rey arriano Leovigildo; sin embargo, Leovigildo era el rey legítimo y Hermenegildo intentó hacerse con el poder alzándose ilegalmente contra su padre23. Seguramente uno de los detonantes de la revuelta de Burdunelo habría sido la entrada de nuevas fuerzas visigodas el año 494 ―ya en época de Alarico II (484-507)―, un episodio del que también nos informa la Pseudo Crónica Caesaraugustana24. La sobriedad de esta fuente no nos permite conocer más detalles acerca de esta nueva penetración goda en la península. Probablemente no se trataría de un asentamiento de población, sino de una acción militar destinada a controlar nuevos enclaves estratégicos del territorio, casi con toda seguridad de la Tarraconense25. La reacción al incremento de pre-
———— Problemas de terminología política durante el primer siglo de historia de los visigodos», Pyrenae, 35/2 (2004), págs. 57-78, págs. 69-73; ORLANDIS, Historia del reino visigodo, págs. 49-53. 20 ORLANDIS, José, El poder real y la sucesión al trono en la monarquía visigoda (= Estudios visigóticos, III), Roma-Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1962, pág. 30; ESCRIBANO, María Victoria, Los godos en Aragón, Zaragoza, Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, 2000, págs. 44-46; ARCE, Bárbaros y romanos, pág. 170. 21 Iohannes Bicl., Chron., 54, ed. CARDELLE DE HARTMANN, Carmen, CCSL, 173 A, Turnhout, Brepols, 2001, pág. 71. 22 Isidorus, Hist. Goth., 49, ed. RODRÍGUEZ, pág. 254. 23 Acerca del concepto visigodo de «tiranía», véase: ORLANDIS, José, «En torno a la noción visigoda de tiranía», Anuario de Historia del derecho español, 29 (1959), págs. 5-43 (= Id., El poder real y la sucesión al trono, págs. 13-42); CAEROLS, «El encuentro entre godos», págs. 224-225. 24 Ps. Chron. Caes., 71a, CCSL, 173 A, pág. 22 (Chron. Caes., ad a. 494, MGH aa, 11, 2, pág. 222): «his consulibus Goti in Hispanias ingressi sunt». 25 DOMÍNGUEZ, Adolfo Jerónimo, «La Chronica Caesaraugustana y la presunta penetración popular visigoda en Hispania», Los visigodos. Historia y civilización (= Antigüedad y cristianismo, III), Murcia, Universidad de Murcia, 1986, págs. 61-68, págs. 63-64; GARCÍA MORENO, Historia de España, págs. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 347-366, ISSN: 0018-2141
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sencia visigoda en esta provincia motivaría la rebelión acaudillada por Burdunelo algún tiempo después. Como ya hemos avanzado, la cuestión de la cronología de esta sublevación se presenta especialmente problemática. En el estado actual en que se nos han transmitido estas anotaciones, observamos que las noticias relativas a Burdunelo, adscritas a los años 496 y 497, comienzan con la fórmula his consulibus típica de los consularia. Sin embargo, Víctor de Tunnuna ―el autor de la crónica en cuyos márgenes aparecen estas noticias― anota que en los años 496 y 497 tan solo hubo un cónsul, Paulo y Anastasio Augusto (por segunda vez) respectivamente, por lo que las noticias adscritas a esos años deberían haber empezado con la fórmula hoc consule, y no his consulibus. En consecuencia, habremos de asignar dichas noticias a un año en el que hubiera dos cónsules. La sucesión de consulados para este período en Víctor de Tunnuna es la siguiente: 494 495 496 497 498 499 500
Asterio y Presidio Viator Paulo26 Anastasio Augusto (por segunda vez) Juan Escita y Paulo Gibbo Patricio e Hipacio
———— 79-80; ARCE, Bárbaros y romanos, pág. 170. Leemos una opinión diferente en THOMPSON, Romans and Barbarians, pág. 192: «the words suggest a considerable Visigothic immigration south of the Pyrenees in 494». Por su parte, D’ABADAL, Ramón, Del Reino de Tolosa al Reino de Toledo, Madrid, Real Academia de la Historia, 1960, pág. 45; Id., Dels visigots als catalans, I: La Hispània visigòtica i la Catalunya Carolíngia, Barcelona, Edicions 62, 19863, pág. 43, opina que la conquista goda de Hispania había culminado en época de Eurico, por lo que encuentra improbable que esta entrada esté relacionada con una expedición militar; este autor considera que seguramente se trata de un asentamiento de población. Misma opinión en JIMÉNEZ GARNICA, «Sobre rex y regnum», pág. 70; COLLINS, Roger, «An historical commentary on the Consularia Caesaraugustana», en CARDELLE DE HARTMANN, Carmen, Victoris Tunnunensis Chronicon cum reliquiis ex Consularibus Caesaraugustanis et Iohannis Biclarensis Chronicon, CCSL, 173 A, Turnhout, Brepols, 2001, págs. 95-109, pág. 100. ORLANDIS, Historia del reino visigodo, pág. 51, también habla de oleada migratoria y especula con la posibilidad de que tal penetración goda fuera una consecuencia de la pérdida de Santones a manos de los francos no mucho antes. LACARRA, «Edad Media», pág. 96, opina igualmente que los autores de esta penetración fueron «en buena parte gentes campesinas». 26 Víctor de Tunnuna no tiene en cuenta al cónsul occidental, Especioso, el cual tan solo aparece documentado como cónsul en los Fasti Augustani, s.a. 496, ed. MOMMSEN, Theodor, MGH aa, 13, 3, Berlín, Weidmann, 1898, pág. 285. Resulta verosímil que fuera nombrado cónsul por el rey ostrogodo Teodorico I, lo que motivó que no fuera reconocido por Anastasio, soberano del Imperio Romano oriental. En fecha posterior, cuando Teodorico I intentó mejorar sus relaciones con Oriente, tal vez fue borrado de casi todas las listas consulares de Occidente. Acerca de este personaje, véase PLRE, II, págs. 10241025, Speciosus 1. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 347-366, ISSN: 0018-2141
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El año más cercano, anterior al 496, en el que documentamos un doble consulado corresponde al 494 (Asterio y Presidio). Casualmente en ese mismo año la Pseudo Crónica Caesaraugustana menciona la entrada de godos en Hispania. La adscripción de las tres noticias al mismo año otorgaría a la sucesión de los hechos una inmediatez del todo lógica: en el 494 se habría producido la penetración goda en Hispania, la revuelta de Burdunelo, la toma de algunas ciudades hispanas y la entrega del caudillo rebelde y su posterior ejecución. Sin embargo, ¿por qué habrían de comenzar diversas anotaciones adscritas a un mismo año con fórmulas idénticas, típicas de entradas independientes vinculadas a años diversos? Tal contradicción nos lleva a situar los hechos en dos años diferentes posteriores al 496. En este caso, los dos años siguientes con doble consulado corresponden al 498 (Juan Escita y Paulo) y al 500 (Patricio e Hipacio). Consecuentemente, la usurpación de Burdunelo habría tenido lugar en el 498 y su ejecución habría sucedido en el 500. Esta nueva cronología de los hechos, en nuestra opinión la más correcta, nos permite ver que la revuelta de Burdunelo no fue una respuesta rápida y espontánea a la penetración goda del 494, sino que fue el resultado del descontento popular, fraguado a lo largo del tiempo, ante esta presencia cada vez mayor del elemento germánico en tierras hispanas. La sublevación de Burdunelo tuvo como respuesta la toma de las principales ciudades por parte de fuerzas godas («Gotthi intra Hispanias sedes acceperunt»), tal vez en el año 500, como acabamos de ver. Desconocemos quiénes llevaron a cabo exactamente esta captura. No sabemos si las ciudades fueron ocupadas por tropas godas llegadas a la península expresamente para sofocar esa sedición o si lo fueron por los ejércitos que ya se hallaban en Hispania. Tampoco sabemos bajo qué circunstancias se produjo la conquista. Tal vez fueron libradas por los propios seguidores de Burdunelo, quienes, como afirma la Pseudo Crónica Caesaraugustana, finalmente entregaron su caudillo a los enemigos. El porqué de esta actitud es algo que se nos escapa. Debemos rechazar la idea de que hubieran considerado a Burdunelo un líder demasiado débil y se hubieran deshecho de él para sustituirlo por alguien más fuerte, puesto que, de haber sido así, la sublevación habría perdurado con un caudillo diferente y no hay constancia de ello en las fuentes; además, en tal caso, Burdunelo simplemente habría sido asesinado por los suyos y no entregado a sus enemigos. Es posible que los sublevados comprendieran que la derrota era inminente e intentaran comprar su salvación mediante la entrega de su cabecilla. Asimismo, y esta parece ser la opción más probable, cabe pensar que los propios visigodos hubieran comprado la traición de los rebeldes27. Sea como fuere, el destino de Burdunelo fue terrible. Los godos lo llevaron a Tolosa, la capital del reino, y, una vez allí, lo quemaron vivo en el interior
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ARCE, Bárbaros y romanos, pág. 170. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 347-366, ISSN: 0018-2141
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de un toro de bronce. Este tipo de muerte era, no solo horriblemente dolorosa, sino además muy denigrante. El rival vencido, humillado en público, demostraba a todo el mundo cómo terminaban los enemigos del Estado, de tal modo que servía de modelo aleccionador e incluso de diversión a los espectadores del acontecimiento. Esto llegó a resultar bastante habitual durante la Antigüedad Tardía, especialmente en los momentos de mayor inestabilidad política28. Recordemos, a título de ejemplo, al usurpador Juan, derrotado en el 425. La ceremonia del triunfo tuvo lugar en el circo de Aquileya, escenario en el que Juan fue maltratado por la gente del teatro, mutilado y ajusticiado ante los ojos de los romanos29. No obstante, a propósito de las ejecuciones de Burdunelo ―quemado en un toro de bronce― y de Pedro ―como veremos, decapitado―, Edward Arthur Thompson remarca que los godos se mostraron excesivamente despiadados con los usurpadores en este momento y se pregunta a qué pudo deberse tal ensañamiento: tal vez porque los rebeldes eran hispanos, porque eran usurpadores o porque tuvieron algún significado social que se nos escapa. El autor reconoce que no se dispone de una respuesta para estas cuestiones30. Sin embargo, en realidad la pretendida crueldad de los godos hacia los usurpadores corresponde a la tónica general de la época, romanos incluidos. En este sentido, tan solo debemos evocar el cruento final que tuvieron aquellos que aspiraron ilegalmente al trono en época de Honorio y de Valentiniano III, como el ya mencionado Juan o Jovino, Sebastián y Salustio, que veremos más adelante. Sin embargo, y pese a la dureza de los castigos en esta época, la ejecución de Burdunelo se nos antoja especialmente cruel. Este género de tormento es conocido como «toro de Falaris». Su inventor fue Perilos, un artista ateniense, quien se lo ofreció a Falaris, tirano de Agrigento en el 568 a.C. Los condenados, encerrados en el toro de bronce colocado sobre brasas ardientes, proferían aullidos de dolor que, al reverberar en la garganta hueca de la bestia ―que además tenía la boca abierta―, imitaban los mugidos del toro. Como siempre en estos casos, la leyenda quiere que su inventor probara el primero su diabó-
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COLLINS, «An historical», pág. 101. Olympiodorus, Frag., 43, 1, ed. BLOCKLEY, Roger C., The Fragmentary Classicising Historians of the Later Roman Empire: Eunapius, Olympiodorus, Priscus and Malchus, II, Liverpool, Francis Cairns, 1983, pág. 206; Procopius, De bell. Vand., I, 3, 9, ed. HAURY, Jakob, Procopii Caesariensis opera omnia, I, Leipzig, B. G. Teubner, 1962, pág. 320. Véase MCCORMICK, Michael, Eternal Victory. Triumphal Rulership in Late Antiquity, Byzantium, and the Early Medieval West, Cambridge, Cambridge University Press, 1986, págs. 59-60. Acerca de Juan, véase PLRE, II, págs. 594-595, Ioannes 6. 30 THOMPSON, Romans and Barbarians, pág. 193. Véase asimismo ARCE, Javier, Esperando a los árabes. Los visigodos en Hispania (507-711), Madrid, Marcial Pons, 2011, págs. 147-150, quien insiste, acertadamente en nuestra opinión, en que no hay nada en estos castigos que permita hablar de «germanismos»; en ambos castigos el Reino Visigodo seguía la herencia romana. 29
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lica invención31. La pena a morir en el interior de un toro broncíneo no se aplicó excesivamente durante la Antigüedad romana, aunque en algunos casos se documenta en los relatos hagiográficos donde se narran las persecuciones contra los cristianos32. Pero, ¿quién era Burdunelo? Nada sabemos de él, aparte de lo que nos dice la Pseudo Crónica Caesaraugustana, que es bien poco. La onomástica podría servirnos para formarnos una primera idea de la identidad del personaje, aunque no es una disciplina fiable al cien por cien; en efecto, especialmente en esta época, algunos individuos de origen latino acostumbraban a germanizar sus nombres, lo cual puede llevar a confusión acerca de su origen. En el caso de Burdunelo, este no es un nombre gótico. Tampoco responde a un nombre personal romano. Según Adolfo Jerónimo Domínguez, se trataría de un nombre céltico, aunque, por otro lado, este autor recuerda que el origen del antropónimo no es un factor determinante para la identificación de un individuo33. En sí, su significado latino parece derivar de la palabra burdo ―burdégano, el animal resultante del cruce de un caballo y una burra34―, por lo que podría traducirse como «pequeña mula»35. Esto nos llevaría a pensar en un apodo36. Los autores que se han ocupado del tema han propuesto diferentes hipótesis acerca de su persona. Burdunelo ha sido visto como un jefe bagauda o
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31 Ouidius, Ars am., I, 651-652, ed. BORNECQUE, Henri, Ovide. L’art d’aimer, París, Les Belles Lettres, 1929, pág. 27; Id., Trist., III, 11, 39-54, ed. ANDRÉ, Jacques, Ovide. Tristes, París, Les Belles Lettres, 1968, págs. 89-90; Valerius Max., Fact. et dict. mem., IX, 2, ext. 9, ed. BRISCOE, John, Valerii Maximi Facta et dicta memorabilia, II, Stuttgart, B. G. Teubner, 1998, pág. 584; Plinius, Nat. hist., XXXIV, 89, ed. MAYHOFF, Karl, C. Plinii Secundi Naturalis Historia, V, Leipzig, B. G. Teubner, 1909, pág. 194. 32 A título de ejemplo, puede verse el martirio de Pelagia de Tarso, en época de Diocleciano, en Menol. Basil., I, 100, ed. ALBANI, Annibale, PG, 117, París, Garnier Fratres, 1894, c. 96. Sobre este medio de ajusticiamiento, véase GALLONIO, Antonio, Traité des instruments de martyre et des divers modes de supplice employés par les païens contre les chrétiens, París, Charles Carrington, 1904, págs. 119-124 (ed. original: Trattato degli instrumenti di martirio e delle varie maniere di martirizare, Roma, 1591). 33 DOMÍNGUEZ, «La Chronica», págs. 64-65. Por su parte, ESCRIBANO, María Victoria y FATÁS, Guillermo, La Antigüedad Tardía en Aragón (284-714), Zaragoza, Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, 2001, pág. 126, consideran que Burdunelo es un «nombre celta frecuente en Aquitania». 34 Isidorus, Etym., XII, 1, 60, ed. LINDSAY, Wallace M., Isidori Hispalensis episcopi Etymologiae siue Origines, Oxford, Clarendon, 1911, sin paginación: «burdo ex equo et asina». 35 La palabra burdo (-onis) o burdus (-i) tan solo aparece bajo el Imperio, por lo que debemos pensar que se trata de un préstamo de otra lengua. Según Alfred Ernout y Antoine Meillet, la doble flexión apoyaría un origen celta, al igual que algunos nombres personales derivados de esta palabra ―tales como Burdo, Burdono o Burdoniano―, que parecen pertenecer a la onomástica celta. Véase ERNOUT, Alfred y MEILLET, Antoine, Dictionnaire étymologique de la langue latine. Histoire des mots, París, Klincksieck, 20014, pág. 78. Estos autores no establecen ninguna relación entre burdo y Burdunelus, al igual que el ThLL, quien recoge ambas palabras aunque sin ponerlas en conexión. Véase DU CANGE, Charles du Fresne, «4. Burdones», Glossarium Mediae et Infimae Latinitatis, I, Niort, Léopold Favre, 1883, pág. 781; ThLL, s.u. «burdo», II, Leipzig, 1900-1906, c. 2248; ibid., s.u. «Burdunelus», cc. 2248-2249. 36 COLLINS, «An historical», pág. 100.
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como el líder de una revuelta popular37. Para Adolfo Jerónimo Domínguez, fue un jefe militar del ejército godo rebelde a su rey; de ahí lo terrible de su ejecución, en consonancia con el alto grado de su traición38. Según José Orlandis, fue un prócer hispánico39. José Joaquín Caerols considera asimismo que Burdunelo fue miembro de una aristocracia hispanorromana resistente a una autoridad real visigoda que no reconocía como tal en la Tarraconense40. Sin embargo, en nuestra opinión, visto el tipo de nombre que poseía y, sobre todo, el género de ejecución especialmente cruel e infamante al que fue sometido ―de Pedro, por ejemplo, solo se nos dice que fue decapitado―, consideramos que se trató tal vez de un individuo de humilde extracción social que supo aprovecharse del descontento que despertaron los recién llegados. Tal diferencia en el género de ejecución para un mismo delito coincide con lo que documentamos en la legislación romana de época clásica. En el libro V de las Sententiae de Paulo leemos que los culpables de laesa maiestas debían ser arrojados a las bestias o quemados vivos en el caso de ser humiliores o sufrir la decapitación en el caso de pertenecer a los honestiores41. A finales del siglo V, los visigodos sin duda seguían esta ley, dado que la incluyeron de forma literal en la Lex Romana Visigothorum, o Breuiarium Alarici, promulgada en el 50642. En consecuencia, el trato dado a Burdunelo (cremación) nos indicaría su pertenencia al estrato de los humiliores, mientras que la decapitación de Pedro supondría una evidencia de su vinculación a los honestiores43.
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37 GARCÍA IGLESIAS, Luis, Zaragoza, ciudad visigoda, Zaragoza, Guara Editorial, 1979, pág. 32. Por su parte, LACARRA, «Edad Media», págs. 96-97, no se pronuncia acerca de la identidad del personaje. 38 DOMÍNGUEZ, «La Chronica», págs. 64-65. Misma opinión en: ESCRIBANO, Los godos, pág. 46; ESCRIBANO y FATÁS, La Antigüedad Tardía, págs. 126-127. Una opinión semejante se halla en ARCE, Bárbaros y romanos, págs. 170-171, quien considera que el nombre no es romano y que tal vez fuera un godo que, no obstante, actuó en nombre de Roma contra los godos. 39 ORLANDIS, Zaragoza visigótica, pág. 16 (rechaza que sea un jefe de una rebelión campesina de bagaudas, puesto que la Pseudo Crónica Caesaraugustana jamás menciona a ninguno de estos personajes; en nuestra opinión no se trata de un argumento concluyente); Id., La España visigótica, págs. 61-62; Id., Historia del reino visigodo, pág. 51: «el hecho mismo de que el rebelde fuera llevado a la capital del reino para ser ajusticiado parece un indicio de que se trataba de un sujeto de relieve». Misma opinión en D’ABADAL, Del Reino de Tolosa, pág. 46, quien considera que se trata de un «prócer indígena». 40 CAEROLS, «El encuentro entre godos», pág. 229. 41 Paulus, Sent., V, 29, 1, ed. KRUEGER, Paul, Collectio librorum iuris anteiustiniani, II, Berlín, Weidmann, 1878, pág. 134: nunc uero humiliores bestiis obiciuntur uel uiui exuruntur, honestiores capite puniuntur. 42 Lex Rom. Visig. Paul. Sent., V, 31, ed. HAENEL, Gustav, Lex Romana Visigothorum, B. G. Teubner, 1849, pág. 441. Véase LEAR, Floyd Seyward, «Crimen Laesae Maiestatis in the Lex Romana Wisigothorum», Speculum, 4/1 (1929), págs. 73-87, págs. 77-78. 43 En este sentido, disentimos de Adolfo Jerónimo Domínguez y de José Joaquín Caerols, quienes sostienen que la mayor levedad del castigo de Pedro (decapitación) indica que su rebelión fue de menor importancia que la de Burdunelo, limitada la revuelta de aquel a Dertosa mientras que la de este habría
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No conocemos cuál fue el centro de operaciones de Burdunelo. La aseveración de que dicho centro corresponde a la ciudad de Caesaraugusta resulta totalmente gratuita44. Sí que parece ser cierto que la sublevación se extendió a diversas ciudades. Nuestra fuente afirma que los godos recibieron varias sedes hispanas y dicha afirmación, en el contexto en el que se enmarca, tan solo puede aplicarse a las sedes de la rebelión, entregadas seguramente por los sublevados juntamente con su líder45. Así, no creemos que aquí se esté haciendo referencia a un proceso de asentamientos visigóticos llevados a cabo durante este tiempo, tal como han sostenido algunos autores46. Algunos investigadores opinan que la atención que la Pseudo Crónica Caesaraugustana pone en la insurrección de Burdunelo ―dos noticias en los marginalia― pondría de relieve que el rebelde era bien conocido en Caesaraugusta, «tal vez porque Zaragoza fue la base de operaciones de las tropas enviadas a combatirlo o porque el sedicioso hubiera logrado el apoyo de los mandos encargados de guardarla»47. En opinión de José Orlandis, «la exacta información acerca del suplicio que se tuvo en Zaragoza es indicio de la sensación que el hecho causaría. Es posible también que su divulgación aquí pretendiese servir de saludable escarmiento»48. Sin embargo, esto no resulta concluyente, porque, como ya hemos avanzado, las anotaciones que nos transmiten la noticia no tuvieron por qué ser redactadas forzosamente en Caesaraugusta. Cualquier ciudad importante de la Tarraconense, como Barcino o Tarraco ―sin excluir, obviamente, la propia Caesaraugusta―, pudo ser el escenario de esta sublevación49. Tampoco sabemos cuánto tiempo duró con exactitud la rebelión de Burdunelo. Se inició probablemente en el 498 y terminó en el 500. Pero que se extendiera durante tres años no quiere decir que durara durante todo este tiem-
———— alcanzado a diversas ciudades. Véase: DOMÍNGUEZ, «La Chronica», pág. 65; CAEROLS, «El encuentro entre godos», págs. 229-230. 44 DOMÍNGUEZ, «La Chronica», pág. 65; CAEROLS, «El encuentro entre godos», págs. 229-230. Por su parte, THOMPSON, Romans and Barbarians, pág. 193, también considera que el escenario de las operaciones de Burdunelo pudo ser «perhaps near Saragossa». 45 CAEROLS, «El encuentro entre godos», pág. 229. Por su parte, DOMÍNGUEZ, «La Chronica», pág. 65, opina que el ejército godo fue conquistando las ciudades de los sublevados, lo que supuso que Burdunelo fuera traicionado por los suyos, «comportamiento frecuente entre los partidarios de un usurpador cuando la suerte les es adversa». Aunque la hipótesis es completamente lógica, debemos recordar ―como señaló José Joaquín Caerols― que la principal acepción de accipio es «recibir». 46 D’ABADAL, Del Reino de Tolosa, pág. 45; Id., Dels visigots, pág. 43; COLLINS, «An historical», págs. 100-101; ORLANDIS, Historia del reino visigodo, págs. 51-52. 47 ESCRIBANO y FATÁS, La Antigüedad Tardía, pág. 127. Véase también GARCÍA IGLESIAS, Zaragoza, pág. 32: «cabe decir que la mención en la Crónica Cesaraugustana de la sublevación de este personaje y su trágico fin en Tolosa es prueba de que los acontecimientos se vivieron en la ciudad muy de cerca». 48 ORLANDIS, Zaragoza visigótica, pág. 16. 49 ARCE, Bárbaros y romanos, pág. 170. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 347-366, ISSN: 0018-2141
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po, pues pudo mantenerse durante algo más de un año si se inició a finales del 498 y finalizó a inicios del 500. Algunos años después, verosímilmente en el 506, estalló otra sublevación contra el poder visigodo, en esta ocasión liderada por un individuo llamado Pedro. La única fuente que de nuevo nos informa acerca de estos hechos es la Pseudo Crónica Caesaraugustana50. La cronología de la rebelión de Pedro proporcionada por esta fuente tampoco está exenta de problemas. La noticia de la ejecución de Pedro comienza con la fórmula his consulibus. El año 506 tuvo efectivamente dos cónsules: Mesala (Occidente) y Areobindo (Oriente). Sin embargo, Víctor de Tunnuna, en una omisión por otro lado no extraña en su obra51, tan solo recogió el cónsul occidental, como si hubiera ostentado un consulado sin colega. Por tanto, cuando el anotador escribió la noticia relativa a la ejecución de Pedro, lo hizo, en teoría, al margen de una entrada encabezada por el nombre de un solo cónsul, pese a todo lo cual él comenzó su noticia con la fórmula his consulibus, algo que no deja de resultar contradictorio. ¿Por qué el anotador dio inicio a su noticia diciendo que el acontecimiento que iba a exponer había sucedido «bajo estos cónsules» cuando la noticia de Víctor a la que estaba adscrita solo recogía el nombre de un cónsul? Creemos que existen dos explicaciones para esta cuestión. La primera reside simplemente ―como en el caso de Burdunelo― en que la noticia de la Pseudo Crónica Caesaraugustana estuviera adscrita originalmente a otra entrada de la crónica de Víctor, encabezada por un doble consulado, y que posteriormente se hubiera desplazado, durante el proceso de transmisión manuscrita, al lugar en el que se conserva hoy. En este caso, nos hallaríamos ante un nuevo error de datación. La segunda posibilidad es que los hechos se hubieran producido realmente en el 506. El anotador habría comenzado su noticia con la fórmula his consulibus junto a un año en el que Víctor había apuntado, por error, un solo cónsul, dado que en los consularia que el anotador habría usado como
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50 Ps. Chron. Caes., 87a, CCSL, 173 A, pág. 27 (Chron. Caes., ad a. 506, MGH aa, 11, 2, pág. 222): his consulibus, Dertosa a Gotthis ingressa est. Petrus tyrannus interfectus est et caput eius Caesaraugustam deportatum est. Véase PLRE, II, pág. 869, Petrus 25. 51 En la crónica de Víctor de Tunnuna faltan diversos años (452, 472, 478, 481, 493, 503 y 526), tal vez, como ha señalado Carmen Cardelle de Hartmann, porque el autor no realizó anotación alguna durante esos consulados y estos acabaron desapareciendo durante el proceso de transmisión manuscrita. Con todo, es posible también que la ausencia de alguno de esos años pueda remontarse al propio Víctor. Además, su crónica sigue una cronología consular, pero, dado que escribió en la época en que desapareció el consulado, en ocasiones Víctor tuvo dificultades para mantener ese sistema de datación. Seguramente para construir esa estructura cronológica utilizó unos fasti consulares, aunque desconocemos su procedencia. En todo caso, y dadas las numerosas carencias que presenta la lista consular de Víctor ―ausencia de años o incluso omisión de uno de los cónsules en años con doble consulado―, cabe pensar que su fuente era muy incompleta y deficiente. Véase CARDELLE DE HARTMANN, Victoris Tunnunensis, págs. 107*, 109* y 111*.
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fuente aparecerían los nombres de ambos cónsules. Sabemos que el anotador trabajaba con una lista consular más completa que la de Víctor porque añadió en diversas ocasiones los nombres de cónsules a los escritos por el obispo de Tunnuna52. Lo que no sabemos es por qué no corrigió las omisiones en todos los casos. Dado que resulta imposible saber cuál de las dos posibilidades es la correcta, optaremos por mantener la fecha tradicionalmente aceptada e inclinarnos, en consecuencia, por la segunda hipótesis. Tradicionalmente se ha supuesto que en el 506 el tal Pedro se rebeló en Dertosa, que un ejército visigodo entró en esta ciudad para acabar con la sublevación, y que como consecuencia el usurpador fue ejecutado y su cabeza enviada a Caesaraugusta53. Ahora bien, esto, en parte, sería verdad si itiéramos ciegamente que ambas frases están relacionadas y hacen alusión a un mismo episodio. Sin embargo, no podemos tener esa seguridad de una manera absoluta54. Lo único cierto es que las dos aparecen como marginalia en la noticia referida al año 506 de la crónica de Víctor de Tunnuna. Así, no debemos descartar totalmente la posibilidad de que estas dos frases hicieran referencia a hechos diferentes, es decir, que en el 506 un ejército godo ocupara Dertosa y que, en ese mismo año, un rebelde llamado Pedro hubiera sido decapitado y su cabeza llevada a Caesaraugusta. Si itimos la hipótesis de que ambas frases están relacionadas y relatan brevemente el final de la insurrección de Pedro ―hipótesis que, pese a no ser segura al cien por cien, como acabamos de decir, resulta por otro lado la más probable―, esto no supone, como han pensado muchos investigadores, que Pedro hubiera llevado a cabo su sedición en Dertosa. En todo caso, lo único que significa es que esta ciudad se convirtió en su último bastión ―no sabemos si también en el único― y en el escenario también de su derrota y muerte55. En esta noticia hay un hecho llamativo que no debemos pasar por alto: la cabeza de Pedro fue llevada a Caesaraugusta con la intención de exponerla ————
52 El autor de los marginalia decidió completar la crónica de Víctor de Tunnuna con noticias referidas a Hispania y además incluyó los nombres de cónsules que faltaban. Carmen Cardelle de Hartmann ha detectado añadidos en los años 455, 462, 463, 525 y quizá 508. Con todo, resulta llamativo que el anotador tan solo haya corregido los consulados incompletos en esos pocos años, cuando son tantas las omisiones en Víctor. La mencionada autora considera posible que tal vez «se introdujeran en la crónica de Víctor más informaciones procedentes de esta lista que las que ahora podemos detectar, y que otras anotaciones marginales de nombres aislados se perdieran en la transmisión, o bien que al compilador no le pareciera interesante copiar solo los nombres de cónsules sin noticias que los acompañaran». Véase CARDELLE DE HARTMANN, Victoris Tunnunensis, pág. 123*. 53 THOMPSON, Romans and Barbarians, pág. 193; JIMÉNEZ GARNICA, Orígenes y desarrollo, pág. 124; DOMÍNGUEZ, «La Chronica», pág. 65; GARCÍA MORENO, Historia de España, pág. 82; CAEROLS, «El encuentro entre godos», pág. 229; COLLINS, «An historical», pág. 102. 54 ORLANDIS, La España visigótica, pág. 67. 55 Como prudentemente afirma GROSSE, Roberto, Fontes Hispaniae Antiquae, IX: Las fuentes de la época visigoda y bizantinas, Barcelona, Librería Bosch, 1947, pág. 108.
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allí públicamente56. Decapitar a un usurpador y exhibir su cabeza en las principales ciudades del Imperio devino una costumbre relativamente habitual durante el siglo V. Recordemos, a modo de ejemplo, que en el año 412 los hermanos Jovino y Sebastián ―que se habían rebelado en la Galia― fueron vencidos y sus cabezas enviadas a Rávena; la misma suerte corrió su hermano Salustio57. Se trata de un género de ejecución ligado al delito de lesa majestad. Generalmente, los cadáveres de los ajusticiados se entregaban a cualquiera que los reclamara para darles sepultura58. El delito de lesa majestad, como afirma Ulpiano, constituía una excepción; en efecto, su particular gravedad motivaba que se negara la entrega del cadáver a los familiares para enterrarlo59. El cuerpo decapitado seguramente quedaba abandonado, mientras que la cabeza era paseada clavada en una lanza por diversas localidades hasta llegar a su destino final, donde se exponía hincada en una estaca hasta que la propia descomposición borraba las facciones del condenado60. Hallamos un reflejo de esta costumbre en anales ilustrados de la época: una imagen de los Annales Rauennates (a. 412) muestra las cabezas empaladas de los ya mencionados Jovino, Sebastián y Salustio61. Si la cabeza de Pedro fue llevada a Caesaraugusta pudo ser porque esta ciudad se erigió durante esa época en uno de los principales núcleos de la Tarraconense, un enclave de primer orden para los visigodos62. Con todo, también debemos tener en cuenta que fuera llevada a Caesaraugusta porque tal vez Pedro habría iniciado allí su sublevación, por lo que resultaría total-
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56 En consecuencia, Luis Agustín García Moreno se equivoca al afirmar: «el jefe de los rebeldes, un tal Pedro, fue llevado a Zaragoza, para de inmediato ser ajusticiado»; véase GARCÍA MORENO, Historia de España, pág. 82. La noticia es escueta pero clara: nos dice que la cabeza de Pedro fue llevada a Caesaraugusta ―pero no que el resto de su cuerpo viajara con ella―. La ejecución de Pedro tuvo lugar, seguramente, en la propia Dertosa. 57 Addit. ad Prosp. Haun., s.a. 413, ed. MOMMSEN, Theodor, MGH aa, 9, 1, Berlín, Weidmann, 1892, pág. 300: Iouinus et Sebastianus fratres in Gallia regno arrepto perempti: capita eorum Rauennam perlata. Simulque frater eorum Sallustius occiditur. Sobre esta usurpación, véase SCHARF, Ralf, «Iovinus, Kaiser in Gallien», Francia, 20/1 (1993), págs. 1-13. 58 Así se observa en una sentencia de Paulo recogida en Dig., XLVIII, 24, 3, ed. MOMMSEN, Theodor y KRUEGER, Paul Corpus iuris ciuilis, I, Berlín, Weidmann, 196317, pág. 873. 59 Dig., XLVIII, 24, 1, ed. MOMMSEN y KRUEGER, págs. 872-873. Véase CALLU, Jean-Pierre, «Le jardin des supplices au Bas-Empire», en Du châtiment dans la cité. Supplices corporels et peine de mort dans le monde antique, Roma, École Française de Rome, 1984, págs. 313-359, pág. 338, n. 107. 60 HINARD, François, «La male mort. Exécutions et statut du corps au moment de la première proscription», en Du châtiment dans la cité. Supplices corporels et peine de mort dans le monde antique, Roma, École Française de Rome, 1984, págs. 295-311, págs. 301 y 309. Sobre la decapitación entre los romanos, véase VOISIN, Jean-Louis, «Les romains, chasseurs de têtes», en Du châtiment dans la cité. Supplices corporels et peine de mort dans le monde antique, Roma, École Française de Rome, 1984, págs. 241-293. 61 MCCORMICK, Eternal Victory, pág. 57, fig. 6. 62 ESCRIBANO y FATÁS, La Antigüedad Tardía, pág. 128.
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mente lógico que su cabeza se acabara mostrando ante todos aquellos que habían aprobado su levantamiento. A este respecto, Javier Arce expone una hipótesis muy interesante. Una noticia de la Pseudo Crónica Caesaraugustana nos dice que a inicios del siglo VI se contemplaron unos espectáculos circenses en Caesaraugusta63. En el estado en que se nos han conservado estos marginalia, la noticia aparece adscrita al año 504. Sin embargo, como ya hemos expuesto en un trabajo anterior64, la noticia, que comienza con la consabida fórmula his consulibus, ha sido desplazada de su lugar original durante la transmisión manuscrita, ya que el año 504 solo tuvo un cónsul, Cetego. Por tanto, debemos situar el evento en un año con dos cónsules, seguramente el 505 ―año del consulado de Teodoro y Sabiniano―. Arce pone en relación la celebración de estos juegos, un espectáculo del todo inusual en la Hispania del siglo VI, con la usurpación de Pedro. Este se habría proclamado emperador en Caesaraugusta de una manera solemne, acontecimiento que magnificó mediante la celebración de ludi circenses en dicha ciudad. En esto, Pedro habría seguido el ceremonial de coronación de los soberanos de Constantinopla, en el cual el hipódromo desempeñaba un papel destacado65. La cabeza de Pedro, empalada y expuesta públicamente, se constituiría así en una prueba irrefutable y contundente de cómo terminaban aquellos que tenían la osadía de alzarse contra los nuevos señores. ¿Quién se atrevería en adelante a intentar otra revuelta ante una tal manifestación de fuerza? Por lo que respecta a la identidad de Pedro, tampoco puede decirse prácticamente nada. Su nombre es de origen latino, por lo que conjeturamos que pertenecía a la población hispanorromana, o al menos que era de familia latina ―no necesariamente hispana―. Casi con toda seguridad pertenecía a la
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63 Ps. Chron. Caes., 85a, CCSL, 173 A, pág. 27 (Chron. Caes., ad a. 504, MGH aa, 11, 2, pág. 222): his consulibus, Caesarauguste circus expectatus est. 64 JIMÉNEZ, «Los últimos ludi circenses», págs. 105-106. 65 ARCE, Javier, «Ludi circenses en Hispania en la Antigüedad Tardía», en NOGALES, Trinidad y SÁNCHEZ-PALENCIA, Francisco Javier (coords.), El circo en Hispania romana, Madrid, Secretaría General Técnica, 2001, págs. 273-283, pág. 279; Id., Bárbaros y romanos, págs. 171-172. Acerca del hipódromo de Constantinopla como escenario de la coronación de los monarcas bizantinos y lugar de exaltación imperial, véase: BOAK, Arthur Edward Romilly, «Imperial Coronation Ceremonies of the Fifth and Sixth Centuries», Harvard Studies in Classical Philology, 30 (1919), págs. 37-47; CAMERON, Alan, Circus Factions. Blues and Greens at Rome and Byzantium, Oxford, Clarendon Press, 1976, págs. 249251 y 261-270; HEUCKE, Clemens, Circus und Hippodrom als politischer Raum. Untersuchungen zum großen Hippodrom von Konstantinopel und zu entsprechenden Anlagen in spätantiken Kaiserresidenzen, Hildesheim-Zürich-New York, Olms-Weidmann, 1994, págs. 216-248; JIMÉNEZ, Juan Antonio, «“O amentia monstruosa!”. A propósito de la cristianización de la liturgia imperial y del ritual circense durante el siglo V», Cristianesimo nella Storia, 24 (2003), págs. 23-39, págs. 31-32; VESPIGNANI, Giorgio, Ippodromos, Il circo di Costantinopoli nuova Roma dalla realtà alla storiografia, Spoleto, Centro Italiano di Studi sull’Alto Medioevo, 2010, págs. 195-200.
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aristocracia66, como se colige del tipo de castigo que recibió por su intento de usurpación, la decapitación. Como ya hemos dicho anteriormente, los culpables de lesa majestad debían ser castigados, según el derecho romano clásico ―en una ley que también adoptaron los visigodos67―, con la cremación en el caso de ser humiliores y con la decapitación en el caso de ser honestiores. Así, en nuestra opinión, el género de ejecución de Pedro nos indica con bastante fiabilidad el estrato social del que formaba parte. El término tyrannus que le otorga el anónimo autor de la noticia implica claramente que Pedro tomó el poder de forma ilegal, por lo que nos hallamos aquí sin duda ante un usurpador68. Puede resultarnos extraño que una usurpación no hubiera llamado la atención del resto de autores de la época, pero debemos tener presente la escasez de fuentes hispanas que contamos para este momento. Como ya hemos señalado para el caso de Burdunelo, los cronistas e historiadores de otras zonas del antiguo Imperio Romano de Occidente no se interesaron por una sublevación que tal vez duró poco y que no tuvo prácticamente consecuencias. En efecto, la Pseudo Crónica Caesaraugustana nos indica la fecha de la derrota de Pedro, pero no la del inicio de su sublevación. ¿Comenzó en el mismo año en que concluyó, o tal vez el año anterior ―si es que tenemos razón al suponer que los circenses exhibidos en Caesaraugusta pudieron tener lugar en el 505 y que Pedro estuvo en su origen―? Más difícil todavía resulta saber si Pedro contó con apoyos exteriores o incluso si actuó motivado por una «potencia» extranjera. Evidentemente, tratar de resolver esto supone caer en hipótesis altamente especulativas. No obstante, puede parecer lógico pensar que Pedro hubiera gozado de la ayuda de alguien interesado en perjudicar a los godos. En tal caso, deberíamos preguntarnos a quién beneficiaba el daño a este pueblo. La primera respuesta que nos viene a la mente apunta a los francos. Como ya hemos dicho anteriormente, las relaciones entre el Reino Visigodo y el Franco se habían deteriorado de una manera ya irremediable en esa época. La guerra resultaba inevitable, y Clodoveo estaría con seguridad interesado en que los godos tuvieran diversos frentes bélicos abiertos. No cabe duda de que esto minaría la fuerza y la moral de las tropas de Alarico II, quien se vería obligado a enviar a una parte de su ejército a Hispania con el fin de no perder sus posesiones en la península ibérica; tal movimiento de tropas implicaría, al mismo tiempo, un debilitamiento de sus recursos defensivos en territorio galo. Y aunque resulte a todas luces
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66 ESCRIBANO y FATÁS, La Antigüedad Tardía, pág. 128: «es verosímil que Pedro tuviera rango aristocrático, dada su conducta y su capacidad para armar ejércitos privados que sostuvieran su rebelión». Véase también Escribano, Los godos, pág. 47. 67 Paulus, Sent., V, 29, 1, ed. KRUEGER, pág. 134; Lex Rom. Visig. Paul. Sent., V, 31, ed. HAENEL, pág. 441. 68 ORLANDIS, El poder real y la sucesión al trono, pág. 30.
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imposible saber en qué pudo haber consistido la ayuda que Clodoveo habría prestado a los rebeldes hispanos, sí que, por otro lado, resulta muy verosímil pensar que ésta pudiera haberse producido69. A modo de conclusión, podemos afirmar que las revueltas que hemos estudiado en estas páginas, independientemente de si estuvieron acaudilladas por hombres del pueblo o por de la aristocracia, responden a unas mismas inquietudes: preservar el modo de vida tradicional heredado de la cultura latina frente a la entrada y presencia cada vez mayor, en tierras hispánicas, de poblaciones que los hispanorromanos consideraban bárbaras. Poco importaba que los visigodos fueran los más romanizados de los pueblos germánicos. Las rebeliones de Burdunelo y de Pedro ponen de manifiesto el malestar vivido en Hispania durante los años que corren entre finales del siglo V e inicios del VI, un malestar que pudo estar instrumentalizado por otras potencias de la época, como los francos, con el fin de debilitar el poder godo en vistas a un futuro enfrentamiento entre ambos pueblos. Estas rebeliones no debieron de parecer importantes a los ojos de los historiadores de la época, quienes con su silencio contribuyeron a que el recuerdo de los rebeldes cayera lentamente en el olvido. No obstante, sí que debieron de dejar algún tipo de huella entre la población local. Algún individuo anónimo recogió este recuerdo y lo incluyó, tal vez, en unos consularia, como recurso mnemotécnico destinado a identificar con mayor facilidad unos determinados consulados como aquellos bajo los cuales se produjeron las revueltas de Burdunelo y de Pedro. Algún tiempo después, otro individuo anónimo decidió completar la crónica de Víctor de Tunnuna con noticias referidas a Hispania, y para ello recurrió, entre otras fuentes, a los consularia donde se guardaba la memoria ya lejana de Burdunelo y de Pedro. Incluyó, por tanto, dichas noticias entre sus anotaciones marginales con el fin de dejar constancia para la posteridad de unos intentos de usurpación que, aunque tal vez no tuvieron repercusión en otras zonas, sí que debieron de ser importantes en la Tarraconense. Fecha de recepción: 23-05-2011. Fecha de aceptación: 4-11-2011.
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69 ESCRIBANO, Los godos, pág. 47: «no es imposible que Pedro actuara estimulado y apoyado por el rey franco Clodoveo, empeñado en debilitar los medios defensivos de sus enemigos visigodos en la Galia». Véase también GARCÍA MORENO, Historia de España, pág. 82; ESCRIBANO y FATÁS, La Antigüedad Tardía, pág. 128. José Orlandis tampoco descarta la posibilidad de una relación entre la rebelión de Pedro y el inminente enfrentamiento entre francos y visigodos; véase ORLANDIS, Historia del reino visigodo, pág. 52.
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HISPANIA. Revista Española de Historia, 2012, vol. LXXII, núm. 241, mayo-agosto, págs. 367-396, ISSN: 0018-2141
TRASCENDER EL ESPACIO DE PODER. HACIA UNA CARACTERIZACIÓN DE LAS ESCALAS DE ACCIÓN EN LA ALTA EDAD MEDIA ENTRE LAS CUENCAS DEL CEA Y DEL PISUERGA*
ÁLVARO CARVAJAL CASTRO Universidad de Salamanca RESUMEN:
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Los conceptos de escala y cambio de escala, tal y como han sido recientemente introducidos en la historiografía altomedieval, han abierto nuevas vías desde las que profundizar en el estudio de las relaciones socioespaciales medievales. En este sentido, este artículo comienza por reconsiderar el término «espacio de poder» para, a partir de ahí, proponer la idea de «escala de acción» como herramienta de análisis complementaria. En la segunda parte se desarrollará la aplicación del concepto al estudio de una región que hasta el momento había sido tan solo parcialmente recogida en los trabajos sobre los territorios meseteños al norte del Duero: el espacio entre las cuencas del Cea y del Pisuerga y la zona inmediatamente al sur de este ámbito en los siglos X y XI. Para ello, se analizará una selección de casos representativos que permitirán identificar algunos de los elementos constitutivos de las escalas de acción de distintos sujetos sociales: la uni-
Álvaro Carvajal Castro es investigador en formación adscrito al Dpto. de Historia Medieval, Moderna y Contemporánea de la Universidad de Salamanca. Dirección para correspondencia: Departamento de Historia Medieval Moderna y Contemporánea, Facultad de Geografía e Historia de la Universidad de Salamanca, c/ Cervantes, s/n, 37002 Salamanca. Correo electrónico:
[email protected]. ∗ Este trabajo se ha realizado con la financiación de una ayuda del Programa de Formación del Profesorado Universitario (FPU) del Ministerio de Educación y Ciencia. Quiero dejar constancia de mi agradecimiento a aquellas personas que leyeron versiones previas de este texto, ya que con sus comentarios y críticas han contribuido a enriquecerlo. De manera especial, me gustaría reconocer el apoyo de José María Mínguez, Iñaki Martín Viso e Isaac Martín Nieto. Abreviaturas: HERRERO DE LA FUENTE, Marta, Colección Diplomática del Monasterio de Sahagún (857-1230), II (1000-1073), León, Centro de Estudios San Isidoro, 1988 (CDS II); MÍNGUEZ, José María, Colección diplomática del Monasterio de Sahagún (siglos IX y X), León, Centro de Estudios San Isidoro, 1976 (= CDS, I).
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dad doméstica campesina, las comunidades campesinas, las élites locales, los monasterios y los grandes grupos aristocráticos. PALABRAS CLAVE: Escala de acción. Espacio. Poder. Relaciones sociales. Alta Edad Media. Meseta del Duero. BEYOND THE SPACE OF POWER. TOWARDS A CHARACTERIZATION OF THE SCALES OF ACTION IN THE TERRITORIES BETWEEN THE RIVERS CEA AND PISUERGA IN THE 10TH TH AND 11 CENTURIES ABSTRACT: The concepts of scale and scale change, as they have recently been introduced in Early Medieval historiography, have opened new ways for the historical understanding of medieval socio-spatial relations. Following this line of thought, this article reviews the concept of «space of power» in order to propose the idea of «scale of action» as a complementary analytical tool. The second part develops its use through the analysis of a region that has so far been only partially considered within the framework of studies on the territorial organization of the Duero plateau: the lands between the rivers Cea and Pisuerga and the area to its south in the 10th and 11th centuries. To do so, a selection of representative case studies will be analysed in order to identify some of the constitutive elements of the scales of action of different social agents: peasant domestic units, peasant communities, local elites, monasteries and large aristocratic groups. KEY WORDS:
Scale of action. Space. Power. Social relations. Early Middle Ages. Duero plateau.
INTRODUCCIÓN En el año 1056, Marcos y su mujer Emderia vendieron al abad Martín una serie de bienes1. Entre ellos se encontraba media viña que Marcos había comprado a Álvaro Ferriz. Mediante esta adquisición, Marcos había ampliado las tierras bajo su propiedad. En otras palabras, había producido un espacio físicamente reconocible en el que manifestaba su capacidad para llevar a cabo esa acción. Las formulaciones tradicionales sobre la organización social del espacio han tendido a obviar casos como este; casos que, sin embargo, entrañan una acción significativa sobre el espacio. La conceptualización tradicional de determinados ámbitos geográficos y sociales como espacios de poder —valles, aldeas, villas, ciudades, etc.—, que ha tendido a identificar estas estructuras espaciales con la acción de las clases dominantes, relega a un segundo plano la capacidad de acción de quienes se vieron sometidos a estos marcos, lo que plantea dificultades a la hora de analizar los procesos formati———— 1
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vos que dieron lugar a dichas estructuras2. Dada la importancia que el análisis del espacio y de los fenómenos de poder tiene en nuestra comprensión de la Alta Edad Media, es necesario seguir buscando herramientas metodológicas que nos permitan profundizar en el estudio del espacio medieval de manera más completa. En este sentido, el objetivo de este artículo es plantear una vía complementaria desde la que caracterizar, en términos de escala3, los ámbitos espaciales en los que se desarrollaba la acción de los sujetos medievales, fueran individuales o colectivos, e independientemente de su posición social, como base para una reconsideración del proceso de formalización de las relaciones de poder en el espacio. La compraventa de Marcos y Emderia tuvo lugar en un ámbito geográfico, el que hoy representan la provincia de Palencia y el norte de la de Valladolid, que había quedado en gran medida al margen de los estudios sobre las estructuras territoriales y el poblamiento del norte de la Meseta de las últimas dos décadas4. A partir de los planteamientos teóricos y metodológicos que se exponen en la primera parte del artículo, en la segunda parte se presentará el análisis de una serie de casos representativos de las distintas escalas de acción que se pueden distinguir en la región en el siglo X y los dos primeros tercios del siglo XI: la unidad doméstica campesina, el ámbito de interacción campesina, la escala de acción de las élites locales, los dominios monásticos y, aunque de manera parcial, los grandes dominios aristocráticos. El objetivo es explorar su caracterización en términos de escala, lo que podría servir como base para un análisis dinámico de las transformaciones territoriales que se
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2 Hay que reconocer, no obstante, que tanto el concepto como los estudios que lo han desarrollado tienen una gran importancia para nuestra comprensión de la sociedad medieval, de lo que dan buena cuenta, por ejemplo, los trabajos recogidos en IGLESIA DUARTE, José Ignacio de la (coord.), Los espacios de poder en la España Medieval, Logroño, Instituto de Estudios Riojanos, 2002. 3 Vid. infra. 4 En la línea de estudios como, sin ánimo de exhaustividad, ÁLVAREZ BORGE, Ignacio, Monarquía feudal y organización territorial. Alfoces y merindades en Castilla (siglos X-XIV), Madrid, CSIC, 1993; SÁNCHEZ BADIOLA, Juan José, La configuración de un sistema de poblamiento y organización del espacio: el territorio de León, León, Universidad de León, 2002. Igualmente relevantes: MARTÍN VISO, Iñaki, Poblamiento y estructuras sociales en el norte de la Península Ibérica (siglos VI-XIII), Salamanca, Universidad de Salamanca, 2000; ESCALONA, Julio, Sociedad y Territorio en la Alta Edad Media Castellana. La formación del Alfoz de Lara, Oxford, B.A.R., 2002. Hay que destacar el trabajo realizado por Carlos M. Reglero de la Fuente para el entorno de los Montes de Torozos, zona que se corresponde con el sur del ámbito geográfico que se contempla aquí. Véanse REGLERO DE LA FUENTE, Carlos M., Los señoríos de los Montes de Torozos. De la repoblación al Becerro de las Behetrías (siglos X-XIV), Valladolid, Universidad de Valladolid, 1993; REGLERO DE LA FUENTE, Carlos M., Espacio y poder en la Castilla Medieval. Los Montes de Torozos (siglos X-XIV), Valladolid, Diputación Provincial de Valladolid, 1994.
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aprecian a finales del periodo asturleonés y que se concretarán a partir del reinado de Fernando I5. Esto último, sin embargo, deberá ser objeto de otro trabajo. LA ESCALA DE ACCIÓN COMO PROPUESTA METODOLÓGICA Si antes he hablado de fenómenos de poder es porque en este artículo el interés no se centra en las nociones sociológicas de poder, sino que toma como punto de partida las manifestaciones de su ejercicio, con el objetivo de profundizar en la valoración de la capacidad de acción de los distintos sujetos sociales. En este sentido, J.A. García de Cortázar, en un artículo dedicado a la caracterización historiográfica y metodológica de los espacios de poder, atribuyó seis competencias a los «titulares de poder». Estas incluían las capacidades de dictar normas; de designar personas encargadas de su cumplimiento; de ejercer facultades judiciales, militares o fiscales; de disponer de una imagen del poder; de proyectar el poder de forma material; y de proyectarlo de forma inmaterial6. La lista es muy interesante por dos razones. La primera es su carácter comprehensivo, ya que incluye elementos relacionados con la capacidad de control sobre lo material, con el ejercicio de la autoridad y con la representación y legitimación del ordenamiento social establecido. La segunda es que parte de un interés por caracterizar las capacidades de los «sujetos activos»7 que abre la puerta —lo que no quiere decir que J.A. García de Cortázar lo formulara así— a la posibilidad de profundizar en la propuesta mediante el recurso a la teoría de la agencia (agency)8.
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5 Este trabajo complementa la revisión del desarrollo de las grandes entidades políticas de la región del siglo X —los dominios de los Banu Gómez y el condado de Monzón—, que se ha realizado en otro lugar: CARVAJAL CASTRO, Álvaro, «Superar la frontera: Mecanismos de integración territorial entre el Cea y el Pisuerga en el siglo X», Anuario de Estudios Medievales (en prensa). 6 GARCÍA DE CORTÁZAR, José Ángel, «Elementos de definición de los espacios de poder en la Edad Media», en IGLESIA DUARTE, José Ignacio de la (coord.), Los espacios de poder en la España Medieval, Logroño, Instituto de Estudios Riojanos, 2002, págs. 26-35. 7 GARCÍA DE CORTÁZAR, «Elementos de definición de los espacios de poder», pág. 23. 8 Según A. Giddens: «Agency refers not to the intentions people have in doing things but to their capability of doing those things in the first place (which is why agency implies power)… [it] concerns events of which an individual is the perpetrator, in the sense that the individual could, at any phase in a given sequence of conduct, have acted differently» (GIDDENS, Anthony, The Constitution of Society. Outline of the Theory of Structuration, Cambridge, Polity Press, 1984, pág. 9). Véanse también HODDER, Ian, «Agency and individuals in long-term processes», en DOBRES, Marcia-Anne y ROBB, John E. (eds.), Agency in archaeology, Londres, Routledge, 2000, págs. 22-23, con más énfasis en los recursos que hacen posible la acción; y JONES, Andrew, Archaeological theory and scientific practice, Cambrigde, Cam-
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A pesar de ello, la lista plantea un problema metodológico, ya que anticipa un grado de institucionalización y formalización de las relaciones de dominio que, aunque se corresponde con determinadas manifestaciones del desarrollo estructural de la sociedad medieval, oscurece el proceso de formalización de dichas relaciones9. Hay que tener en cuenta que su imposición no fue exclusivamente fruto de un impulso nacido de las élites, sino que, como demuestra, por ejemplo, el carácter negociado de los fueros o de la resolución judicial de las disputas, surgió de una relación dialéctica en la que entraban en juego las capacidades de acción de múltiples actores10. Una aproximación dinámica necesita, por tanto, hacer significativa, en cada contexto concreto y en el marco del proceso histórico general, la capacidad de acción tanto de los grupos dominantes como de los subordinados. En este sentido, un primer paso consistiría en jerarquizar conceptualmente los elementos incluidos en esa lista de capacidades. De entre ellas, dos se pueden considerar como fundamentales. La primera es la capacidad de proyección material del poder, que según J.A. García de Cortázar se plasmaba en la construcción de una residencia señorial y en «la ordenación del espacio de generación de recursos susceptibles de apropiación»11. Hay que tener en cuenta que, en el periodo altomedieval, el ejercicio del poder dependía en gran medida de la capacidad de movilizar recursos materiales12. La segunda es la proyección inmaterial del poder, que se definía como la «pervivencia del mismo en las mentes de las personas sujetas a sus titulares» a través del mantenimiento de un imaginario de ordenación de la sociedad y del control de lo
———— bridge University Press, 2002, pág. 20, para una definición que pone el acento en el papel de la agencia en la producción y reproducción de las estructuras sociales. 9 Una interpretación dinámica de los procesos de complejización social permite distinguir analíticamente los momentos de emergencia de los distintos elementos de la dominación. Una caracterización breve en RUNCIMAN, Walter G., A Treatise on Social Theory, Cambridge, Cambridge University Press, 1989, vol. II, págs. 148-155. Véase MANN, Michael, The Sources of Social Power, vol. 1. A history of power from the beginning to A.D. 1760, Cambridge, Cambridge University Press, 1986, págs. 34-72, y CHAPMAN, Robert, Archaeologies of Complexity, Londres, Routledge, 2003, para una revisión crítica de distintos modelos y bibliografía. 10 ALFONSO ANTÓN, Isabel, «Campesinado y derecho: la vía legal de su lucha (Castilla y León, siglos X-XIII)», Noticiario de Historia Agraria, 13 (1997), págs. 15-31; ALFONSO ANTÓN, Isabel, «La contestation paysanne face aux exigences de travail seigneuriales en Castille et León. Les formes et leur signification symbolique», en BOURIN, Monique y MARTÍNEZ SOPENA, Pascual (eds.), Pour une anthropologie du prélèvement seigneurial dans les campagnes médiévales (XIe-XIVe siècles). Réaliés et représentations paysannes, París, Publications de la Sorbonne, 2005, págs. 291-320. 11 GARCÍA DE CORTÁZAR, «Elementos de definición de los espacios de poder», pág. 31. 12 Un ejemplo son esas políticas de la tierra descritas en WICKHAM, Chris, Framing the Early Middle Ages. Europe and the Mediterranean, 400-800, Oxford, Oxford University Press, 2005, pág. 58. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 367-396, ISSN: 0018-2141
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escrito13. La imagen del poder, que es otra de las capacidades incluidas en la lista, solo podía cobrar sentido en el marco, o como parte, de un sistema más amplio de legitimación de lo establecido. A partir de aquí podríamos reformular estos dos elementos básicos para obtener un criterio sobre el que basar una aproximación transversal a las capacidades de acción de los distintos sujetos sociales. En primer lugar, es innegable que una residencia señorial tenía unas implicaciones sociales diferentes de las de una casa campesina. No obstante, el punto de partida de ambos supuestos radica en el reconocimiento de que todos los actores podían, en principio, plasmar materialmente en el espacio su capacidad de acción. En este sentido, la compra de la viña produjo un espacio físicamente reconocible, definido por los derechos que Marcos tenía sobre el mismo. Esto supone reconocer que diferentes sujetos, aunque condicionados por sus distintas posibilidades, podían producir diversas ordenaciones del espacio. En segundo lugar, podríamos redefinir la idea de proyección inmaterial como la capacidad de tener un impacto sobre los mecanismos que, en distintos niveles, hacían posible que una acción fuera reconocida como legítima por el resto de actores implicados. Esto incluiría, por ejemplo, los mecanismos de memoria social sobre los que se asentaba el reconocimiento de los derechos de los que una persona o una comunidad disfrutaban sobre sus tierras14. Si sabemos que Marcos compró una viña a Álvaro Ferriz es porque la formalización de su posterior venta al abad Martín activó la necesidad de rememorar la transacción inicial. De esta forma se confirmaban los derechos de Marcos sobre la misma y, por lo tanto, se reafirmaba su capacidad para transmitirlos al monasterio. Podemos, pues, decir que la primera compraventa generó una memoria a la que se asociaron los derechos de Marcos sobre la viña y que era reconocida por otros actores. Un tercer paso consistiría en establecer un criterio para valorar los recursos económicos y sociales15 que hacían posible que un sujeto llevara a cabo una
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GARCÍA DE CORTÁZAR, «Elementos de definición de los espacios de poder», págs. 32-33. FENTRESS, James y WICKHAM, Chris, Social Memory, Oxford, Blackwell, 1992; ALFONSO ANTÓN, Isabel, «Memoria e identidad en las pesquisas judiciales en el área castellanoleonesa medieval», en JARA FUENTE, José Antonio, MARTIN, Georges y ALFONSO ANTÓN, Isabel (eds.), Construir la identidad en la Edad Media, Cuenca, Ediciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, 2010, págs. 249-279. 15 En términos de capital social, definido como la «posesión efectiva de una red de relaciones de parentesco (u otras) susceptibles de ser movilizadas o, por lo menos, manifestadas» (BOURDIEU, Pierre, El sentido práctico, Buenos Aires, Siglo XXI, 2007, págs. 59, n. 9). Asumo el concepto sin recurrir de manera estricta a la noción de «red de relaciones». Considero más útil, para el caso que nos ocupa, la forma en que se han abordado preocupaciones similares —como puede ser el funcionamiento de las redes de patronazgo, entre otras cuestiones— en trabajos como DAVIES, Wendy, Small Worlds. The Village Community in Early Medieval 14
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acción. El término «espacio de poder» hacía referencia a los espacios en los que se plasmaban las estructuras en cuyo marco se organizaban los recursos materiales y sociales de los que disfrutaban algunos sujetos, por lo que sigue siendo útil para conceptualizar determinadas estructuraciones socioespaciales16. No obstante, plantea dificultades a la hora de analizar su proceso formativo, ya que parte de una noción de organización social del espacio basada en una secuencia lógica en la que la estructura social es anterior a la estructuración del espacio17. Sin embargo, deberíamos valorar en qué medida y cómo el espacio, en su dimensión física, puede condicionar las relaciones sociales18. ¿Cómo podríamos entonces conceptualizar el espacio de manera que, al abordar su estudio, reconozcamos en él los recursos que condicionan la capacidad de acción de los distintos sujetos sociales y valorar el papel que juega, ya sea en la emergencia o en la estructuración de relaciones sociales? Distintas propuestas desde la geografía, la sociología, la arqueología o la antropología, han insistido en que es necesario entender el espacio como un producto social19. A partir de esta idea, autores como E. Soja plantean el carácter dual de las estructuras espaciales, esto es, las conciben a la vez como el resultado y como el medio de las prácticas cotidianas que producen y reproducen las relaciones sociales20. Además, analizan el espacio en su doble di-
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Brittany, Londres, Duckworth, 1988; WICKHAM, Chris, The mountains and the city: The Tuscan Apenines in the early Middle Ages, Oxford, Clarendon Press, 1988; INNES, Matthew, State and Society in the Early Middle Ages. The Middle Rhine Valley 400-1000, Cambridge, Cambridge University Press, 2000; JARRETT, Jonathan, Rulers and Ruled in Frontier Catalonia, 880-1010, Woodbridge, The Boydell Press, 2010. Debo precisar que todos ellos se realizaron sobre conjuntos documentales mucho más densos de los que tenemos para la zona de estudio propuesta. Por ello, en lo que respecta a este trabajo, su valor no reside tanto en su método, sino en su orientación metodológica. Se pueden, además, utilizar como modelos hipotéticos sobre los que intentar articular una explicación para aquellos casos en los que la documentación es más escasa. 16 Vid. n. 8. 17 GARCÍA DE CORTÁZAR, José Ángel, «Organización social del espacio: propuestas de reflexión y análisis histórico de sus unidades en la España Medieval», Studia Historia. Historia Medieval, 6 (1988), págs. 195-196. 18 Por ejemplo, tal y como se refleja en DAVIES, Small Worlds, pág. 125. Otro ejemplo en las consideraciones de C. Wickham con respecto a los espacios de montaña en WICKHAM, The mountains and the city, especialmente págs. 3-5 y 357-365. 19 La base de esta noción en LEFEBVRE, Henri, La production de l´espace, París, Anthropos, 2000 [1974]. 20 SOJA, Edward W., Postmodern Geographies. The Reassertion of Space in Critical Social Theory, Londres, Verso, 1989. Esta noción está íntimamente ligada al concepto de «dualidad de la estructura» (GIDDENS, The Constitution of Society, pág. 24). En otros términos, en GODELIER, Maurice, Lo ideal y lo material, Madrid, Taurus, 1989; GODELIER, Maurice, L´enigme du don, París, Fayard, 1997. Desde la arqueología, C. Tilley enfatiza el carácter Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 367-396, ISSN: 0018-2141
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mensión, a un mismo tiempo física y relacional —en tanto que entramado de relaciones sociales y simbólicas21—. Con ello ponen el énfasis en el carácter estructurador de la acción humana en el espacio, lo que permite hablar ya no solo de estructuras, sino de procesos dialécticos de estructuración de las relaciones sociales en el espacio. En definitiva, sus propuestas profundizan en la comprensión del espacio no como una mera plasmación de las relaciones sociales, sino como un elemento constitutivo de las mismas. Sobre esta base, la noción de escala nos permite avanzar en el reconocimiento de la capacidad de acción de los distintos sujetos sociales en el espacio. El término se ha introducido en los últimos años en la historiografía sobre la alta Edad Media y su operatividad se ha ensayado para el estudio de distintos casos, lo que se podría tomar como indicio de su alto potencial como herramienta de análisis22. Si bien la mayor parte de estos trabajos se han centrado en la noción de cambio de escala, la intención en este artículo es profundizar en la comprensión y caracterización de la escala en sí misma y, en particular, en el concepto de escala de acción. Para ello, y en base a distintas propuestas realizadas desde la geografía, utilizaré, como definición de trabajo, la idea de escala de acción como una estructuración social del espacio, geográfica e históricamente particularizada, que determina las posibilidades y limitaciones de acción de un individuo, de un conjunto de individuos, o de otro tipo de actor social —por ejemplo, un monasterio23—. Dicha estructura-
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conflictivo del espacio (TILLEY, Christopher, A phenomenology of Landscape. Place. Paths and Monuments, Oxford, Berg, 1994, págs. 10-11). 21 Para Edward. W. Soja la estructura espacial es «a dialectically defined component of the general relations of production, relations which are simultaneously social and spatial» (SOJA, Edward W., «The Socio-Spatial Dialectic», Annals of the Association of American Geographers, 70/2 (1980), pág. 208. Sobre la dimensión relacional: BRIGHENTI, Andrea, «On Territoriology. Towards a General Science of Territory», Theory, Culture and Society, 27/1 (2010), págs. 52-72. Véase también TILLEY, A phenomenology of Landscape. 22 Los trabajos de Julio Escalona son la principal referencia. E.g.: ESCALONA, Julio, «Mapping Scale Change: Hierarchization and Fission in Castilian Rural Communities during the Tenth and Eleventh Centuries», en DAVIES, Wendy, HALSALL, Guy y REYNOLDS, Andrew, People and Space in the Middle Ages, Turnhout, Brepols, 2006, págs. 143-166; ESCALONA, Julio, «Patrones de fragmentación territorial: el fin del mundo romano en la Meseta del Duero», en ESPINOSA RUIZ, Urbano y CASTELLANOS, Santiago (eds.), Comunidades locales y dinámicas de poder en el norte de la Península Ibérica durante la Antigüedad Tardía, Logroño, Universidad de la Rioja, 2006, págs. 165-199. Una revisión teórica y bibliografíca en ESCALONA, Julio, «The Early Middle Ages: A Scale-Based Approach», en ESCALONA, Julio y REYNOLDS, Andrew (eds.), Scale and Scale Change in the Early Middle Ages, Turnhout, Brepols, 2011, págs. 9-30. Se pueden ver varios ejemplos de aplicación de los conceptos de escala y cambio de escala en ESCALONA, Julio y REYNOLDS, Andrew (eds.), Scale and Scale Change in the Early Middle Ages, Turnhout, Brepols, 2011. 23 A partir de las definiciones y caracterizaciones de la escala de SMITH, Neil y DENNIS, Ward, «The Restructuring of Geographical Scale: Coalescence and Fragmentation of the Northern Core Region», Economic Geography, 63/2 (1987), págs. 160-182; MARSTON, Sallie Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 367-396, ISSN: 0018-2141
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ción sería, en su dimensión relacional, el resultado y medio de la producción y reproducción de las relaciones sociales de las que el actor o actores participan: es, por tanto, una realidad dinámica en la que se estructuran los recursos sociales de los que puede disfrutar un actor. La particularización geográfica se introduce para resaltar la dimensión material de la escala24 y para llamar la atención sobre el hecho de que cada estructuración social se desarrolla en el marco de un determinado espacio natural, cuya apropiación, y en el que la producción de recursos económicos, resulta de la relación que exista entre las características del propio espacio natural, la percepción y construcción social del mismo, y la estructuración social que alberga25. Además, hay que tener en cuenta que un mismo espacio y un mismo sujeto pueden constituir elementos de más de una escala, por lo que las relaciones dialécticas entre escalas juegan un papel fundamental en cada configuración escalar particular. Por ejemplo, un campesino puede actuar dentro de su propia escala, definida por las propiedades que le permiten producir recursos económicos y por su capital social. A la vez, la obligación de realizar el pago de una renta podría convertirlo en un elemento constitutivo de la escala de acción de un dominio monástico, en la medida en que la capacidad de acción del monasterio estuviera condicionada por los recursos derivados de la percepción de rentas. También puede ocurrir que los sujetos intenten movilizar los diferentes recursos que les ofrecen las distintas escalas de acción de los que participan26. Tal sería el caso, por ejemplo, de una comunidad local que recurriera al rey para la resolución de una disputa. En definitiva, el lenguaje de la escala podría permitirnos reconocer las acciones concretas como indicios27 de prácticas y lógicas28 de producción y re-
———— A., «The Social Construction of Scale», Progress in Human Geography, 24/2 (2000), págs. 219-242; PAASI, Anssi, «Place and region: looking through the prism of scale», Progress in Human Geography, 28/4 (2004), págs. 536-546. 24 MARSTON, «The Social Construction of Scale», pág. 221. 25 SOJA, Postmodern Geographies, p. 121. Esto nos acerca a la idea de construcción social de la realidad espacial (en línea con los clásicos planteamientos de BERGER, Peter L. y LUCKMANN, Thomas, The Social Construction of Reality. A Treatise in the Sociology of Knowledge, Londres, Penguin Books, 1991 [1967]), que convendría explorar con más detenimiento para cuestiones relacionadas con la percepción y representación del espacio. 26 Un ejemplo en términos de escala en ESCALONA, Julio, «Conflicto religioso y territorialidad en un mundo en fragmentación: un ensayo comparativo del noroeste hispánico y Britania en los siglos IV-VI», en CASTELLANOS, Santiago y MARTÍN VISO, Iñaki (eds.), De Roma a los bárbaros: poder central y horizontes locales en la cuenca del Duero, León, Universidad de León, 2008, págs. 171-203. 27 GINZBURG, Carlo, «Indicios. Raíces de un paradigma de inferencias indiciales», en GINZBURG, Carlo, Mitos, emblemas, indicios. Morfología e historia, Barcelona, Gedisa, 1994, págs. 138-175. 28 El término «lógica» se usa a menudo en la historiografía sin un contenido teórico explícito. Su utilización historiográfica deriva en gran medida de las aportaciones realizadas en Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 367-396, ISSN: 0018-2141
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producción de estructuraciones socioespaciales particulares y ver cómo, a través de distinta prácticas sociales, informales o institucionalizadas, se establecían las relaciones entre escalas. Metodológicamente, nos ayudaría a superar las dificultades que plantean aquellos casos para los que se dispone de poca información, pero para los que es necesario intentar articular un marco explicativo que permita insertarlos en un marco historiográfico más amplio. Además, permitiría profundizar en la complejidad de los espacios sociales sobre los que se asentaba la capacidad de acción de los distintos actores y, sobre todo, de quienes actuaban en las escalas de mayor complejidad, es decir, aquellas que englobaban las escalas de acción de otros actores. Pero esto conviene desarrollarlo mediante la aplicación de estos conceptos al análisis de algunos casos concretos. APLICACIÓN AL ESTUDIO DE CASOS: LAS ESCALAS DE ACCIÓN EN EL INTERFLUVIO CEA-PISUERGA EN LOS SIGLOS X-XI La unidad doméstica campesina La venta que realizaron Marcos y Emderia forma parte de un pequeño grupo de tres compraventas —a las que se añadiría una donación— que tuvieron lugar entre distintas familias campesinas y Martín, quien era abad de San Ciprián29. Las referencias espaciales nos permiten situarlas en el mismo entorno geográfico. Todas ellas se llevaron a cabo en el plazo de unos pocos días, en diciembre de 1056. Esta coincidencia en el tiempo plantea una primera pregunta sobre el contexto inmediato en el que tuvieron lugar. Uno de los documentos, en el que Munio y su familia venden varias tierras a cambio de grano, un carnero y vino, nos informa de que aquel había sido un annus ma-
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el marco de los estudios sobre el campesinado (e.g.: CHAYANOV, Alexander V., La organización de la unidad económica campesina, Buenos Aires, Nueva Visión, 1985 [1925]; o SHANIN, Teodor, Naturaleza y lógica de la economía campesina, Barcelona, Anagrama, 1976). Aunque desarrollarlo escapa a las posibilidades de este artículo, creo necesario, puesto que haré uso del concepto, apuntar el sentido que pretendo darle en este texto. La lógica determinada de un actor o grupo de actores se podría definir como las expectativas que motivan y genera el flujo de la acción humana —las prácticas sociales reiteradas— en el contexto social del que participan dicho actor o actores; las expectativas pueden ser asumidas de manera tácita o pueden ser elaboradas de manera discursiva, a partir de la observación y racionalización de la vida cotidiana (véase GIDDENS, The Constitution of Society, pág. 24; LUHMAN, Niklas, Sistemas sociales. Lineamientos para una teoría general, Barcelona, 1998 [1984]). 29 CDS II, docs. 583, 584, 585 y 586. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 367-396, ISSN: 0018-2141
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lus30. Una mala cosecha podía tener importantes consecuencias para una familia campesina, ya que podía poner en peligro su capacidad para alimentarse o volver a sembrar31. Los campesinos se habrían visto entonces obligados a acudir a otros actores —en este caso, San Ciprián— para conseguir recursos. El monasterio, por su parte, se podría haber aprovechado de la situación para comprar las tierras más baratas. Dentro de su discurso, la referencia al annus malus justificaría que la cantidad que pagó por las tierras no fuera mayor. El origen de la precariedad campesina podía ser meramente coyuntural o podía deberse a factores más profundos. De hecho, estos mismos documentos nos dejan entrever algunas tendencias o elementos que podían amenazar la subsistencia o la reproducción de la unidad campesina. Por ejemplo, sabemos de al menos una práctica social que podía influir negativamente en la capacidad económica de los grupos campesinos: el reparto de la herencia. Aunque garantizaba una base material mínima para los descendientes, la división podía dar lugar a la atomización del patrimonio familiar. En el caso que nos ocupa, Marcos y Emderia tenían seis hijos, a cada uno de los cuales le habría correspondido, en principio, una parte de los bienes del matrimonio. La repartición de la propiedad transmitida habría podido limitar, al menos inicialmente, la capacidad de producción de los de la siguiente generación, lo que habría podido condicionar su capacidad de subsistencia e incluso exponerlos a una mayor presión señorial32. Por supuesto, no debemos establecer una relación causal directa entre el fenómeno de la partición por herencia y la precariedad campesina33. En primer lugar, porque la herencia no constituía de por sí un fenómeno que necesariamente hubiera de atomizar el patrimonio familiar, ya que para que esto ocurriera tenían que darse otras condiciones como, por ejemplo, que la familia tuviera más de dos descendientes y que todos ellos estuvieran en condición de recibir una porción. En segundo lugar, porque existían estrategias que podían evitar o reducir las consecuencias que se habrían derivado de una situación como esa. Una de ellas sería la ampliación del espacio cultivado mediante la roturación de nuevas tierras o la ampliación de aquellas que ya estaban en cultivo. No obstante, habría que considerar si esa puesta en cultivo de nuevos espacios respondía únicamente a una lógica campesina o bien estaba su-
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CDS II, doc. 583. Hay que recordar que en otros casos se identifican picos de compraventa en los meses de diciembre, abril y mayo, es decir, los de aprovisionamiento para el invierno y de sementera (un ejemplo en la Meseta en CARBAJO SERRANO, María José, «El monasterio de los santos Cosme y Damian de Abellar. Monacato y sociedad en la época astur-leonesa», Archivos leoneses, 81-82 (1987), pág. 184). 32 LARREA CONDE, Juan José, «Aldeas navarras y aldeas del Duero: notas para una perspectiva comparada», Edad Media. Revista de Historia, 6 (2003-2004), pág. 170. 33 Véase la advertencia en WICKHAM, Framing the Early Middle Ages, pág. 552. 31
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peditada a una iniciativa señorial34. Otra posibilidad era la de mantener ciertos bienes indivisos, de forma que varios de la familia disfrutaran de los derechos sobre los mismos. Tello Vellítiz, su mujer Monnia y la sobrina de ambos, Vellida, habían recibido una viña y un pomar de su pariente Vela Nunniz35. Podríamos pensar que este grupo familiar había intentado transmitir íntegramente una parte del patrimonio para reforzar sus derechos sobre las tierras e intentar garantizar un complemento productivo para la siguiente generación. La estrategia, en este caso, no habría resultado efectiva: Tello Vellítiz, Monnia y Vellida se vieron finalmente obligados a vender la viña y el pomar al monasterio de San Ciprián. Los campesinos también podían recurrir a otros mecanismos de transacción de tierras para ampliar o mejorar la gestión de sus propiedades, como la compraventa y la permuta36. Mediante la compra de tierras podían ampliar el espacio que cultivaban e incrementar así su capacidad de producción, mientras que con la permuta podían organizar mejor la distribución de sus propiedades, por ejemplo, para diversificar la producción o los espacios productivos y minimizar los riesgos de una mala cosecha o para reducir los tiempos de desplazamiento y mejorar el rendimiento de su trabajo. A ello podríamos añadir el matrimonio, ya que, aunque en sí mismo no constituyera una transacción, la suma de las aportaciones de cada cónyuge podía dar lugar a explotaciones de mayor tamaño dependientes de la gestión de una unidad doméstica. La tierra que Marcos compró a Álvaro Ferriz había sido de la mujer de este, por lo que parece que el marido podía adquirir un cierto derecho de disposición sobre las tierras de la esposa. No obstante, el propio Marcos señaló que había recibido unas tierras de su padre y otras de su madre, lo que indica que los bienes no se fundían en una única unidad de propiedad. Compraventa, permuta, herencia y matrimonio eran algunos de los mecanismos institucionalizados —en tanto que prácticas sociales recurrentes— de transmisión de la propiedad. Marcos aparece haciendo uso o participando de todas estas prácticas, lo que no significa que tuviera, a priori, la capacidad de recurrir a ellas de manera inmediata. ¿Cuál era la base sobre la que se asentaba su capacidad de acción? ¿En qué medida la posibilitaba y la limitaba? ¿Cómo repercutían sus acciones sobre dicha base? En primer lugar, debemos tener en cuenta los factores materiales. La capacidad de producción agrícola,
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34 Por ejemplo, y aunque se escapa del periodo que estamos tratando, sabemos que, más adelante, la condesa Ildonza daría fueros a quienes poblaran su heredad en el valle de Trigueros. La explotación de esta tierra se habría desarrollado, en último término, en el marco de una iniciativa señorial (CDS II, doc. 893) (1092.03.29). Para estos aspectos, véase REGLERO DE LA FUENTE, Espacio y poder en la Castilla Medieval. 35 CDS II, doc. 586. 36 CDS II, doc. 584.
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que dependía de la extensión de las tierras cultivadas y de su productividad, condicionaba la capacidad económica de los campesinos. De ello dependía no solo su subsistencia, sino también su capacidad para hacer frente al resto de obligaciones sociales37, para intercambiar propiedades o para producir el excedente que les permitiera, por ejemplo, comprar nuevas tierras. La adquisición de propiedades y la consiguiente extensión del espacio cultivado habrían podido traducirse en una mayor capacidad de producción, incrementando así las posibilidades económicas. En segundo lugar, habría que considerar la posición que Marcos ocupaba en la sociedad local, es decir, su capital social. Este habría condicionado su capacidad de interactuar con otros sujetos, así como el tipo de relaciones que podía establecer con ellos. Además, y dado que la transacción de tierras podía servir para establecer nuevos vínculos o reforzar los antiguos38, una compraventa o una permuta podían contribuir a redefinir, ampliar o potenciar la red de relaciones de la que Marcos participaba. La combinación de ambas dimensiones —social y material— representaría la escala de acción de Marcos. Una escala que, como hemos visto, comprende tanto la relación dialéctica de la actividad humana sobre el espacio natural —el trabajo de Marcos sobre la tierra— como la dialéctica propia de las relaciones sociales, y que se materializaba en la configuración espacial de las propiedades. Las posibilidades de acción dadas por dicha escala se hacían efectivas conforme a una lógica particular de gestión. Por ejemplo, se podría plantear, hipotéticamente, que Marcos, al realizar la permuta, buscaba optimizar el rendimiento de su trabajo mediante una reducción de los tiempos de desplazamiento o que, al comprar la viña, llevaba a cabo un intento consciente por ampliar su patrimonio para anular, o al menos suavizar, la tendencia a la fragmentación de la propiedad que conllevaba la herencia. Es evidente que no podemos afirmar nada acerca de los motivos que le impulsaron a llevar a cabo estas acciones, pero estas hipótesis nos permiten al menos reconocer la existencia de una acción orientada o justificada en función de la percepción de las consecuencias de las tendencias sociales a las que la unidad doméstica se encontraba sometida. Se trata de un paso hacia el reconocimiento de algunos de los elementos que conformaban la lógica que subyacía tras su acción. Una lógica que, así planteada, comprendería el objetivo de reproducir el modo de vida campesino, para lo cual era necesaria la conservación de unos niveles mínimos de propiedad. Sin embargo, incluía también la expectativa de la herencia o la posibilidad de enajenar tierras, lo que muestra su carácter contradictorio: el proceso de reproducción del modo de vida campesino entrañaba en sí mismo la reproducción de prácticas que podían ponerlo en peligro. En este caso,
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WOLF, Eric, Peasants, Englewood Cliffs, N.J., Prentice-Hall, 1966, págs. 4-10. WICKHAM, The mountains and the city, pág. 6; ALFONSO ANTÓN, «Campesinado y derecho», pág. 26. 38
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la contradicción no se solucionó, como luego veremos, mediante elementos regulatorios propios de esta escala de acción, sino que constituyó la vía de inserción en otra escala. Finalmente, hay que recordar que Marcos y Emderia realizaron la venta de manera al menos nominalmente conjunta. Aunque se ha podido caracterizar la acción de Marcos, poco se puede decir de la de Emderia. Aquí hemos visto que las mujeres podían participar de las compraventas, aunque aparecen siempre acompañadas de varones. Los documentos indican que podían recibir propiedades en herencia y que podían conservarlas y transmitirlas, pero no aparecen en otras ocasiones, como, por ejemplo, en las listas de testigos. ¿Cuál era su lugar en las relaciones sociales de producción y reproducción del ámbito doméstico? ¿Y el de los hijos e hijas? Aunque las fuentes no lo desvelen, hay que recordar que la unidad doméstica campesina comprendía las escalas de acción de todas las personas que la componían, y que no todas ellas lo hacían en condiciones de igualdad39. Interacción campesina, monasterios y poderes locales En el apartado anterior se presentó la unidad doméstica campesina abstraída de su medio social con el objetivo de caracterizarla como una escala de acción concreta. Sin embargo, algunos elementos indicaban ya que dicha escala no se puede entender de manera aislada, sino como parte de un contexto más amplio en el que participaba de distintos vínculos verticales y horizontales. De entre ellos, la permuta, la compraventa o el matrimonio evidenciaron las relaciones entre unidades domésticas diferenciadas. Esta interacción campesina podía dar lugar a una escala de acción particular. El caso del valle de la Cueza nos ayudará a iluminar algunos de sus elementos constitutivos40. La primera referencia a este espacio la encontramos en una donación que Ramiro II realizó a Sahagún en el año 95041. Unos años después, en el año 984, García Gómez donó una heredad en la villa de Calzadilla, que se encontraba «in territorio de Carrione in valle de Quoza»42. Entre estas dos fechas,
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39 Algo que se podría considerar partiendo, por ejemplo, de MEILLASSOUX, Claude, Mujeres, graneros y capitales, México, Siglo XXI, 1999 [1975]. 40 La excepcionalidad del valle de la Cueza en el contexto que estamos tratando justifica el interés de esta aproximación, a pesar de que, dada la carencia de una documentación más densa, habrá de ser necesariamente hipotética. Me remito por ello de manera especial a DAVIES, Small Worlds. Es muy interesante considerar también WICKHAM, Framing the Early Middle Ages, págs. 383-441, donde, a través del análisis de distintos casos, se plantean herramientas para el estudio comparado de distintas sociedades locales. 41 CDS I, doc. 129. 42 CDS I, doc. 318.
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los Banu Gómez habían intensificado su presencia en la zona, aunque hay que esperar hasta 1037 para ver a uno de ellos como conde en Carrión43. Tradicionalmente, se ha considerado que este grupo aristocrático ejercía un dominio uniforme sobre el conjunto de la cuenca del Carrión y que, hacia el último cuarto del siglo X, sus trasladaron su capital de Saldaña a Santa María de Carrión —hoy Carrión de los Condes44—. Las fuentes, sin embargo, no muestran que existiera un dominio efectivo sobre todo ese ámbito territorial, por lo que es más interesante pensar en el progresivo afianzamiento de su capacidad de acción sobre esta zona a lo largo del siglo X45. En este contexto, resultaría plausible pensar que el valle de la Cueza, aparentemente independiente a mediados de siglo, hubiera sido integrado en el territorio de Carrión como resultado de la creciente presión que los Banu Gómez ejercían en el entorno. En todo caso, ¿por qué mantuvo su identidad territorial?46 Para entenderlo, es necesario profundizar en la historia del valle de la Cueza. Se trata de un territorio en el que no se aprecia la existencia de una centralidad definida, lo que contrasta con otros territorios de su entorno. Tan solo Castro Muza, que se asocia al yacimiento romano de Viminacium, en el entorno de la actual Calzadilla de la Cueza, podría haber ejercido una función central con anterioridad47, aunque a finales del siglo X parece que ya no lo hacía48. Por otro lado, sabemos que, en la primera mitad de este siglo, un personaje llamado Iunez Mohomatel había donado a Ramiro II unas villullis en la lomba de Cueza49. Unos años más tarde, en el 978, Bellido y Sarra vendieron a Sahagún su heredad en la Villa de Iunez Mohomatel50. Podríamos pen————
43 Además de la donación de García Gómez se conserva una donación de Osorio Díaz (CDS I, doc. 330). Gómez Díaz aparece como conde en Carrión alrededor de 1037 (CDS II, doc. 451). 44 PÉREZ CELADA, Julio Antonio, «Sobre el origen de Carrión de los Condes y sus funciones en la articulación territorial: Del poblamiento vacceo a la configuración medieval», en RODRÍGUEZ COLMENERO, Antonio (coord.), Los orígenes de la ciudad en el noroeste hispánico. Actas del Congreso Internacional, Lugo, Diputación Provincial, 1998, págs. 1411-1424. 45 CARVAJAL CASTRO, «Superar la frontera». 46 Sobre territorialidad e identidad territorial, véase ESCALONA, Julio, «Territorialidades e identidades locales en la Castilla condal», en JARA FUENTE, José Antonio, MARTIN, Georges y ALFONSO ANTÓN, Isabel (eds.), Construir la identidad en la Edad Media, Cuenca, Ediciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, 2010, págs. 55-82. 47 Siempre que fuera aplicable un modelo similar al propuesto en CASTELLANOS, Santiago y MARTÍN VISO, Iñaki, «The local articulation of central power in the north of the Iberian Peninsula (500-1000)», Early Medieval Europe, 13/1 (2005), págs. 1-42. 48 CASTRO, Lázaro de, «Cerámicas romanas de Viminacium. Calzadilla de la Cueza (Palencia)», Sautuola, 1 (1975), págs. 251-265. En el siglo X era objeto de transacciones: el conde Osorio Gómez donó Castro Muza, que había obtenido mediante una compraventa, a Sahagún en el año 986 (CDS I, doc. 330). 49 CDS I, doc. 129. 50 CDS I, doc. 292.
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sar que la villa se correspondía con lo que unas décadas antes había sido la explotación de aquel propietario local. Además, en el año 977, Fortes y otros personajes vendieron unos bienes que lindaban con tres villas, dos de cuyos topónimos contenían nombres de persona, y con una propiedad que había sido de un tal Breto. La donación de Ramiro II a Sahagún consigna la existencia de un Valle Breto —lo no quiere decir que se tratara del mismo personaje—, así como de un número relativamente amplio de villas de y valles de, seguidos de un antropónimo. Parcialmente, al menos, parecería que el espacio del valle de la Cueza estaba constituido por unidades espaciales de una entidad similar y que podrían corresponderse con las propiedades de ciertos individuos o grupos familiares51. Esta aparente uniformidad indicaría que podían existir unas condiciones que habrían favorecido la configuración de una sociedad local relativamente homogénea, en la que los vínculos horizontales surgidos entre las unidades menores de poblamiento habrían podido darle la suficiente cohesión como para mantener su identidad territorial frente a la imposición de una autoridad exterior52. La interpretación, por supuesto, no es tan sencilla, ya que la pauta territorial podría ser más compleja. En primer lugar, porque podían existir diferencias entre las unidades descritas. En segundo, porque podía haber propiedades de menor o mayor entidad en manos de personas o familias que no están documentadas. No obstante, la existencia de diferencias internas no contradeciría necesariamente la idea de una sociedad con una desigualdad social poco acusada, escasamente jerarquizada y relativamente homogénea. En tercer lugar, porque esta aparente homogeneidad no garantizaba que las relaciones sociales horizontales fueran lo suficientemente fuertes como para mantenerse53. De hecho, a partir del año 950 se constata la presencia de actores externos —el rey, Sahagún o los Banu Gómez—, así como de una élite aparentemente local que entra en las redes de patronazgo de estos últimos54. Esto habría alterado el patrón local de relaciones sociales. No obstante, no deja de ser posible que en un momento anterior la realidad socioespacial del valle de la Cueza pudiera haber sido más compacta. Los documentos apenas nos dejan profundizar en este aspecto, pero existen dos compraventas que reflejan la existencia de un entramado de relaciones sociales locales que podría acaso ser representativo de una realidad anterior.
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MARTÍNEZ SOPENA, Pascual, La Tierra de Campos Occidental. Poblamiento, poder y comunidad en el siglo X al XIII, Valladolid, Institución Cultural Simancas, 1985, pág. 116. 52 El reconocimiento de una identidad territorial —en este caso el reconocimiento del valle de Cueza como representación de una entidad territorial— podría ser el reflejo de una realidad comunitaria anterior (ESCALONA, «Territorialidades e identidades locales», pág. 74). 53 C. Wickham insiste en este aspecto en referencia al entorno de Lucca en WICKHAM, Framing the Early Middle Ages, pág. 392. 54 CDS I, doc. 318. Vid. infra, págs. 389-390. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 367-396, ISSN: 0018-2141
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Estas transacciones se realizaron en junio del año 977 y en abril del 978. Si consideramos el conjunto de nombres que aparecen en ambos documentos, nos encontramos con que varios de ellos coinciden. Algunos aparecen en ambas listas de testigos; otros lo hacen en uno como propietarios y en otro como testigos; en dos casos, los vicarios del primer documento figuran como testigos en el segundo. Ninguno de ellos aparece ni en los documentos de Ramiro II, ni luego en los de los Banu Gómez. Aunque no se pueda identificar cada uno de los nombres repetidos con una sola persona, sí podemos plantear, como hipótesis, que nos encontramos ante un grupo de propietarios locales que participaban de los negocios de sus vecinos, a veces como testigos y otras, en el caso de los vicarios, como representantes de otros propietarios, y que actuaban al margen de los personajes que reclamaban el dominio último sobre el espacio55. Esta escala de acción habría influido en el capital social y en las expectativas de cada uno de los individuos que participaban de ella y, por lo tanto, habría condicionado sus escalas de acción particulares. Hay que tener en cuenta, además, que estas prácticas estaban contenidas en un espacio geográfico limitado. Es fundamental considerar este factor, ya que las distancias habrían definido las posibilidades de relación entre los de la comunidad y, por lo tanto, de producción y reproducción de la estructuración socioespacial de la misma56. En este sentido, podríamos decir que las prácticas sociales que se desarrollaban en este ámbito geográfico generaban una dinámica local que estructuraba el espacio y le daba la cohesión que manifestaría la pervivencia de su identidad territorial. Esas prácticas serían, por lo tanto, constitutivas dicha identidad. Esta se plasmaba en la representación —proyección inmaterial— del espacio bajo el término «Cueza». El hecho de que esta identidad fuera reconocida por otros sujetos probaría la capacidad de resistencia de la sociedad local que, inicialmente, habría mantenido una escala de acción y una lógica propia después de haber sido integrada en el territorio de Carrión57. ¿Es posible discernir algo similar en el caso del valle de Trigueros? Los cuatro documentos de los que disponemos muestran un patrón complejo en el que la identificación de nombres de propietarios y testigos resulta más incierta aún, si bien la presencia repetida de varios antropónimos permite, al menos, especular con la idea que también existían prácticas sociales simi-
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DAVIES, Small Worlds, pág. 128. DAVIES, Small Worlds, pág. 125. 57 MARTÍN VISO, Iñaki, «Espacios sin Estado: los territorios occidentales entre el Duero y el Sistema Central (siglos VIII-IX)», en MARTÍN VISO, Iñaki (ed.), ¿Tiempos oscuros? Territorios y sociedad en el centro de la Península Ibérica (siglos VII-X), Madrid, Sílex, 2009, págs. 134-135. Por supuesto, en un estudio que contemplara una duración más larga sería necesario comprobar si esta situación se habría mantenido en el tiempo. 56
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lares, posiblemente insertas en el marco de espacios de dominación señorial58. Finalmente, a partir de aquí podríamos preguntarnos si la pervivencia de estas formas de representación del espacio en las fuentes refleja el mantenimiento de este tipo de relaciones socioespaciales o si, en algún momento, pasaron a representar marcos territoriales formalizados e impuestos desde arriba. Como he señalado, en ambos casos se observa la penetración de actores externos que, mediante la adquisición de tierras, socavaban la base material sobre la que se asentaba la capacidad de acción de los de la sociedad local e introducían un nuevo patrón de relaciones sociales. El monasterio de San Ciprián era uno de esos actores externos59. Su abad, Martín, aparece comprando tierras en el momento en que una situación coyuntural exacerbaba las consecuencias de las contradicciones inherentes a la reproducción del modo de vida campesino. La compraventa, además de propiciar la integración de los bienes en el dominio monástico, constituía un nexo entre dos escalas diferentes en tanto que representaba la conjunción de dos capacidades de acción. Por un lado estaba la de los campesinos, en la medida en que, por perjudicial que pudiera resultar para sus intereses a medio o largo plazo, la venta de tierras no dejaba de ser una de las posibilidades que comprendía su capacidad de acción. Por otro lado, estaba la del monasterio. Los elementos que condicionaban la capacidad de acción de la comunidad monástica eran distintos de los que limitaban o posibilitaban la acción campesina, aunque existían elementos comunes. Por ejemplo, los monasterios no dejaban de depender de factores económicos. Su capacidad de comprar tierras se habría visto condicionada, entre otras cosas, por la disponibilidad de un excedente con el que realizar el pago. No obstante, las diferencias entre ambas escalas son sustanciales, y esto no solo es debido a que los pequeños campesinos tuvieran una menor capacidad económica. Por ejemplo, los monasterios podían ejercer una importante presión sobre la propiedad campesina o incluso sobre la de grupos familiares de mayor preeminencia económica y social. Esta presión se basaba en su capital social y simbólico60. En algunos ————
58 Carlos M. Reglero de la Fuente trata de manera específica la cuestión de la presencia aristocrática y los señoríos en el valle de Trigueros. Véase REGLERO DE LA FUENTE, Los señoríos de los Montes de Torozos. 59 Los dominios de los grandes centros monásticos palentinos han sido ya estudiados por otros autores. Sin ánimo de exhaustividad, y dada la importancia de los monasterio de San Isidro de Dueñas o de San Zoilo de Carrión, sirvan de ejemplo, respectivamente, REGLERO DE LA FUENTE, Carlos M., El monasterio de San Isidro de Dueñas en la Edad Media. Un priorato cluniacense hispano (911-1478). Estudio y colección documental, León, Centro de Estudios e Investigación San Isidoro, 2005; PÉREZ CELADA, Julio A., El monasterio de San Zoilo de Carrión. Formación, estructura y decurso de un señorío castellano-leonés (siglos XI al XVI), Burgos, Universidad de Burgos, 1997. 60 GUERREAU, Alain, «Structure et évolution des réprésentations de l´espace dans l´Haut Moyen Age Occidental», en Uomo e spazio nell´alto medioevo. 50 Settimane di Studio del
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casos, los grupos aristocráticos y los reyes se servían de ellos para hacer efectiva su influencia a nivel local61. Esto suponía un beneficio para los monasterios, ya que el patronazgo implicaba habitualmente la donación de tierras. Además, reforzaba su prestigio y los convertían en el objeto de atención de otros actores, quienes, mediante donaciones, podían intentar vincularse a las redes de patronazgo de las que participaban los monasterios. El capital simbólico también podía influir en el volumen de donaciones recibidas y potenciar el crecimiento patrimonial62. En definitiva, como ocurría en los casos anteriores, el proceso de producción de un espacio monástico, en tanto que escala distintiva con condicionantes propios, dependía del juego de relaciones sociales del que participaban los monasterios63. Por otro lado, la inalienabilidad de los bienes monásticos podía, en principio, revertir en un incremento de su capacidad de acción. Y digo en principio porque en la práctica nos encontramos tanto con usurpaciones de tierras eclesiásticas como con cenobios que vendían sus propios bienes. No obstante, gozaban, como institución, de mayores posibilidades de conservar su patrimonio. Esto podía facilitar la acumulación de propiedades, lo que se podía traducir en un aumento de los beneficios materiales derivados de la producción de esas tierras. Además, contribuía a potenciar su posición social en todos los niveles. Allí donde los monasterios e iglesias se asentaban o tenían propiedades, la presencia patrimonial continuada los convertía en una constante en el juego de relaciones sociales de otras comunidades de población64. En otras palabras, los centros eclesiásticos formaban parte de las expectativas que conformaban la lógica de otros grupos sociales65. Esto se veía reforzado por mecanismos tales como la producción de memoria mediante la redacción y manipulación de documentos66. En
———— Centro Italiano di Studi sull´Alto Medioevo, Spoleto, 4-8 aprile, 2002, 2 vol., Spoleto, Centro Italiano di Studi Sull'Alto Medioevo, 2003, pág. 107. 61 Desde la perspectiva del poder regio, BERNHARDT, John W., Itinerant Kingship & Royal Monasteries in Eary Medieval c. 936-1075, Cambridge, Cambridge University Press, 1993. En esta zona, Dueñas —al margen de Sahagún— fue el principal beneficiario de la acción regia en la primera mitad del siglo X (REGLERO DE LA FUENTE, El monasterio de San Isidro de Dueñas, docs. 1, 2, 3, 4, 7, 8). 62 MARTÍN VISO, Iñaki, «Monasterios y redes sociales en el Bierzo altomedieval», Hispania, 71/237 (2011), pág. 12. 63 MARTÍN VISO, «Monasterios y redes sociales». 64 ROSENWEIN, Barbara H., To Be the Neighbor of Saint Peter. The Social Meaning of Cluny´s Property, 909-1049, Ithaca, Cornell University, 1989. 65 A. Guerrea señala que la efectividad del dominio dependía en parte de la interiorización de esta estabilidad espacial (GUERREAU, «Structure et évolution des réprésentations de l´espace», pág. 106). 66 E.g.: PETERSON, David, «Reescribiendo el pasado. El Becerro Galicano como reconstrucción de la historia institucional de San Millán de la Cogolla», Hispania, vol. LXIX, 233 (2009), págs. 653-682. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 367-396, ISSN: 0018-2141
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conjunto, todo ello generaba mayores posibilidades de imposición de relaciones de dominación y de percepción de rentas. Ahora bien, no debemos olvidar que, cuando esto ocurría, las condiciones de subordinación de los distintos espacios sociales englobados en el dominio monástico podían variar en función de cada situación particular, ni tampoco que las ambiciones de los monasterios podían entrar en conflicto con las de otros actores. En algún momento antes del año 967, Flayna, soror de un convento en Monzón, y su hermano Ioannes, frater del monasterio de Cozuelos, decidieron fundar el monasterio de los Santos Justo, Pastor y Pelayo, con el fin de abrazar la vida monástica y de evitar que su pariente Juliano cayera en pecado67. El documento que recoge esta fundación narra la entrega de dicho monasterio al de Santa Eufemia de Cozuelos, que se ubicaba en la misma zona —sub castellum Eburi. El hecho de que Juliano no aparezca como ejecutor o confirmante de esta donación parece indicar que para entonces ya había muerto. La fundación de un centro religioso revela que el grupo tenía una cierta importancia económica en la zona. Lo mismo ocurría con el monasterio de Santa Eufemia. La base para la expansión y reproducción de cualquiera de estos dominios dependía, de manera inmediata, de los mismos recursos económicos y sociales, por lo que las relaciones entre ambos eran potencial, aunque no necesariamente, conflictivas. Bajo esta luz, el hecho de que Ioannes, que quizá como monje se habría visto obligado a entregar su parte de la herencia a la comunidad monástica a la que pertenecía, abandonara Santa Eufemia, se podría interpretar como un desafío a las ambiciones económicas que este monasterio pudiera tener sobre esos bienes. Pero las ambiciones de Santa Eufemia podían apuntar más alto. A fin de cuentas, englobar las propiedades de Juliano y sus parientes le habría permitido convertirse en el principal actor en la zona. Esto habría llevado al grupo familiar a intentar reforzar sus derechos sobre sus propiedades. En este sentido, la fundación del monasterio de los Santos Justo, Pastor y Pelayo se podría interpretar como la producción de un espacio de resistencia al que el carácter religioso dotaba de un componente simbólico. A pesar de este esfuerzo, la competencia por las tierras y el capital social se saldó favorablemente para Santa Eufemia. Aunque no sabemos las razones que finalmente motivaron la donación del monasterio de los Santos Justo,
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67 GUERRERO LAFUENTE, M.ª Dolores y ÁLVAREZ CASTILLO, M.ª Angustias, «Los inicios del monacato en Palencia: Santa Eufemia de Cozuelos», en Actas del III Congreso de Historia de Palencia, Palencia, Diputación Provincial, 1995, págs. 178-180, doc. 3. Sobre iglesias y monasterios propios, LORING GARCÍA, María Isabel, «Nobleza e iglesias propias en la Cantabria alto-medieval», Studia Historica. Historia Medieval, 5 (1987), pág. 89-121; MARTÍN VISO, Iñaki, «Monasterios y poder aristocrático en Castilla en el siglo XI», Brocar, 20 (1996), págs. 91-133.
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Pastor y Pelayo, lo cierto es que el monasterio de Cozuelos no se veía condicionado por los procesos de fragmentación de la propiedad que hacían peligrar la transmisión de bienes y prestigio dentro del grupo aristocrático. Además, podía hacer uso de los beneficios derivados de las donaciones en otros ámbitos geográficos68. No obstante, el hecho de que, en último término, el intento de Juliano y sus parientes fracasara, no implica que no fuera significativo. El monasterio de Santa Eufemia se vio obligado a asumir los condicionantes que implicaba el hecho de que las propiedades de Juliana y su familia hubieran sido articuladas en torno a un centro monástico. El resultado, es decir, la escala de acción definida en base a los recursos materiales y sociales de los que disponía el monasterio de Cozuelos tras la absorción de los bienes del grupo familiar de Juliano, fue, por tanto, fruto de la síntesis de sus respectivas capacidades de acción. Debemos también considerar la presencia en la zona de otros monasterios de mayor entidad cuya escala de acción se caracterizaba por otros elementos. Tal sería el caso de San Isidro de Dueñas, Santa María de Aguilar de Campoo o, más tardíamente, San Zoilo de Carrión, pero también Sahagún, que tenía importantes propiedades. Esos elementos se derivaban, en parte, de las posibilidades que les ofrecían los procesos prolongados de acumulación de propiedades de los se beneficiaron —aunque en distintos tiempos y con distintos ritmos—, que les permitieron, por ejemplo, llevar a cabo una expansión patrimonial por distintos ámbitos geográficos69. Gracias a ello, podían desarrollar estrategias de gestión orientadas a la incorporación de ámbitos productivos complementarios. Esto podía dar lugar a un patrón de propiedad disperso, pero coherente con una determinada lógica económica70. No por ello debemos dejar de ver el dominio monástico como un espacio social único, aunque diverso, definido por, y articulado en torno a los distintos vínculos económicos y sociales que ligaban las distintas propiedades con el monasterio. Además, la concesión de inmunidades o el desarrollo de una capacidad jurisdiccional podían reforzar el componente normativo de esos vínculos. En este sentido, podríamos decir que los dominios monásticos constituían auténticos ensamblajes caracterizados por el ejercicio de una autoridad sobre un determinado
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GUERRERO LAFUENTE y ÁLVAREZ CASTILLO, «Los inicios del monacato en Palencia»,
doc. 2. 69
Me remito a los estudios particulares para cada caso. Respectivamente, según el orden en que se recogen en el texto: REGLERO DE LA FUENTE, El monasterio de San Isidro de Dueñas; PÉREZ CELADA, El monasterio de San Zoilo de Carrión; GÓNZALEZ FAUVE, María Estela, La orden premostratense en España. El monasterio de Santa María de Aguilar de Campoo (siglos XI-XV), Aguilar de Campoo, Centro de Estudios del Románico, 1992; MÍNGUEZ, José María, El dominio del monasterio de Sahagún en el siglo X. Paisajes agrarios, producción y expansión económica, Salamanca, Universidad de Salamanca, 1980. 70 Considérese, en especial, MÍNGUEZ, El dominio del monasterio de Sahagún. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 367-396, ISSN: 0018-2141
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territorio y por un marco normativo propio71. Controlaban un ámbito geográfico sobre el que tenían aspiraciones exclusivistas72; podían propiciar la institucionalización de una serie de normas73; y desplegaban su autoridad gracias a los recursos que obtenían tanto de la producción económica como de los aspectos sociales, normativos y simbólicos de su dominio. Más adelante veremos cómo los monasterios podían funcionar como nodos en las redes económicas y sociales definidas por las escalas de acción de mayor complejidad. Antes, sin embargo, debemos considerar con más detenimiento una cuestión que ha aparecido en este epígrafe: el caso de aquellos personajes que, mediante donaciones, se vinculaban a instancias sociales superiores. Tal era el caso de Iunez Mohomatel, quien, como vimos, realizó una donación de bienes a Ramiro II74. Hasta el momento, los distintos actores que he considerado parecían tender hacia la acumulación de propiedades, en la medida en que la base material constituía un condicionante fundamental —aunque no exclusivo— de su capacidad de acción. ¿Cómo entender entonces este otro tipo de acciones, aparentemente contrarias a las lógicas de producción y reproducción de las escalas consideradas hasta ahora? En el año 915, Ramiro, hijo de Alfonso III, donó a Sahagún media villa que había obtenido de Teodisclo en el entorno de Cansoles75. Más adelante, en el año 945, el obispo Oveco de León confirmó las donaciones que el monasterio de Sahagún había recibido tanto de Ramiro como de Agilina, la esposa de Teodisclo, quien le había entregado la iglesia de San Felices en Ceón — posiblemente una iglesia propia76—. Teodisclo y su familia aparecen como propietarios de bienes de cierta relevancia —una villa y una iglesia— y sus tierras constituyen, además, una referencia espacial importante en el entorno de Ceón77. Esto, unido al hecho de que se relacionaran directamente con los de la monarquía, nos transmite la idea de que se trataba de un gru-
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Me baso en la noción de Saskia Sassen de ensamblaje de Territorio, Autoridad y Derechos (SASSEN, Saskia, Territory, Authority and Rights. From Medieval to Global Assamblages, Princeton, Princeton University Press, 2006). En lugar de derechos, para la realidad medieval creo más adecuado hablar de «marco normativo» en el sentido que le da Godelier en relación con la propiedad y la explotación productiva del territorio a través de su apropiación (GODELIER, Lo ideal y lo material, págs. 100-106). 72 En línea con la noción de territorio propuesta en SACK, Robert D., Human Territoriality. Its Theory and History, Cambridge, Cambridge University Press, 1986, págs. 19-20. 73 Entendido como la formalización de unos usos sociales que no necesariamente habían de estar codificados por escrito. 74 CDS I, doc. 129. 75 CDS I, doc. 12. En el documento se nos dice que Ramiro la había obtenido por herencia de Teodisclo. En el documento de confirmación (CDS I, doc. 101), se especifica que había sido consecuencia de una profiliación. 76 CDS I, doc. 101. 77 CDS I, docs. 16 y 120. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 367-396, ISSN: 0018-2141
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po familiar con un cierto grado de relevancia social. Este prestigio se habría asentado sobre una base material y un capital social relativamente importante en su entorno. Como vimos en los casos anteriores, la transmisión intergeneracional de bienes suponía un riesgo para el dominio familiar, puesto que la herencia podía fragmentar la base material del mismo. ¿Cómo entender entonces que Teodisclo se desprendiera de media villa? Esta acción solo cobra sentido si consideramos el beneficio que, en otros términos, le habría reportado enajenar parte de su patrimonio. La escala de acción de Teodisclo, tal y como se ha planteado, no dependía exclusivamente del dominio directo que pudiera ejercer sobre sus bienes. Su posición social le habría garantizado una influencia sobre las personas de su entorno, por lo que, gracias a su capital social, su capacidad de acción se habría irradiado más allá del espacio que estaba directamente bajo su control. Podríamos pensar que esta preeminencia se traducía, por ejemplo, en que los campesinos del entorno recurrieran a él, como en el valle de Trigueros lo hacían al monasterio de San Ciprián, para que les hiciera préstamos o les comprara sus bienes. Además de constituir una oportunidad para la ampliación del patrimonio, de ello se habrían podido derivar relaciones de dependencia económica. Otra posibilidad es que, debido a su posición social, Teodisclo hubiera ejercido como mediador en la resolución de las disputas locales. Todo ello habría hecho de él un elemento atractivo para aquellos actores que, como la monarquía, buscaban canales que les permitieran llevar a cabo un dominio efectivo sobre el espacio. Vincularlos a sus redes suponía integrar también los espacios que controlaban o sobre los que ejercían su influencia. A su vez, personajes como Teodisclo se habrían beneficiado de la inserción en estas redes de poder, ya que ello podía contribuir a reforzar su posición e, incluso, a formalizar el ejercicio de su autoridad. Por otro lado, la vinculación con la monarquía tuvo lugar mediante una profiliación. Más allá de la ficción del parentesco que ello implicaba, esto nos indica que el vínculo social se estableció a través de la transmisión de propiedades. Gracias a su capacidad para disponer de estos bienes, Teodisclo hizo uso de esas «políticas de la tierra» que se han descrito, paradigmáticamente, como una práctica de los reyes, pero de las que podían hacer uso distintos actores78. La profiliación también refleja la importancia que para la monarquía, que luego donaría estas tierras a Sahagún, tenía la adquisición de propiedades en las zonas que aspiraba a controlar, ya que podían ser necesarias para favorecer a los actores locales, tanto eclesiásticos como laicos. Ambos elementos se encuentran documentados en otras escalas de acción, como la de los grupos aristocráticos. La donación de la villa de Calzadilla de la Cueza que García Gómez realizó en el año 984 tuvo como beneficiarios a dos perso———— 78
WICKHAM, Framing the Early Middle Ages, pág. 58.
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najes, Gonzalo y Gotina79, a los que el documento les atribuye la capacidad de ofrecer por ella un caballo y una silla de plata, valorados cada uno en trescientos sueldos, y un freno valorado en cien sueldos. Estas cantidades podrían interpretarse como una manifestación de las obligaciones contraídas y de la importancia que ambas partes atribuían a esta relación, así como indicio de la relevancia de la que Gonzalo y Gotina disfrutaban en su entorno. En definitiva, la disminución de la base material del dominio de Teodisclo se habría visto compensada gracias a que su vinculación con la monarquía habría reforzado su capital social. Esto le habría dado una mayor capacidad de influencia a nivel local y, como consecuencia de ello, mayores posibilidades económicas. El componente relacional —es decir, la medida en que la producción de estos espacios dependía de la red de relaciones sociales en las que se imbricaban los agentes que reclamaban una autoridad sobre los mismos— jugaba en estos casos un papel muy importante, aunque no suficiente. La base material resultaba esencial, primero, en la constitución de la desigualdad social sobre la que se construía la preeminencia en el entorno; y, segundo, en el mantenimiento de esta posición. El refuerzo social no eliminaba los problemas que conllevaba la transmisión intergeneracional de propiedades y prestigio. Esto no implica que estas élites estuvieran abocadas a la desaparición. Es cierto que, en el caso del grupo familiar de Teodisclo, su influencia parece diluirse. No podemos construir el argumento de su desaparición sobre la base del silencio documental, pero lo cierto es que, aunque sabemos que sus hijos heredaron la propiedad de las tierras —aunque no sabemos si de manera colectiva o si el patrimonio se fragmentó a su muerte—, ninguno de ellos destaca en la documentación posterior80. Por el contrario, el grupo familiar de Gonzalo y Gotina parece haber consolidado su posición durante al menos unas generaciones, ya que su nieta, Mumadonna, aparece donando bienes a Sahagún en la segunda mitad del siglo XI81. Los monasterios y los dominios de los grandes grupos aristocráticos Antes apunté que los monasterios podían funcionar como elementos constitutivos de las redes económicas y sociales definidas por las escalas de acción de los grandes grupos aristocráticos. Es necesario analizar ahora con más detalle esta última cuestión, ya que los dominios de los grupos aristocráticos, que muchas veces se manifiestan en el siglo XI como grandes agregados de propiedades dispersas, constituyen uno de los elementos característicos en la
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Sabemos que se trataba de estos personajes gracias a CDS II, docs. 590 y 703. CDS I, doc. 76. CDS II, docs. 590 (1057.04.17) y 703 (1071.08.03).
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región en esa época, así como la base económica y social de quienes, en la mayor parte de los casos, ejercerían el poder sobre las circunscripciones que comienzan a definirse entonces. Hay que señalar también que, en algunas ocasiones, conocemos la extensión y diversidad de los dominios aristocráticos gracias a las grandes donaciones que realizaron a determinados centros monásticos como parte de los mecanismos de creación de memoria. Este aspecto ha sido estudiado por autores como P. Martínez Sopena, por lo que no entraré aquí en mayor profundidad82. En el año 1049, Teresa Muñiz y sus hijos realizaron una amplia donación al monasterio de Sahagún83. Se trataba de un grupo aristocrático con propiedades dispersas entre el Pisuerga y el Cea84. El documento es muy amplio y no la analizaré en base al hecho que describe —la donación en sí misma—, sino por la información que contiene sobre una situación anterior. Me interesa centrarme tan solo en parte de los bienes donados, concretamente en los que se encontraban en dos territorios ubicados en el norte de la actual provincia de Palencia: Mudá y Vergaño. El elemento central de la donación en esta zona era el monasterio de los Santos Justo y Pastor, que se ubicaba en el territorio de Mudá. La pervivencia del topónimo y la descripción de sus términos nos permiten situarlo al sureste de Quintanaluengo. La enumeración de sus límites contiene abundantes menciones a tierras arables, incluyendo no solo aquellas que quizá pertenecían al monasterio, sino también a unas «terras aratiles de uillanos». A ello se suman una serie de tierras en el entorno del Pisuerga, que se describen también como arables y se categorizan como sernas. Junto con los bienes donados en Mudá, Teresa Muñiz y sus hijos donaron ocho prados en el territorio de Vergaño, el actual valle de Vergaño (Palencia). Los territorios de Mudá y Vergaño son geográficamente muy similares. Se trata de dos valles paralelos, relativamente estrechos y articulados por un curso fluvial. El entorno de Quintanaluengo es, por el contrario, una zona de vega apta para el cultivo, como indicarían las menciones a esas terras aratiles. Constituía un pivote natural de articulación entre Mudá y Vergaño. Esta condición es la que hace del monasterio un elemento tan interesante en el proceso de producción del espacio aristocrático en la región. Aunque el documento no
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82 MARTÍNEZ SOPENA, Pascual, «Los espacios de poder de la nobleza leonesa en el siglo XII», en SESMA MUÑOZ, José Ángel y LALIENA CORBERA, Carlos (coords.), La pervivencia del concepto. Nuevas reflexiones sobre la ordenación social del espacio en la Edad Media, Zaragoza, Universidad de Zaragoza, 2008, págs. 219-258. 83 CDS II, doc. 530. El documento es una más de un grupo de donaciones de esta época en la región, realizadas por de la aristocracia y grandes propietarios, que entregaban bienes dispersos en beneficio de un monasterio. E.g.: CDS II, doc. 615.; RUIZ ASENCIO, José Manuel, RUIZ ALBI, Irene y HERRERO JIMÉNEZ, Mauricio, Colección documental del monasterio de San Román de Entrepeñas (940-1068), León, Centro de Estudios San Isidoro, 2000, doc. 2. 84 CDS II, docs. 467, 516, 527, 598, 599, 700.
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nos permite reconocer el tipo de dedicación económica de la zona de valle del territorio de Mudá, podemos pensar que no sería muy diferente de la que encontramos en el caso de Vergaño, donde no se menciona ninguna tierra arable y sí, por el contrario, varios prados. Se habría tratado, por tanto, de zonas con una probable dedicación ganadera o, en todo caso, con un tipo de producción diferente a la de la zona de vega del Pisuerga, donde encontramos una orientación agrícola. No sabemos si las posibilidades económicas de esta complementariedad de las que gozaba, por su ubicación, el monasterio, estaban siendo aprovechadas con anterioridad a la intervención aristocrática. Lo que es indudable es que esta potenció la creación de lazos económicos que atravesaban las divisiones geográficas y territoriales. El monasterio de los Santos Justo y Pastor constituía un punto de apoyo con el que, mediante la combinación de ámbitos productivos y la concentración del a los recursos, se podía alcanzar una escala económica superior a la que funcionaba en el marco de los territorios originales. Vemos, por tanto, cómo el proceso de producción de la escala de acción del grupo aristocrático dependía de su capacidad para construir nexos mediante los que englobar escalas de acción de menor complejidad. El dominio del monasterio —en definitiva, la escala de acción del propio monasterio— resultaba esencial para articular los beneficios económicos derivados del control de tierras en la zona. Por tanto, la consolidación de esta escala de acción aristocrática dependía, entre otros factores, de la dialéctica de la acción productiva sobre los espacios naturales impulsada por y a través del monasterio. En otros casos, podía depender directamente de la adquisición de las tierras de pequeños propietarios, o de villas o partes de villas85. Además de las tierras en los valles, la donación incluía otras propiedades que se encontraban en el entorno inmediato del monasterio y que eran, en su mayoría, sernas de dedicación agrícola. El hecho de que se tratara de sernas quizás indique una infiltración señorial progresiva en la zona86. El grupo aristocrático habría ido acumulando o habría adquirido directamente los derechos que terminarían por darle el control sobre estos espacios, que quizás habían sido anteriormente objeto de una explotación comunitaria, pero cuya producción se reorientó para beneficio aristocrático y monástico mediante la canalización del excedente a través del monasterio de los Santos Justo y Pastor. Podríamos hablar de una doble reorientación: la del marco normativo local, que habría regulado el a la explotación de las sernas por parte de los grupos campesinos, y la de la lógica productiva campesina y del monasterio mediante la implantación de una nueva lógica: la aristocrática. La dimensión normativa que
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85 E.g.: CDS II, doc. 467; PÉREZ CELADA, Julio A., Documentación del Monasterio de San Zoilo de Carrión (1047-1300), Burgos, Ediciones J.M. Garrido Garrido, 1986, doc. 3. 86 Sobre las sernas, véase BOTELLA POMBO Esperanza, La serna: ocupación, organización y explotación del espacio en la Edad Media (800-1250), Santander, Tantin, 1998.
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podría apreciarse detrás de la mención de las sernas se observaría también en el caso de las divisas. Si las interpretamos como derechos de uso sobre determinados espacios, la posesión de divisas y su apropiación y transferencia implicaban un cambio en la distribución de los derechos de explotación87. En otros casos, los marcos normativos aparecen recogidos de manera más explícita. En la donación de Teresa Muñiz se consignan una serie de exenciones fiscales y se prohíbe la entrada de distintos agentes —el merino y el sayón—, lo que podría representar el marco normativo bajo el que había funcionado el dominio aristocrático hasta entonces88. Puesto que el documento se conserva en una copia posterior, cabe la duda de que se trate de una interpolación. En cualquier caso, nos permite pensar que en estos espacios confluían, o podían llegar a confluir, un dominio económico y social y un dominio jurisdiccional. El aspecto normativo se podía expresar también de otras maneras. Por ejemplo, Fronilde Fernández se entregó al monasterio de Santa María de Aguilar de Campoo en el año 104289. Acompañó su entrada en el monasterio de la donación de un monasterio en la villa de Zalima, «cum quanto pertinet… si quomodo pertinet ad illo monasterio et ad illa uilla», es decir, aparentemente, conforme a unos derechos o normas que regulaban la propiedad de esos bienes. Estas cláusulas pueden tener un cierto carácter retórico, pero desvelan que las donaciones implicaban una reorientación de los marcos normativos. El reconocimiento de una realidad normativa anterior a la implantación de una autoridad de rango superior, se plasmara o no por escrito en las cláusulas documentales o en los fueros, era parte del proceso dialéctico de producción de las escalas de acción, ya que era a la vez limitador y posibilitador de la acción tanto campesina como aristocrática90. No obstante, la superposición de la autoridad aristocrática suponía también su penetración fiscal o judicial, lo que alteraba la circulación del excedente y los cauces de resolución de disputas en beneficio del señor. Por otro lado, la capacidad de anticipar la aplicación del marco normativo mediante recursos como la fórmula ad populandum o ad laborandum proyectaba la continuidad del dominio con independencia del cambio de persona al frente del mismo, con lo que la asociación entre un marco normativo progresivamente institucionalizado y el espacio físico en el que este era de aplicación se volvía mucho más estrecha91.
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87 ÁLVAREZ BORGE, Ignacio, Poder y relaciones sociales en Castilla en la Edad Media. Los territorios entre el Arlanzón y el Duero en los siglos X al XIV, Valladolid, Junta de Castilla y León, 1996, pág. 39. 88 CDS II, doc. 530. 89 RODRÍGUEZ DE DIEGO, José Luis, Colección Diplomática de Santa María de Aguilar de Campoo (852-1230), Valladolid, Junta de Castilla y León, 2004, doc. 5. 90 ALFONSO ANTÓN, «Campesinado y derecho». 91 E.g.: RODRÍGUEZ DE DIEGO, Colección Diplomática de Santa María de Aguilar de Campoo, doc. 5.
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CONCLUSIÓN Este recorrido culminaría con la consideración más completa de los grandes dominios aristocráticos y, finalmente, de la escala de mayor complejidad de la sociedad altomedieval que operaba en este espacio: la que definía el propio reino. Ambas escalas estaban íntimamente relacionadas por lo que, dada la amplitud que requeriría ese análisis, hacerlo escapa a las pretensiones de este trabajo, aunque se han presentado las que podrían ser las bases de dicho estudio. En cualquier caso, hemos visto cómo el reino no se podría considerar sin prestar una atención muy detenida a las escalas que englobaba y a los mecanismos de integración que le daban cohesión. Tampoco se puede concebir como una realidad inmutable, ya que participaba del mismo dinamismo que se ha descrito para el resto de escalas de acción. A lo largo de este artículo se ha visto que las escalas de acción comprenden una serie de elementos constitutivos que se pueden analizar en base a criterios comunes, lo que permite valorar las diferencias entre cada una de ellas. La exposición ha tendido a enfatizar un gradiente de creciente complejidad en el que las sucesivas escalas presentadas englobaban escalas anteriores. Sin embargo, esto no significa necesariamente que el proceso diacrónico siguiera una línea única de estructuraciones particulares. Las diferencias entre un dominio aristocrático como el de los Banu Gómez y otro como el de Teresa Muñiz no dependían solo de las transformaciones internas de estas escalas, sino también de los cambios producidos en los elementos constitutivos de las mismas. Se trata, por tanto, de un proceso en el que se solapan distintas escalas no solo espaciales, sino también temporales. El conjunto de propiedades de Marcos y Emderia, el pequeño dominio de Teodisclo, el de Juliano, o el monasterio de los Santos Justo y Pastor, son realidades históricas subsumidas y a veces difícilmente reconocibles en el proceso general, pero constitutivas del mismo y en el que pueden operar con una lógica propia. Por ejemplo, algunos autores han destacado la gran capacidad de inserción y de pervivencia de la lógica campesina92. No obstante, dado que el marco campesino estaba imbricado en escalas interrelacionadas, el sentido último de su funcionamiento dependía de la configuración de estas relaciones. Habría también que iluminar la síntesis que se producía tras la imposición de las relaciones de domi-
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92 MARTÍN VISO, «Espacios sin Estado», págs. 134-135. Quizá herramientas conceptuales como el «modo de producción campesino» puedan ayudarnos a pensar mejor en las realidades socioespaciales anteriores a la inserción. WICKHAM, Framing the Early Middle Ages, pág. 536. Considérese también la noción de «espacio no subalterno» propuesta en VIGIL-ESCALERA GUIRADO, Alfonso, «Granjas y aldeas altomedievales al norte de Toledo (450-800 D.C.)», Archivo Español de Arqueología, 80 (2007), pág. 242.
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nio, que daría lugar a la emergencia de una nueva lógica y un nuevo espacio social93. Las escalas, por tanto, no se entienden en referencia a sí mismas, sino al conjunto de interrelaciones del que forman parte. Hemos visto cómo las prácticas sociales de las que participan los actores constituyen nodos de vinculación entre las distintas escalas y pueden producir cambios en la configuración de las bases materiales y sociales que las constituyen. Aunque algunas de estas prácticas fueran susceptibles de ser utilizadas por sujetos sociales de distinta condición, esto no significa que representen canales de articulación de relaciones sociales neutras. No debemos olvidar su carácter contradictorio y conflictivo, ni tampoco su incidencia en la creación, potenciación o consolidación de las desigualdades sociales94. Además, hay que tener en cuenta que podían tener un impacto diferente según en qué escala se hiciera uso de ellas. Finalmente, aunque no se ha desarrollado, se ha apuntado también cómo algunos actores podían recurrir a otros mecanismos de imposición o legitimación de las relaciones de dominio, aunque sobre la base de las capacidades básicas que se han descrito —los recursos materiales y el capital social—. En definitiva, la caracterización en términos de escala, que implica una noción transversal de las diferentes capacidades de acción de los distintos sujetos sociales, podría ser una de las posibles estrategias para profundizar en el estudio, primero, de cómo las sociedades hispanas fueron alcanzando, tras un periodo de fragmentación, grados cada vez más altos de interrelación entre los distintos sujetos; y segundo, de cómo se formalizaron las relaciones de poder. Por un lado, porque nos permitiría atender a cada caso concreto con una discusión detenida de sus condicionantes socioespaciales, incluidos aquellos que, como la identidad o la percepción del espacio, etc., solo hemos podido tratar aquí de manera superficial. Por otro, porque nos dotaría de una serie de herramientas con las que trazar una comparación entre los distintos casos. En conjunto, nos ayudaría a analizar mejor el proceso de complejización que se aprecia en las sociedades hispanas altomedievales. Fecha de recepción: 31-05-2011. Fecha de aceptación: 23-04-2012.
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93 SASSEN, Territory, Authority and Rights, págs. 26-32. Véase la idea de «tercer espacio» tal y como se plantea en MORELAND, John, «Archaeology and Texts: Subservience and Enlightenment», Annual Review of Anthropology, 35 (2006), pág. 137. 94 Por ejemplo, la compraventa de divisas en el seno de grupos familiares podía propiciar la acumulación de bienes en manos de algunos , en detrimento de otros, y potenciar desigualdades internas (LARREA CONDE, «Aldeas navarras y aldeas del Duero», pág. 149).
Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 367-396, ISSN: 0018-2141
HISPANIA. Revista Española de Historia, 2012, vol. LXXII, núm. 241, mayo-agosto, págs. 397-420, ISSN: 0018-2141
PERMANECER A TRAVÉS DEL TIEMPO: ESTRATEGIAS SUCESORIAS Y TRANSMISIÓN DE LOS PATRIMONIOS EN LA SOCIEDAD VALENCIANA DEL SIGLO XV
JAIME PIQUERAS JUAN • UNED
RESUMEN:
La transmisión de bienes y haberes entre generaciones se materializó, durante la Baja Edad Media, en dos momentos concretos en la vida de las personas. En primer lugar, se realizaban usualmente una serie de donaciones con motivo del matrimonio de los hijos e hijas. Este primer traspaso se completaba al final de la trayectoria vital de cada individuo, según una serie de voluntades expresadas en los testamentos. El presente artículo muestra, desde la observación de un conjunto de testamentos y codicilos valencianos del final del periodo medieval, cómo se organizó el traspaso de los patrimonios, qué objetivos o aspiraciones se manifestaron por parte de los testadores, y cuál fue el nivel de conflictividad que representó el hecho sucesorio, estableciéndose relaciones entre nivel socioprofesional de los testadores y conflictividad en la sucesión. PALABRAS CLAVE: Edad Media. Corona de Aragón. Reino de Valencia. Furs. Testamentos. Codicilos.
ENDURING OVER TIME: ESTATE INHERITANCE STRATEGIES AND TRANSFER OF WEALTH TH WITHIN 15 CENTURY VALENCIAN SOCIETY ABSTRACT: The transmission of property and assets from one generation to another materialized during the late Middle Ages in two specific moments in the lives of people. First, a series of donations usually took place on the occasion of the marriage of any sons and daughters. This first transfer was completed at the end of each individual’s life, according to a series of wishes expressed in wills. From the observation of a set of Valencian wills and codicils, dating from the end of the medieval period, this paper
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Jaime Piqueras Juan es profesor tutor del Centro Asociado de la UNED en AlziraValencia, Aula de Xàtiva. Dirección para correspondencia: UNED Xàtiva, C/ Sant Agustí, s/n, 46800 Xàtiva (Valencia). Correo electrónico:
[email protected].
JAIME PIQUERAS JUAN
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shows how the transfer of wealth was organized, what goals or aspirations were expressed by the testators, and what level of conflict the inheritance carried with it, establishing relationships between socioprofessional testators and conflict in succession. KEY WORDS:
Middle Ages. Crown of Aragon. Kingdom of Valencia. Furs. Wills. Codicils.
En la trayectoria vital de los individuos tiene lugar una serie de actos que resultan comunes, en esencia, a todas las sociedades, por diversas que estas sean. Las celebraciones por un nacimiento, los ritos de entrada a la sociedad adulta, las estrategias con que se resuelven las uniones matrimoniales y la preparación de la propia muerte son cuestiones de carácter universal que vienen determinadas por nuestra propia condición humana, esencialmente social. Si reflexionamos sobre la forma en que una sociedad, como hecho cultural original, se reproduce en el tiempo manteniendo sus rasgos propios, sus leyes, costumbres y sus patrimonios, observaremos la existencia de toda una serie de mecanismos con que se han dotado todas las sociedades y que posibilitan esa reproducción a través de la transmisión en herencia de todos los valores culturales y materiales desde las generaciones anteriores a las futuras. El sistema mediante el que se transmiten los bienes y derechos de los individuos entre generaciones sucesivas constituye, en diversos actos diferenciados, las sucesiones patrimoniales. Este grupo de actos de derecho privado en la tradición derivada del derecho romano han sido formalizados desde antiguo, preferentemente ante notario, con la intención de darles validez y seguridad jurídica, y tiene como elemento principal a los testamentos, máxima expresión de la última voluntad de un individuo ante su futura muerte. En estos documentos y durante el periodo medieval, se articulaba toda una serie de proyecciones desde la generación anterior a la inmediata posterior, se traspasaban patrimonios, se ajustaban cuentas sobre cantidades entregadas en vida del testador, se designaba a los encargados de la custodia de hijos menores de edad, se reconocían deudas y se encomendaba su pago, se afirmaba la condición de acreedor y también se emitían las preferencias sobre dónde y junto a quién se deseaba reposar durante la eternidad, se desataban, en ocasiones, verdaderos ajustes de cuentas afectivos entre esposos o familiares cercanos, también se expresaban devociones religiosas de carácter general, locales y particulares del testador y, finalmente, en todos los casos, a través de redacciones más o menos literarias, se hacía referencia a la impotencia humana ante el paso del tiempo. En el reino medieval de Valencia, tras la conquista feudal de la primera mitad del s. XIII se estableció por parte de la Monarquía un ordenamiento legal, los Furs, que contempló la problemática del derecho de sucesiones desHispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 397-420, ISSN: 0018-2141
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de una perspectiva moderna e innovadora, importando el pensamiento jurídico que desde Bolonia irradiaba una recuperación del derecho romano de raíz justinianea. En este cuerpo legal se aprecia un notable esfuerzo del legislador en organizar las sucesiones de la forma más clara y segura posible, esfuerzo que llegó al extremo de establecer que los testamentos y actos jurídicos vinculados (codicilos y actos de última voluntad, básicamente) se formalizarían en la lengua romance (catalán) y no en el latín que impregnó en origen todo el texto de los Furs, hasta este punto llegó el interés en dejar establecido un sistema de transmisión patrimonial perfectamente comprensible para todo el conjunto de la sociedad del reino. Pero el traspaso de bienes y derechos entre generaciones no era un asunto que se pudiera dejar, en la inmensa mayoría de los casos, para el momento del fallecimiento de los antecesores. Las necesidades económicas y las realidades vitales recomendaban siempre efectuar un primer acto de sucesión entre padres e hijos sin esperar a la muerte de los padres, y para ello, qué mejor ocasión que la proporcionada por la reproducción de la célula nuclear de la sociedad. Las bodas de los hijos e hijas representaban el establecimiento de nuevas unidades sociales y económicas y para apoyar y asegurar, en la medida de lo posible, el éxito material de las nuevas parejas, se realizaban en la Valencia medieval una serie de aportaciones económicas por parte de los padres o familiares más próximos de los novios. Estas aportaciones se entendieron siempre por los propios afectados como parte del fenómeno sucesorio y, por lo tanto, tenían su reflejo en los testamentos, ya que no se consideró justo, ni existió la costumbre de legar en testamento la misma cantidad a una hija o hijo ya casados, que a los que permanecían solteros. Si se deseaba otorgar un tratamiento igualitario, siempre de difícil concreción, a todos los herederos, se debían descontar las cantidades ya transmitidas en concepto de donaciones propter nuptias o como dote, dependiendo del régimen económico del matrimonio de los hijos o hijas ya casados. De hecho esto es exactamente lo que se hacía, tal y como observamos en los testamentos de la época. En el presente artículo encontraremos un acercamiento a la temática de las sucesiones, realizado desde la observación de documentos de aplicación del derecho, concretamente de documentación vinculada a las transmisiones mortis causa, aunque sin olvidar la que se relaciona con la formación de nuevas unidades familiares. Este conjunto de documentos ha sido consultado en diversos archivos valencianos1 y atañe directamente a diversas localidades del sur del reino medieval valenciano, concretamente a las bailías de Alcoy y Bocairent, al señorío privado de Cocentaina y a algunas localidades menores
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Los archivos que mencionamos son el Arxiu Històric Municipal d´Alcoi (AMA) y el Arxiu Municipal d´Ontinyent (AMO), ambos disponen de fondos notariales medievales con información sobre el área geográfica del sur del reino valenciano para el periodo medieval. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 397-420, ISSN: 0018-2141
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de la zona, estrechamente vinculadas a los centros urbanos mencionados. El rango temporal de la observación se corresponde con la fase final de la Edad Media, de 1421 a 1523, momento de transformaciones sociales y económicas a las que no escaparon las estrategias de transmisión de los habitantes de la zona. UNA APROXIMACIÓN A LOS CONTEXTOS; LAS BASES LEGAL Y ECONÓMICA DE LA SOCIEDAD FEUDAL DEL SUR DEL REINO VALENCIANO Sobre la génesis del código fundamental en el ordenamiento jurídico del nuevo reino cristiano de Valencia en el s. XIII, se ha escrito mucho. Actualmente se conoce con precisión el proceso de formación de los Furs, partiendo de la base del anterior Costum de València, que constituirá el núcleo más antiguo de furs, al hacerse extensiva su aplicación a todo el reino en 1261 por deseo del propio rey, Jaime I. En este núcleo de Furs Jaumins, al que posteriormente se irán añadiendo nuevas disposiciones2, ya se establecen las normas fundamentales sobre matrimonios y sobre testamentos y legados mortis causa. La necesidad de establecer una normativa general impulsó a la Corona a extender el código que regía en exclusiva para la ciudad de Valencia a todo el reino. Pero además, los Furs Jaumins nos revelan un interés notable en organizar jurídicamente de la forma más perfecta posible la vida de los nuevos habitantes cristianos de estas tierras, por lo que se legisló de forma exhaustiva sobre asuntos especialmente sensibles para la estabilidad y la capacidad de reproducción de una sociedad acabada de crear ex novo. De esta forma, los matrimonios, con su cadena de donaciones vinculadas a ellos y los testamen-
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2 Los Furs constituyen la columna vertebral del Derecho Foral Valenciano tanto civil como penal y su creación fue frecuentemente, aunque no siempre, resultado de la negociación y el pacto entre la Corona y los diversos estamentos del reino, salvo el grupo inicial otorgado directamente por el rey Jaime I. Las diferentes compilaciones de los Furs, Privilegis y las colecciones de jurisprudencia que se realizan ya en el s. XVI conforman un conjunto legal vigente hasta la imposición del Decreto de Nueva Planta borbónico de 1707. Para la consulta de los diferentes furs a los que se hace referencia en este artículo se ha utilizado la edición siguiente: COLÓN, G. y GARCÍA, V., Furs de València, Barcelona, Ed. Barcino, Els Nostres Clàssics. Col·Lecció A, 2002. Para las citas de furs concretos, se ha seguido el sistema, mayoritariamente aceptado y utilizado por Arcadio García Sanz, identificándose los diferentes furs mediante la consignación en números romanos del Libro en primer lugar, de la Rúbrica, también en números romanos, en segundo lugar, y finalmente, en números arábigos, del número del fur que se cita. Como el cuerpo legal foral valenciano se halló muy matizado, desde prácticamente sus comienzos, por las numerosas disposiciones reales a favor de particulares o de determinados colectivos que se emitieron bajo la forma de Privilegis, la consulta de estos se puede realizar a través de la edición facsímil del Aureum Opus regalium privilegiorum civitatis et regni Valentiae cum historia cristianissimi Regis Jacobi ipsius primi conquistatoris. Valencia, 1515. Ll. Alanyà, realizada por CABANES PECOURT, M.D., Valencia, 1972.
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tos, como expresión de las voluntades privadas respecto de la transmisión de la propiedad, fueron regulados de forma pormenorizada y muy concreta3. La Corona, a través de la mano del jurista Pere Albert, hizo un notable esfuerzo por homogeneizar los comportamientos privados, fomentar la llegada de nuevos habitantes procedentes de otras áreas y, sobre todo, garantizar la continuidad del cuerpo social cristiano, que a finales del s. XIII acababa de formarse en los territorios de las actuales Valencia, Castellón y Alicante. Los testamentos y, con ellos, el sistema de transmisión de propiedades o sucesiones hereditarias mortis causa, se regularon con detalle, como hemos apuntado, desde fecha temprana en los primeros Furs4. Respecto de las características generales de dicha regulación se debe apuntar su estrecha vinculación con el Codex Justinianeo, existiendo algún rasgo específico fruto de evoluciones posteriores a 1261 en la legislación sobre sucesiones hereditarias como son los furs que establecen y condicionan la libertad de testar, ya que durante el reinado de Pedro el Ceremonioso (S. XIV) se incluyó en el cuerpo jurídico valenciano un fur5 que dejaba sin efecto las obligaciones relativas a la parte legítima sobre herederos naturales, concediendo al testador total libertad para disponer sobre su legado, fur que fue objeto de mayor concreción en tiempos de Martín el Humano, al parecer por presiones eclesiásticas, en el sentido de que, para hacerse efectiva la libertad del testador, se debía mencionar expresamente y de forma individualizada en el testamento a los herederos naturales, independientemente de cuál fuera el destino del legado6. Fue muy importante, dentro de la estrategia de transmisiones en la sociedad valenciana medieval, la utilización práctica que se hizo del sistema de
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Han sido diversos los autores que han estudiado los testamentos medievales valencianos, entre ellos: PONS ALÓS, V., Testamentos valencianos en los siglos XIII-XVI. Testamentos, familia y mentalidades en Valencia a finales de la Edad Media, Valencia, Tesis doctoral inédita, 1987. Para los testamentos de la nobleza, ver DUALDE SERRANO, M., Testamentos de soberanos medievales conservados en el Archivo Real de Valencia, Zaragoza, Escuela de Estudios Medievales, 1950. 4 El Costum de Valencia fue redactado por orden del rey Jaime I por el jurista de Girona Pere Albert en fecha anterior a 1238. Pere Albert, quien había estudiado en Bolonia, redactó el inicial cuerpo jurídico valenciano tomando como base principal los siguientes textos: Corpus iuris civilis, el Liber iudicum visigótico, los Usatges de Barcelona y el Costum de Lleida, siendo el esquema general del Costum de Valencia y la mayor parte de sus contenidos tributarios directos del Codex Justinianeo. En 1261 se hizo extensiva al resto del reino esta Costum de Valencia, adquiriendo categoría de furs sus diversas disposiciones legales. Posteriormente el diálogo monarquía-reino a través del sistema establecido mediante cortes fue introduciendo las sucesivas ampliaciones y modificaciones que se traducían en nuevos furs en este cuerpo legal, disposiciones que se matizan con numerosos privilegis. COLÓN, G. y GARCÍA, V., Furs de València. 5 Fur VI, IV, 51. 6 Fur VI, III, 8. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 397-420, ISSN: 0018-2141
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donaciones7 que contempla el código legal de los Furs y que comprende desde la realizada inter vivos a los diversos tipos de donaciones especiales como ad pias causas o propter nuptias8. Este grupo de actos jurídicos, que tiene como finalidad el traspaso legal de bienes de una a otra persona en vida del donante, cobra especial relevancia al ser el sistema utilizado por las familias de las novias y de los novios que casaban en régimen económico de germania9 para traspasar bienes desde los padres a los hijos, figurando en los protocolos notariales donde se anotaban los diversos casamientos en régimen de comunidad de bienes o germania como actos inmediatamente previos a la inscripción del matrimonio, a diferencia de lo que ocurría en los matrimonios realizados bajo el régimen dotal, donde el traspaso de bienes a las novias se realizaba mediante la preceptiva constitución de dote, junto a la cual encontramos frecuentemente la donación inter vivos o propter nuptias que la familia del novio realizaba a favor de este con motivo de su matrimonio. Otro aspecto de cierta relevancia, que muestra la vinculación estructural de las normas matrimoniales con las que regulan las transmisiones post mortem, es el que afecta directamente a la situación de las viudas que hubieran casado en su día bajo el régimen dotal. Para estos casos, fueron creadas las figuras legales del Any de plor y la Tenuta, reguladas desde la primera redacción de los Furs10. Estas dos figuras jurídicas buscan equilibrar los derechos de los beneficiarios de los legados testamentarios con la protección y seguridad económica de las viudas, quienes en virtud del Any de plor retienen la posesión de los bienes del marido y el usufructo de todos los bienes durante el año inmediato posterior a la muerte del esposo. Mediante la Tenuta, si los herederos legales del esposo no hubieran retornado a la viuda el importe de la dote más el creix11, más el importe de todas las donaciones que hubiera realizado el marido a favor de su esposa, esta continuará manteniendo el control de los bienes del difunto en los mismos términos establecidos para el Any de plor por tiempo indefinido12.
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7 MARZAL RODRÍGUEZ, P., El derecho de sucesiones en la Valencia foral y su tránsito a la Nueva Planta, Valencia, Universidad de Valencia, 1998. 8 Esta última aparece también en la documentación consultada como donación «en contemplació de matrimoni». 9 Sobre la organización económica de los matrimonios y los dos sistemas bajo los que se realizaron estos, el sistema dotal y la germania o comunidad de bienes, ver GUILLOT ALIAGA, D., El régimen económico del matrimonio en la Valencia foral,Valencia, Biblioteca Valenciana y Generalitat Valenciana, 2002, y BELDA SOLER, M.A., El régimen matrimonial de bienes en los Furs de Valencia, Valencia, Ed. Cosmos, 1966. 10 Furs V-V-6 y V-V-8. 11 El creix era la mejora de dote que los maridos entregaban a sus esposas si estas accedían vírgenes al matrimonio. Su importe correspondió en Valencia al 50% del valor de la dote aportada por la esposa. GUILLOT ALIAGA, D., El régimen económico, págs. 179-193. 12 COLÓN, G. y GARCÍA, V., Furs de València.
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Si resulta esencial conocer el contexto legal en que se formalizaron los testamentos y documentos de última voluntad, también es importante comprender cuáles fueron los rasgos definitorios de una sociedad como la del sur valenciano al final de la Edad Media, desde el punto de vista social y económico ya que de esta forma se hacen visibles los motivos y las formas en que se desarrollaron las sucesiones hereditarias entre los habitantes de estas comarcas, la mentalidad con la que enfocaron su obligado traspaso y los resortes últimos de sus comportamientos ante la muerte. El establecimiento de los efectivos feudales en el área sur de Valencia se produjo hacia 1245, con la toma, que no el total control, de los territorios que se situarían al norte de una línea imaginaria que uniera las localidades de Biar, al occidente del reino, con Busot, en el norte de la actual provincia de Alicante, quedando dentro de este espacio, las abruptas y extensas sierras de las comarcas del norte de Alicante, habitadas por mudéjares locales y por desplazados por el avance feudal de los años anteriores. La presencia feudal hubo de afianzarse en las décadas posteriores mediante la afluencia de colonos procedentes de otros territorios de la Corona. Esta inmigración fue especialmente necesaria para el control efectivo de unas tierras que poblaban numerosas comunidades mudéjares y que por su orografía montañosa no eran propicias a las técnicas militares feudales. Esta circunstancia implicó la condición de colono para los recién llegados del norte, quienes recibían tierras de manos de la Corona, legados que debían cultivar y, sobre todo, defender, tal y como hicieron13. Los acontecimientos nos informan de un clima general de inseguridad que no se resolverá hasta entrado el s. XIV. En 1247 y en 1278 se produjeron dos revueltas generales de la población mudéjar en las montañas del norte alicantino. La Corona estableció una estrategia de fundación de nuevas comunidades cristianas, entre ellas Alcoy, creada ex novo en 1255. Estas nuevas comunidades se dotaron con colonos, siempre escasos, que residieron en localidades de régimen jurídico real, muy franquiciadas para atraer nuevos pobladores, siendo estos colonos quienes establecieron el verdadero contrapunto a la resistencia mudéjar en el área. Prueba de la efectividad de esta estrategia es el hecho de que el caudillo mudéjar al-Azrak, pereció ante las murallas de Alcoy en 1276 a manos de los propios colonos alcoyanos durante un asedio a la ciudad.
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13 Para el ejercicio de tal defensa de sus nuevas posesiones y de la violencia contra los mudéjares, contaron con la activa colaboración de la Corona, que estableció una exención de impuestos total sobre las armas (lanzas, espadas, hierro y acero trabajados, escudos, ballestas, protecciones para personas y caballos…) tal y como se desprende de la lleuda de Valencia de 1243, la de Dènia de 1244, Alzira, 1250 y Biar y Xàtiva de 1251, según indica TORRÓ ABAD, J., El naixement d´una colònia. Dominació i resistència a la frontera valenciana 1238-1276, Valencia, Publicacions de la Universitat de València, 1999, págs. 71 y 72.
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El origen de las sucesivas oleadas migratorias que desde las localidades del norte de la Corona de Aragón, fundamentalmente, acuden a esta tierra de frontera, fue diverso. Existe constancia documental de que el rey Jaime I realizó llamamientos al Consell de la ciudad de Barcelona solicitando que le remitiera a Valencia toda aquella persona que no tuviera oficio ni bienes, ofertándoles la adjudicación de tierras en el sur valenciano a cambio de su establecimiento allí. En algunos testamentos conservados de los primeros colonos alcoyanos, se ha observado el rasgo más concluyente sobre el origen del grupo inicial de repobladores que en dicha ciudad se estableció, la ciudad de Barcelona, ya que la gran mayoría lega una parte de sus bienes como donación pía al monasterio de la Virgen de Montserrat. Estas circunstancias, tan agitadas, del origen de la implantación del orden feudal en estos territorios, condicionaron diversos rasgos muy característicos y propios de la sociedad de estas tierras del sur, ya que en ningún otro territorio del nuevo reino, se produjo un o tan violento, prolongado y de tan incierto resultado, entre la comunidad autóctona musulmana y los nuevos señores. Dichos rasgos son de índole diversa y afectan a campos como la economía, ya que actualmente se ha comprobado mediante fuentes documentales la existencia de una economía mixta, con componentes extremos de depredación de los recursos y de las personas mudéjares por parte de un sector de los colonos que, durante una parte del año, atiende sus intereses agrícolas y en otra, formando compañías de irregulares14, los almogàvers, lleva a cabo ataques más o menos consentidos contra las comunidades campesinas mudéjares, robando, saqueando y capturando individuos para su venta como esclavos en los puertos de mar más próximos, generalmente, en la cercana Denia15. Esta situación de inestabilidad se mantuvo durante cierto tiempo16 hasta que la Corona organizó de forma pormenorizada las titularidades, públicas o señoriales del conjunto de estos territorios, pasando desde entonces las aljamas mudéjares a integrarse en el sistema feudal mediante la aplicación de la correspondiente fiscalidad de origen real, o bien de la renta señorial, según los casos. La inseguridad física y la gran movilidad de los individuos, especialmente en las décadas iniciales del dominio feudal, llevaron aparejada una forma diferenciada y simple de configurar y resolver las sociedades matrimoniales, mediante el sistema anteriormente mencionado, de comunidad de bienes o
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GUICHARD, P., Al-Andalus frente a la conquista cristiana, Valencia, Biblioteca Nueva y Universitat de València, 2001, págs. 603-612. 15 Ibidem. Otro autor que también hace mención al fenómeno de la violencia de los campesinos-guerreros feudales contra las comunidades mudéjares del área sur de Valencia y norte de Alicante es TORRÓ ABAD, J., El naixement d´una colònia, págs. 68-72. 16 Hasta 1276, fecha en la que la reacción cristiana ante la inestabilidad general, puso fin en Montesa el 29 de septiembre de dicho año a cualquier intento serio de revertir el orden establecido. GUICHARD, P., Al-Andalus frente a la conquista, pág. 612. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 397-420, ISSN: 0018-2141
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germania. Con toda probabilidad fue importada desde alguno de los territorios origen de los nuevos colonos. La germania presentará una solidez muy notable al mantenerse vigente durante un largo periodo de tiempo en esta zona geográfica. Incluso en siglos posteriores, como el XV, se mantuvo como el sistema predilecto para, posteriormente ir adaptándose poco a poco a la norma general del reino de casar en régimen dotal, ya en el s. XVI. Muy probablemente, esta obstinación en mantener un sistema de relaciones económicas intramatrimoniales tan particular en el contexto valenciano como la germania tuvo su justificación inicial en la situación de inseguridad física y material anteriormente apuntada, pero para explicarnos su persistencia durante siglos, hemos de vincularla al establecimiento y desarrollo de las actividades productivas, especialmente de la manufactura textil17, que aprovechando la orografía de la zona, una cabaña lanar numerosa y la escasa vocación agrícola del territorio, hará posible la creación de un área productiva de gran éxito económico. El sistema de organización descentralizada del trabajo textil, sobre el que se estructuraron los procesos productivos en esta actividad, permitió el establecimiento de empresas familiares relativamente independientes, en las que la mujer tuvo un papel importante y que necesitaron de cierto capital para su constitución como actividad productiva principal de la unidad familiar. Esta situación de igualdad relativa en lo laboral y la necesidad de aportaciones conjuntas de capital para poder acceder al negocio colaboran en la explicación de la continuidad de un régimen económico matrimonial que ya en el s. XV era verdaderamente extraño y muy infrecuente en el resto del reino de Valencia18. En su globalidad, el grupo de comunidades urbanas que son objeto de nuestra observación, además de su proximidad geográfica, presenta, en las fechas en que esta se centra, unos rasgos homogéneos en lo relativo a aspectos como la actividad económica, la historia reciente, las relaciones con la sociedad vencida, muy próxima físicamente, y también en lo que concierne al sistema de gobierno y régimen jurídico y fiscal de cada una de las poblaciones estudiadas19. En este caso, con la salvedad del carácter de señorío privado de Cocentaina20, sujeto por ello a las rentas y exacciones feudales propias de ese régimen jurídico y con
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Sobre el textil alcoyano, TORRÓ GIL, Ll., La Reial Fàbrica de draps d´Alcoi. Ordenances gremials (segles XVI al XVIII), Alcoy, Ajuntament d´Alcoi i Institut de Cultura «Juan Gil Albert», 1996. 18 PIQUERAS JUAN, J., «El régimen económico del matrimonio en la sociedad valenciana tardomedieval. La “germania” o comunidad de bienes en las comarcas meridionales, 14211531», Espacio Tiempo y Forma, Serie III Historia Medieval, t. 22 (2009) págs. 281-300. 19 MIRA JÓDAR, A. J., Entre la renta y el impuesto. Fiscalidad, finanzas y crecimiento económico en las villas reales del sur valenciano (siglos XIV-XVI), Valencia, Publicacions Universitat de València, 2005. 20 Alcoi, por necesidades de financiación de la Corona, permanecerá desde 1409 bajo el señorío de Frederic d´Aragó, conde de Luna, para ser revertido definitivamente a la Corona en 1430. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 397-420, ISSN: 0018-2141
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algunas diferencias significativas en el sistema de provisión de cargos del gobierno local. Incluso en el comportamiento demográfico durante el s. XV, este grupo de localidades se diferencia respecto del resto del reino, donde, en una crisis demográfica general, que hace que en 1510 el número de efectivos del conjunto del reino fuera el mismo que en 141021, solamente la ciudad de Valencia y el grupo de bailías del sur ven aumentar el número de habitantes y, en los casos de Bocairent y de Alcoi, duplicándose los efectivos en el periodo correspondiente al de la documentación que aquí hemos consultado. NOTARIOS E INSTRUMENTA: FORMALIZACIÓN DE LAS SUCESIONES EN LOS DOCUMENTOS DE APLICACIÓN DEL DERECHO Los esfuerzos por garantizar la pervivencia del reino recientemente creado y convertirlo en un lugar atractivo para el establecimiento de nuevos pobladores cristianos, como hemos mencionado, se dirigieron durante la fase inmediatamente posterior a la conquista, hacia el control efectivo de los territorios conquistados. Esto se hizo posible a través del establecimiento, incentivado mediante franquicias, de una clase de campesinos-guerreros o colonos. No menos importante fue el interés en evitar la inseguridad jurídica y legal de los nuevos habitantes, para lo cual la Corona actuó simultáneamente en dos líneas complementarias; por un lado, se otorgó en 1261 el primer bloque de leyes comunes a todo el territorio, los Furs Jaumins, sucesivamente ampliado mediante nuevos otorgamientos, y por otro, se reguló de forma pormenorizada la aplicación práctica de dicha legislación, ya que tan necesario era disponer de normativa como posibilitar que esta tuviera garantizada su plasmación efectiva en las vidas cotidianas de los nuevos valencianos. En esta labor de aplicación práctica del derecho, el notariado ejerció un papel fundamental. Prueba de ello fue el interés por regular pormenorizadamente desde fechas tempranas el oficio notarial, según los planteamientos humanistas que en el s. XIII difundía la Universidad de Bolonia, donde se formaron generaciones de notarios medievales procedentes de Valencia22.
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21 FURIÓ DIEGO, A., El camperolat valencià en l´Edat Mitjana. Demografía i economia rural en la Ribera (segles XIII-XVI), Valencia, Universitat de València, Tesis doctoral, 1986. Recuperado y ampliado por el mismo autor en Història del País, Valencia, Ed. Alfons el Magnànim y Generalitat Valenciana, 1995, pág. 186. 22 CORTÉS, J., Formularium Diversorum Instrumentorum: Un formulari notarial valencià del segle XV, Valencia, Ajuntament de Sueca y Universitat de València, 1986, pág. 15. La autora menciona el naufragio de una nave valenciana en la playa de Pisa, el 10 de octubre de 1473, donde murieron numerosos hijos de la burguesía valenciana que se dirigían a estudiar a Bolonia.
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Esta regulación se efectuó recurriendo en ocasiones a leyes con rango de fur y afectó a todos los aspectos prácticos del desenvolvimiento de las tareas vinculadas a la fe pública, desde los procedimientos de recepción y formalización de los actos jurídicos privados, la conservación de los originales, la expedición de notas simples o de certificaciones, el sistema de ingreso en la profesión, la constitución de los tribunales examinadores de aspirantes o el ámbito geográfico de ejercicio de cada notario. En definitiva, se estableció una codificación pormenorizada del oficio notarial que, desde fechas tempranas, permitió el de la población, cuando el carácter del negocio concreto así lo recomendara, a la legalización de actos privados. Las competencias profesionales de los notarios se ubicaron a caballo entre lo público y lo privado, ya que fueron una pieza clave en las escribanías de las cortes de justicia de todo el nuevo reino y, simultáneamente, ejercieron un papel decisivo en la difusión de la normativa foral mediante el ejercicio privado de la profesión, lo que permitió, junto a la generalización del uso del papel como vehículo para la palabra escrita, la formalización conforme a derecho de los actos y negocios que la sociedad demandaba, otorgando seguridad jurídica en aspectos tan importantes para el mantenimiento y reproducción de las estructuras básicas del nuevo reino, como la titularidad de las propiedades inmuebles, los contratos de crédito, los matrimonios y el conjunto de acciones en que consistía el derecho de sucesiones. El medio para formalizar las voluntades de los clientes de los notarios23 y convertirlas, ajustadas a la legalidad, en documentos con validez probatoria,
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23 Sobre el notariado medieval valenciano han sido numerosos los autores que se han interesado, citamos a continuación a algunos de los más representativos, SIMÓ SANTONJA, V. L., «Notas para la Historia del notariado foral valenciano», Revista de Derecho Notarial, LXXI (1971), págs. 269-281. GARCÍA SANZ, A., El documento notarial en el derecho valenciano hasta mediados del siglo XIV. Valencia, Actas del VIII Congreso Internacional de Diplomática, vol. 1, 1986, Valencia, Conselleria de Cultura, Educació i Ciència, 1989, págs. 177-199. También en GARCÍA VALLE, A., «El notariado hispánico medieval: consideraciones históricodiplomáticas y filológicas», Cuadernos de Filología, Anejo XXXVI (1999), págs. 25-184. CRUSELLES GÓMEZ, J. M., Comportamiento social y actividad profesional entre los notarios de la ciudad de Valencia (siglo XV), Tesis doctoral, Valencia, Universidad de Valencia, Facultad de Geografía e Historia, 1991. Sobre algún linaje de notarios del sur valenciano, concretamente, los Cerdà de Bocairent, existe información y datos biográficos en MIRA JÓDAR, A.J., «Burocràcia financera i gestors fiscals. Les batllies reials d´Ontinyent i Bocairent a les darreries de l´edat mitjana», Revista ALBA, 9 (1994), págs. 127-136. TEROL I REIG, V., Llibre i lectura a la Vall d´Albaida medieval. La biblioteca de Miquel Gasc, ermità de Bocairent i vicari general del bisbat de Tortosa. Actes del I Congrès d´Estudis de la Vall d´Albaida, Aielo de Malferit, Valencia, Diputació de València e Institut d´Estudis de la Vall d´Albaida, 1997. Por otra parte, se ha publicado un formulario medieval completo en CORTÉS, J., Formularium Diversorum. También existe un fragmento de formulario medieval en GARCÍA OMS, H., Fragment d´un formulari valencià del segle XV, Valencia, tesis de licenciatura inédita, 1985.
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fue el instrumentum in publicam formam, en el que se plasmaba la intención del cliente o clientes, respetando una serie de condiciones. Estos requisitos se dividen en dos grupos: los derivados de la observación de la norma foral concreta sobre el acto realizado y los que afectaban al concepto de fe pública, como el número y condición de los testigos, variable según tipo de acto, o el idioma en que se debía redactar, latín en la mayoría de casos, aunque con excepciones en favor de la lengua romance, el catalán, tal y como sucedía con los testamentos y otras disposiciones de última voluntad. Esta regulación formal tan pormenorizada y el hecho cierto de que no se les exigía poseer grandes conocimientos en derecho para ejercer, y sí cierta práctica sobre cómo redactar y escribir24, generó entre los notarios una tendencia hacia la repetición de los aspectos formales de los documentos, una situación que posibilitó el uso generalizado de formularios, o conjuntos de plantillas sobre las que realizar cada tipo de documento. Los formularios notariales fueron de uso común como texto de referencia para la aplicación práctica del derecho, algunos han llegado hasta nosotros, y permitieron la homogeneización de las formas documentales en el conjunto del reino, a lo que también contribuyó la condición itinerante25 de numerosos notarios valencianos. La casuística que presentan las sucesiones es amplia y, en consecuencia, también lo es el número de instrumenta a través de los cuales se formalizan todas las acciones que afectan a este campo. No es nuestro propósito hacer aquí una descripción pormenorizada de todos los tipos documentales que originaron los actos de última voluntad26, pero sí comentaremos brevemente el tipo principal de testamento que hemos encontrado en el grupo consultado, partiendo de la base de que casi todos ellos son testamentos del tipo notarial abierto, el más difundido, a pesar de que existe alguno nuncupativo, que se trasladó a documento público con posterioridad a su formulación27, motivo
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CORTÉS, J., Formularium Diversorum, pág 10. Destacan especialmente por presentar esta característica de movilidad física entre los notarios cuyos protocolos se han consultado con motivo de este trabajo, Bernat Candela y Pere Benavent. Ambos formalizaron documentos en diversas localidades del área sur de Valencia y norte de Alicante, aunque preferentemente se centraron en las localidades de mayor tamaño de la zona: Alcoy y Bocairent-Banyeres. 26 Tarea ya realizada de forma exhaustiva y pormenorizada por MARZAL RODRÍGUEZ, P., El derecho de sucesiones, pág. 79 y ss. 27 Testamento de na Johanna, viuda del honorable Andreu Mola, de Banyeres, 27-XII1493. AMO, protocolo de Bernat Candela. Los testamentos nuncupativos o realizados verbalmente por el testador ante testigos se iten ante la imposibilidad de otorgar ante notario o por la urgencia de las circunstancias del testador, aunque se podían formalizar en protocolo con posterioridad mediante la declaración de los cinco testigos (y no tres o cuatro, como regulan los furs para los testamentos notariales abiertos) presentes en el momento de la expresión de las últimas voluntades del testador, condición indispensable para su validación notarial. MARZAL RODRÍGUEZ, P., El derecho de sucesiones, págs. 127-134. 25
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por el cual ha llegado hasta nosotros, así como dos testamentos de tipo privilegiado, uno pestis tempore y otro, ad pias causas. Las características formales del testamento foral valenciano son, como hemos visto y gracias a la difusión de los formularios y a la labor de los notarios, muy homogéneas, presentando una estructura en la que destaca lo reducido del protocolo y la forma en que sus partes se presentan insertas en el cuerpo del documento, ya que se inician con la anotación de la data encabezando el texto como guía para el notario en el uso del protocolo e inmediatamente, se pasa a una expositio, muy estable en todos los testamentos observados, en la que se apela a las razones por las cuales el testador genera el documento. Esta expositio es, en ocasiones, interesante por las características literarias, mostrándonos una sociedad en estrecho o con la muerte, ante la que se acude a consideraciones religiosas y también filosóficas «totes les coses mundanals son transitòries…». Tras ella aparece la notificatio, de carácter lógicamente universal «coneixcan tots com…». Respecto de la intitulatio, se ha de destacar que en ella no aparece el nombre del notario, sino del testador, su ubicación se encuentra entre la citada notificatio y el verdadero núcleo del testamento, la dispositio, que se presenta como una sucesión de cláusulas separadas por la palabra «Ítem» e incluso, con frecuencia por una pequeña línea vertical entre una y otra. La primera de estas cláusulas suele ser la que corresponde a la elección de albacea «marmessor, tudor, curador e restador» que adopta diferentes formas según se hayan o no de liquidar deudas o existan o no menores vinculados al testamento. Si bien en esta descripción se observa cómo partes propias del protocolo se entremezclan en el cuerpo del documento, el cierre del mismo, protocolo final o escatocolo sí presenta una mayor unidad formal, así, tras la dispositio aparece una referencia a las bases jurídicas del testamento «segons furs de Valence…» y tras ella la data o fecha y la señal de validación del testador, aunque no siempre. Cierra el conjunto una diligencia aparte, en la que el texto aparece escrito con unos márgenes diferenciados respecto del resto del testamento que es la validatio, en la cual, se hace mención expresa de las personas que actúan como testigos validadores del testamento, siempre como mínimo tres personas que han de conocer personalmente al testador, a ellos se suma el notario, esta parte se presenta siempre, en el conjunto documental estudiado, con la forma verbal confertmo. Tras este cuerpo de texto, los notarios dejaban, en los protocolos que hemos observado, una cantidad variable de papel en blanco, a la espera de insertar allí, tres días después de la muerte del testador, la diligencia de lectura y aceptación o no del legado por parte de los herederos, siempre que este acto de lectura pública fuera considerado necesario por alguno de los afectados. En numerosas ocasiones, en tinta y letra más o menos diferentes de las usadas en la redacción del testamento, siempre en fecha posterior, aparecen Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 397-420, ISSN: 0018-2141
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estas diligencias mediante las que se da fe cierta del traspaso de los bienes y del cumplimiento de las últimas voluntades del otorgante, haciéndose constar la aceptación o no del legado por los herederos y el nombramiento formal, aceptado por el interesado, de marmessor, y si fuera el caso, de «tudor, curador i restador». Existieron también, dentro de los actos de última voluntad, tipos documentales que se usaron para revocar, modificar o condicionar las estipulaciones testamentarias. La revocació de testament fue utilizada para anular un testamento por completo y en nuestra muestra no hemos encontrado ninguna. Los codicilos, servían para introducir modificaciones parciales y se hallaban referenciados siempre a un testamento de fecha previa. También existieron, asociados en los protocolos notariales a la documentación nupcial, pactos que disponen sobre aspectos concretos en la herencia de uno de los contratantes (generalmente dos, los esposos) y que por su misma condición de contrato tienen carácter de irrevocabilidad. Son dos los tipos básicos, de non succedendo o de renuncia, caso típico de las hijas que reciben la dote o una donatio propter nuptias para poder acceder al matrimonio y renuncian a la parte equivalente de la herencia, se formalizaron para evitar reclamaciones posteriores. También se utilizaron los pactos de tipo adquisitivo o de adquirenda hereditate, que consistieron en la promesa de legar bienes a herederos todavía no nacidos. Finalmente, también se podían realizar donaciones diferidas en el tiempo, que podían afectar directamente a las cláusulas de un testamento, se trata de los documentos que en los protocolos se formalizan como donatio inter vivos simul cum testamento. En el conjunto de protocolos estudiado no hemos encontrado ninguna donación de este tipo ni tampoco pactos de non succedendo o adquirenda hereditate. LOS ACTOS DE ÚLTIMA VOLUNTAD DE LAS BAILÍAS DEL SUR VALENCIANO AL FINAL DE LA EDAD MEDIA Para la realización de este trabajo se han consultado 64 protocolos notariales correspondientes a 28 notarios diferentes, que han proporcionado 94 documentos. Todos estos notarios autorizaron actos de última voluntad en la zona geográfica que actualmente correspondería al o entre las actuales provincias de Valencia y Alicante, entre los años 1421 y 1523. Ninguno de los notarios se halla especializado en un área o documento de aplicación del derecho concreto ni depende de un cliente determinado en exclusiva, todos fueron profesionales que ofrecieron sus servicios al público en las condiciones normalizadas en que se desarrolló esta labor en el reino valenciano. La distribución de los documentos consultados por localidades es la siguiente:
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PROCEDENCIA Y NÚMERO DE TESTAMENTOS Y CODICILOS Alcoy 42 Bocairent/Banyeres 39 Cocentaina 2 Otros (Agullent - 1; Ontinyent - 8; Penàguila - 1; Vilajoiosa - 1) 11
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44,68 % 41,48 % 2,12 % 11,70 %
Respecto de los instrumenta que han sido objeto de nuestra atención, al hallarse directamente vinculados con las sucesiones mortis causa, han sido los testamentos, en número de 77, los que han proporcionado la mayor parte de la información recogida, un porcentaje sobre el total del 81,9%. Por otra parte, el número de documentos que modifican parcialmente testamentos anteriores, los codicilos, es en este grupo de protocolos mayor de lo inicialmente esperado, ya que se han localizado y consultado 17 codicilos sobre un total general de 94 documentos, lo que representa un porcentaje del 18%. Un tipo de testamento muy frecuente ha sido el formalizado por viudas, casadas o no en segundas nupcias, en cuyo caso, se observa la preceptiva asignación de bienes a los hijos procedentes del primer matrimonio. El porcentaje sobre el total de testamentos es el 29,8%. Le sigue en importancia cuantitativa otro modelo de testamento, muy frecuente en esta área geográfica, se trata del mancomunado, otorgado por los esposos en un mismo acto y documento, y que representa el 19,4% del total de testamentos. La formalización conjunta de las últimas voluntades por parte de la pareja de esposos tiene, en casi todos los casos observados, estrecha relación con el régimen económico del matrimonio de los otorgantes, ya que se especificó en la totalidad de ellos que se hallaban agermanats o casados en comunidad de bienes. Como se ha señalado con anterioridad, se han identificado en el grupo dos testamentos privilegiados28, uno del tipo pestis tempore29 y otro ad pias causas30. El resto de los observados se otorgaron por un solo individuo y corres-
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MARZAL RODRÍGUEZ, P., El derecho de sucesiones, págs. 141-143. Testamento mancomunado «per causa de pesta» de Miquel Parra y na Leonor, de Banyeres. 12-II-1469. AMO, 16. Protocolo de Genís Cerdà. Este tipo privilegiado de testamento se diferenciaba del resto en que no se exigía que los testigos se hallaran todos presentes al mismo tiempo en la formulación del acto, podían acudir separadamente en diferentes momentos para, ante el notario, validar el documento. 30 Para que se trate verdaderamente de un testamento ad pias causas, la totalidad del legado o la mayor parte ha de estar destinado a alguna iglesia o institución de caridad. En el caso de Martí Gosalvez y Margalida Garrigues, vecinos de Biar pero que formalizaron el documento en la cercana localidad de Banyeres, legaron mancomunadamente todos sus bienes a la iglesia de Biar, para «òrfenes a maridar o catius a traure…». 4-I-1502. AMO, 98. Protocolo de Bernat Candela. 29
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ponden al modelo más frecuente en este tipo de documentos, el testamento individual notarial abierto, que alcanza un porcentaje del 80,5% sobre el total de testamentos. El 51,94% de los testamentos presenta la diligencia de aceptación de legado por herederos y nombramiento de marmessor, lo que significa que disponemos de 40 testamentos sobre los que conocemos con precisión cómo se resolvió la transmisión. De estos 40 casos, los herederos aceptaron los legados completos y los marmessores su cargo en 32 ocasiones, lo que significa que en un 80% de casos, la transmisión se hizo efectiva sin impedimentos, tal y como dispusieron los testadores en vida, lo que, de poderse extrapolar al resto de documentos de los que no disponemos de información sobre cómo se resolvieron, representaría un porcentaje alto. Este valor podría interpretarse como la prueba de la efectividad del sistema, aunque esta efectividad se ha de matizar, ya que existieron 3 casos que originaron sin ninguna duda, documentación posterior de tipo judicial, al existir manifestaciones de personas interesadas que se recogieron en los protocolos. Los testamentos que generaron conflictividad en la transmisión del legado suponen el 7,5% del total de los que disponemos de información31. En los tres casos en los que la voluntad de los testadores resultó contestada, se legaban patrimonios muy cuantiosos, ciertamente sobresalientes. Dos de ellos, procedentes de notarios y el tercero, de un probable mercader32 vinculado al comercio del textil del área de Bocairent-Banyeres. En los testamentos donde los bienes transmitidos no constituían patrimonios notables, no se aprecia conflictividad, lo que nos remite a una posible actitud de cálculo por parte de los herederos, que consistió, como ocurre en tantas ocasiones, en
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31 Se trata de los testamentos del notario Bertomeu Luna, de Ontinyent, casado en germania con su tercera esposa y con dos hijos. 15-VI-1421. AMO, 33. Protocolo de Jaume Olzina. También otro notario, Guillem Pont, quien se intitula ciutadà de València i habitant d´Ontinyent, presenta problemas en su testamento, al ordenar el retorno de la dote de 300 florines que aportó su esposa na Margalida, hija a su vez de otro notario, Johan de la Mata, más un anillo de oro a su suegro, sin que mencione la existencia de hijos. 11-VIII-1421. AMO, 79. Protocolo de Jaume Olzina. El tercer caso es el del testamento de Guillem March, de Banyeres, quien lega un patrimonio considerable, consistente en su mayor parte en bienes muebles, por lo que podemos entender que se hallaba en esa localidad, desarrollando actividades comerciales o de otro tipo, sin vinculación directa con el sector agrario y que, probablemente, su origen no tuviera relación con Banyeres, a sus seis hijos, una hija y a su esposa, generando este testamento la disconformidad de los herederos. 25-V-1470. AMO, 98. Protocolo de Genís Cerdà. 32 Respecto de los mercaderes y los intercambios comerciales en Valencia al final de la Edad Media, ver CRUSELLES, E., «La intensificación de los intercambios bajomedievales y los protocolos notariales valencianos», en 1490, En el umbral de la Modernidad. El Mediterráneo europeo y las ciudades en el tránsito de los siglos XV-XVI, Valencia, Generalitat Valenciana, Consell Valencià de Cultura, 1994, tomo II, págs. 523-531.
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valorar los posibles beneficios derivados de una apelación ante la justicia, beneficios que en los casos de patrimonios escasos, no compensaban los gastos y riesgos que generaría pleitear por una mejor posición dentro del conjunto de herederos, pero que sí podían justificar el ejercicio de acciones legales si los bienes a transmitir eran cuantiosos y se disponía de una argumentación viable judicialmente. Otro factor que, sin ninguna duda, colaboró, al menos en uno de los casos, aumentando el potencial de conflicto que se genera en una sucesión, fue el hecho de que uno de los testadores, el notario Bertomeu Luna33, se hallaba casado en terceras nupcias en germania. Si como previsiblemente ocurrió, todos o alguno de sus anteriores matrimonios, se formalizaron bajo el régimen dotal, las expectativas de los dos hijos del notario podían ser muy diferentes, según de cuál de las esposas provinieran y de si se habían cumplido o no las preceptivas restituciones al fallecimiento de las anteriores esposas, siendo exactamente esta la situación que originó el pleito entre herederos. En dos ocasiones, los herederos aceptaron el legado ejerciendo su derecho a la reserva a beneficio de inventario, lo que representa un porcentaje del 5%34 y en otras dos manifestaron su rechazo total o renuncia al legado, constituyendo este grupo otro 5%35 de documentos respecto del total de los que nos ofrecen información sobre su resolución. En un solo caso se observa, en la diligencia final de aceptación o no de los legados, la incomparecencia de uno de los legatarios, quien suponemos recibiría traslado por otra vía sobre su condición de heredero y los términos concretos de su parte del legado36. Hemos señalado en este artículo la relación, como partes diferenciadas del mismo proceso, entre el derecho matrimonial o de familia y el de sucesiones. Si observamos los testamentos y codicilos, esta relación se hace patente y notoria, ya que en el conjunto de testamentos se hace mención expresa del régimen económico del matrimonio del testador o de los testadores, en 54 casos, de forma que el porcentaje de germanies se sitúa en el 70,1%, a lo que habría que sumar los casos en que no se mencionó expresamente en el documento el régimen de bienes del matrimonio del testador, pero sí se observaron
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15-VI-1421. AMO, 33. Protocolo de Jaume Olzina. Concretamente en los testamentos de Pere Moltó, de Alcoy, donde los herederos aceptan «ab beneficio, emperó, de inventari…». 5-VI-1499. AMA. Protocolo de Pere Martí, y en el de Anthoni Vilar, de Vilajoiosa, donde se formula en similares términos la reserva. 12-IX1466. AMA. Protocolo de Pere Martí. 35 Se trata de los testamentos de na Dolça, viuda de Pere Valls, de Alcoy. 10-VIII-1469. AMA. Protocolo de Pere Martí y de Melchor Ferré, de Banyeres. 12-VIII-1469. AMO, 55. Protocolo de Genís Cerdà. En ninguno de los dos casos se especificó el motivo de las renuncias. 36 Miquel, hijo de Simó Martí y na Dolça, de Banyeres, no compareció ante el notario «per raó de estar en Elig (Elche) ab lo bestiar…». Testamento de na Dolça, 28-I-1496. AMO, 23. Protocolo de Bernat Candela. 34
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escrupulosamente las consecuencias que tal situación tuvo respecto de las sucesiones mortis causa, al realizarse la división del patrimonio constituido solidariamente por los esposos por mitades y con las reservas habituales en el caso de existir hijos, mayores o menores de edad. En cambio, los codicilos no nos han proporcionado información relativa al sistema conyugal de bienes de sus titulares. En este tipo documental, se enumeran directamente las cláusulas o disposiciones que modifican el acto de referencia, sin que se realice otra mención al testamento que la fecha, el lugar y el notario ante el que se otorgó. Otra información susceptible de ser sistematizada, con las lógicas reservas derivadas de lo reducido de la muestra documental, afecta a la demografía. Al hacerse mención en los documentos de últimas voluntades al número de hijos con vida en el momento de preparar la sucesión, o a la inexistencia de estos, se puede realizar una cuantificación sobre los datos recogidos. En el caso de este conjunto de testamentos y codicilos, los resultados, que se muestran en la siguiente tabla, nos informan de la existencia de un número mayoritario de familias con un relativamente escaso número de hijos. Esta circunstancia, extrapolada al resto de la sociedad de esta área geográfica, y siempre y cuando se confirmara dicha situación, podría señalar un crecimiento demográfico durante el s. XV en el que el componente migratorio constituiría una variable realmente significativa. La afluencia de efectivos humanos a las bailías del sur valenciano procedentes de otras partes del reino, o incluso, de áreas vecinas, como la cercana Castilla, atraídos por la actividad manufacturera de esta zona, es visible en la documentación notarial y puede contemplarse como uno de los factores que determinaron el conocido crecimiento de población en el sur valenciano durante el s. XV, y especialmente desde su último tercio37.
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37 FURIÓ DIEGO, A., El camperolat valencià, pág.186. Respecto de la naturaleza del crecimiento demográfico de esta zona, deducido de la documentación fiscal, y del papel de la inmigración, ver MIRA JÓDAR, A. J., Entre la renta y el impuesto, págs. 94-100. Otro autor que hace referencia a la demografía, en este caso, de Alcoy, es TORRÓ ABAD, J., La formació d´un espai feudal, Valencia, Diputació de València, 1992, pág. 114. Para los primeros años del s. XVI, ver GARCÍA CÁRCEL, R., «El censo de 1510 y la población valenciana de la primera mitad del siglo XVI», Saitabi, XXVI (1976), págs. 171 y ss. Sobre las circunstancias en las que la inmigración se integra en la sociedad medieval valenciana, ver APARICI MARTÍ, J., IGUAL LUIS, D. y NAVARRO ESPINACH, G., «Los inmigrantes y sus formas de inserción social en el sistema urbano del reino de Valencia (siglos XIV- XVI)», Revista D´Història Medieval, 10 (1999), págs. 161-198 y también en la misma revista el artículo de BARRIO BARRIO, J. A., «Inmigración, movilidad y poblamiento urbano en un territorio de frontera: la Gobernación de Orihuela a fines del Medievo», Revista D´Història Medieval, 10 (1999), págs. 199-232.
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HIJOS MENCIONADOS EN TESTAMENTOS Y CODICILOS De 1 a 3 De 4 a 6 De 7 a 9 Más de 9 Indeterminados (de difícil o incompleta identificación)
55 25 9 0 5
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58,51 % 26,59 % 9,57 % 0 % 5,32 %
La legalidad foral permitía testar a los mayores de 15 años y menores de 25, sin distinción de sexo, aunque con limitaciones en la disposición de los bienes38. Esta situación se revela de facto en dos testamentos otorgados por menores de edad que hemos localizado. Así, Margalida, de quien se informa sobre su condición de domicella o virgen, compareció ante el notario Bernat Candela, en Bocairent, el 3 de enero de 1505, para legar todos sus bienes a su madre, na Dolça, haciendo mención expresa a la circunstancia de que si se casara Margalida, su madre cedería su condición de heredera a favor de la descendencia de su hija por iguales partes39. La explicación de la necesidad de testar de esta menor se nos revela en la parte del testamento donde se encargan a la iglesia local, en este caso la de Bocairent, las misas por el alma de la testadora, ya que lega 33 sueldos para misas en capillas de diversas devociones, mostrándonos que dispuso de un patrimonio no común y, en consecuencia, dada la inexistencia de mención alguna al padre en este documento, salvo el nombre, Pere Mahiques, podemos entrever que ante la muerte prematura del esposo, na Dolça, madre de la testadora, tramó una maniobra legal para preservar la integridad del notable patrimonio familiar. Los esfuerzos de na Dolça, finalmente carecieron de sentido, ya que en el testamento de Margalida, a pesar de que el notario dejó en blanco el preceptivo espacio al final del mismo, no existe ninguna diligencia de aceptación del legado, por lo que podemos suponer, y de hecho sabemos, que la madre falleció con anterioridad a la testadora, quien, presumiblemente, seguiría su propio camino, del que actualmente, no disponemos de información. Complementando las noticias que el testamento de Margalida nos proporciona, en el mismo protocolo hallamos el de su madre, na Dolça, donde se indica que su esposo, Pere Mahiques, era honorable, o lo que es mismo, miembro del consell de Bocairent y por lo tanto, perteneciente a la oligarquía ciudadana, lo que explica el patrimonio familiar y los esfuerzos de la viuda en conservarlo. Na Dolça testó el 1 de febrero de 1505 y falleció el día 20 de ese mismo mes40, legando sus
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MARZAL RODRÍGUEZ, P., El derecho de sucesiones, págs. 82 y 83. 3-I-1505. AMO, 7. Protocolo de Bernat Candela. 1-II-1505. AMO, 36. Protocolo de Bernat Candela. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 397-420, ISSN: 0018-2141
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bienes a sus seis hijos a partes iguales, descontando lo entregado en razón de bodas, como era costumbre. El otro testamento otorgado también por una menor es el de Yolant, igualmente domicella, residente en Alcoy, quien el 26 de junio de 1452 testó a favor de su madre, na Dolça nuevamente, casada en primeras nupcias con Martí Gil, de Biar, y en segundas con Johan Aznar, de Alcoy41. En este caso, el motivo cierto por el que testó Yolant fue la enfermedad, ya que, unos meses tras la fecha del testamento, el notario dejó constancia de que, tras el fallecimiento de la menor, la madre aceptaba el legado y cumplió el deseo de su hija de ser enterrada en el fossar de la iglesia de Santa María de Alcoy. La relativamente alta movilidad geográfica de efectivos humanos durante el s. XV valenciano, generó un significativo trasiego de personas, que se establecieron, temporalmente en la mayoría de casos, o que incluso casaron, residieron y murieron en esta parte del reino. Las trayectorias de habitantes procedentes de otros reinos peninsulares también tienen reflejo en los testamentos. El 20 de octubre de 1466, Diego Fernández de Monguja42, «vizcaí i carboner…», soltero, lega todos sus bienes para la salvación de su alma, ordenando al marmessor Diego Martí, «pedrapiquer», que venda sus bienes y los distribuya donde se necesiten para, con este último acto, salvarse del infierno. En el mismo testamento dispone 40 sueldos, una cantidad muy generosa, para misas, y para liberar «cristianos en poder de sarrahins…», ordenando finalmente que tras su muerte, su cuerpo descanse en el fossar del monasterio de San Agustín de Alcoy, en la fosa que en ese momento se encuentre abierta. Se trata de la preparación del final de una vida itinerante, desarraigada y basada en una actividad de aprovechamiento forestal que, con frecuencia en esta parte del reino, llevaron a cabo partidas de trabajadores procedentes de los territorios vascos. Diferente fue el caso de Tomás de Adzuara, vecino de Villena, «regne de castella…» quien otorga testamento el 10 de enero de 1470 en Alcoy43, mencionando en él a un hermano suyo, quien vivía en Villena, y expresando su deseo de ser enterrado en el fossar de la iglesia del monasterio de San Agustín de Alcoy, en el vas donde yacen sus primos hermanos y sus sobrinos. En este caso nos encontramos ante un grupo familiar dividido, una parte emigró a Valencia y otra permanece en la Villena de origen, una situación que, con toda probabilidad, no fue muy infrecuente
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26-VI-1452. AMA. Protocolo de Pere Martí. 20-X-1466. AMA, Protocolo de Pere Martí. Existe constancia de las actividades de partidas de carboneros de origen vasco por la zona sur valenciana en el s. XV, tal y como hemos podido comprobar. El 10 de diciembre de 1470, tres carboneros vascos, Petro de Mondragón, Johannes de Marquina y Loyola de Hoyandiano, formalizan documentos en Vilajoiosa ante notario. 10-XII-1470.AMA. Protocolo de Pere Martí. 43 10-I-1470. AMA. Protocolo de Pere Martí. 42
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durante el s. XV, dado el nivel de actividad del textil del área alcoyana, en esa época. La expresión de las últimas voluntades de los individuos tuvo en ocasiones un alcance que superó aspectos como el de la observación de la forma en que se realizaba la sucesión hereditaria o las siempre impersonales cuantificaciones. En algunos casos, el testador reflejó en los documentos su visión, personal e íntima, sobre sus relaciones conyugales o familiares. En definitiva, aprovechó la comparecencia ante notario para ajustar cuentas con el entorno más próximo, permitiéndonos vislumbrar su concepto de familia y su visión sobre las relaciones conyugales. El 30 de agosto de 1496, Diana, esposa en segundas nupcias de Ausià Just y viuda de Benet Llopis, dispone que sus restos sean enterrados en el fossar de la iglesia de la Virgen María de Bocairent junto a su primer marido, Benet. ¿Un acto final de rebeldía frente a su relación con el segundo esposo?44 Son muy numerosos los casos45 en que, a pesar de testar mancomunadamente, tener descendencia y no entreverse conflictos en el proyecto sucesorio, los esposos expresan su voluntad de ser enterrados con sus antecesores y no juntos, significándose de esta forma la gran importancia que se dio al lugar donde habían de yacer los restos de cada individuo y también un determinado concepto de lo que la familia representaba para esta sociedad. El elevado número de individuos que se manifiestan a favor de reposar definitivamente junto a los de su sangre parece informarnos sobre el predominio, en el periodo final de la Edad Media, del concepto de linaje sobre el de la pura familia nuclear, sobre el enorme peso de la identidad del grupo consanguíneo, frente a la identidad que, siempre condicionada por aquella, se forma junto a la pareja. Excepcional es el caso del paraire de Alcoy Vicent Loset46, quien nos informa sobre sus querellas familiares al disponer su sepultura junto a su suegro, Benet Valls, en la iglesia de San Agustín de Alcoy, expresando que, en vida de su suegro, este le dijo que deseaba que Benet se enterrara junto a él, aunque, puntualiza que sabe que su cuñado, Pere Valls, no quiere que él sea enterrado con su suegro. Probablemente Vicent tuvo una estrecha relación personal y profesional como paraire con su suegro, de quien es muy posible que aprendiera el oficio. Es notable la ausencia de mención alguna a los pa-
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30-VIII-1496. AMO, 139. Protocolo de Bernat Candela. P. ej. Johan Llorenç y sca, disponen sus sepulturas por separado. 11-VI-1496. AMO, 113. Protocolo de Bernat Candela. Igualmente ocurre con na Gostança, casada en segundas nupcias con Domingo Eximeno y que, al testar, expresa su deseo de ser enterrada junto a su padre, Vicent Pastor, en el fossar de la iglesia de Santa María de Alcoy. 30-V-1449. AMA. Protocolo de Pere Martí. La misma situación se produce con el matrimonio de Johan de Puigmoltó y na Yolans, quienes disponen su enterramiento junto a los antecesores de cada uno de ellos. 6-X-1460. AMA. Protocolo de Pere Martí. 46 5-X-1487. AMA. Protocolo de Pere Benavent. 45
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dres del testador, lo que evidencia que la vida de Vicent se centró por completo en la familia de su esposa, con toda seguridad, de nivel socioeconómico superior al de los consanguíneos de su esposo. Como el status social se consideraba un valor personal de cada individuo, que debía permanecer en sus justos términos a pesar del paso del tiempo, el lugar exacto de enterramiento también se halló sometido a las normas que regulaban el prestigio social. Quien deseara distinguirse del resto de individuos buscaba su lugar de descanso, previa solicitud y autorización de los responsables eclesiásticos, dentro de los muros de un templo, y no, en los vassos del fossar que se ubicaban en el exterior de las iglesias, o en el caso del convento de San agustín de Alcoy, en el claustro. Eso fue exactamente lo que hizo Guillem Cerdà47, miembro de una familia de notables de Bocairent, y más que posiblemente, pariente cercano del notario que autorizó su testamento, Genís, manifestando su voluntad de formar panteón para él y su descendencia, dentro de la iglesia de la Virgen Maria de Bocairent, indicando expresamente que no se le diera sepultura en el fossar. Con el previsible objetivo de facilitar la consecución de su deseo, legó un censal o renta constituida sobre bien inmueble, además de diversas cantidades en metálico, a la iglesia donde tenía previsto su enterramiento. CONCLUSIÓN La observación de la forma concreta y las circunstancias en que se materializó el derecho de sucesiones desde los documentos originales de su aplicación, permite, a través del conjunto de testamentos y codicilos que nos ocupa, plantear algunas reflexiones sobre cómo se articuló la relación entre las leyes forales valencianas en el s. XV y aquellos a quienes iban dirigidas dichas normas. La estructura legal que representaron los furs no rigió sin oposición, tanto en casos concretos como entre determinados colectivos. Es significativo, en este sentido, el caso del sistema matrimonial de bienes primado por los furs, y que fue extensa y pormenorizadamente regulado en la normativa foral, el régimen dotal, que no gozó de predicamento entre la población del sur valenciano en el s. XV, al contrario de lo que ocurrió con el régimen de comunidad de bienes o germania, ignorado en la práctica en el código foral, pero ampliamente mayoritario entre las parejas de las comarcas meridionales. Esta resistencia a una norma concreta podría tener su reflejo en lo relativo al derecho de sucesiones y, efectivamente, así es, ya que se aprecia, como hemos apuntado anteriormente, una observación escrupulosa de las consecuencias
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12-VII-1471. AMO, 370. Protocolo de Genís Cerdà.
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que para las sucesiones tiene el sistema de germania, en unos valores muy altos, cuando no se menciona expresamente el régimen económico de los testadores, quienes, por otra parte, otorgaban sus últimas voluntades de forma mancomunada con cierta frecuencia. Nuevamente, la observación de los testamentos vuelve a evidenciar el carácter dual de las sucesiones, haciéndose visible la relación estructural entre la transmisión de partes del patrimonio a los hijos en el momento de su unión conyugal y el ajuste final de esas transmisiones en el momento de formular las últimas voluntades. La cadena de reproducción física y transmisión patrimonial se llevó a cabo a través de la inicial generación de prole legítima, la recepción de una parte del patrimonio de la generación anterior a la formalización legal del matrimonio, la formulación de las últimas voluntades y con ellas, la transmisión final del resto de haberes a la nueva generación. Esta secuencia fue posible gracias a la existencia de una serie de normas sobre la configuración legal y económica de los matrimonios y las sucesiones mortis causa, y la capacidad de aplicarlas sin que se genere una conflictividad nociva para el sistema. Este mecanismo de reproducción de la sociedad y parcialmente, de su estructura estamental, se hizo efectivo en la Valencia del s. XV, sobre la base de la legislación que representaban los Furs, pero también gracias a la seguridad jurídica proporcionada por los numerosos notarios medievales valencianos y a la labor de las diferentes cortes de justicia. Existen dos circunstancias que consideramos interesante señalar respecto de la conflictividad que se generó en la aplicación de la normativa sobre sucesiones; por una parte, se verifica que un 7,5% de los testamentos originó documentación judicial al apelar alguno o varios beneficiarios, contra las decisiones del testador. Lamentablemente no podemos conocer las resoluciones de la justicia sobre dichas apelaciones, aunque sí podemos afirmar que se trató de tres casos excepcionales, como excepcionales fueron los tres patrimonios que eran objeto de transmisión, lo que nos sugiere el posible predominio del oportunismo en la decisión de recurrir a la justicia por parte de algunos beneficiarios disconformes. La otra circunstancia que ha resultado digna de mención ha sido el elevado número de codicilos con que se modificaban testamentos ya formalizados. El 18% de los documentos consultados no son testamentos, sino codicilos, lo que nos informa de la frecuencia con que se modificaban las voluntades testamentarias. Esta frecuencia, en nuestra opinión, alta, sería comprensible si los testamentos se formalizaran predominantemente en fecha temprana dentro de la vida del interesado, pero no ocurrió así. Se acudía al notario a testar por término general, en edad avanzada o ante una enfermedad de dudoso desenlace. Las fechas de formalización de testamento y las de la diligencia de aceptación o no del legado no suelen distanciarse más de cuatro o cinco años, en los 40 documentos de este tipo que hemos podido consultar. Por lo tanto, el número elevado de codicilos indica, más que la Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 397-420, ISSN: 0018-2141
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obligada modificación impuesta por circunstancias ajenas a la voluntad del testador, la profunda preocupación de los testadores por ajustar a su completa voluntad y con la mayor perfección posible la transmisión de sus patrimonios tras su muerte. Ambas circunstancias, una conflictividad relativamente baja y un elevado número de correcciones parciales de testamentos significan una interiorización de los mecanismos legales de transmisión, muy profunda e intensa por parte de los receptores y s de la norma. Los testadores que dispusieron sus últimas voluntades en este grupo documental actuaron siguiendo una estrategia general conservadora de sus patrimonios. Se testó a favor de la descendencia legítima, tratando de mantener los patrimonios dentro del grupo parenteral de origen. Los bienes inmuebles fueron mayoritariamente transmitidos a los varones, primando una cierta idea de organización patrilineal de los grupos familiares, mientras que las hijas fueron mayoritariamente dotadas o recibieron donaciones en el momento de sus matrimonios, siendo escasas las ocasiones en que reciben bienes en cantidad significativa a través del testamento de sus progenitores. Los habitantes de las comarcas del sur valenciano en el periodo final de la Edad Media utilizaron con notable profusión las herramientas legales de que disponían para organizar, de acuerdo a su voluntad, la transmisión de sus patrimonios a las siguientes generaciones y lo hicieron de acuerdo con una mentalidad que trató de proteger la integridad de dichos bienes. Fueron plenamente conscientes de su capacidad de otorgar, revocar y corregir sus disposiciones de última voluntad, ejercitando esta capacidad con una frecuencia e intensidad, que solo fue posible debido a la existencia de un gran número de notarios, quienes actuaron formalizando la voluntad de sus clientes de acuerdo a las normas forales, configurándose de esta forma, un comportamiento social que se aproxima considerablemente, a través del tiempo, a la realidad actual.
Fecha de recepción: 06-07-2010. Fecha de aceptación: 18-02-2011.
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ANEXO: PROTOCOLOS NOTARIALES Guillem Peris (APP) Gaspar Vives (APP) Pere Ferrandis (APP) Lluis Peres (APP) Doménech Catala (APP) Pere Marti (AMA) Andreu Margarit (AMA) Pere Benavent (AMA) Lluis Joan Alçamora (AMA) sc Joan Bodí (AMA) Jaume Olzina (AMO) Genís Cerdà (AMO) Pere Calatayud (AMO) Bernat Candela (AMO) Joan Capdevila (APP) Marti Cabanes (APP) Bertomeu Olzina (APP) Miquel Vicent (APP) Jaume Durà (APP) Miquel Frigola (APP) Jaume Gombáu (APP) Joan del Mas (APP) Joan Merita (APP) Pere de Montanbà (APP) Mateu Peres (APP) Baltasar de Ripio (APP) sc Talavera (APP) Ramon Vidal (APP)
Cocentaina 1469 – 1470, 1471, 1472, 1479, 1480, 1481, 1482, 1483, 1484, 1485, 1486, 1487 Biar 1502 Valencia i Castilla 1414 – 1417 Valencia, Alcoi i Castilla 1496 – 1497 Llutxent i Villahermosa del Rio. 1455 – 1456 Alcoi 1449 – 1452, 1453-1454, 1455, 1456-1459, 1460, 1460, 1463, 1466, 1467, 1469, 1470, 14711472, 1475, 1482-1524 Alcoi 1523 – 1524 Alcoi, Cocentaina i Penaguila 1489 – 1492, 14931494, 1495-1496, 1497-1498, 1501-1502, 1503-1504 Alcoi 1503, 1504 Alcoi 1495 – 1531. Baldufari Ontinyent 1421 – 1424 Bocairent 1464 Bocairent, Banyeres i Ontinyent 1469 – 1471 Bocairent 1516 Bocairent, Banyeres, Ontinyent, Simat de Valldigna 1490 – 1495 Bocairent 1495 – 1496 Bocairent, Banyeres 1501 – 1502, 1505, 1511, 1512 Penàguila 1423 – 1425 Bocairent 1435 – 1441 Bocairent 1507 – 1512 Bocairent 1515 – 1517 Cocentaina 1504 Cocentaina 1513 Cocentaina 1520 – 1522 Cocentaina 1464 – 1465 Cocentaina 1523 Cocentaina 1450 Cocentaina 1426 Cocentaina 1517 Cocentaina 1509 Cocentaina 1421 - 1422
ARCHIVOS: AMO: Arxiu Municipal d´Ontinyent (Valencia). AMA: Archivo Histórico Municipal de Alcoy (Alicante). APP: Archivo de protocolos del Real Colegio del Corpus Christi de Valencia (Valencia). Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 397-420, ISSN: 0018-2141
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EL PATRIMONIO DE LOS MONASTERIOS CISTERCIENSES DEL SUDOESTE GALLEGO EN LA EDAD MODERNA*
MARÍA SEIJAS MONTERO Universidad de Vigo
RESUMEN:
En este trabajo se analiza el patrimonio de los monasterios cistercienses situados en la actual provincia de Pontevedra, poniendo el acento en la distribución espacial de sus propiedades y las formas de cesión y gestión que utilizaban para explotar sus patrimonios. El artículo se divide en dos apartados. En el primero se aborda el emplazamiento de los monasterios, así como el de sus propiedades, que, lejos de ser casual, estaba sujeto a determinadas condiciones que supusieron a la larga la creación de nuevas entidades de población. En el segundo apartado, se podrá comprobar como el foro era la modalidad contractual más usada por los monjes gallegos para la explotación de unas tierras gestionadas a través de sus prioratos. PALABRAS CLAVE: Galicia. Cistercienses. Patrimonio. Foro. Gestión. Prioratos.
THE HERITAGE OF THE SOUTHWEST CISTERCIAN MONASTERIES OF GALICIA IN THE MODERN AGE ABSTRACT: This paper examines the heritage of the Cistercian monasteries located in the province of Pontevedra, emphasising the spatial distribution of properties and types of transfer and management that were used to exploit their assets. The article is divided into two parts. The first
———— María Seijas es profesora del Departamento de Historia, Arte y Geografía de la Facultad de Filología y Traducción de la Universidad de Vigo. Dirección para correspondencia: Campus Universitario Lagoas-Marcosende, 36200 Vigo. Correo electrónico:
[email protected]. * Abreviaturas utilizadas: AHN: Archivo Histórico Nacional; AHPP: Arquivo Histórico Provincial de Pontevedra; ARG: Arquivo do Reino de Galicia; AGS: Archivo General de Simancas.
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addresses the location of the monasteries, as well as their properties, which, far from being accidental, was subject to certain conditions which eventually ed for the establishment of new population groups. The second part, establishes that the foro was the most commonly used type of contract by Galician monks for the operation of lands managed through its priories. KEY WORDS:
Galicia. Cistercian. Heritage. Foro. Management. Priories.
DISTRIBUCIÓN ESPACIAL DE LA PROPIEDAD MONÁSTICA El origen del patrimonio monástico de las abadías del sudoeste de Galicia se remonta a la constitución de los mismos y posee las características de la dispersión propias de los abadengos medievales2. Las vías de a la propiedad por parte de los monjes estaban caracterizadas por las donaciones reales y particulares de los momentos fundacionales y por las diferentes cesiones que recibirán en los siglos siguientes. El trabajo realizado por E. Portela y M.ª C. Pallares demuestra que el monasterio de Oia tuvo en las compras, con un porcentaje del 74,6% —68,9 teniendo en cuenta los cambios3— la modalidad mayoritaria de adquisición del patrimonio monacal en los siglos XII y XIII. Unas compras que son más importantes a partir de los años treinta del siglo XIII, coincidiendo con la disminución de las donaciones, lo que permitió a la comunidad escoger dónde adquirir sus bienes, pues ahora no dependían de unas donaciones situadas en espacios geográficos en los que los monjes no tenían una participación activa a la hora de su elección. Así, la formación del monasterio de Oia tiene hasta el siglo XIV dos etapas bien diferenciadas: una en la que la forma jurídica de la donación —real casi en exclusividad hasta 1160 y particular desde este momento— es el principal mecanismo adquisitivo de bienes hasta los últimos veinte años del siglo XII; otra, a partir de 1180, en la que las compras a particulares se convierte en la modalidad preferida por los monjes para acrecentar sus posesiones. Existe, por lo tanto, una clara evolución del dominio de Santa María de Oia desde sus inicios en 1130,
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2 Los monasterios cistercienses masculinos de los que se ocupa este estudio son los de Aciveiro, Armenteira, A Franqueira y Oia (Vid. mapa 1). Sobre otros aspectos de su historia, véase nuestro trabajo Los monasterios cistercienses en el sudoeste gallego a fines del Antiguo Régimen, Santiago, Universidad de Santiago, 2010. 3 Pallares y Portela cifran en 21 los cambios realizados por el monasterio de Oia entre 1130 y 1305 con el objeto seguramente de conseguir territorios más cercanos al monasterio a costa de perder otros más alejados. PALLARES MÉNDEZ, María del Carmen y PORTELA SILVA, Ermelindo, El bajo Valle del Miño en los siglos XII y XIII. Economía agraria y estructura social, Santiago, Universidad de Santiago, 1971, págs. 79-80.
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ya que si es cierto que las donaciones fueron la columna de apoyo sobre la que se asentó el posterior desarrollo del dominio, las compras desempeñaron un papel destacado para el crecimiento del patrimonio monástico por lo menos hasta principios del XIV4. Con la llegada del siglo XV, el monasterio prácticamente consolida un dominio que se encarga de mantener a lo largo de la Edad Moderna tanto en la zona costera —área más próxima al cenobio— como en la de montaña y valles interiores5. También en el monasterio de Armenteira su patrimonio depende de las donaciones y las compras, aunque aquí, a diferencia de Oia, hay una coincidencia total entre las dos formas de adquisición más usadas —las permutas no alcanzan el 1%— para aumentar sus bienes entre 1151 y 1250. Los bienes donados al monasterio del valle de O Salnés proceden de la realeza en un porcentaje próximo al 80% hasta 1165, a partir de este momento, y hasta mediados del XIII, cobran mayor importancia las donaciones realizadas por los particulares y por los nobles, aunque en este último caso los porcentajes son muy inferiores —entre 1180 y 1250 las donaciones de los nobles son del 20% y del 80% la de los particulares— probablemente porque veían a la institución monástica como una rival en la ampliación de sus prerrogativas feudales6. En cuanto a las compras tienen su momento más importante entre 12201250 cuando se realizan el 80% del total, configurando un patrimonio que se extiende principalmente por las penínsulas del Salnés y del Morrazo y que se mantiene a lo largo del período moderno. En el caso de los otros monasterios, Aciveiro y A Franqueira, solo es posible moverse en el terreno de las hipótesis ya que los estudios existentes en la actualidad, si bien permiten conocer algunos detalles de sus momentos fundacionales, carecen de los elementos necesarios para reconstruir la formación y evolución del dominio monástico. La pobreza documental es la principal causa de esta situación en la casa aciveirense, sin embargo, es muy probable que las donaciones y las compras medievales, como en los casos precedentes, cons-
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4 E. Portela ha demostrado hace algunos años que el monasterio de Oia inicia con el siglo XIV «el cambio de trayectoria en la curva de sus adquisiciones. Si desde 1160 el volumen de sus adquisiciones no había dejado de acrecentarse, entre 1300 y 1400 desciende continuamente y a grandes pasos», en PORTELA SILVA, Ermelindo, La región del obispado de Tuy en los siglos XII a XV: una sociedad en la expansión y en la crisis, Santiago, El Eco Franciscano, 1976, pág. 294. 5 En el siglo XV el monasterio de Oia «continúa el proceso de concentración en tres zonas fundamentales: A Guarda, donde se producen seis cambios; la zona de Loureza-Burgueira, con tres; y en tercer y último lugar, el valle de O Rosal», cfr. en SÁNCHEZ CARRERA, María del Carmen, El Bajo Miño en el siglo XV. El espacio y los hombres, A Coruña, Fundación Pedro Barrié de la Maza, 1997, págs. 134-135. 6 FRANCO ESPIÑO, Beatriz, «El dominio monástico de Santa María de Armenteira en sus orígenes: 1151-1250», Museo de Pontevedra, 55 (2001), págs. 27-38.
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MAPA 1: LOCALIZACIÓN DE LOS MONASTERIOS CISTERCIENSES MASCULINOS EN LA PROVINCIA DE PONTEVEDRA
PROVINCIA DE A CORUÑA PROVINCIA DE LUGO
OCEÁNO ATLÁNTICO
PROVINCIA DE PONTEVEDRA
Santa María de Aciveiro
PROVINCIA DE OURENSE
Santa María de Armenteira
Santa María de A Franqueira Santa María de Oia
PORTUGAL
0
15
30
45
60
75
Kilom eters
Fuente: RÍO BARJA, Francisco X., Cartografía xurisdicional de Galicia no século XVIII, Santiago, Consello da Cultura Galega, 1990.
constituyeran un mecanismo fundamental para la formación y ampliación del patrimonio monástico. Un dominio que se concentra sobre todo en Tierra de Montes —donde se sitúa el monasterio— además de las de Deza, Trasdeza y en menor medida, en otras zonas de Galicia. A Franqueira es un cenobio con una realidad incierta y llena de sombras ya desde sus momentos fundacionales por lo que es más difícil medir la importancia que tuvieron los diferentes mecanismos de adquisición territorial; no obstante, también cabría pensar que configuró su dominio en los primeros siglos y lo conservó durante el período moderno. Unas posesiones próximas al monasterio, siendo las más importantes las situadas en los actuales municipios de Mondariz, Salvaterra de Miño y A Cañiza. Precisamente, conocer dónde y por qué se asentaron los monasterios cistercienses y las localidades por las que se extiende su patrimonio parece fácil Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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si se tiene en cuenta que en el territorio gallego se dan las condiciones geográficas idóneas para su establecimiento. Fray Tomás de Peralta en su Historia sobre el monasterio de Oseira hace la siguiente descripción sobre el reino de Galicia: «ultima parte de España, azia el Poniente; cercale de un lado el mar, y de los otros el Reyno de Portugal, y el de Leon, y el Principado de Asturias. Es tierra por la mayor parte montuosa, tiene amenos valles, hermosos, y apacibles a la vista; crianse en sus montes gran multitud de ganado, de que se abastece mucha parte de España; los valles, y llanuras fértiles; las aguas frias y delgadas; los rios inumerables, y de grande abundancia de pescados, como lo son también todos sus Puertos (…) produze todo genero de frutos, y toda suerte de legumbres; y si alguna cosa le falta, no es porque la tierra no lo llevara, sino por toxedad de los naturales, que no la cultivan, que como tienen todo lo que han menester para la vida humana, hazen poco caso de cosas exquisitas»7.
Habitualmente, al fundar un monasterio, lo primero que se buscaba eran espacios alejados, como demandaba la vida cenobítica, en los que no podía faltar el agua, fundamental tanto para el propio abastecimiento, como para su uso en la agricultura y como fuerza motriz. Como norma el Capítulo General delegaba en dos abades la inspección de los terrenos, dando cuenta después al propio Capítulo, que tenía la última palabra sobre la idoneidad o no de establecer una nueva abadía8. Al fin y al cabo, la prosperidad de los monasterios demuestra, prácticamente desde sus inicios, que sus fundaciones pretendían una mejor organización económica del territorio sin perder de vista una vertebración política que servía de contrapeso al poder nobiliario, ofreciéndole, al mismo tiempo, a las órdenes monásticas un margen de libertad amplio frente al señorío y a la jerarquía eclesiástica. El emplazamiento de los monasterios, por lo tanto, no era en modo alguno casual, su fundación estaba sujeta a determinadas condiciones que supusieron a la larga la creación de nuevas entidades de población y comunidades rurales que se beneficiaron de las nuevas técnicas y sistemas de cultivo. De hecho, la razón de ser de muchas de las villas existentes en la actualidad va unida a la presencia de estas comunidades monásticas que jugaron un importante papel en la organización del poblamiento9. Esta afirmación puede parecer incoherente si se tiene en cuenta que
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PERALTA, Fray Tomás de, Fundación, antigüedad y progressos del imperial monasterio de Nuestra Señora de Osera de la orden del Cister, Madrid, 1677 (ed. Xunta de Galicia, 1997), págs. 2-3. 8 YÁÑEZ NEIRA, Damián, «Introducción», en YÁÑEZ NEIRA, Damián (coord.), Monasticón cisterciense gallego, Vigo, Caixa Vigo y Ourense, 2002, pág. 34. 9 La unión entre las villas y los emplazamientos monásticos no es exclusivo de los cistercienses como ya se tiene demostrado para muchas de las entidades benedictinas gallegas. Vid. DURÁN VILLA, Francisco. R., «Os mosteiros benedictinos. Unha aproximación ao seu Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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la orden cisterciense había nacido bajo los ideales de pobreza y alejamiento del mundo, es decir, no necesitaba depender de él. El Capítulo General se refiere en este sentido a que los monjes deben conseguir por sí mismos el sustento propio con el objeto de su trabajo, para ello necesitan tierras que cultivar, molinos para moler o pastizales para sus rebaños; en definitiva, volver a la explotación directa, sin olvidar el resto de sus obligaciones, lo que les lleva a integrar en la comunidad a los hermanos conversos o frailes labradores que se encargan de cultivar unas tierras cada vez más alejadas del edificio monástico y que configuran la red de granjas creadas por los monjes blancos como centros de explotación agraria desde la instalación de las primeras comunidades en Galicia10. Pero la explotación directa no fue la única, muchas de las tierras que pasaron a manos de los monjes se explotaban a través de la cesión del dominio útil llegando a tener un peso mayor en las economías monásticas. Es indudable que la realidad de la comunidad cisterciense se había modificado, si en la Carta de Caridad o constitución suprema de la Orden se defendía el trabajo manual de los religiosos, es decir el predominio de las explotaciones directas, con el transcurrir de los años y el volumen de adquisiciones obtenidas por los monasterios, los monjes blancos tuvieron que ceder muchas heredades mediante contratos de larga duración11. En cualquier caso, como resultado de la aplicación y el desarrollo del sistema agrícola cisterciense, los monjes tenían garantizado su sustento, la aco-
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contorno xeográfico», en FERNÁNDEZ CASTIÑEIRAS, Enrique y MONTERROSO MONTERO, Juan, (coords.), Arte benedictina nos camiños de Santiago. Opus Monasticorum II, Santiago, Xunta de Galicia, 2006, pág. 70. Durante la Edad Moderna también proliferaron los claustros concentrados principalmente en las ciudades más prósperas y mejor comunicadas. De esta forma «a fines del Antiguo Régimen, las doce mayores ciudades españolas concentraban 430 cenobios. Solo en la ciudad de Toledo, a la sombra del Primado de las Españas, 493 monjas abarrotaban 23 monasterios, en tanto que únicamente en el prestigioso convento masculino de San Juan de los Reyes entre 1673-1776 reciben el hábito de San Francisco 547 novicios varones (398 en el período 1673-1733). Por su parte, en tierras de Sevilla y su campiña, donde radicó el monopolio de tráfico a Indias, llegaron a aglomerarse nada menos que 367 monasterios. En el antiguo reino de Valencia, de los 157 conventos existentes, 48 radicaban en Valencia capital, yendo muy por detrás poblaciones como Alicante y Orihuela (9 en cada localidad) y la castellonense de Segorbe (8)», cfr. en MARTÍNEZ RUIZ, Enrique (dir.), El peso de la Iglesia. Cuatro siglos de Órdenes Religiosas en España, Madrid, Editorial Actas, 2004, pág. 189. 10 Sobre la presencia de los conversos en las granjas cistercienses véase PORTELA SILVA, Ermelindo, La colonización cisterciense en Galicia (1142-1250), Santiago, Universidad de Santiago, 1981, pág. 98. 11 En varios de los estudios realizados sobre diferentes abadías castellanas se ha hecho hincapié en la reducción de los conversos como una de las causas que ha llevado a los cistercienses al fenómeno de la explotación indirecta. Vid. ÁLVAREZ PALENZUELA, Vicente A., Monasterios cistercienses en Castilla (siglos XII-XIII), Valladolid, Universidad de Valladolid, 1978, págs. 59-62; LÓPEZ GARCÍA, José M., La transición del feudalismo al capitalismo en un señorío monástico castellano. El abadengo de la Santa Espina: 1147-1835, Valladolid, Junta de Castilla y León, 1990 pág. 25. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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gida a los huéspedes, la limosna de los pobres y además importantes excedentes de producción a los que debían dar salida. Nada impedía en la Regula Benedicti el intercambio de mercancías por lo que el comercio adquirió en la economía cisterciense una importancia mayor que en cualquier otro modelo monástico del momento12. En este sentido, es significativa la licencia que en 1653 le da el Capitán General del Reino de Galicia, D. Vicente Gonzaga, al monasterio de Oia para vender 350 bucios de maíz fuera del reino: «Por cuanto el abad del convento de Nuestra Señora la Real de Hoya dela Orden de San Bernardo me ha representado que el sustento de los religiosos que asisten en el consiste en la venta de granos que tiene de renta que no embarcandolo para fuera del reino no tienen salida de ellos ni pueden sustentarse suplicandome le conceda licencia para vender a los asturianos, vizcainos o sevillanos que llegaren al puerto de Hoya trescientos y cinquenta bucios de mayz y teniendo consideración a lo que representa y a que la cosecha de granos ha sido abundante y que no hara falta a los naturales del reino he venido en concedersela. Por tanto en virtud de la presente doy licencia y faculta al abad del dcho convento de Nuestra Señora la Real de Hoya para que por este dicho puerto y no por otra parte pueda vender y venda los dichos trescientos y cinquenta bucios de mayz a los asturianos vizcainos o sevillanos que llegaran a aquel puerto y sacarlo de este reino sin que por ello incurra en pena alguna y la embarcación se hará con la intervención del gobernador de Bayona o de la persona que nombrare»13.
De esta forma el comercio se convirtió para los cistercienses en un medio importante para la adquisición de un dinero que le permitía hacer frente a sus necesidades. Cabe preguntarse además si hubo influencia de las comunidades cistercienses en la modificación de la estructura de la propiedad. Sin lugar a dudas, si es cierto que muchos de los monasterios se localizan en lugares aislados también lo es que sus emplazamientos suelen tener grandes facilidades de comunicación con zonas de valle caracterizadas por una densa ocupación humana; esta situación condicionó de forma muy notable la evolución posterior del dominio que buscaba su extensión por estas salidas naturales. E. Portela ya ha puesto de manifiesto la privilegiada situación del monasterio de Armenteira, entre las buenas tierras del Salnés y las márgenes de la ría de Pontevedra, o la de Oia que, a pesar de estar en un lugar inhóspito, tiene unas comunicaciones muy favorables con los valles afluentes del último tramo del
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12 PORTELA SILVA, La colonización, pág. 67 y ss.; «El Císter y la sociedad en la Galicia Medieval» en VALLE PÉREZ, Xosé C. (ed. lit.), El monacato en Galicia durante la Edad Media: la Orden del Císter, Santiago, Fundación Alfredo Brañas, 1991, pág. 37; DUBY, GEORGE, «El Monaquismo y la economía rural», en DUBY, George, Hombres y estructuras de la Edad Media, Madrid, Siglo XXI, 1989, pág. 86. 13 AHN, Clero, Li. 10.214, fol. 406r-406v.
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Miño y con el Valle Miñor14. Parece claro que la implantación de los cenobios cistercienses en Galicia supuso, por un lado, la apropiación de zonas desocupadas en las que se crean nuevas propiedades y, por otro, y más importante, la reestructuración de las propiedades preexistentes a través de la concentración. Llegados a este punto corresponde ahora conocer la importancia cuantitativa de los monasterios cistercienses del sudoeste gallego. A la hora de centrarlos en su contexto físico se debe señalar que el monasterio de Santa María de Aciveiro se encuentra situado en la parte sur de la cuenca media del Lérez, en el actual ayuntamiento de Forcarei. Limita por la zona oriental con el ayuntamiento de Lalín, del que lo separan los montes de Testeiro y la sierra de Candán. Por el sector norte y nororiental limita con las vecinas tierras de Silleda y por la zona noroccidental con A Estrada. En la parte suroccidental limita con Cerdedo, encontrándose en el sur con las tierras ourensanas de Beariz y O Irixo. No es de extrañar, por consiguiente, que el área principal de influencia y control del monasterio se centre en este territorio comprendido entre las comarcas de Deza, Tabeirós-Tierra de Montes y las ourensanas de Carballiño, principalmente, junto con la de O Ribeiro. A pesar de que la extensión del dominio se concentra en el entorno inmediato al monasterio esto no implica que el cenobio no tenga otras posesiones como las de la villa de Pontevedra o las más alejadas de las comarcas de Santiago y A Coruña. En el mapa 2 se pueden observar las localidades por las que se extiende el patrimonio de Aciveiro, el 75,6% del cual se sitúa en la actual provincia de Pontevedra15. Es evidente que la característica fundamental de la propiedad
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PORTELA SILVA, La colonización, pág. 88. Los mapas referidos a la extensión del dominio de los cenobios han sido confeccionados a partir de los inventarios de bienes de los monasterios del siglo XIX, realizados cumpliendo la legislación desamortizadora, que se encuentran custodiados en el Arquivo Histórico Provincial de Pontevedra y en el Arquivo do Reino de Galicia. En ellos se presentan con todo detalle las fincas rústicas y urbanas, así como las rentas forales y las parroquias de las que las percibe. Con esta fuente tan solo pretendemos hacer una estimación de los lugares en los que percibían rentas los monasterios ya que es imposible conocer la superficie que abarcaban por cuanto los propios es monásticos le daban poca importancia al concepto de territorialidad pues muchas veces las menciones geográficas que aparecen en estos libros, así como en los libros cobradores de rentas de las comunidades, tan solo se refieren a «casares» o «lugares», en cambio sí se específica más claramente quién es el pagador de la renta y la cantidad que debía aportar. La problemática sobre la extensión de algunos dominios, como el priorato de Asma, fue abordada hace algunos años por Ramón Villares que a través de los prorrateos considera que se puede intentar una delimitación aproximada de la extensión superficial de las propiedades monacales por cuanto en estos «se lleva a cabo una distribución proporcional de renta respecto del espacio usufructuado por cada forero», en VILLARES PAZ, Ramón, «El dominio territorial del monasterio de Chantada (Lugo): ss. XVI-XIX», Semana de historia del monacato cántabro —astur— leonés, Oviedo, Monasterio de San Pelayo, 1982, 15
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de Santa María de Aciveiro es la de su concentración en el entorno del propio monasterio, concretamente en Tierra de Montes, en donde se suceden alternativamente valles e interfluvios que dan un aspecto fisonómico en general muy movido al relieve16. Una zona bien definida a través de la divisoria de aguas entre los ríos Umia y Lérez, el primero nace en Forcarei y el segundo en la sierra de O Candán, que en su recorrido hasta las rías de Arousa y Pontevedra riegan una parte importante de las parroquias de los actuales municipios de Cerdedo y Forcarei, en los que se asienta parte del dominio aciveirense, lo que hace que sus tierras sean productivas y adecuadas para la agricultura y la ganadería17. En la zona noroeste el patrimonio de Aciveiro se extiende por algunas de las tierras que conforman los valles de Vea, Tabeirós y Ulla, zona que sirve de escenario al paso del río Ulla, el más importante de Galicia después del Miño-Sil; en su recorrido pasa por diferentes municipios de las actuales provincias de A Coruña y Pontevedra como los de Vedra y A Estrada en los que se localizan algunas de las posesiones de Aciveiro 18. El cenobio
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págs. 597-618 y «Los prorrateos de tierras: su utilidad historiográfica», en EIRAS ROEL, Antonio, La historia socia de Galicia en sus fuentes de Protocolos, Santiago, Universidad de Santiago, 1981, págs. 387-406. Los Inventarios de Desamortización han sido utilizados por otros autores para conocer la propiedad dominical de otros comunidades como la benedictina de Valvanera, véanse PÉREZ ALONSO, Alejandro, «Los bienes de Valvanera en la Desamortización de 1835», Berceo, 7 y 8 (1948), págs. 211-232 y 357-368 y GARCÍA MARTÍN, Pedro, «El régimen contractual de las economías monásticas y la transformación del paisaje agrario de la Rioja en el siglo XVIII», Berceo, 106 y 107 (1984), págs. 77-112. Para Aciveiro se ha consultado el Inventario General del Monasterio de Acibeiro, 1835, ARG, Fondo Eclesiástico, leg. 895-8. El análisis de los informes sobre la desamortización de los bienes del clero regular también han sido utilizados para conocer el estado de las economías monásticas en las provincias de Valladolid y Palencia por LÓPEZ GARCÍA, José M., y VILLA MATEOS, Javier, «Los informes de “bienes nacionales” y desamortización: una aportación al estudio del clero regular en las provincias de Valladolid y Palencia en las postrimerías del Antiguo Régimen», Congreso de Historia Rural. Siglos XV al XIX, Madrid, Casa de Velásquez/UCM, 1984, págs. 535-559. 16 La Tierra de Montes fue ampliamente estudiada en el siglo XVIII por FERNÁNDEZ CORTIZO, Camilo J., en su tesis La Tierra de Montes en el siglo XVIII, estructura demográfica y sistema familiar en una sociedad rural, Santiago, Universidad de Santiago, 2002. Un resumen de la misma puede verse en su artículo «La Tierra de Montes en la época moderna. Permanencias y cambios en una sociedad rural de Antiguo Régimen», Obradoiro de Historia Moderna, 11 (2002), págs. 247-288. 17 PÉREZ ALBERti, Augusto, «El relieve», en TORRES LUNA, María del P., (dir.), Geografía de Galicia, A Coruña, Xuntanza Editorial, 1986, tomo I y de la misma autora, Galicia. Rexión de contrastes Xeográficos, Santiago, Universidad de Santiago, 1990. 18 Sirvan como ejemplo de las propiedades del monasterio las que tiene en las parroquias de San Pedro de Sarandón, en el ayuntamiento de Vedra, y las estradenses de Santa Mariña de Agar, Santa María de Loimil, San Miguel de Moreira, San Pedro de Orazo y San Cristovo de Remesar, todas ellas pertenecientes al valle de Ulla. Sobre la comarca de Ulla en el período moderno, véase el minucioso estudio de REY CASTELAO, Ofelia, Aproximación a la Historia Rural en la comarca de la Ulla, Santiago, Universidad de Santiago, 1981. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
MARÍA SEIJAS MONTERO
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MAPA 2: LOCALIZACIÓN DEL DOMINIO DE SANTA MARÍA DE ACIVEIRO 2 1
PROVINCIA DE A CORUÑA 58 27
59
63
PROVINCIA DE LUGO
74
22
51 50 60 66 47 53 65 18 61 56 19 69 48 21 23 62 26 20 70 72 34 42 67 24 73 75 54 28 44 687155 37 38 52 41 29 49 45 46 36 35 32 30 39 15 40 16 17 33 31 4 5 13 9 11 812 43 57 76 6 77 10 7 14 25
OCEÁNO ATLÁNTICO
64
3
PROVINCIA DE PONTEVEDRA
78
PROVINCIA DE OURENSE
PORTUGAL
0
10
20
30
40
50 km
Fuente: ARG, Fondo Eclesiástico: Inventario General del Monasterio de Acibeiro, 1835, leg. 895-8. Leyenda: 1. San Salvador de Bergondo, 2. San Xoán Bautista de Ouces, 3. San Pedro de Sarandón, 4. San Salvador de Xirazga, 5. Santa María de Beariz, 6. San Mamede de Moldes, 7. San Xoán de Laxas, 8. San Fiz de Brués, 9. San Mamede de Xendive, 10. San Martiño de Cameixa, 11. San Pedro de Xurenzás, 12. Santa María de Xuvencos, 13. Santa Mariña de Moreiras, 14. Santa Baia de Banga, 15. Santiago de Corneda, 16. Santa María de Campo, 17. San Pedro de Dadín, 18. Santa María de Loimil, 19. San Cristovo de Remesar, 20. San Miguel de Curantes, 21. San Miguel de Moreira, 22. San Pedro de Orazo, 23. San Xurxo de Cereixo, 24. Santa Baia de Pardemarín, 25. Santa María de Olives, 26. Santa María de Rubín, 27. Santa Mariña de Agar, 28. Santa Mariña de Ribela, 29. Santo André de Souto, 30. San Martiño de Figueiroa, 31. San Pedro de Parada, 32. San Tomé de Quireza, 33. Santa Baia de Castro, 34. Santa María de Tomonde, 35. San Amedio de Millarada, 36. San Martiño de Forcarei, 37. San Pedro de Quintillán, 38. San Bartolomeu de Pereira, 39. Santa María Madanela de Montes, 40. Santa María de Aciveiro, 41. Santa María de Dúas Igrexas, 42. Santa Mariña de Castrelo, 43. Santa Mariña de Presqueiras, 44. San Xoán de Meavía, 45. San Lourenzo de Vilatuxe, 46. San Pedro de Doade, 47. San Román de Santiso, 48. San Xoán de Botos, 49. San Xoán de Vilanova, 50. Santa Baia de O Corpiño, 51. Santa María de Bermés, 52. Santa María de Soutolongo, 53. Santiago de Gresande, 54. Santo Adrao de Moneixas, 55. Santo Estevo de Barcia, 56. Santo André de Val do Carrio, 57. Pontevedra, 58. San Xiao de Piñeiro, 59. San Cibrao de Chapa, 60. San Mamede de Moalde, 61. San Martiño de Fiestras, 62. San Martiño de Rellas, 63. San Martiño de Vilar, 64. San Miguel de Lamela, 65. San Miguel de Oleiros, 66. San Miguel de Ponte, 67. San Miguel de Siador, 68. San Paio de Refoxos, 69. San Salvador de Cervaña, 70. San Salvador de Escuadro, 71. San Salvador de Laro, 72. Santa Baia de Silleda, 73. Santa María de Graba, 74. Santiago de Taboada, 75. Santa María de Cortegada, 76. Santa María de Amarante, 77. San Salvador de A Lama, 78. Santiago de Ribadavia.
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tiene además importantes propiedades en las Tierra de Deza y Trasdeza —en los actuales municipios de Lalín y Silleda— en una situación estratégica entre la montaña y el valle y regado por los afluentes del propio Ulla19. La extensión de Aciveiro se completa por el sur con las tierras ourensanas de los actuales municipios de Beariz, Boborás, O Carballiño, O Irixo y Maside, tierras que recorre y drena el Miño ourensano y por las coruñesas del actual municipio de Bergondo gracias a las posesiones que el monasterio tiene en San Salvador de Bergondo y San Xoán de Ouces. Evidentemente, en el Antiguo Régimen, está delimitación geográfica no era tan simple, bien al contrario, estaba constituida por un entrecruzamiento de jurisdicciones. El conjunto pertenecía a las antiguas provincias de Betanzos, Lugo, Ourense y Santiago, pero en un ámbito inferior el dominio de Santa María de Aciveiro estaba distribuido por 13 jurisdicciones diferentes y un coto: Betanzos y Miraflores (provincia de Betanzos), Deza (provincia de Lugo), Cira, Lestedo y Montesacro, Montes, Piñeiro de Valenzuela, Pontevedra, Tabeirós y Trasdeza (provincia de Santiago) y Castro Cabadoso, coto de Corneda, Orcellón y Pazos de Arenteiro (provincia de Ourense)20. En un marco más amplio, las feligresías por las que se extiende el dominio de Aciveiro pertenecían a las diócesis de Lugo, Santiago y Ourense, coincidiendo en el presente caso con las provincias a excepción de las jurisdicciones de Betanzos y Miraflores pertenecientes a la diócesis compostelana, en la que se ubicaba también el monasterio. Así los monjes de Aciveiro eran los encargados de controlar un dominio territorial formado por un núcleo central, inmediato al cenobio, en el que tenían diferentes propiedades como huertas, prados, molinos, etc., y otro constituido por una extensa zona que se va expandiendo desde el centro dominical constituyendo parcelas de explotación indirecta en muchas de las cuales el monasterio cuenta, según el Inventario de 1835, con diferentes casas «con sus tullas y el juego de medidas correspondientes para la recaudación y reunión de los frutos»21.
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TORRES LUNA, María del P., Los caminos de Santiago y la geografía de Galicia, Rutas, paisajes y comarcas, Santiago, Consellería de Cultura, 1995. Para un estudio socioeconómico de la tierra de Trasdeza en el siglo XVIII remitimos a nuestro trabajo, Las tierras de Trasdeza en el siglo XVIII: Dominio del Priorato de Carboeiro, Pontevedra, Deputación Provincial, 2001. 20 FLORIDABLANCA, conde de, España dividida en provincias e intendencias, y subdividida en partidos, corregimientos, alcaldías mayores, gobiernos políticos y militares, así realengos como de Ordenes, Abadengos y señorío, 2 vols., Madrid, Imprenta Real, 1785 y RÍO BARJA, Francisco X., Cartografía xurisdicional de Galicia no século XVIII, Santiago, Consello da Cultura Galega, 1990. 21 ARG, Fondo Eclesiástico, leg. 895-8. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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MAPA 3: LOCALIZACIÓN DEL DOMINIO DE ARMENTEIRA Y OIA EN LA PROVINCIA DE PONTEVEDRA MONASTERIO DE ARMENTEIRA
PROVINCIA DE A CORUÑA
MONASTERIO DE OIA
31
OCEÁNO ATLÁNTICO
22
5 17 19 1418 32 24 13 3 2 26 231112 4 6 9 10 8
25 16
PROVINCIA DE LUGO
PROVINCIA DE PONTEVEDRA
7
1
27 28 29 15 30 PROVINCIA DE OURENSE 21 20
8 21 9
38 37
5 4 7 6
3
28
1719 16 1820 14 10 34 33
27
26
30
25 35 2
24 1 23
32
31 22
36 12
13
29
11 15
PORTUGAL
0,0
7,5
15,0
22,5
30,0
37,5
Kilom eters
Fuentes: ARG, Fondo Eclesiástico: Inventario 3º del Monasterio de Armentera y sus 5 prioratos. 1821, leg. 454-8 y AHPP: Inventarios de bienes monásticos: Inventario del Monasterio de Oya, 1835, G-8366 (Carp. 10-2). Leyenda: Monasterio de Armenteira: 1. Santa Ana de A Barcia do Seixo, 2. Santa María de Perdecanai, 3. San Martiño de Agudelo, 4. Santa María de Curro, 5. Santa María de Caldas de Reis, 6. Santa Cruz de Castrelo, 7. Santa María de Troáns, 8. Santa Eulalia de Xil, 9. Santa Cristina de Covas, 10. Santa María de A Armenteira, 11. San Martiño de Meis, 12. San Salvador de Meis, 13. San Vicente de Nogueira, 14. Santa María de Paradela, 15. San Gregorio de Raxó, 16. San Vicente de O Grove, 17. San Pedro de Lantaño, 18. San Xián de Romai, 19. San Cristovo de Briallos, 20. San Xoán de Cabeiro, 21. San Vicente de Trasmañó, 22. San Clemenzo de Sisán, 23. Santo André de Barrantes, 24. San Xoán de Leiro, 25. Santa Baia de Ribadumia, 26. Santa María de Besomaño, 27. San Amaro de Arra, 28. San Xenxo de Padriñán, 29. San Xoán de Dorrón, 30. San Pedro de Bordóns, 31. San Miguel de Valga, 32. Santo Estevo de Tremoedo. Monasterio de Oia: 1. San Lourenzo de Salcidos, 2. Santa María de A Guarda, 3. San Lourenzo de Belesar, 4. Santa Cristina da Ramallosa, 5. Santa María de Baiona, 6. Santa Mariña de Baíña, 7. Santa María de Baredo, 8. Santiago de Cangas, 9. San Martiño de Borreiros, 10. San Miguel de Peitieiros, 11. San Vicente de Mañufe, 12. Santa María de Chaín, 13. Santa María de Vilaza, 14. Santiago de Morgadáns, 15. San Bieito de Gondomar, 16. Santa Mariña de Vincios, 17. San Fiz de Nigrán, 18. San Pedro de A Ramallosa, 19. Santa Baia de Camos, 20. Santiago de Parada, 21. San Xoán de Panxón, 22. San Bartolomeu de As Eiras, 23. San Miguel de Tabagón, 24. Santa Mariña de O Rosal, 25. San Mamede de Loureza, 26. San Mamede de Pedornes y Santa María de Oia, 27. San Pedro de Burgueira, 28. Santa Uxía de Mougás y San Miguel de Viladesuso, 29. Santa María de Areas, 30. San Xoán de Amorín, 31. San Pedro de Forcadela, 32. San Cristovo de Goián, 33. San Salvador de Tebra, 34. Santa María de Tebra, 35. Santiago de Estás, 36. O Sagrario de Tui, 37. San Miguel de Oia, 38. San Pedro de Sárdoma. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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El monasterio de Santa María de Armenteira está situado al oeste de la provincia de Pontevedra, en el ayuntamiento de Meis que se extiende desde el alto del monte Castrove hasta las riberas del río Umia. Limita al norte con Vilanova de Arousa y Portas, al sur con Poio y Meaño, al este con Portas, Barro, Pontevedra y Poio y al oeste con Meaño y Ribadumia. Su dominio, como se puede ver en el mapa 3, se extiende casi en exclusividad en las proximidades del monasterio, concretamente en la comarca costera de O Salnés que se halla entre la ría de Arousa y la de Pontevedra. Concretamente son 19 las feligresías de esta comarca en las que Armenteira tiene algún dominio, pertenecientes a los actuales municipios de Cambados, Meaño, Meis, O Grove, Ribadumia, Sanxenxo y Vilanova de Arousa. Un área situada en la Galicia litoral y, con una más específica determinación en la subzona litoral de las Rías Baixas, apropiada para la vida marítima, pero con grandes inconvenientes para la agricultura por su accidentada topografía, lo que sin embargo no fue un inconveniente para que el hombre aprovechase al máximo el espacio cultivable en el que se integra el valle del Umia22. También cuenta con algunas propiedades en la comarca de Caldas, municipios de Caldas de Reis, Cuntis, Portas y Valga, en la comarca de Pontevedra, municipios de A Lama, Barro y Poio, e incluso en la de Vigo, en el actual municipio de Redondela, conformando en total otras 13 feligresías que completan el patrimonio de Armenteira en la provincia de Pontevedra. En el Antiguo Régimen las 32 parroquias en las que se ubicaba el patrimonio de Armenteira pertenecían a la antigua provincia de Santiago, excepto San Xoán de Cabeiro y San Vicente de Trasmañó que eran de la provincia y diócesis de Tui y pertenecientes a las jurisdicciones de Redondela Nova y Val de Fragoso. Las restantes feligresías, todas de la diócesis compostelana, estaban distribuidas en 11 jurisdicciones: Baños, Caldas, Caldebergazo, Cambados, Cordeiro, Fefiñáns, Lanzada, Penaflor, San Tomé do Mar, Vilagarcía y Vilanova de Arousa. En estas zonas el conjunto de propiedades de Armenteira estaba repartido entre las diferentes posesiones —terrenos de labradío, bosques de robles, pinares, etc.— sitas en la propia feligresía de Santa María de Armenteira, en la que se «halla colocado (el monasterio) en una profundidad bastante desagradable, rodeado de montes por todas partes, a excepcion de la que dice al norte, por donde tiene su principal entrada, con un corral espacioso bien amurallado, y sin portal ni indicios de haberlo tenido jamas, por cuyo corral se entra tambien a la Iglesia Parroquial y combentual que dice
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22 TORRES LUNA, Galicia. Rexión, pág. 12 y Los caminos, pág. 23. Para un estudio sobre la zona en el Antiguo Régimen es imprescindible la obra de PÉREZ GARCÍA, José M., Un modelo de sociedad rural de Antiguo Régimen en la Galicia Costera: la Península del Salnés, Santiago, Universidad de Santiago, 1979.
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al norte de dicho combento»23, y el patrimonio más alejado del monasterio controlado por sus cincos prioratos. El monasterio de Santa María de A Franqueira se localiza en el sector suroriental de la provincia de Pontevedra, en el ayuntamiento de A Cañiza. Limita por el norte con los municipios de Covelo y Melón, este último en la provincia de Ourense; por el sur con Crecente, Arbo y As Neves, y por el oeste con Salvaterra de Miño, Mondariz y Covelo. El mapa 4 permite conocer la amplia zona por la que se extiende el patrimonio del cenobio de A Franqueira, en los actuales municipios de A Cañiza, Arbo y O Covelo en la comarca de Paradanta y en el de As Neves, Mondariz, Pontareas y Salvaterra de Miño en la comarca de O Condado, en el límite natural con Portugal24. Tierras de contrastes en las que se da una interacción entre el relieve y la cuenca fluvial, regadas por el Miño, principalmente, pero también por el Tea, que drena directamente o mediante sus afluentes la mayor parte de estas comarcas25. El patrimonio de A Franqueira se completa con las posesiones más alejadas que tiene en el municipio de Castroverde, en la comarca de Lugo, una zona de transición entre la meseta luguesa y las sierras orientales y regada por varios de los afluentes del Miño, y en el municipio de Paradela, en la comarca de Sarria, situado al sudoeste de la actual provincia de Lugo. La influencia de A Franqueira llega también a tierras ourensanas a través de las posesiones que tiene en la comarca vitícola de O Ribeiro, en el municipio de Rivadavia y las de las comarcas de Allariz-Maceda —municipio de Baños de Molgás— y comarca de Ourense, en las tierras de Toén que por el norte, oeste y centro forman el extenso valle del río Miño. De las 43 feligresías por las que se extienden las propiedades de este monasterio en el Antiguo Régimen, 38 se localizan en la provincia y diócesis de Tui y pertenecen a las jurisdicciones de Achas, Albeos, Arbo, Covelo, Salvaterra, Sobroso, Parada y Vigo. De las cinco restantes, dos, San Pedro de Barán y San Cosme de Barreiros, son de la diócesis y provincia de Lugo y pertenecen a las jurisdicciones de Paradela y Neira de Rei; las tres restantes se sitúan en la diócesis y provincia de Ourense y en las jurisdicciones de Rivadavia, Maceda de Limia y Mugares. Por lo tanto, el dominio del monasterio de A Franqueira se localiza fundamentalmente en una zona próxima al ceno-
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ARG, Fondo Eclesiástico, leg. 454-8. En el monasterio de A Franqueira no contamos con el Inventario de bienes utilizado para los otros cenobios, por lo que hemos tenido que hacer uso de otras fuentes como el Tumbo de la abadía, de mediados del siglo XVII, con el que se ha podido hacer una reconstrucción de los lugares que deben y pagan renta al monasterio, aproximándonos con ello a la distribución espacial de su dominio. AHN, Li. 10.037, fols. 214r y ss. 25 RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, Román, (coord.), O Condado, Vigo, Ir Indo, 2003 y LEDO CABIDO, Bieito (ed.), O Condado e A Paradanta, Vigo, Ir Indo, 2005. 24
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bio, pero también en otras zonas más alejadas de las actuales provincias de Lugo y Ourense, demostrando, nuevamente, la influencia que tuvieron los cenobios cistercienses, incluidos los más modestos, por todo el territorio gallego. MAPA 4: LOCALIZACIÓN DEL DOMINIO DE A FRANQUEIRA 40
PROVINCIA DE A CORUÑA PROVINCIA DE LUGO 39
PROVINCIA DE PONTEVEDRA
18 PROVINCIA DE OURENSE
14
24
43
20
41
25 29 33 OCEÁNO ATLÁNTICO
38
27
19 15 22 17 16 4 21 28 23 5 6 3026 122 1 3 7 35 32 8 36
11
34 13
37 9 PORTUGAL
42
31 10
0
10
20
30
40
50
Kilom eters
Fuente: AHN, Clero, Li. 10.037, fols. 214r y ss. Leyenda: 1. Santa María de Luneda, 2. Santa María de A Franqueira, 3. Santa Cristina de Valeixe, 4. San Sebastián de Achas, 5. Santiago de Parada de Achas, 6. San Bartolomeu de Couto, 7. San Cristovo de Mourentán, 8. Santa María de Arbo, 9. San Xoán de Rubiós, 10. Santa María de Taboexa, 11. Santa Euxenia de Setados, 12. Santa Eulalia de Batalláns, 13. Santa María de Vide, 14. San Martiño de Barcia de Mera, 15. Santo Estevo de Casteláns, 16. Santa María de Covelo, 17. San Fiz de Lougares, 18. San Mamede de Sabaxáns, 19. San Martiño de Frades, 20. Santa María de Queimadelos, 21. Santo André de Meirol, 22. Santa Baia de Mondariz, 23. San Cibrán de Mouriscados, 24. San Mamede de Vilar, 25. San Breixo de Arcos, 26. San Miguel de Guillade, 27. San Xurxo de Ribadetea, 28. Santo Estevo de Cumiar, 29. San Mamede de Fontenla, 30. San Fins de Celeiros, 31. Santo André de Uma, 32. San Salvador de Leirado, 33. San Simón de Lira, 34. San Xoán de Vilacoba, 35. San Xoán de Fornelos, 36. San Lourenzo de Salvaterra, 37. Santo Adrián de Meder, 38. Vigo, 39. San Pedro de Barán, 40. San Cosme de Barreiros, 41. Ribadavia, 42. San Martiño de Presqueira, 43. Santa María de Mugares.
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El monasterio de Santa María de Oia está situado al sudoeste de la provincia de Pontevedra, en el ayuntamiento del mismo nombre. Limita al norte con Baiona, al sur con O Rosal, al este con Tomiño y por el oeste con el océano Atlántico, es decir, se localiza en esa estrecha y discontinúa franja, con la que limitan, por un lado, el mar y, por otro, la montaña. Su dominio —mapa 3— se concentra en los actuales cinco ayuntamientos que forman la comarca de O Baixo Miño: A Guarda, O Rosal, Oia, Tomiño y Tui; comarca situada en el vértice suroccidental de Galicia y caracterizada por ser una tierra de cambios y contrastes. La franja costera litoral oceánica y el Val do Miño, con sus pequeños afluentes, forman las unidades morfológicas más importantes de O Baixo Miño lo que convierte a esta zona, sobre todo en las tierras bajas de aluvión y en la estrecha banda costera, en los sectores más fértiles donde se encuentra una variada gama de cultivos entre los que destaca la vid, fuente de riqueza desde la época medieval. La extensión de Oia se completa por el norte con una amplia zona que pertenece a la comarca de Vigo, extensa y muy heterogénea, y que está conformada por los municipios satélites del sur de la ría de Vigo que giran en torno a dicha ciudad; concretamente, en los municipios de Baiona, Gondomar, Nigrán y Vigo se sitúan las 20 feligresías en las que el cenobio tiene algunas posesiones. Más alejados están los dominios que Oia tiene en Santiago de Cangas, en la comarca de O Morrazo, y Santa María de Areas en O Condado26. Las 38 feligresías por las que se reparten las posesiones de Oia en el Antiguo Régimen pertenecen a la provincia y diócesis de Tui a excepción de Santiago de Cangas que es, en ambos casos, de la de Santiago y de la jurisdicción de Cangas. Las restantes parroquias en las que Oia tiene algún dominio se localizan en 12 jurisdicciones y un coto: Baiona, Coto de Amorín, Forcadela, Goián, Gondomar, Guarda, Oia, Panxón, Sobroso, Tebra, Tomiño, Tui y Val de Fragoso. Un amplio territorio que demuestra, como ha señalado E. Flórez que «la vida religiosa tuvo muchos domicilios en el Obispado de Tuy: pero las variedades de los tiempos alteraron las cosas de tal modo, que los mas de los monasterios se extinguieron, y en algunos solo duran los nombres»27.
Mediante la observación de las propiedades de Oia se puede comprobar que la mayor parte de ellas se localiza en las proximidades del propio monasterio y se concretan en una serie de bienes entre los que, además de las casas y molinos, destacan los prados, los pastos y
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TORRES LUNA, Los caminos, pág. 24 y RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, Román (coord.), Baixo Miño, Vigo, Ir Indo, 2002. 27 FLÓREZ, Enrique, España Sagrada, XXII Madrid, Antonio Marín, 1767, pág. 21. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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« la huerta del naciente del Monasterio de unos trece ferrados en sembradura de mediana e inferior calidad con alguna viña alrededor y pomar que ocupara dos ferrados, hallandose ademas unos 20 arboles frutales repartidos por todo el resto del terreno, del cual se regaran hasta unos ocho ferrados en la mayor parte del año con el agua que baja de una fuente propia de la comunidad (…) y un bosque separado que tendra quinientos ferrados de sembradura, murado y poblado todo de robleda y algunos castaños»28.
A estas posesiones hay que añadirle las que el monasterio tiene en el reino portugués, concretamente en las feligresías de Cerdal, Fontoura, Silva, São Julião, São Pedro da Torre —actual municipio de Valença—, Campos, Cornes, Reboreda, Gondarém, Vila Meã —en Vila Nova de Cerveira— y las de Caminha en el municipio del mismo nombre29. En definitiva, los bienes que tienen los monasterios del sudoeste gallego se encuentran situados en sus proximidades. Sin embargo, dentro del conjunto del dominio destacan una serie de propiedades en zonas más alejadas, principalmente en el ámbito rural, que eran cedidas a los campesinos a través de contratos de foro y, más raramente, mediante arriendos, aunque esto no va impedir que los monasterios ejerzan sobre ellos un fuerte control si no directamente, sí a través de sus prioratos. FORMAS DE CESIÓN Y GESTIÓN DE LAS ENTIDADES MONÁSTICAS Los cenobios del sudoeste pontevedrés no fueron ajenos a las formas de explotación directa —que se aplicaba, sobre todo, a los bienes próximos a las comunidades, en los que la explotación estaba asegurada gracias a un conjunto de criados o sirvientes que solían establecerse en las cercanías de los monasterios— e indirecta de la propiedad que era la más habitual debido a la dispersión de los bienes30. Una modalidad contractual que llevaba a los monjes a ceder el
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AHPP, Inventarios de bienes monásticos, G-8366 (carp. 10-2). AHN, Clero, Li. 1.037 y Li. 1.038. 30 A este respecto, el Tumbo del monasterio de Oia se refiere a los 40 criados donados que tuvo el convento que cultivaron y poblaron la tierra cercana al monasterio, en la feligresía de San Mamede de Pedornes, con los que: «se fueron ronpiendo en este monte ynculto y despoblado algunos pedazos que parecían de la mejor tierra y haciendo algunas heredades de pan llebar; zerrandolas de paredes por caussa de los ganados; y como fuese creciendo el número de la xente el convento fue aforando a algunos de los mesmos criados algunas heredades de las que se havían rompido y haciendo algunas cassas para que vibiesen de que se origino el formarse los lugares y aldeas que al presente hay en esta feligresía y que por la procreaçión de la xente se han ydo aumentando y por dicha razón cultibando las demas tierras aunque todavía hay mucho de monte y por ronper que sirbe de tomadas zercadas para pastos de los ganados y de que sacan los foreros del Monasterio mucha utilidad de la leña de toxo que benden para 29
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dominio útil a cambio de una pensión anual, mediante los foros y los arriendos. Los primeros son contratos de larga duración, cuyo tiempo siempre aparece determinado, predominando en los monasterios del sudoeste gallego la fórmula de cesión por «tres vidas de reyes» con porcentajes próximos al 95% en Aciverio, 70 en Armenteira y 83 en A Franqueira, lo que permite al forero y a sus descendientes aumentar la productividad e introducir mejoras en la tierra31. En ocasiones, la duración de los foros es de dos o tres voces superando incluso a las vidas de reyes como ocurre en el priorato de Goián, dependiente del monasterio de Oia, con 42 menciones frente a las 41 de las tres vidas de reyes. En la mayor parte de las ocasiones los foros eran renovados casi automáticamente y sin alteración de la renta, lo que significa que las comunidades buscaban sobre todo mantener el derecho de propiedad directa sobre la tierra; sin embargo, a la hora de cobrar la renta se encontraban con no pocas dificultades como aparece reflejado en una anotación de un memorial cobrador de Santa María de Aciveiro: «Ay muchos que son malos pagadores y el primer año aunque deban atrasos dicen que ya tienen pagado que se olvido el otro Padre y juran y perjuran pero no hay que creerlos sino que paguen por justicia, suelen decir bituperios contra los antecesores como digeron de mi antecesor a quien escribí y me desengaño y yo desengaño a los sucesores»32.
Ante esta situación, las abadías empiezan a preocuparse por sus propiedades, principalmente, a través de los apeos en los que se recuentan las partidas forales; sin embargo, esta solución llega demasiado tarde y los monasterios pierden muchas de las piezas aforadas33. Por lo que se refiere a las rentas pagadas por estas cesiones se debe señalar que los cereales constituían la principal fuente de ingresos de los cenobios del ———— fuera». AHN, Códices, Li. 60, fol. 26v. El predominio de la explotación indirecta en Galicia permite hablar de un modelo propio, frente a la importancia que para las economías monásticas castellanas tenía la explotación directa de su dominio. Vid., entre otros, GARCÍA MARTÍN, Pedro, El Monasterio de San Benito el Real de Sahagún en la época moderna, Valladolid, Junta de Castilla y León, 1985; LÓPEZ GARCÍA, José M., «Economía monástica y sociedad rural en Valladolid durante el Antiguo Régimen La Real Cartuja de Nuestra Señora de Aniago», Annales de la Universidad de Alicante, 2 (1982), págs. 83-134 y La transición, pág. 1 y ss; SEBASTIÁN AMARILLA, José A., Agricultura y rentas monásticas en tierras de León. Santa María de Sandoval (1167-1835), Madrid, Universidad Complutense, 1992; para el caso extremeño es indispensable la obra de LLOPIS AGELÁN, Enrique, Las economías monásticas al final del Antiguo Régimen en Extremadura, Madrid, Universidad Complutense, 1980. 31 AHN, Clero, Li. 9.954, Li. 10.155, Li. 19.942 y Li. 20.326. 32 AHN, Clero, Li. 20.236. 33 Un ejemplo lo tenemos en el Priorato de San Amaro de Arra del monasterio de Armenteira en el que se señala que «los lugares de Catadoiro son todos del monasterio en término redondo y por falta que hubo de apearlo perdimos algunos pedazos». AHN, Clero, Li. 9.926, cfr. en PÉREZ GARCÍA, Un modelo de sociedad rural, pág. 320. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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sudoeste gallego, en tanto en cuanto la forma de pago más común de los foros era en especie, lo que obliga a los cistercienses a comercializar una buena parte del producto agrario absorbido, con objeto de obtener el numerario necesario para la adquisición de los bienes para su consumo y el mantenimiento de los edificios monacales. Otros complementos como gallinas, carneros, cera, manteca o incluso prestaciones de servicio también son exigidos por los monasterios para el pago de la renta, productos que muchas veces son conmutados por dinero34. Un muestreo de los Libros cobradores de los monasterios de Armenteira y A Franqueira35 permiten confirmar que los dos monasterios reciben en estas feligresías la mayor parte de la renta en centeno como demuestran los porcentajes del 41,5 y el 50,4% obtenidos entre 1550 y 1799. Otros cereales como el mijo tienen porcentajes próximos, en torno al 40%, siendo mayores las diferencias en el maíz, cuya entrada en el siglo XVII supuso un fenómeno revolucionario no solo en el campo gallego sino también para las economías monásticas que vieron aumentar sus rentas y que representan el 10,3% en A Franqueira y el 3,1% en Armenteira, y en el trigo que significa para Armenteria el 19% de las entradas totales y no se registra en el cobrador que se ha analizado de A Franqueira, lo que no significa que no tenga entradas en este cereal de otras feligresías36. Otra de las grandes diferencias entre el monasterio de los montes de A Paradanta y el de O Salnés es que en el primero el 23,3% de los foros tienen estipulada la renta en una cantidad en metálico mientras que Armenteira solía pedir una renta fija en especie, no viéndose así afectado por los años de malas cosechas o combinando las rentas en especie con las cantidades en numerario. Con todo, tanto si la renta se pagaba en especie como en dinero los monasterios solían cobrar los pagos en más de una entrega aunque también
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34 El monasterio de Armenteira hizo foro en 1761 en el lugar de Pumar «a Jacinto Rodiño de Balboa y más consortes por vida de tres reyes, primera de Carlos III y renta de tres ferrados de trigo, catorce de pan mediado (siete de centeno y siete de mijo menudo), una libra de cera u ocho rs., cuatro carretos o dieciseis rs.». AHN, Clero, Li. 9.959. También existen ejemplos de prestaciones como un foro realizado por el monasterio de Aciveiro en la feligresía de San Paio de Refoxos que «incluye tres días de servicio con carro y bueyes». AHN, Clero, Li. 20.236. 35 AHN, Clero, Li. 9.959 y Li. 10.048. 36 Para el monasterio de Armenteira estos resultados confirman los obtenidos por Pérez García hace algunos años que a través de los libros cobradores del cenobio realiza una tabla en la que se puede ver tanto la naturaleza de la renta como el estancamiento de la misma, obteniendo un porcentaje de variación de -5,7% entre 1715-17 y 1832. PÉREZ GARCÍA, José M., Un modelo de sociedad rural, pág. 306 y tabla 9-3. Sobre la entrada del maíz en Galicia remitimos también a PÉREZ GARCÍA, José M., «La España Agraria septentrional durante el Antiguo Régimen (1500-1850)», Studia Histórica. Historia Moderna, Universidad de Salamanca, 29 (2007), págs. 102-105.
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existían foreros que preferían pagar en grano antes que en numerario lo que se advierte en una anotación del memorial cobrador de Aciveiro37. Existen también importantes diferencias al analizar la renta cobrada en ambos cenobios, pues si en A Franqueira el centeno cuenta siempre con los mayores porcentajes, excepto en el período 1600-1649 en el que se ve superado por el mijo menudo con el 52% del total, en Armenteria el trigo tiene la primacía entre 1600-1749 para descender en la segunda mitad del XVIII — 10,3%— coincidiendo con el alza de la renta de mijo la cual pasa a significar el 44,8 frente al 6,1% del período anterior. Por su parte, el maíz obtiene los valores máximos en A Franqueira entre 1749-1799 momento en el que no aparecen partidas cobradas en mijo menudo probablemente porque se concertaron nuevos foros percibidos en maíz. El hegemónico predominio que la explotación indirecta tiene a través del contrato foral lo conocemos también en el monasterio de Aciveiro gracias a las investigaciones de C. Fernández que demuestra cómo ya en el siglo XVI es el contrato agrario más difundido entre las instituciones rentistas de la Tierra de Montes, siendo muy pocos los contratos de nuevos foros posteriores al siglo XVI y tratándose en su casi totalidad de renovaciones de foros, ya que cerca de dos tercios de la renta percibida por el monasterio a mediados del XVIII procede de foros concertados por primera vez en la segunda mitad del XVI38. A pesar del aplastante dominio del foro, existieron otros contratos como los arriendos aunque fueron minoritarios durante toda la Edad Moderna, no solo en Galicia, sino también en otras regiones del norte como la asturiana. Se trataba de contratos libres que vinculan al propietario y al arrendatario mediante la cesión de un bien, que incluso pueden ser rentas, por un plazo variable de tiempo a cambio de una renta anual39. Aunque las fuentes consultadas para este estudio no permiten hacer un gráfico sobre el régimen contractual de los monasterios del sudoeste gallego, por desconocer los porcentajes de las
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37 «el que fuese panero prevenga al Padre Abad que si arrienda las paneras de fuera siempre deje de arrendar la Panera del Aro con la mira de traer a casa el centeno que necesite para dar la limosna acostumbrada que comienza desde el día de ceniza hasta mediados de mayo principios de junio y aunque tiene esta panera el centeno suficiente nunca sobra lo necesario porque la mayor parte no lo pagan (hasta las validas que llaman ellos) que es pagarlo a dinero según el precio que ponen las justicias en la feria de Sotelo en los meses de mayo y de junio pero el último año se pone precio por el Monasterio en la feria de Noviembre según valga el centeno en ella y así se cobra a los que no quieren pagar en grano», AHN, Clero, Li. 20.236. 38 FERNÁNDEZ CORTIZO, La tierra de Montes, pág. 212. 39 En las contabilidades de los monasterios aparecen distintos ejemplos de cómo en ocasiones son arrendadas las rentas de los prioratos como ocurre en el de Banga, dependiente de Aciveiro, en el que se especifica que «Arréndose este Priorato desde el mes de Abril de 1789 por dos años en 6.200 rs cada uno a Miguel Pérez vecino de Cabanelas de la parroquia de Moldes». AHN, Clero, Li. 9.918.
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diferentes formas de adquisición de la tierra, es evidente que la explotación indirecta no tuvo en el arriendo el sistema mayoritario, como sucedió en los demás monasterios gallegos. No obstante lo dicho, existen ejemplos de que esta figura contractual existió con unas condiciones perfectamente tipificadas. Así lo demuestra el arriendo otorgado en 1793 por el monasterio de Oia a María Antonia Fernández por nueve años de un campo en San Cristovo de Goián por 220 rs anuales y con las condiciones siguientes: «que ha de traer a dos ojas dho campo, y no de otra suerte, bien labrado, cuydado y beneficiado, de modo que experimente aumento y no deminución y si por una culpa o negligencia o de los que de su orden lo cultivaren o enemigos suyos se ocasionaren a todo o parte del deterioración en mucha o poca suma o lo disfrutaren todos los años ha de ser como queda responsable a reintegrar al otorgante su real monasterio subcesores o a quien su acción tenga de todos los años y menos cavos que se le yrogen ajusta tasación de ynteligentes sin la menor escusa ni dilación (…)que sy subarrendare el citado campo o parte del ha de ser a persona lega llana avonada y que lo labre y cultive en la forma propuesta por el propio tiempo y normas y en caso de no pagar puntualmente (…) ha de poder proceder contra los frutos y bienes del subarrendatario por todo lo que la condutora este deviendo a la sazón y entenderse aquel para este caso como verdadero conductor y no como subarrendatario (…) que en el último año (…) ha de dejar libre y desocupado el enunciado campo y luego que se completen los 9 años motivados sin necesidad de más requerimiento desaucio ni monición judicial ni extrajudicial para que el nuevo conductor que entre a labrarlo lo barbeche a uso de labranza y no ha de poder pretender preferencia por el tanto para continuar en el aunque pague puntualmente y cumpla en todo lo demás este contrato pues queda a arbitrio y elección del otorgante el conservarle y prorrogarle este arrendamineto o remover la del y no haciendolo así ha de perder todos los frutos y semillas que hubiere hechado en el y gastos que en sus labores hubiere tenido»40.
Las cláusulas del contrato hacen referencia al modo de cultivar la tierra con el objeto de mejorarla, asimismo el propietario se protege contra los subarriendos y el posible interés que el arrendatario pudiese tener en quedarse con la heredad al finalizar el contrato. Las condiciones son bastante duras para el campesino, a diferencia del forero, por cuanto a este no le interesaba invertir trabajo extra en una heredad que tenía que abandonar pasados unos años. Los inventarios de desamortización también informan sobre la existencia de este tipo de contratos como el realizado por el padre prior del priorato de Goián en 1787 a Miguel Barreiro por tiempo de seis años y renta de 120 rs. o el del priorato de Panxón, ambos dependientes de Oia, a Juan Antonio Camesella de una dehesa en esta parroquia hecho por 10 años pagando cada año
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AHPP, Monasterios, Ca. 4800, carp. 21. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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dos ferrados de trigo41. Lógicamente, estas menciones son circunstanciales y no sirven para conocer a fondo la importancia de los arriendos en los monasterios pontevedreses, sin embargo sí permiten confirmar que existieron, como se refleja en las contabilidades monásticas42. Estas mismas fuentes revelan los derechos que derivan de la condición de propietarios y que aparecen especificados en los foros: el laudemio y la luctuosa. Cláusulas que son el testimonio de la pretendida reacción señorial del siglo XVIII con las que se intenta establecer un mayor control sobre las propiedades y sus llevadores43. En cuanto al laudemio, es el derecho que tiene el aforante a percibir una parte proporcional variable del precio de las transferencias verificadas dentro de las diferentes partidas que componen un foral. En este sentido se advierte en el libro de décimas del monasterio de Oia que «así por derecho como por los foros se debe pagar laudemio o décima por él al monasterio de qualesquiera bienes que se enajenaron por los que tuvieren foro», lo que se debe pagar sin que sea necesario pedirlo: «no obstante por la codicia y malicia de los que deven pagar semejante pensión o por la ignorancia de algunos presumidos de sabios que sin aver aprehendido lo que debieran para decidir lo que se le pregunta, o quieren decir sin ser preguntados lo que ignoran y les dicen que esta condición de pagar la decima siempre que enagenaren algunos bienes es combinatoria y que no les obliga mas que otras muchas contenidas en los foros pues la renta anual a que se obligaron semejantes bienes le queda asegurada al convento»44.
Entre 1671 y 1743 el citado monasterio es sabedor de 460 ventas por las que se pagaron unas cantidades prácticamente imperceptibles, aunque existen excepciones como una venta de 1738 en la que Francisco Álvarez pagó las décimas de los bienes que compró a Sebastián Martínez, vecino de Mougás y ahora residente en Sevilla en 320 reales45. Evidentemente, las 460 ventas refe-
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AHPP, Inventarios de bienes monásticos, G-8366, carp. 10(2) y G-8366, carp. 11. El monasterio de Oia recibe anualmente del arriendo de la tomada de Forcelos 55 reales. AHN, Clero, Li. 10.229. En ocasiones lo que se arriendan son los diezmos y las primicias como ocurre en el priorato de Beariz, dependiente de Aciviero, que recibe 5.758 reales en 1730 por el referido arriendo, AHN, Clero, Li. 9.920. Otras veces son las propias rentas de los partidos las que se arriendan como ocurre en el cenobio de A Franqueira que recibe 44.693 reales por el arriendo de Casteláns y 27.676 reales por el de Salvaterra en 1630. AHN, Clero, Li. 10.053. 43 MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, Enrique, «Un dominio eclesiástico en la primera mitad del siglo XVIII: los foros del priorato de Sar», en EIRAS Roel, La historia social, pág. 322 y BARREIRO MALLÓN, Baudilio, «La pragmática de perpetuación de foros. Intento de interpretación», Compostellanum, XVII (1972), pág. 86. 44 AHN, Clero, Li. 10.222. 45 Ibidem. 42
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ridas en casi un siglo reflejan la gran cantidad de veces que los pagadores de este derecho lo debían burlar, algo de lo que son conscientes los propios monjes al declarar: «que todos los que tuvieren noticia de qualquiera enajenación de bienes del directo dominio deste Monasterio lo declaren y porque para encubrir mejor las ventas suelen ir a Bayona los de Mogas y Villasuso y a La Guarda los de Burgueyra y Loreza a otorgarlas; convendra hacer diligencias para saber ante que escribano suelen hacer las tales escripturas, para que con las noticias que se pudieran adquirir se les hagan saber las censuras leyendoselas a todos los escribanos, ante quienes se crea averse otorgado semejantes ventas. Y la misma diligencia se hara con el escribano de la jurisdicción»46.
La evolución de este derecho a lo largo del Antiguo Régimen demuestra que el monasterio buscaba más un control de su dominio que una vía para obtener beneficios pues se va pasando del laudemio al cuarto, quinto, sexto y décimo del precio de la venta, es decir, se reduce de forma clara en beneficio de los foreros, para llevar a cabo unas transferencias de propiedad que se ocultan en muchas ocasiones, quizás por el escaso porcentaje que estas suponen dentro del volumen total de ingresos. Por ejemplo, en Armenteira no alcanzan en ningún momento el 1%; sin duda, con este sistema el cenobio busca controlar el patrimonio más que obtener beneficios económicos. Con respecto a la luctuosa, que es el derecho que deben pagar los foreros a la muerte del rey o cabezalero, y que tenía diferentes modalidades de pago como la mejor cabeza de ganado —que coincide con la luctuosa que pagan los vasallos por señorío—, o una cuota fija en dinero, que se generaliza en el siglo XVIII y se considera la más ventajosa para el campesinado, suele aportar al monasterio unos ingresos inferiores al laudemio lo que confirma que también este derecho tiene una clara finalidad de control por parte del monasterio. En cuanto a la gestión de los importantes patrimonios que tenían los monasterios del sudoeste gallego se llevaba a cabo a través de sus prioratos. Precisamente, fue el crecimiento de los dominios monásticos el causante de un sistema de organización centralizada, en el que unas cuantas filiales supervisaban la explotación de las propiedades de las abadías, recaudando sus rentas y llevándolas a la casa central, donde se registraban las contabilidades de las comunidades. Como era habitual en este tipo de instituciones, una vez que los priores percibían las rentas —y luego de hacer frente a su mantenimiento, la casa en la que vivían y su servicio doméstico— vendían el producto y este pasaba a la contabilidad en dinero. De esta forma, los prioratos actuaban como enclaves fundamentales para la percepción de las rentas y la vigilancia de los patrimonios monásticos, pero también como centros de comercialización
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Ibidem. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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en el que vendían el cereal, vino y otros productos que no se enviaban a las casas centrales para su consumo. Además, los monjes-priores actuaban como párrocos del lugar en el que estaban enclavados los prioratos por lo que tenían gran influencia sobre las parroquias, mediante el culto, la predicación y el cuidado de las iglesias47. No se registra la existencia de ningún priorato en Santa María de A Franqueira —este no era propiamente un monasterio sino una presidencia desde su incorporación a la Congregación en 1521— pero sí en los de Aciveiro, Armenteira y Oia —mapa 5—. MAPA 5: LOCALIZACIÓN DE LOS PRIORATOS DE LOS MONASTERIOS CISTERCIENSES DEL SUDOESTE GALLEGO
Monasterios Aciveiro Armenteira Oia
PROVINCIA DE LUGO
PROVINCIA DE A CORUÑA
Santa Ana de A Barcia do Seixo
Santa María de Beariz PROVINCIA DE PONTEVEDRA
OCEÁNO ATLÁNTICO
Santa Cruz de Castrelo (Serantellas)
San Amaro de Arra PROVINCIA DE OURENSE San Gregorio de Raxó San Vicente de Trasmañó (Rande) San Xoán de Panxón
Santa Baia de Banga San Cristov o de Goián
Santa Mariña de O Rosal
0
15
30
45
60
75
PORTUGAL
Kilom eters
Fuentes: ARG, Fondo Eclesiástico: Inventario General del Monasterio de Acibeiro, 1835, leg. 895-8; ARG, Fondo Eclesiástico: Inventario 3.º del Monasterio de Armentera y sus 5 prioratos. 1821, leg. 454-8; AHPP, Invetarios de bienes monásticos: Inventario del Monasterio de Oya, 1835, G-8366 (Carp. 10-2); AHN, Clero, Li. 10.037, fols. 214r y ss.
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REY CASTELAO, Ofelia, «El clero regular de la diócesis compostelana en la Época Moderna», en GARCÍA ORO, José (coord.), Historia de las diócesis españolas: Santiago, TuyVigo, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 2002, págs. 383-384. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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Ya se ha señalado que los monasterios del sudoeste gallego concentraban la mayor parte de su dominio en las proximidades de la casa central, pero también contaban con posesiones más alejadas que eran istradas a través de sus entidades delegadas: los prioratos. Aciveiro tiene dos en la actual provincia de Ourense: el vinatero de Santa Baia de Banga, en la jurisdicción de Castro Cabadoso, en donde residían en 1753, 103 vecinos y había «un Padre Prior puesto por el convento de Azebeiro para la percepción de rentas»48 y el cerealero de Santa María de Beariz, en la jurisdicción de Montes, que tiene 244 vecinos y en ella residía «Fr. Crisóstomo Serrano, monxe de nuestro Padre San Bernado cura de ella»49. En buena lógica, estos dos prioratos serían los encargados de la recaudación de las rentas en aquellas parroquias de la provincia de Ourense en las que el monasterio tenía bienes. Además el sistema de recaudación se completaba a través de las paneras que el monasterio tenía repartidas en diferentes lugares cuyas rentas podían estar arrendadas, o bien ser puestas bajo el control de un monje50. Dependientes de Santa María de Armenteira, según el inventario de desamortización de 1821, había cinco prioratos distribuidos por las jurisdicciones de Caldebergazo, Lanzada y Val de Fragoso51. La existencia de estas casas priorales aseguraba al monasterio la istración de las haciendas monásticas situadas en aquellas zonas más alejadas de la casa central, cuyo control estaba en manos del priorato de Barcia de Seixo, en el que vivía en 1753 «fray Joaquin Salgado, prior y cura y D. Domingo Antonio Moreira, vizecura que asiste en su compañía»52, y el de Rande, en San Vicente de Trasmañó, en donde residían 70 vecinos a mediados del XVIII53 y que fuera fundado por el abad Diego Fernández en 1670; estaba constituido por dos casas, un molino, un castañal, dos trozos de monte y una huerta murada dentro de la cual había una viña54. Los otros tres prioratos dependientes de Armenteira se localizan en las proximidades de la casa central, en una zona en la que poseía un notable dominio territorial, por lo que se hacía necesario un mayor control. El más importante, Serantellas, en la feligresía de Santa Cruz de Castrelo, en el que
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AGS, Catastro de Ensenada, leg. 217, fol. 166. Ibidem, leg. 255, fol. 572. 50 Desde la segunda mitad del siglo XVII Aciveiro tiene seis paneras: Soutelo, Foxo Corbelle, Penadeauga, Laro, Bermés y Canda, a estas debe sumarse la panera de la casa central que es la encargada de recibir las rentas forales en las parroquias más próximas al monasterio, véase FERNÁNDEZ CORTIZO, Camilo, «Santa María de Acibeiro», en YÁNEZ, Monasticón, pág.172. 51 ARG, Fondo Eclesiástico, leg. 454-8. 52 AGS, Catastro de Ensenada, leg. 246, fol. 304. 53 Ibidem, leg. 273, fol. 470. 54 TOBÍO CENDÓN, Rafael, «Santa María de Armenteira», en YÁNEZ, Monasticón, pág. 171. 49
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vivía en 1753 «Ambrosio Salazar barvero del Monasterio de Armentera»55, al que se le regula de utilidad al año cincuenta reales, es el encargado de recibir las rentas en trece de las feligresías por las que se reparte el dominio de Armenteira56. Las otras dos casas son Raxó, que recibe las rentas de las tres feligresías continúas a la sede prioral: San Xenxo de Padriñán, San Xoán de Dorrón y San Pedro de Bordóns57, y la de Arra que istra las rentas de la feligresía que le da nombre, en la que existe «la casa y oficinas para servicio del P. Prior»58. Finalmente, Oia tenía, según el inventario de 1835, tres prioratos en Galicia y otro en el vecino reino de Portugal59. San Xoán de Panxón, situado en la jurisdicción del mismo nombre, en una feligresía habitada en 1753 por 210 vecinos60, no es un enclave casual para un priorato, bien al contrario, estamos ante un puerto de mar utilizado para la pesca, como parte importante en la dieta alimenticia de los monjes, pero quizás también para el comercio, el transporte de mercancías, compradas o vendidas, e incluso el comercio de pescado61; de hecho, a mediados del XVIII había en esta feligresía diez embarcaciones «de pescar sardina en la Ría, a las que vulgarmente llaman Dornas (…) cuia pesca hazen ordinariamente desde primero de Julio asta fin de Nobiembre de cada un año»62. Este priorato tenía encomendada la misión de istrar las propiedades situadas en veintiuna feligresías, próximas a la casa central, pero también alejadas de ella63. La casa prioral de San Lourenzo
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AGS, Catastro de Ensenada, leg. 247, fol. 252. Las feligresías a las que nos referimos, y que se pueden ver en el mapa tres son: Santa Eulalia de Xil (8), San Martiño de Meis (11), San Salvador de Meis (12), San Vicente de Nogueira (13), Santa María de Paradela (14), San Vicente de O Grove (16), San Clemenzo de Sisán (22), Santo André de Barrantes (23), San Xoán de Leiro (24), Santa Baia de Ribadumia (25), San Miguel de Valga (31) y Santo Estevo de Tremoedo (32). 57 En el mapa tres se corresponden con las feligresías que llevan los números 28, 29 y 30, la número 15 es la de San Gregorio de Raxó en la que se ubica el priorato. 58 ARG, Fondo Eclesiástico, leg. 454-8. 59 AHPP, Inventarios de bienes monásticos, G-8366 (Carp. 10-2). 60 AGS, Catastro de Ensenada, leg. 271, fol. 208. 61 CENDÓN FERNÁNDEZ, Marta, «Santa María de Oia», en YÁNEZ, Monasticón. pág. 203. Hay varios ejemplos sobre la importancia del pescado en la dieta de los monjes bernardos, A. Meijide hace referencia al consumo de bacalao en varios conventos, colegios y hospicios de Galicia en 1752, Oia consumiría una media de 30 arrobas anuales de este producto, las mismas que el monasterio de Armenteira según los datos del documento de Rentas. Aduanas, leg. 510, doc. 23 feb. 1752, AGS, cfr. en MEIJIDE PARDO, Antonio, El comercio del bacalao en la Galicia del siglo XVIII, La Coruña, Diputación Provincial, 1980, págs. 70-73. 62 AGS, Catastro de Ensenada, leg. 271, fol. 214. 63 La distribución de los bienes se reparten por las siguientes feligresías —mapa 3—: San Lourenzo de Belesar (3), Santa Cristina de Ramallosa (4), Santa María de Baiona (5), Santa Mariña de Baíña (6), Santa María de Baredo (7), Santiago de Cangas (8), San Martiño de Borreiros (9), San Miguel de Peitieiros (10), San Vicente de Mañufe (11), Santa María de 56
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de Goián se sitúa en el coto del mismo nombre en el que viven 25 vecinos en 1753 y hay «una barca de pasage, que conduce gente en el rio miño desde este coto a la villa nueva de Zervera del R.no de Portugal, cuia barca es de la camara de Portugal»64. La pesca de río, que con toda seguridad también era aprovechada por los monjes de Oia, se llevaba a cabo en esta feligresía con dos barcos pequeños que eran los encargados de pescar en el Miño salmones, sábalos y lampreas65. En la jurisdicción de A Guarda se encuentra el priorato de O Rosal, en la feligresía del mismo nombre, cuya vecindad era en 1753 de 966 efectivos, lo que la convertía en una de las mayores del obispado de Tui; dada su cercanía a la sede central sería la encargada de ayudar a esta en la istración de los bienes que el monasterio tenía en dicha zona. En cuanto al priorato o granja de Santa María da Silva, se encuentra en el «termo da villa de Valença de Minho»66, en el distrito de Viana do Castelo, región norte y subregión de Minho-Lima. Este municipio limita al este con el de Monçao, al sur con Paredes de Coura, al oeste con Vilanova de Cerveira y al noroeste y norte con España, concretamente con el municipio de Tui. El priorato, favorecido por los privilegios reales de los monarcas de España y Portugal que le permitían pasar de uno a otro reino sus frutos sin satisfacer derechos de tránsito67, era el encargado de explotar y istrar los bienes que el monasterio tenía en el reino portugués: «muitos casares e erdades nos termos e comcelhos de Valença de
———— Chaín (12), Santa María de Vilaza (13), Santiago de Morgadáns (14), San Bieito de Gondomar (15), Santa María de Vincios (16), San Fiz de Nigrán (17), San Pedro de A Ramallosa (18), Santa Baia de Camos (19), Santiago de Parada (20), San Xoán de Panxón (21), San Miguel de Oia (37) y San Pedro de Sárdoma (38). AHPP, Inventarios de bienes monásticos, G8366 (Carp. 11). 64 AGS, Catastro de Ensenada, leg. 270, fol. 60. 65 Ibidem, leg. 270, fol. 62. 66 AHN, Códices, Li. 1.037, fol. 2r. 67 A pesar de los derechos que tenía el monasterio para la libre circulación de mercancías, existieron conflictos por este motivo como ocurre en el año 1697 que «aviendo ympedido el ar algunas cosas de la Granja de la Silva de Portugal D. Antonio de Araujo, en Tuy y D. Francisco de Lossada y D. Francisco Ozores, su yerno acudio el Monasterio al Señor Capitan General el qual mando que guarden y cumplan los privilegios para que dicho convento pueda sacar de Portugal treinta pipas de vino que cada una hace veinticinco arrobas, ochenta arrobas de aceyte, doce arrobas de azucar, seis de confituras y conservas, veynte resmas de papel, treynta docenas de platos y escudillas, jarras y otras cosas de Talavera, diez y seis fanegas de sal de pala cargada para que tiene cedula especial de su Magestad, pimienta clabo y otras cosas constando por certificaçión jurada del prelado que son para el gasto de dicho monasterio y no para otra persona alguna y al tiempo que en dichos generos los registren dichos es o sus guardas para que se eviten fraudes, y que no lleven derechos ningunos ni hagan molestia en la dilaçión de dhos registros con apercivimiento que si faltaren a ello y constare se le sacaran doçientos ducados de multa», AHN, Códices, Li. 60, fol. 10r. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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Minho e no termo de Villanova e Serveira»68. El tumbo de 1560, realizado siendo abad del monasterio fray Fernando de Salinas, completado con un memorial cobrador del priorato realizado en el siglo XIX69, reflejan que las adquisiciones de Oia en el reino portugués se concentran en los municipios de Valença, en el que se ubica el priorato, el de Vila Nova de Cerveira, situado también en el distrito de Viana do Castelo y limitando al nordeste con el municipio de Valença y al sudoeste con Caminha que es el otro municipio, en el mismo distrito, en el que Oia tiene algunas posesiones, concretamente en la villa de Caminha. De esta forma Oia, al igual que Aciveiro y Armenteira, utilizó sus prioratos como filiales encargadas de supervisar sus explotaciones y de recaudar unas rentas diseminadas que acabarían confluyendo en la sede central. CONCLUSIONES El estudio de la formación y evolución de los patrimonios monásticos revela diferentes formas de comportamiento que dependen más del área geográfica donde se sitúan las abadías que de la orden a la que pertenecen, así como —y esto es fundamental— de cuándo se hubieran fundado. Las comunidades de origen medieval habían formado la mayor parte de su patrimonio a través de las donaciones, mientras que los claustros modernos basaban su riqueza en su propia actividad compradora. Sin embargo, las compras patrimoniales también fueron utilizadas por los monasterios aparecidos en la Edad Media con la intención de redondear propiedades ya existentes y de acceder a las propiedades de las mejores tierras o las más productivas. Un ejemplo de esta realidad se ha podido analizar en los monasterios del sudoeste gallego que habían conseguido a través de una cadena de donaciones y compras llegar a ser auténticas potencias territoriales que, sin embargo, llegaron a desintegrarse durante la baja Edad Media. Una fuerte crisis que fue el preludio de la reforma cisterciense que tendrá su verdadera aplicación en los años veinte del siglo XVI, bajo el reinado de Carlos I. Precisamente, fue en este siglo cuando los monasterios gallegos terminaron el proceso de ampliación y consolidación del dominio. La situación les era favorable además por las prohibiciones de enajenaciones mantenidas por el derecho canónico lo que ocasionó que los bienes eclesiásticos no tuvieran un deterioro importante. La existencia de estos bienes permitió a los monasterios del sudoeste gallego configurar un dominio en el que las tierras constituían el principal componente del patrimonio, y cuya principal área de influencia se extendía por la actual provincia de Pontevedra y, en menor medida, por las de A Coruña y Ourense. ———— 68 69
AHN, Códices, Li. 1.035, fol. 1v. AHN, Códices, Li. 1.037 y Li. 1.038.
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Un dominio tan amplio exigía una buena racionalización de la istración, de lo contrario, el oscurecimiento de las propiedades iría deteriorando sus rentas, como ya había ocurrido en los siglos bajomedievales. De esta forma, las comunidades repartían el control de su dominio a través de los propios monasterios que controlaban sus áreas más próximas y de los prioratos que se encargarían de las zonas más alejadas. Sin duda, fue el intento de control de los dominios monásticos el causante de un sistema de organización centralizada, en el que unas cuantas filiales supervisaban la explotación de las propiedades de las abadías —cedidas casi con exclusividad mediante foros—, recaudando sus rentas y llevándolas a la casa central, donde se registraban las contabilidades de las comunidades. Los prioratos actuaban, por consiguiente, como enclaves fundamentales para la percepción de las rentas y la vigilancia de los patrimonios monásticos, pero también como centros de comercialización en los que vendían el cereal, el vino y otros productos que no eran llevados a las casas centrales. La acertada gestión de estos monasterios les permitió disfrutar de una favorable situación económica hasta que se inició la crisis de fines de Antiguo Régimen, a pesar de que por el volumen de sus rentas no eran los más importantes entre los cenobios de la misma orden diseminados por la península ibérica. De hecho, la principal casa de los cistercienses, tanto por el número de monjes —110, aunque solo 80 residentes en el monasterio— como por los ingresos, era la ourensana de Oseira con unos ingresos brutos anuales en 1803 de 352.193 reales. La segunda posición estaba también ocupada por una casa gallega, Sobrado, que obtiene unos ingresos de 300.000 reales y cuenta con 105 monjes. Los tres puestos siguientes pertenecen al monasterio de Valparaíso, en la diócesis de Zamora, con 220.543 reales anuales y 63 monjes, Nuestra Señora de Carracedo, en el Bierzo, y Santa María de Huerta, en el obispado de Sigüenza, superando en ambos casos los 170.000 reales de ingresos y los 70 monjes. Entre los 163.000 y los 110.000 reales y los 30/50 monjes se hallaban otras cinco casas gallegas, las dos ourensanas de Montederramo y San Clodio, la tudense de Melón, la lucense de Meira —que era también un colegio de la Orden, y por lo tanto, correspondía a una categoría un tanto diferente— y Monfero en la diócesis de Santiago. También en este grupo se incluyen las casas de Santa Espina (Palencia), Valdediós (Oviedo), Nogales (Astorga), el Colegio de Salamanca, en la diócesis del mismo nombre, y Moreruela en Zamora. El decimosexto y decimoséptimo puesto lo ocupan dos de las casas del sudoeste gallego: Aciveiro con 20 monjes y unos ingresos anuales de 102.730 reales y Oia con 96.533 reales y 40 monjes. Entre los 94.000 y los 22.173 se engloban otras comunidades repartidas por toda la geografía peninsular pertenecientes a las diócesis de Palencia (Matallana, Valbuena, Palazuelos y el Colegio de Benavides), arzobispado de Burgos (Rioseco, Bujedo), diócesis de Oviedo (Villanueva de Oscos), Calahorra (Herrera y San Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 423-452, ISSN: 0018-2141
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Prudencio), Segovia (Sacramenia) y León (Vega). Se incluyen también en este grupo los monasterios de Armenteira que ocupa el vigésimo puesto entre las casas cistercienses peninsulares con una renta anual de 80.000 reales y 26 conventuales, Penamaior con 65.367 reales y 7 monjes, Xunqueira con 50.217 reales y 10 monjes y A Franqueira, que es la casa más pequeña con unos ingresos de 22.173 reales y en la que tan solo residen 5 monjes. En fin, es evidente que los niveles de riqueza de los monasterios peninsulares no eran homogéneos aunque los ingresos recibidos solían coincidir con el número de monjes. Junto a las grandes casas existían claustros mucho más modestos, pero que ostentaron un poder económico fundamental en su área de influencia, así le ocurrió a los monasterios del sudoeste gallego. Fecha de recepción: 10-06-2011. Fecha de aceptación: 7-03-2012.
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«TER O ARCHIDUQUE POR VEZINHO». LA JORNADA A LISBOA DE CARLOS III EN EL MARCO DEL CONFLICTO SUCESORIO DE LA MONARQUÍA DE ESPAÑA
DAVID MARTÍN MARCOS* UNED
RESUMEN:
La Guerra de Sucesión española fue el primer conflicto internacional en el que Portugal participó después de la restauración de su independencia en 1668. Su integración en el bando aliado otorgó a Lisboa una posición central ante la inminente invasión de España. La capital portuguesa fue así un perfecto centro de operaciones, además de provisional residencia del archiduque Carlos en el bienio 1704-1705. Este artículo analiza la estancia del Habsburgo en la ciudad y sus viajes por la geografía portuguesa supervisando los preparativos militares acompañado de Pedro II de Braganza. Los días que pasaron en Lisboa y su periplo no respondieron, sin embargo, a un patrón prebélico. Comprendieron también visitas a reliquias e iglesias así como un vistoso programa festivo en numerosas localidades que buscaban publicitar las virtudes de ambos soberanos. Solo después de la conquista de Gibraltar y la entrada de los Aliados en el Mediterráneo Lisboa perdería su protagonismo. PALABRAS CLAVE: Guerra de Sucesión española. Archiduque Carlos. Pedro II. Portugal.
«TER O ARCHIDUQUE POR VEZINHO». THE JOURNEY OF CHARLES III TO LISBON IN THE CONTEXT OF THE CONFLICT OF THE SUCCESSION OF THE SPANISH MONARCHY
———— David Martín Marcos es investigador «Juan de la Cierva» en la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). Dirección para correspondencia: Facultad de Geografía e Historia - UNED. Despacho 422. Senda del Rey, 7. 28040, Madrid. Correo electrónico:
[email protected]. ∗ Programa de ayudas para movilidad posdoctoral en centros extranjeros. Ministerio de Educación. EX2009-0105.
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ABSTRACT: The War of the Spanish Succession was the first international conflict in which Portugal took part after the restoration of its independence in 1668. Portuguese integration in the allied group gave Lisbon a central position in the face of the imminent invasion of Spain. The capital city of Portugal was the perfect operations headquarters and the provisional residence of the Archduke Charles during 1704-1705. This article analyzes the Habsburg’s stay in the city and his journeys around the Portuguese geography supervising military preparations in the company of King Peter II. However, the days spent in Lisbon and the trips didn’t actually correspond with a pre-warfare state. Visits to relics and churches, as well as flamboyant festive programs in different cities were carried out in an attempt to proclaim their royal virtues. Only after the conquest of Gibraltar and the Allies entered the Mediterranean Sea did Portugal lose its protagonism. KEY WORDS:
The War of the Spanish Succession. Archduke Charles. Peter II of Portugal. Portugal.
PORTUGAL EN LA ENCRUCIJADA: ALIARSE CON AUSTRIAS O BORBONES La participación portuguesa en el bando aliado durante la Guerra de Sucesión española no fue una elección fácil. Surgió como resultado de una combinación de circunstancias complejas que empujó a Pedro II a romper primero su primitivo pacto con los Borbones, por el que reconocía a Felipe V en el trono de Madrid, instalarse en una breve neutralidad y finalmente decantarse por las potencias que apoyaban la coronación del archiduque Carlos como rey de España. Aparentemente, el movimiento de un extremo al otro del panorama político europeo en poco menos de dos años perseguía evitar que Portugal pudiese sufrir un ataque en su territorio1. Pero, en el fondo, también contenía implícito el deseo de convertir a la Monarquía lusa en un agente activo en la contienda sucesoria capaz de ampliar sus fronteras en la península ibérica. No era esta una pretensión nueva. Había estado presente en Lisboa desde que en la década de 1690 Carlos II había dado muestras inequívocas de que moriría sin descendencia y Francia había rescatado ante Inglaterra y Holanda la vieja idea de la partición de la Monarquía católica. Con la intención de obtener algún beneficio del último de los repartos, Pedro II se había apresurado ya entonces a hacer llegar a los oídos de Luis XIV que estaba dispuesto a apoyarle en su plan a cambio de, entre otras cosas, anexiones territoriales en
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1 CLUNY, Isabel, «Estrategias políticas de la monarquía portuguesa frente a la Guerra de Sucesión española», en ÁLVAREZ-OSSORIO, Antonio, GARCÍA GARCÍA, Bernardo J. y LEÓN SANZ, Virginia, La pérdida de Europa. La Guerra de Sucesión por la Monarquía de España, Madrid, Fundación Carlos de Amberes-SECC, 2007, págs. 653-672.
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la frontera con España2. A pesar de que la propuesta portuguesa —que contaba con el beneplácito francés— fue rechazada por Inglaterra y finalmente Pedro II quedó al margen de las particiones, el fallecimiento de Carlos II y su testamento favorable al duque de Anjou hizo recuperar algunas opciones al gobierno luso. Es verdad que una posible unión entre Francia y España dejaba a Portugal en una situación de desamparo pero no es menos cierto que París necesitaba urgentemente que los príncipes europeos reconociesen al nieto de Luis XIV en el trono de Madrid para ganar en legitimidad. Ahí Lisboa podía tener un filón del que sacar compensaciones, aunque, como sujeto menor, hubiese de mantenerse en un discreto segundo plano. Como apuntaba desde Londres el embajador portugués, Luis da Cunha, nadie osaría explicarse sin antes saber las intenciones del Imperio, Inglaterra y los Estados Generales, «porque para obrigar ao Rey de França a que se tivesse ao tratado, era certo que cada hua das Potencias queria contar sobre as forças das outras»3. Era finales de noviembre de 1700 y la indecisión a la que aludía el embajador empujaba a Portugal hacia posiciones hispanosas. La razón era simple: mientras a los enemigos de Luis XIV les embargaban las dudas, Francia avanzaba firme para afianzar a Felipe V en el trono de Madrid y ganarse aliados. Solo dos días después de que Luis da Cunha diese cuenta de lo conveniente de mantenerse a la espera, José da Cunha Brochado, representante de Pedro II en París, informaba a aquel de una conversación en la que el secretario de Estado francés le había revelado su voluntad de renovar alianzas con Lisboa4. Para los representantes portugueses en Londres y París, la situación parecía adquirir un cariz altamente complicado, pues aunque Inglaterra acabaría por aceptar a Felipe V como rey de España, la propuesta que se planteaba iba más allá del simple reconocimiento. En Lisboa, en cambio, la situación no podía ser más favorable a los intereses de Luis XIV. Por esas fechas, un Pedro II bajo el ascendiente del pro-francés duque de Cadaval no solo daba el visto bueno al testamento de Carlos II y manifestaba el «gosto com que ficava de ter por vizinho um príncipe da Caza de França»5, sino que hacía llegar a Pierre Rouillé, a la sazón embajador en Lisboa, su deseo de establecer una alianza con Francia y que España entrase en ella6.
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2 PERES, Damião, A diplomacia portuguesa e a Sucessão de Espanha, Barcelos, Portucalense, 1931, págs. 19-20. 3 Copia de carta de Luis da Cunha a Pedro II, Arquivo Nacional da Torre do Tombo [ANTT], Ministério dos Negócios Estrangeiros [MNE], liv. 776, ff. 77v-79v. 4 Carta de José da Cunha Brochado a Luis da Cunha, Academia das Ciências de Lisboa [ACL], Serie Azul, ms. 553, f. 183. 5 Así se lo hizo saber el embajador portugués al secretario de Estado, marqués de Torcy. Carta de José da Cunha Brochado a Pedro II, Biblioteca da Ajuda [BDA], 49-X-39, ff. 54v-58v. 6 SZARKA, Andrew Stephen, Portugal, , and the coming of the War of the Spanish Succession, 1697-1703 (tesis doctoral), Columbus, Ohio State University, 1976, pág. 219.
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La neutralidad que desde 1668 había imperado en la política exterior portuguesa no parecía ahora una buena opción. Las opiniones que circulaban por la corte lisboeta aconsejaban cambios. Mantenerse en esa posición equivalía a aislarse en el contexto internacional, renunciar a compensaciones por suscribir una alianza y, sobre todo, no contar con apoyos en caso de sufrir una agresión externa. Partiendo de esa base, un memorial anónimo de comienzos de 1701 reducía las opciones de Portugal a decantarse por los Borbones o unirse a una coalición aún no definida que debería aglutinar a las potencias marítimas y el Imperio. Y recomendaba, teniendo en cuenta que Holanda e Inglaterra eran «repúblicas sim estabilidade de governo», aceptar un pacto con Francia y España para evitar, además, el enfrentamiento directo con ellas y una invasión terrestre desde Castilla7. Desde época medieval, el valle del Guadiana se había demostrado una fácil vía de a Portugal en conflictos armados y lo que se pretendía ahora era taponar esa entrada mediante un acuerdo. El rechazo a las armas, concluía otra opinión, no siempre era la solución en momentos difíciles: «Tenho por menos segura huma neutralidade descuidada, que hua guerra prevenida he hua mina da conservação das Monarchias que rebenta ao longe e sempre com ruina na reputação»8. En un clima tan favorable, que Rouillé cerrase la negociación cuanto antes no tenía por qué ser difícil. Sin embargo, los deseos de Pedro II de obtener beneficios similares a los que habría conseguido con la aceptación del tratado de partición, de haber sido respetado por Luis XIV, harían que se demorase más de lo esperado. Dejando al margen las cuestiones fronterizas en la península ibérica —ahora intocables—, Lisboa pretendía asegurarse el control del río Marañón en el continente americano, contar con apoyo naval para la defensa de sus costas y recibir compensaciones económicas por parte de Madrid si, como pretendía París, tenía que cerrar sus puertos a los enemigos de las Dos Coronas. Negar la entrada en el país a las flotas enfrentadas con los Borbones era una decisión polémica que podía resultar perjudicial para los intereses lusos y, de ahí, que el gobierno se mantuviese firme en las contraprestaciones que deseaba para sí. De este modo, solo a mediados de junio de 1701 y después de asistir a los coqueteos de la corte de Lisboa con Waldstein, el embajador imperial en la ciudad, Rouillé, que en realidad negociaba el tratado en nombre de Felipe V, acabaría aceptando y haciendo posible que se suscribiese el acuerdo entre Portugal y la España borbónica9.
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7 Proposta sobre Portugal se declarar, e porque nação, ou ficar neutral, BDA, 51-XI33, ff.262r-265r. 8 Carta de Gomes de Freire de Andrade, capitão de Artilheria, a Denis de Mello de Castro, conde das Gaveas, ACL, Serie Azul, ms. 383, ff. 199-205. 9 CANTILLO, Antonio del (ed.), Tratados, convenios y declaraciones de paz y comercio que han hecho con las potencias extranjeras los monarcas españoles de la Casa de Borbón desde el año de 1700 hasta el día, Madrid, Alegría y Charlain, 1843, págs. 28-32.
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Aunque las ventajas para Lisboa eran grandes y Pedro II contaba con el compromiso de que París enviaría tropas y navíos que defenderían Portugal si la alianza motivaba que un tercer país declarase la guerra a los lusos, la incertidumbre y el malestar se apoderó de los hombres de negocio de la ciudad. Con excepción de dos o tres ministros, escribiría Paul Methuen —el hijo del célebre protagonista de los tratados de 1703—, todo el mundo estaba disconforme10. La afirmación era exagerada pues aún no se había asistido a ningún episodio crítico para la seguridad portuguesa pero denotaba que los apoyos a la alianza no eran tan firmes como se había supuesto. De hecho, mientras Portugal había ido estrechando los lazos con los Borbones, el Imperio había conseguido el apoyo de Inglaterra y Holanda más por deméritos de Luis XIV que por el buen hacer de la diplomacia austriaca11, y era ante ese escenario donde la opción borbónica debía demostrar su fiabilidad a Lisboa. El envío a la capital lusa de una flota sa capitaneada por el marqués de Chateau-Reanaud a finales de verano sirvió para calmar los ánimos de la población. Con ese movimiento «this Court may be considered to be as much at the Devotion of French as that of Spain», se lamentaba Paul Methuen12, quien pocos días después daría incluso cuenta de agravios de soldados y del común del pueblo contra algunos mercaderes ingleses13. En el origen de los excesos se situaba la euforia instalada en el Tajo tras conocerse la noticia de la llegada de la armada pero ese no dejaba de ser un aspecto secundario. Si algo preocupaba de la presencia sa en Lisboa al embajador inglés era el bloqueo que ejercía en sus negociaciones para lograr que Pedro II se apartase de su alianza de los Borbones y se uniese a Londres. Por más que en las audiencias con el monarca manifestase lo perjudicial que el tratado resultaba para la estabilidad de Europa y del propio reino de Portugal, él sabía que solo podía avanzar en su misión profundizando en la aprehensión que la corte sentía ante el poderío naval inglés, y ahora esa vía quedaba inutilizada. El gobierno se sentía tan protegido que pese a preguntar directamente al monarca qué haría en caso de que Inglaterra declarase la guerra a Francia este se había limitado a responder a través del secretario de Estado que iban a seguir manteniendo su alianza con los Borbones. Son tan vanidosos los cortesanos, co-
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10 COLE, Christian (ed.), Historical and Political Memoirs, Containing Letters written by Sovereigns, Princes, State Ministers, irals, and General Officers etc. From almost all the Courts in Europe, beginning with 1697 to the End of 1708, Londres, J. Millan, 1735, pág. 424. 11 K AMEN , Henry, «España en la Europa de Luis XIV», en MOLAS RIBALTA, Pere (coord.), La transición del siglo XVII al XVIII. Entre la decadencia y la reconstrucción, tomo XXIII de Historia de España de Menéndez Pidal, Madrid, Espasa-Calpe, 1993, págs. 205-298, pág. 244. 12 Carta de Paul Methuen al secretario de Estado Vernon, The National Archives [TNA], State Papers [SP], 89/18, f. 3. 13 Carta de Paul Methuen al secretario de Estado Vernon, TNA, SP, 89/18, ff. 10-12.
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mentaba Paul Methuen, que dicen que aunque «formerly England held the balance of Europe, it was now in the hands of Portugall»14. Quizás era más fácil limitarse a pedir la simple neutralidad de Portugal. Aun sin el visto bueno de Londres, nada le impedía al inglés explorar una vía que no dejaba de ser un paso hacia la desunión entre Portugal y Francia. Sobre todo podía alcanzarse a través de aspectos que condujesen a la guerra a París y Londres que no estuviesen comprendidos en la alianza suscrita por el Braganza. Uno de ellos era el reciente reconocimiento hecho por Luis XIV de Jacobo III Estuardo como rey de Inglaterra en detrimento de Guillermo III de Orange. En la audiencia que el inglés tuvo con Pedro II el día 11 de noviembre le informó de que, como consecuencia del gesto del Rey Sol, la guerra era ya inevitable y le instó a que Portugal permaneciese neutral. Aunque Methuen no recibió respuesta, la preocupación que había observado en el monarca le indicaba que estaba en el buen camino15. Días después, convencido del cambio se estaba operando en Lisboa, señalaba ya el abierto deseo de la corte de que Inglaterra declarase la guerra a Francia «without any mention of the Duke of Anjou's succession to the Crowne of Spaine, by which means the King of Portugall may if the pleased, remaine entirely free from the obligations of his late Treaties with and Spaine»16. Lisboa, sin embargo, ya había comprendido que, más que evitar que se activase la alianza, le convenía salir de ella. Para lograrlo, según sugirió Luis da Cunha, nada mejor que forzar a Francia pidiendo los subsidios que había prometido indefinidamente a Portugal hasta que llegase un momento en que no pudiese cumplir su palabra. Esta actitud tenía que servir para obtener una excusa con que romper el pacto17. Alentado por Lisboa, José da Cunha Brochado fue el encargado de hacer llegar las peticiones a Luis XIV desde su embajada en París. En marzo de 1702, en una audiencia con Torcy, haciendo uso de una refinada oratoria, se lamentó del «estado violento em que se achava a Europa» y de las altas posibilidades de que, negándole la entrada en los puertos lusos a la flota anglo-holandesa, la guerra comenzase para los Braganza, y reclamó el envío inmediato de una armada y numerosas tropas a Portugal. En la pormenorizada lista de exigencias presentada por Cunha Brochado figuraban 20 navíos y 3.000 hombres para Lisboa, 12 barcos para Brasil y
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Carta de Paul Methuen al secretario de Estado Vernon, TNA, SP, 89/18, ff. 15-19. Carta de Paul Methuen al secretario de Estado Vernon, TNA, SP, 89/18, ff. 32-37. 16 Carta de Paul Methuen al secretario de Estado Vernon, TNA, SP, 89/18, ff. 44-46. 17 BRAZÃO, Eduardo, A diplomacia portuguesa nos séculos XVII e XVIII, vol II, Lisboa, Resistência, 1980, pág. 12. No obstante, Luis da Cunha se mostró tremendamente dubitativo en esa época. Cuando en 1702 la secretaría de Estado le pidió su opinión sobre a qué liga debería unirse Portugal, se pronunció a favor de Francia. Parecer de D. Luis da Cunha sobre a guerra da Liga, Biblioteca Nacional, Lisboa [BNL], Manuscritos Resevados, cod. 674, ff. 130v-132v. 15
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otros 8 para la India. Pingües números que, sin embargo, no alterarían al gobierno francés. Pedro II debía estar tranquilo: «em nada se faltaria aos socorros de que Portugal neccessitava»18. Las seguridades de Torcy ralentizaban la estrategia portuguesa, pero no demasiado. El 15 de mayo Inglaterra, Holanda y el Imperio, alegando motivos distintos en cada caso, declararon la guerra a los Borbones19. En ese contexto, la llegada a Lisboa de John Methuen para sustituir a su hijo Paul al frente de la delegación inglesa a finales de abril iba a suponer un nuevo espaldarazo a la decisión de situar a Portugal en una estricta neutralidad. Antes de su primera audiencia, el nuevo embajador ya hablaba de la descomunal flota que habían armado los aliados —con más de 80 navíos de guerra— y el miedo que con sus palabras sembraba entre los portugueses se extendía por toda la ciudad. Podía tratarse de exageraciones a las que, según Domenico Capecelatro, embajador español ante Pedro II, el gobierno por el momento no hacía caso, pero todo podía suceder —auguraba— si la flota anglo-holandesa aparecía a la vista de Lisboa20. El tamaño del contingente, algo más modesto de lo afirmado por John Methuen, a tenor de la documentación, no dejaba de ser notable. Para la campaña en la península ibérica los Aliados contaban inicialmente con 74 navíos (46 ingleses y 28 holandeses)21. Ganarse a Pedro II dependía de que la flota llegase a la costa portuguesa antes de que lo hiciesen los barcos prometidos por Francia. Pues, de ser así, el monarca —según se había asegurado al embajador inglés— se consideraría libre de sus obligaciones con los Borbones22. Se trataba de un plan viable y, a pesar de que el arribo de la flota se demoraría más de lo deseado, Methuen comenzaría a ganar terreno. Los portugueses «van inclinando a la neutralidad y […] ha de ser muy dificultoso estorbar este camino», presagiaba el Consejo de Estado en Madrid23. Efectivamente a mediados de agosto la pervivencia de la alianza era insostenible. La flota capitaneada por el almirante Rooke, impedida por vientos desfavorables el mes anterior, se dejó por fin ver en la desembocadura del
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Carta de José da Cunha Brochado a Pedro II, BDA, 49-X-39, ff. 29r-31r. FRANCIS, Alan David, The First Peninsular War. 1702-1713, Londres-Toumbridge, Ernest Benn, 1975, págs. 20-21 20 Consulta del Consejo de Estado, Archivo Histórico Nacional [AHN], E, leg. 1771, exp. 17. 21 FRANCIS, Alan David, The Methuens and Portugal, Londres, Cambridge University Press, 1966, pág. 131. Tras las divisiones de la flota, 28 navíos ingleses y 20 holandeses se desplazarían a España ese mismo año. Lista da Armada de Inglaterra e Hollanda que no anno de 1702 veyo a Espanha tirada de hùa memoria que trazia Guellar ten.te de hú dos Navios della. BNL, Arquivo da Casa de Tarouca [AT], 31. 22 FRANCIS, The First Peninsular, pág. 36. 23 Consulta del Consejo de Estado, AHN, E, leg. 1771, exp. 28. 19
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Tajo el día 18 y bordeó el cabo de San Vicente el 2124. Para entonces Methuen ya llevaba tres semanas en Lisboa y los borbónicos observaban atónitos las reuniones que se sucedían entre el gobierno portugués y los ministros de los Aliados. Capecelatro, visiblemente enojado por el rumbo de los acontecimientos, apenas sí alcanzaba a averiguar su contenido y se lamentaba del desconcierto que se había apoderado de él: «sólo encuentro más confusión cada día, […] diciendo unos que se fundan en el establezimiendo de la neutralidad y otros en la suposición de que los españoles no demuestran aquella constante lealtad que deven a Vuestra Magestad»25. Ciertamente tenía motivos para estar preocupado: pocos días después, la flota anglo-holandesa volvería a aparecer en el horizonte lisboeta, tras acometer el sitio de Cádiz, y, con ella, se derrumbaría la alianza que los Borbones habían construido con Pedro II. De nada serviría que apareciesen entonces algunos navíos ses y que incluso entrasen en el estuario. El duque de Cadaval sería el encargado de comunicar a Rouillé que Portugal daba por disuelto el pacto. El motivo no era otro que la incapacidad de Francia de dotar de ayuda naval al país cuando lo había necesitado26. La salida de Portugal de la alianza no fue el único golpe que recibió la España borbónica desde occidente en 1702. El paso del Almirante de Castilla, Tomás Enríquez de Cabrera a tierras lusas, al poco de haber salido de Madrid con el encargo de representar a Felipe V ante Luis XIV, se erigió en la más sonada desafección que hasta la fecha había recibido el Rey Católico e hizo que las dudas sobre la recién instaurada neutralidad del gobierno de Pedro II se disparasen en la corte española. Su marcha «tem causado aquí grande ruido e brevemente se veram as consequencias», advertía Diogo Corte Real, entonces embajador del Braganza en la ciudad27. No se equivocaba el portugués. A pesar de algunos desencuentros del Almirante con la representación imperial a su llegada a Lisboa, con su presencia iba a procurar firmemente que Pedro II se sumase a la conquista de España planeada por los aliados. Era un personaje influyente entre las élites castellanas y bien podía hacer que la empresa se rindiese más fácil y que, además, el Braganza recibiese, como compensación por su participación en la contienda, algunas plazas fronterizas. A fin de cuentas, era considerado por el emperador el «representante de S. M. Carlos III» en Lisboa28 y no debía ser extraño que sus conversaciones con los nobles
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FRANCIS, The Methuens, pág. 131. Carta del marqués de Capecelatro a Felipe V, AHN, E, leg. 1755, exp. 2. 26 FRANCIS, The Methuens, pág. 131. 27 Carta de Diogo de Mendonça Corte Real al conde de Assumar, cit. por PINTO, Maria Leonor Alves de Oliveira, Alguns aspectos da diplomacia portuguesa em face do problema da Sucessão de Espanha (Cartas de Diogo de Mendonça Corte Real, anos de 1697-1703), tesis de licenciatura inédita, Lisboa, Universidade de Lisboa, 1956, carta LXIX. 28 GÓMEZ MEZQUITA, María Luz, Oposición y disidencia en la Guerra de Sucesión española. El Almirante de Castilla,Valladolid, Junta de Castilla y León, 2007, págs. 408 y 412. 25
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portugueses, junto con los trabajos de Methuen, situasen a la corte lusa cada vez más cerca de un pacto con los Aliados. Era cuestión de tiempo que, pese a algunas discrepancias29, Portugal acabase inclinándose a favor del Imperio y las potencias marítimas. Por más que Pedro II tratase de negar su acercamiento a la coalición, ante las preguntas del embajador español y los rumores procedentes de las cortes del norte30, así ocurriría en la primavera del año siguiente. Sin que Capecelatro y Chateneuf —recién llegado a Lisboa para sustituir a Rouillé— pudiesen hacer nada, el Braganza suscribió un tratado por el que reconocía a Carlos III como rey de España, a cambio de jugosas compensaciones31. A partir de ahí, el paso del archiduque a la ciudad del Tajo —como figuraba en el acuerdo—, tenía que ser, en opinión del Almirante de Castilla, un escalón imprescindible en su ascenso al trono de Madrid. Porque si había quien podía considerar que la conquista se podría comenzar atacando algún puerto costero de España, para el Almirante la capital portuguesa tenía que ser el centro de todas las operaciones y desde donde el Habsburgo tenía que iniciar su marcha hacia la corona. Con casi 30.000 hombres dispuestos para la guerra, cuanto antes se dirigiese a la capital portuguesa, antes podría acometer la expulsión de Felipe V de España32. ESPERANDO AL REY DE ESPAÑA La futura llegada del archiduque Carlos a Lisboa fue objeto de un amplio debate en los meses que siguieron al tratado firmado por el gobierno y los Aliados. Si el Almirante de Castilla había remitido a la corte de Viena razones ineludibles para que don Carlos acometiese su viaje a Portugal cuanto antes, a orillas del Tajo surgieron, aunque tímidas, algunas voces cuestionando la idoneidad de su presencia —y con él, la de un ejército tan numeroso—. Por ejemplo, un panfleto que circuló por las calles de Lisboa en esa época insinuaba que el archiduque podía aprovechar su desembarco en la ciudad
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29 SALDANHA, Antonio Vasconcelos de y RADULET, Carmen (eds.), Portugal, Lisboa e a Corte nos reinados de D. Pedro II e D. João V. Memorias históricas de Tristão da Cunha de Ataíde 1º Conde de Povolide, Lisboa, Chaves Ferreira,1990, pág. 142. 30 Carta de Domingo Capecelatro a Felipe V, AHN, E, leg. 1765, exp. 27. 31 CASTRO, José Ferreira Borges de (ed.), Collecção dos tratados, convenções, contratos e actos publicos celebrados entre a Coroa de Portugal e as mais potencias desde 1640 até ao presente, I, Lisboa, Imprensa Nacional, 1856, págs. 140-187. 32 Razones o motivos del Almirante de Castilla para provar que la presenzia del Archiduque en Portugal es absolutamente necessaria en Portugal remitidos a la Corte de Viena en Junio de 1703, BNL, Manuscritos Reservados, cod. 439, ff 1r-3r.
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para apoderarse del reino33. Más comedido, el «desembargador» Manuel Lopes de Oliveira fue el autor de un escrito, fechado el 1 de agosto de 1703, en el que advertía de que la presencia de regimientos militares extranjeros en Portugal podía alterar gravemente la vida de las comunidades locales, y recomendaba dar cuenta a las villas y comarcas de que la resolución de ir a la guerra no era ni temeraria ni injusta y que había que obedecerla «sem escrupulos». La buena marcha de las operaciones dependía del buen recibimiento de los ejércitos extranjeros por el pueblo portugués, apuntaba Oliveira, quien, sin embargo, se mostraba mucho más preocupado por otro aspecto unido a la llegada del archiduque. El pretendiente al trono de Madrid llegaría a Portugal en compañía de una gran corte y el «desembargador» temía que, como sucedía en las conjunciones de los planetas, se produjesen «eclipses e outros effeitos nocivos à terra e ao mondo». Las rivalidades entre los ejércitos y los soldados de diferentes naciones y religiones podían provocar desencuentros, y de sus palabras parecía desprenderse que quizás la corte de los Braganza podía sentirse abrumada ante la magnificencia de la del Habsburgo34. Por su parte, el duque de Cadaval, contrario a la alianza, ya había agitado el fantasma de la religión antes de que se firmase el acuerdo: había considerado que con él las tierras americanas podían sucumbir a las ideas de Lutero y Calvino35. Pero en el fondo la presencia del archiduque en Lisboa era profundamente deseada por el gobierno luso y la condición protestante de los aliados poco contaba frente a los beneficios que el viaje a Portugal podía tener para la defensa del país y sus conquistas. Por eso, cuando la salida de Viena del aspirante al trono español se ralentizó más de lo deseado en la segunda mitad de 1703, la inquietud ante un cambio de planes que aislase al gobierno se hizo patente. Preocupado por la marcha de los acontecimientos, Pedro II, además de no itir al archiduque sin los socorros prometidos, rechazaba para entonces los subsidios sin la presencia de aquel. Por lo que los imperiales se verían obligados a hacer comprender a los portugueses que el envío del Habsburgo era inminente36. Aunque el Imperio focalizaba sus intereses en Italia, y las potencias marítimas, en el a las rutas comerciales entre la península ibérica y América, la consecución de esos objetivos pasaba por un ataque directo a España.
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CARDIM, Pedro, «Portugal en la guerra por la sucesión de la Monarquía española», en GARCÍA GONZÁLEZ, Francisco (org.), La Guerra de Sucesión en España y la batalla de Almansa, Madrid, Sílex, 2009, pág. 225. 34 Papel que o Dezembargador Manouel Lopes de Oliveira fez ao Duque de Cadaval sobre a Liga do anno de 1704, ACL, Serie Vermelha, ms. 604, ff. 74v-80v. 35 Parecer del duque de Cadaval en la inclusión de Portugal en la liga con las potencias marinas, BNL, Manuscritos Reservados, cod. 749, f. 39v. 36 Carta del conde de Wratislaw a Luis da Cunha, ANTT, MDL, 356, s. f. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 453-474, ISSN: 0018-21411
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Sin embargo, pese a la posición central que ocupaba Portugal en esa estrategia y las seguridades de los imperiales, Pedro II optó por la cautela. No deseaba anticiparse a ninguna operación militar y cuando algunos de sus generales le pidieron permiso para dirigirse a las provincias del reino para examinar sus tropas, resolvió ordenar que no se moviesen «hasta nueva orden». Según informaba Capecelatro, aún al frente de la embajada española en Lisboa, pretendía antes ver cuáles eran «los efectos de la armada enemiga» y temía que adelantando sus tropas se produjese «desconfianza con algunas hostilidades, respecto de ser los que más incitan a la guerra»37. Se trataba de depurar responsabilidades, mantenerse a la sombra y esperar a que otros se empeñasen en el conflicto; que fuesen los españoles quienes declarasen la guerra a Portugal. Había que aguantar una farsa y hacer ver que, con un embajador en Madrid y su homónimo en Lisboa, España y Portugal seguían manteniendo buenas relaciones. Al menos, esa era la teoría. En la práctica la guerra de símbolos y las manifestaciones de particulares a favor del archiduque y la alianza quedaban fuera del guión. En Roma, una de las grandes capitales europeas del ceremonial38, los imperiales ya habían explorado el poder propagandístico de las representaciones. Con motivo de la festividad de San Antonio —patrón de los portugueses—, el 13 de junio de 1703, y las manifestaciones que tuvieron lugar en la iglesia homónima, el pro-imperial cardenal Grimani había creído conveniente estar presente en las oraciones al patrón de los lusos para, ante toda la opinión pública, sancionar el buen entendimiento con los nuevos coligados39. El recurso a los santos, a las devociones populares y a su carácter identitario era el camino a seguir y así sucedería en la propia ciudad de Lisboa —de forma más hiriente para los borbónicos— durante la celebración de la festividad de Montserrat, el día 8 de septiembre, en la iglesia de São Bento. Sufragada por los comerciantes del reino de Aragón, la ceremonia reunió a buena parte de la colonia residente en Lisboa, que asistió a una polémica petición hecha por el religioso a cargo de los oficios para que los presentes, a petición del procurador general del «consulado de la nación española», Francisco de Baranda, rezasen dos avemarías, «una por la salud y buenos subcesos de aquel Rey y otra para que Dios faboreciese los intereses de la Casa de Austria permitiendo llegase Carlos Tercero a goçar de la Monarchia de España». Capecelatro tuvo conocimiento de lo acaecido a través de uno de los españoles que se encontraba en el templo y, tras reunirse con el embajador francés, escribió al secre-
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Carta de Domenico Capecelatro a Felipe V, AHN, E, leg. 1751, exp. 3. VISCEGLIA, Maria Antonietta y SIGNOROTTO, Gianvittorio (eds.), La corte di Roma tra cinque e seicento, «teatro» della politica europea, Roma, Bulzoni, 1998. 39 Carta del cardenal Grimani a Leopolodo I, Haus-, Hof- und Staatsarchiv [HHStA], Rom, Korrespondenz, 84, int. 1, ff. 143-146. 38
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tario de Estado portugués un papel dando cuenta de la ofensa sufrida por la Casa de Borbón. Presionado por la queja interpuesta pero sin poder actuar contra un partidario del archiduque, el gobierno cargó contra el clérigo y le desterró a 30 leguas de la capital portuguesa. Era una forma de contentar a ambas partes y Capecelatro, por más que fuese «notorio» que la responsabilidad última recaía sobre Baranda, no pudo sino felicitar personalmente al secretario40. El deseo de aparentar normalidad, pese a la proximidad de la llegada del archiduque, seguía presente y, poco después del escándalo de São Bento, Pedro II se inclinó por rechazar la petición de John Methuen para que ordenase a los españoles residentes en Portugal abandonar el país41. Sin Carlos de Austria y sin los subsidios prometidos, Lisboa seguía siendo neutral y debía guardar las formas por más que ante los ojos de Europa poco hubiese que ocultar. En efecto, a nadie se le escapaba la impaciencia de la corte: en tierra se procedía a los arreglos y adornos del palacio, se preparaban carrozas para los desfiles y «gran cantidad de ropa de messa»; en el mar, los pilotos portugueses recibían avisos de la próxima entrada de navíos en la barra del Tajo. «Señales evidentes de creerse próxima la venida del archiduque», comentaba Capecelatro42. Una llegada para la cual también estaba preparado el propio embajador. Y es que en caso de que los indicios se convirtiesen en certezas, el marqués tenía órdenes de abandonar la ciudad y entregar un «papel de despedida» justificando su marcha por los excesos cometidos contra la Monarquía de España al aceptar Lisboa a la persona del archiduque y a las tropas de los enemigos de Felipe V43. Era cuestión de tiempo y no pasaría demasiado para que, por fin, el 21 de noviembre, Capecelatro se decidiese a abandonar la ciudad y acabase con el teatro. Con una operación que se sellaba con la invitación al representante portugués en Madrid, Diogo de Mendonça Corte Real, a dejar también él la corte, se cerraba un ciclo de cordialidad. Ambos embajadores se cruzarían el día 14 de diciembre en la frontera de Badajoz a las dos de la tarde, el mismo punto que no mucho después sería testigo del paso del ejército aliado hacia España44. Capecelatro no era el único al que le había inquietado el viaje del Habsburgo a Portugal. El nuncio pontificio en Lisboa, Michelangelo Conti, al no haber reconocido la Santa Sede al archiduque Carlos como rey de España,
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Consulta del Consejo de Estado, AHN, E, leg. 1767, s. f. Carta de Domenico Capecelatro a Felipe V, AHN, E, leg. 1751, exp. 22. 42 Ibidem. 43 Consulta del Consejo de Estado, AHN, E, leg. 1751, exp. 31. 44 Dando cuenta de la salida de Capecelatro, Carta de José Pérez de la Puente a José Camín, AHN, E, leg. 1751, exp. 51. La permuta de embajadores es referida en Carta del príncipe de T’Serclaes al marqués de Rivas. AHN, E, leg. 1751, exp. 51. 41
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observaba su llegada con recelo; la consideraba un foco de problemas capaces de envolver al Papado en las disputas entre austracistas y borbónicos y valoraba con cautela cómo proceder en su presencia meses antes de que esta se produjese. Advertido en diciembre de 1703 de que la corte lisboeta tenía intenciones de invitarle a las celebraciones por la llegada del archiduque, se posicionaría en la que consideraba una estricta neutralidad. Aunque no abandonaría la ciudad, haría constar que tampoco participaría en los festejos por la entrada en Lisboa de Carlos de Austria. Incluso daría instrucciones a sus sirvientes para que, llegado el momento, no hiciesen ninguna demostración desde su palacio que pudiese ser entendida como favorable a los austracistas. Aunque se trataba de toda una declaración de intenciones con la que la Nunciatura pretendía pasar desapercibida, no podría evitar cierto descontento entre los portugueses45. Aun así, el gesto de Conti no tendría mayores consecuencias. En la Lisboa de principios de 1704 nada podía empañar el desembarco del archiduque. Cuando, por fin, las naves acercaron al que había sido coronado rey de España en Viena al estuario de Lisboa, el júbilo se desató en la corte. Después de las incertidumbres, se cumplían las exigencias del gobierno portugués. El Habsburgo llegaba a la ciudad y lo hacía después de un largo viaje46, que había comenzado en el corazón de Centroeuropa casi medio año atrás y que, después de descender el valle del Rin, le había conducido a la corte de La Haya y más tarde a Londres, las capitales de sus principales aliados en el conflicto sucesorio. En ambas había recibido los máximos honores y —lo más importante— un tratamiento digno de un rey y ahora, al concluir en la península ibérica un periplo que recordaba al que Carlos V había hecho en 1519 para tomar posesión de la Monarquía, se esperaba que la acogida en Portugal no fuese menor. EN TIERRAS DE PORTUGAL El 7 de marzo de 1704 el velero inglés Royal Catherine, escoltado por una imponente flota, entró en el estuario del Tajo con Carlos de Austria a bordo y fondeó en las proximidades de Belén. Pese a la expectación que había despertado su llegada a Lisboa desde hacía meses, nadie había previsto el arribo del
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45 El episodio es recogido por Conti en las cifras que envió desde Lisboa a la Secretaría de Estado de la Sede Apostólica de los días 18 de diciembre de 1703 y 12 de febrero y 11 de marzo de 1704. Archivio Segreto Vaticano [ASV], Segreteria di Stato [Segr. Stato], Portogallo, ff. 102-103, 110-111 y 118-119. 46 LEÓN SANZ, Virginia, Carlos VI, el emperador que no pudo ser rey de España, Madrid, Aguilar, 2003, pág. 58.
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archiduque en esa fecha. Noticias llegadas días atrás a la ciudad dando cuenta de las dificultades que estaba encontrando el Habsburgo para completar su travesía por falta de viento habían invitado a pensar que aún se demoraría más tiempo en su viaje. La aparición de la flota aliada doblando Cascais, aunque esperada, se había presentado, así, como una grata sorpresa y el horizonte punteado por las velas de la escuadra que capitaneaba George Rooke había disparado las manifestaciones de alegría en las poblaciones costeras. Como muestra del respeto debido a la dignidad regia del que había sido coronado soberano de España, esa misma noche subirían a bordo del Royal Catherine el duque de Cadaval, en nombre de Pedro II, y Paul Methuen, en representación de la reina Ana de Inglaterra y en sustitución de su padre John —indispuesto por un ataque de gota—, para cumplimentarle por su feliz llegada. Su presencia y sus parabienes eran solo el preludio del recibimiento que Lisboa reservaba para el que deseaban entrase también triunfal en Madrid con el nombre de Carlos III47. Al día siguiente, aún a bordo, el archiduque recibió al marqués de Marialva, enviado por Pedro II para felicitar al monarca una vez más, y solo el 9 dio comienzo la recepción oficial. Ese día el Royal Catherine, gobernado por George Rooke, continuó río arriba entre el estruendo de las salvas que se lanzaban desde los fuertes del estuario y echó anclas frente al Palacio Real. Allí acogió el archiduque al Braganza pasadas las cuatro de la tarde y, una hora después, los dos monarcas descendieron a tierra firme acompañados de sus séquitos por un puente adornado con arcos triunfales que había sido construido para la ocasión48. De esta provisional edificación se conoce bastante bien su composición gracias a un testimonio del conde da Ericeira, autor intelectual de su programa iconográfico49. Contaba con un pórtico en el que figuraban dos estatuas que representaban la gloria y la felicidad de Portugal. Destacaba en el conjunto una espaciosa plaza en la que se representaban las glorias de Júpiter, sobre cuya estatua se posaba un águila, «alegoria em tudo ao novo Príncipe e aos reynos de Espanha». Como buena muestra de la arquitectura efímera del Barroco, pretendía causar iración, exaltar al soberano y publicitar los símbolos del poder triunfante de las monarquías absolutas50. Las imágenes del puente y la plaza no eran las únicas que encumbraban la alianza entre Portugal y la causa austracista. En las galerías del Palacio Real se habían dispuesto diez pinturas sobre episodios del Antiguo y el Nuevo Tes-
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Carta de Paul Methuen. TNA, SP, 89/18, ff. 85-86. Ibidem. 49 Él mismo refiere que la idea fue suya pero que la fábrica corrió a cargo del conde de Soure. Carta del conde da Ericeira al virrey de la India, ACL, Serie Azul, ms. 383, ff. 186198. El testimonio ha sido citado por CARDIM, «Portugal en la guerra», pág. 227. 50 BONET CORREA, Antonio, «La arquitectura efímera del Barroco en España», NorbaArte, 13 (1993), pág. 23. 48
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tamento que pretendían ser referencias de los protagonistas del conflicto sucesorio y cuya autoría se desconoce51. Por su alto contenido simbólico destacaban dos cuadros. Uno en el que el archiduque era evocado en una representación de la transfiguración de Jesús en el Monte Tabor y otro en el que Felipe V era equiparado al faraón ahogado en las aguas del mar Rojo persiguiendo a Moisés. Ambos conformaban los dos puntos opuestos sobre los que basculaba el conjunto pictórico. A un lado se hallaban las doncellas del rey David que esperaban a su amo al igual que aguardaban al Habsbugo los reinos de España; el ciego que recuperaba la vista iluminado por el Señor como el duque de Saboya cuando había pasado al bando aliado; y Judit que con la cabeza de Holofernes en sus manos recordaba a la reina viuda de Inglaterra, Catalina de Braganza. Del otro, Judas ahorcado de un árbol ilustraba la traición del cardenal Portocarrero a la casa de Austria; Saúl pidiendo a un soldado que le matase tras la derrota en el monte Gilboa apuntaba al duque de Baviera y su participación en el bando borbónico; y dos pinturas de San Pedro, en una prometiendo a Jesús estar preparado para cualquier sufrimiento y en otra llorando tras haber negado al maestro, denunciaban los movimientos de Clemente XI en la Guerra de Sucesión española, entendidos hasta el momento perjudiciales para los intereses del archiduque Carlos. Fue en ese marco en el que el Braganza y el Habsburgo recibieron a la nobleza del país mientras, de fondo, piezas interpretadas por algunos vasallos del monarca amenizaban la función. «Pareceu bem aos estrangeiros a Múzica e com singularidade alguns instrumentos», apuntaría el conde de Ericeira52. Como no podía ser de otra manera, el recibimiento era digno de un rey, y solo concluiría cuando el propio Pedro II acompañase a su invitado hasta sus aposentos. Se había preparado para la ocasión una estancia con un lecho de plata y oro y excelentes tapicerías, donde el Hasburgo habría de descansar y prepararse para una cena ofrecida por el anfitrión. El banquete, en una gran mesa, reuniría al archiduque, al rey de Portugal, a sus tres hijos y a los principales títulos lusos. Iba a ser la última vez que ambos soberanos compartiesen mantel53. La mañana siguiente Pedro II iría a visitar al archiduque y el día después sería este quien devolviese la visita al portugués. Pero las fiestas y celebraciones quedaban ya atrás. Aunque el archiduque tendría todavía tiempo de cumplimentar a la reina viuda de Inglaterra54, el momento de las armas había llegado.
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51 Nota de' Quadri preparati dalla Maestà del Rè di Portugallo per ornamento della Galleria in cui doveva eggiare il Rè Carlo Terzo di Spagna.. ASV, Fondo Bolognetti, 137, ff. 118-119. 52 Carta del conde da Ericeira al virrey de la India, ACL, Serie Azul, ms. 383, ff. 186-198. 53 Carta de Paul Methuen, TNA, SP, 89/18, ff. 85-86. 54 Gazeta em forma de carta, BNL, Manuscritos Reservados, cod. 512, f. 2r. Se ha consultado y se cita el original aunque existe una edición de los avisos de esta gaceta. SILVA,
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Empezaba a hablarse en Lisboa del viaje que el archiduque debía emprender para acompañar a los ejércitos rumbo a España. Las noticias que llegaban a la ciudad desde las Beiras y el Alentejo daban cuenta de que el enemigo, con Felipe V a la cabeza, se encontraba próximo a la localidad de Arronches y se creía que era solamente cuestión de tiempo que el Habsburgo contraatacase y diese comienzo a su empresa55. En efecto, a finales de mayo, después de disipar los miedos de los lisboetas a un posible ataque de la flota sa56, el archiduque y Pedro II abandonaron triunfalmente la ciudad para unirse a algunas de sus tropas. Aunque parecían emular al Borbón —«hum rey Gallo, que de z se fez Espanol e nos veyo a cantar dentro as nossas terras»57—, que no mucho antes había salido de Madrid al frente de su ejército, tendrían que detenerse a la altura de la ciudad de Santarem, en el centro del país. Los borbónicos estaban avanzando con una cadencia tan alta que les había permitido hacerse en pocos días con varios enclaves portugueses y llegar hasta Castelo Branco, y se temía que un ataque por sorpresa pusiese en peligro la seguridad de los monarcas. Antes ya habían tenido que detenerse en Castanheira de Ribatejo, cuando una noticia, desmentida más tarde, afirmaba que los hispanoses habían tomado Abrantes. Pero, pese a todo, el periplo, remontando el río Tajo, estaba siendo en buena medida un éxito propagandístico. Los detalles del itinerario real fueron parcialmente recogidos en el manuscrito portugués Jornada d’El Rey Pedro II à Beira na companhia do Arquiduque58. Gracias a este texto, centrado fundamentalmente en las andanzas del séquito del Braganza, se sabe, por ejemplo, que las poblaciones en que pernoctaban los monarcas —quienes aunque hacían el mismo recorrido, llevaban ritmos diferentes, siendo el portugués el que abría el camino— recibían siempre a los dos soberanos con luminarias y repiques de campana más propios de ambientes festivos que prebélicos, y que las visitas a iglesias que albergaban reliquias y tallas debieron de copar buena parte de las agendas reales. Así, en Santarem, donde el archiduque y Pedro II permanecieron hasta el 3 de agosto,
———— Joseph Soares da Silva, Gazeta em forma de carta (1701-1716), Lisboa, Biblioteca Nacional, 1933. 55 Gazeta em forma de carta, BNL, Manuscritos Reservados, cod. 512, ff. 2v-3r. 56 John Methuen consideró que la presencia de la flota sa era incierta, aunque dio cuenta del miedo de los portugueses. Algunos ministros —informó— se dirigieron a su casa para comentarle que se sentían abandonados después de que la armada inglesa hubiese dejado desguarnecido el puerto de Lisboa. Carta de John Methuen al conde de Nottingham, TNA, SP, 89/18, ff. 113-114. 57 Así se refería a Felipe V un emblema portugués de 1704. MARTÍNEZ PEREIRA, Ana, «La participación portuguesa en la Guerra de Sucesión Española. Una diatriba política en emblemas símbolos y enigmas», Península. Revista de Estudos Ibéricos, 5 (2008), pág. 179. 58 Jornada d’El Rei D. Pedro Segundo à Beira na Companhia do Archiduque Carlos d’Austria e hum discurso a favor daquella guerra, ACL, Serie Vermelha, ms. 530. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 453-474, ISSN: 0018-21411
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los reyes hicieron pública su devoción a la «imagem milagrosa» de Nuestra Señora de la Piedad mientras que en Coimbra fue el Braganza quien tuvo tiempo para rezar ante la tumba de la reina Santa Isabel, sepultada en el monasterio de Santa Clara. En esta ciudad, el rey dispuso además de un recibimiento especial por parte de las autoridades locales y participó, pese a no ser época académica, en algunos actos en la Universidad, donde el rector le entregó los «obséquios devidos» a su persona. Era tiempo de devociones, de homenajes y acogidas. El viaje, pues, no dejaba de resultar extraño. En ocasiones poco parecía importar que el escaso calado de las operaciones militares estuviese irritando a los ingleses, que consideraban desde hacía dos meses que sus intereses en la península permanecían «in a very ill posture»59. Aunque trabadas por la guerra, las visitas continuaban a su ritmo, e incluso un tanto al margen de los acontecimientos, y la idea —defendida por algunos autores— de que el camino recorrido por Pedro II y el archiduque equivalía a un mensaje político según el cual el rey de Portugal era quien estaba conduciendo a su trono al de España60, parecía circunscribirse únicamente al público luso. Es verdad que en la mente de ambos se imponía con fuerza el deseo de emprender una campaña decisiva al otro lado de la raya pero no es menos cierto que, superados por los acontecimientos, se contentaban con otorgar el carácter de simple viaje a lo que debía ser el inicio de la guerra. «Confesso que me causo grande disprazer a excesiva prodigalidade com que a nobreza se tem empenhado em coisas mais próprias para Romerias do que para Batalhas, porque os exércitos nunca são mais formosos que quando parecem mais armados e horrendos», escribiría en un memorial un militar tiempo después61. Cuando, por fin, pudieron llegar a Guarda y avanzaron hacia la frontera la diatriba se hizo más evidente. «Por vos se mira España libertada / y por vos ciñe Carlos la Corona», se decía en un soneto en castellano que recibía a Pedro II y que no parecía contemplar las dificultades que esperaban al monarca luso62. Él, que se había ganado el calificativo de El Pacífico, tenía ante sí la guerra, el riesgo y quién sabe si la amenaza de la muerte. El 19 de septiembre, consciente del delicado momento al que se enfrentaba, firmaría y sellaría su testamento. Si él faltase, los destinos de Portugal quedarían en manos de su hijo, el futuro Juan V63.
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Carta de John Methuen a Charles Hedges, TNA, SP, 89/18, ff. 128-129. COSTA, Fernando Dores, «A participação portuguesa na Guerra de Successão de Espanha: aspectos políticos», en CARDOSO, José Luis et alii, O Tratado de Methuen: diplomacia, guerra, política e economia, Lisboa, Horizonte, 2003, pág. 77. 61 Papel de Francisco Freire feito à Rainha de Inglaterra [Catarina de Braganza], BDA, 51-V-15, n.º 4. 62 Jornada d’El Rei D. Pedro Segundo..., ACL, Serie Vermelha, ms. 530, f. 82r. 63 Testamento de Pedro II. ACL, Serie Azul, 759. 60
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Aunque los reyes llegaron a cruzar la raya con las miras puestas en un ataque contra Ciudad Rodrigo, en el consejo de guerra que se celebró el día 22 de octubre los ánimos no eran ya los de antes. Algunos ministros habían hecho creer al Braganza que conquistaría Castilla «sem golpe de Espada, nem tiro de pistolla», cuando en realidad los hispanoses estaban firmemente posicionados en las vaguadas del río Águeda64. Tozudo, Pedro II seguía confiando en sus posibilidades y tras desoír los consejos del secretario de Estado, Diogo de Mendonça Corte Real, y del duque de Cadaval, que abogaban por regresar a Portugal, envió a sus tropas al frente. La operación fue un fracaso. Unidades comandadas por el conde de Alvor se batieron con los borbónicos y hubo intercambio de disparos de artillería entre ambos ejércitos pero al cabo de dos horas todo acabó. El rey dictó retirada. No había otra opción por más que el archiduque se mostrase altamente contrariado por la decisión del Braganza. En un nuevo Consejo de Guerra celebrado al día siguiente se acordó, con el único voto contrario del marqués das Minas, que únicamente cabía regresar a Portugal y reemprender la marcha a la capital. La vía terrestre como entrada en España se desmoronaba. Si seguían adelante, explicó Pedro II al archiduque, nunca más «seria Rey de Castella, e tornaria para Alemanha»65. En su vuelta a Lisboa, el Habsburgo aún fue capaz de alargar su periplo y optó por acercarse a varios conventos y desviarse de su itinerario para conocer el monasterio cisterciense de Alcobaça. Lugar de eterno reposo de los restos de tres monarcas portugueses, la abadía simbolizaba la consolidación de la Monarquía lusa en época medieval y que ahora un monarca español la visitase, demostraba el respeto hacia una corona que hasta hacía no demasiado tiempo había estado en manos de Madrid. Su presencia en la abadía el día 20 de agosto, festividad de San Bernardo —fundador de la orden del Císter— otorgaría a aquella jornada la condición de «solemne» en las crónicas66. Pedro II, en cambio, puso rumbo a la capital portuguesa de inmediato. Derrotado moralmente, abatido por el fracaso de sus planes, parecía por fin comprender que las cosas —como tiempo atrás habían avanzado los ingleses— no estaban corriendo demasiado bien. Cuando llegó a Lisboa, John Methuen apuntó que el rey se hallaba extremamente deprimido por haber regresado sin las victorias que había esperado: «He fell into many expressions which stewed his sense and concern to think that being present himself with the young king of Spain it was a great lofs of honour to retourn without all empting on an enemy weaken than himself», escribía el embajador67. Ciertamente el resultado de las acciones militares, por más que la publicística por-
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Jornada d’El Rei D. Pedro Segundo..., ACL, Serie Vermelha, ms. 530, f. 90r. Jornada d’El Rei d’El Rei D. Pedro Segundo..., ACL, Serie Vermelha, ms. 530, f. 90v-91r. Gazeta em forma de carta, BNL, Manuscritos Reservados, cod. 512, ff. 9r-9v. Carta de John Methuen a Charles Hedges, TNA, SP, 89/18, f. 179.
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tuguesa tratase de encumbrarlas en diferentes gacetas, no era bueno, y ya no habría celebraciones victoriosas, como las que habían despedido a los monarcas en el mes de mayo. Tal era el malestar que incluso un sector de la corte deseaba llegar a un acuerdo particular con Luis XIV que permitiese a Portugal salir de la guerra, refería ya a comienzos de 1705 un alarmado John Methuen68. Quizás era exagerado pero los discretos avances de los ejércitos en la frontera hispanolusa, así como la creciente corriente de opinión que auguraba que tras la conquista de Gibraltar las tropas portuguesas serían enviadas al Peñón para defender el enclave en vez de avanzar hacia el interior de España69, estaban minando las veleidades belicistas de Pedro II. La segunda etapa de la estancia del archiduque en Lisboa se abría con demasiadas dudas. Las manifestaciones de alegría que se habían sucedido tras su llegada en marzo habían ahora desaparecido. Alojado en una quinta del conde de Aveiras, el Habsburgo apenas participó en las fiestas y ceremonias de la ciudad durante el nuevo año. El ambiente se hallaba un tanto enrarecido y el pesimismo se haría aún más patente cuando Pedro II sufriese una apoplejía en el mes de enero que le obligase a confiar el gobierno del reino a su hermana Catalina de Braganza. Con un anfitrión convaleciente, el ceremonial y la representación quedaban en un segundo plano para el archiduque. En el fondo, la entrada de los Aliados en el Mediterráneo marginaba a Lisboa del plano operacional y la salida del archiduque rumbo hacia España por vía marítima era de esperar. Cierto es que las campañas terrestres emprendidas desde Portugal ese año —gracias, en parte, al decidido empuje de la regente70— iban a ser un éxito, mas apenas sí consolidarían sus posiciones, a diferencia de lo que sucedería en el oriente peninsular, donde los austracistas se harían fuertes. Aun así, la entrada de fuerzas lusas en Valencia de Alcántara o la toma de Zarza la Mayor, en la Extremadura española, fueron ampliamente celebradas en Lisboa en el mes de mayo. El rey «mandou encomendar ao Arcebispo de Lisboa, e ao Bispo Capellão mór do seu Conselho de Estado fizessem dar graças a Deos nosso Senhor como Autor das Victorias por este successo em todas as Igrejas da Cidade», además de las demostraciones de alegría acostumbradas, recogía un impreso71. Para entonces el archiduque ya había tomado la decisión de optar por la vía marítima en su salida de Lisboa. A pesar de las escaramuzas en la frontera y la conquista de algunas plazas, el fracaso del ejército aliado en su intento
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Carta de John Methuen a Charles Hedges, TNA, SP, 89/18, ff. 210. Carta de Francisco de Sousa Pacheco, ACL, Serie Azul, ms. 117, ff. 14-15. 70 FRANCIS, The First Peninsular, pág. 157. 71 Relaçam da expugnaçam da praça de Valença de Alcantara, ganhada por assalto pelo Exercito da Provincia do Alen-Tejo, & de cómo foy destruida a Villa de Sarça pelo da Beyra. Impreso. Lisboa, Valentim da Costa Deslandes, 14 de mayo de 1705. 69
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por hacerse con Badajoz y la retirada de las tropas a sus cuarteles con la llegada de las altas temperaturas no le daban otra opción si quería avanzar. A mediados de verano la flota que le había de conducir a otras tierras ya estaba preparada en el estuario del Tajo. Carlos de Austria se disponía a dejar la ciudad después de permanecer en Portugal algo más de un año. Pese a sus reservas y sus limitadas apariciones públicas en Lisboa, sus viajes le habían permitido ganarse el favor popular; que contase con una formidable escuadra, aplacar los recelos de los que temían que desde ese preciso instante los intereses de los Aliados se separasen irremediablemente de los de Portugal. Era el 28 de julio de 1705 y, por fin, ponía rumbo a España. En la despedida, como último gesto de amistad, Pedro II habría de entregar al que había sido su invitado un viático de 15.000 monedas de oro72. No era fácil el viaje al que se enfrentaba. 1 AÑO, 4 MESES Y 3 SEMANAS Si se exceptúan los días en que acampó cerca de Ciudad Rodrigo, en el mes de octubre de 1704, ese fue el tiempo que el archiduque Carlos pasó en Portugal. Un periodo excesivamente largo para las urgencias que la situación bélica exigía, pero que se demostró valiosísimo en la consolidación de la representación y el ejercicio del poder del candidato austracista y su condición regia. Su llegada al puerto de Lisboa en marzo de 1704, símbolo absoluto de hermanamiento con la Monarquía lusa y el resto de los Aliados, supuso una suerte de exaltación de su majestad, dispuesta por fin a reclamar con las armas el trono de España. Las fiestas en ocasión de su arribo, aunque siguiendo un estricto e interesado programa diseñado por el gobierno portugués, reflejaban también esos aspectos. El archiduque era para su anfitrión Pedro II y para los embajadores de la coalición Carlos III de España y, aunque ya lo había sido desde el momento de su coronación en Viena, su presencia en Lisboa — por fin, en la península ibérica— dotaba de mayor fuerza los argumentos que le habían conducido a proclamarse legítimo sucesor de Carlos II. No es que en La Haya o Londres, las primeras etapas de su viaje, no se hubiese sentido arropado pero sí es cierto que, lejanas como eran ambas ciudades al escenario de la contienda, no se hallaba en ellas —ora en la corte, ora entre el pueblo— la tensión de los lisboetas, la misma que debía sentir el archiduque ante la empresa a la que se enfrentaba. Perfectamente compenetrada con la causa austracista y magnífico reducto para Carlos de Habsburgo, Lisboa obtuvo importantes réditos por las presta-
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Gazeta em forma de carta. BNL, Manuscritos Reservados, cod. 512, ff. 20v-21r.
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ciones aportadas a los Aliados. Porque si bien los beneficios aparentes durante los primeros años de la contienda en términos económicos y territoriales fueron mínimos y el país tuvo más posibilidades de sufrir una invasión que expandir sus fronteras, la centralidad de la capital durante la estancia del archiduque dotó a los Braganza de un protagonismo en Europa inusitado hasta la fecha. Al primer conflicto en que participaba desde el final de la Guerra de Restauración, Portugal había llegado ocupando una posición secundaria pero su situación geográfica le había concedido una oportunidad única para reivindicarse. Pedro II, un rey inseguro durante casi toda su vida, actuaba ahora como un líder belicoso dispuesto a guerrear con los Borbones. Su deseo, como había llegado a asegurar Francisco de Sousa Pacheco, embajador portugués en La Haya, a su homólogo imperial tiempo atrás, no había sido otro que «ter o Archiduque por vezinho»73. Aunque la afirmación era una simple alusión a los intereses lusos porque Carlos de Austria ocupase el trono de Madrid, nadie habría podido imaginar cuán literales iban a ser esas palabras. La estancia del archiduque en Lisboa había acabado convirtiendo en vecinos a los dos reyes durante más de un año, aunque jamás llegasen a serlo en sus tronos. En adelante Lisboa palidecería y quedaría marginada de las operaciones de la guerra. Gibraltar y Barcelona eran ya los nuevos centros de interés de los coligados quienes apenas sí volverían a mirar hacia el oeste. Fecha de recepción: 29/06/2011 Fecha de aceptación: 12/04/2012
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73 Carta de Francisco de Sousa Pacheco al secretario de Estado. ANTT, MNE, liv. 806, ff. 14r-23v.
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HISPANIA. Revista Española de Historia, 2012, vol. LXXII, núm. 241, mayo-agosto, págs. 475-500, ISSN: 0018-2141
EL ALMIRANTAZGO ESPAÑOL DE NUEL GODOY *
1807:
LA ÚLTIMA REFORMA DE
MA-
SIGFRIDO VÁZQUEZ CIENFUEGOS *
Escuela de Estudios Hispano-Americanos (CSIC)
RESUMEN:
A finales del siglo XVIII la marina española se encontraba en decadencia. Manuel Godoy fue encargado por el rey para revertir la situación. Aunque ya existían planes previos, no fue hasta la derrota franco-española en Trafalgar en 1805 cuando el príncipe de la Paz se decidió a llevar adelante la instauración de una institución que venía siendo considerada la solución a tan graves problemas. La decisión tomada de erigir un Almirantazgo fue acogida favorablemente tanto por la Marina como por los partidarios de Godoy. Poco más de un año después, las cañas se tornaron lanzas y muchos de los que adulaban de manera exacerbada a Godoy en 1807 lo vilipendiaron coléricamente a partir de marzo de 1808. PALABRAS CLAVE: Almirantazgo. Marina. Reforma institucional. Celebración. Recelos. Manuel Godoy. Fernando VII.
THE SPANISH IRALTY OF 1807: THE LAST REFORM OF MANUEL GODOY ABSTRACT: At the end of the 18th century the Spanish Navy was in decline. Manuel Godoy was commissioned by the King to reverse the situation. Although there were previous plans, it was not until the Spanish-French defeat at Trafalgar in 1805 when the so-called «Prince of Peace» decided to establish an institution that was being considered as the solution to the se-
———— Sigfrido Vázquez Cienfuegos es doctor investigador contratado por el programa JAEDOC 2008 en la Escuela de Estudios Hispano-Americanos (CSIC). Dirección para correspondencia: c/ Alfonso XII, 16, 41002, Sevilla (España). Correo electrónico:
[email protected]. * Siglas utilizadas: AMN (Archivo del Museo Naval de Madrid), AGMAB (Archivo General de la Marina «Álvaro de Bazán», Viso del Marqués), AHN (Archivo Histórico Nacional, Madrid), BNE (Biblioteca Nacional de España, Madrid), AGI (Archivo General de Indias, Sevilla), AGMS (Archivo General Militar de Segovia), t. (tomo), carp. (carpeta).
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rious problems affecting the Navy. The establishment of iralty was welcomed by both the Navy and the people in favor of Godoy. Just over one year later, many of those who flattered Godoy in 1807 vilified him angrily on March 1808. KEY WORDS:
iralty. Navy. Institutional reform. Celebration. Distrust. Manuel Godoy. Fernando VII.
ANTECEDENTES: LA PROPUESTA DEL BAILÍO VALDÉS Durante el reinado de Carlos III la Real Armada mantuvo un proceso de renovación y de consolidación del poder naval español continuado por su sucesor Carlos IV hasta 17951. A partir de entonces, el proceso se invertirá, primero lentamente, y poco después, de manera más acelerada, hasta tal punto que, ante la mala situación de la marina española en 17992, el secretario de Estado Mariano Luis de Urquijo encargó reservadamente al bailío Antonio Valdés3 determinar las causas que habían llevado a esta condición a la Armada4. Según el dictamen de Valdés, no había duda de que la marina se encontraba en un estado «decadente y precario». La fuerza efectiva de la Armada apenas consistía en 25 navíos armados y no había recursos para aumentar su
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CEBALLOS-ESCALERA, Alfonso de, El Almirantazgo General de España e Indias en la Edad Moderna, Madrid, Real Academia de la Mar, 2012, pág. 117 (en prensa, paginación no definitiva). 2 FERNÁNDEZ DURO, Cesáreo, Armada española desde la unión de los reinos de Castilla y de Aragón, tomos VIII-IX, Madrid, Museo Naval, 1972, pág. 243. 3 Antonio Valdés y Bazán había sido secretario de Marina desde 1783 y secretario de Indias desde 1787 con Carlos III, demostrando su valía manteniendo la secretaría de ambos ministerios hasta 1792 ya con Carlos IV. VALDÉS Y OZORES, Micaela, El bailío don Antonio Valdés. Un gobierno eficaz del siglo XVIII, Madrid, Libroslibres, 2004, págs. 104-119. En 1781 Valdés fue nombrado director de la Real Fábrica de la Cavada poniéndola en activo. Como ministro de Marina, estableció en los tres Departamentos peninsulares, cursos de matemáticas, bibliotecas y gabinetes de instrumentos, amplió la enseñanza de artillería y patrocinó la apertura de nuevos colegios y cátedras para la Marina mercante; potenció los arsenales con la ampliación de diques y fue el patrocinador de notables expediciones científicas como las de Malaspina y Bustamante, Córdoba y Churruca. Mostró una especial preocupación por el personal de la armada aumentando sus sueldos y poniendo en marcha un montepío extensivo a todos los cuerpos. Fue el creador del orden táctico naval de la primera escuadra de instrucción integrada por nueve fragatas y cuyo mando dio a Juan de Lángara. Con respecto a la Secretaría de Indias, apoyó la implantación del libre comercio en América, la constitución de consulados y la creación de la Compañía de Filipinas. Entre los méritos de Valdés no hay que olvidar que fue el encargado del diseño de la actual bandera española en 1785. CERVERA PERY, José, La Marina de la Ilustración (Resurgimiento y crisis del poder naval), Madrid, Ed. San Martín, 1986, págs. 229-231. 4 CERVERA PERY, La Marina de la Ilustración, pág. 122. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 473-500, ISSN: 0018-2141
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número, ampliar sus dotaciones o comprar pertrechos, lo que había llevado al cuerpo de marina a un estado de «abatimiento de ánimo». La situación había empeorado rápidamente tras la derrota infligida a España por la Francia de la Convención Revolucionaria en 1795. Hasta entonces podría decirse que la Armada mantenía un desarrollo «floreciente y brillante», pero la llegada a la secretaría de Marina de Pedro de Varela supuso un cambio radical. El nuevo ministro se centró en la aplicación de una política de ahorro estricto, por lo que se descuidaron el acopio de pertrechos, las carenas y reparaciones, y la construcción de nuevos buques. El número de naves en servició descendió, quedando muchas sin los medios necesarios para su armamento. A pesar de ello no solo no logró economizar, sino que aumentó el gasto pues finalmente en el año 1796 la marina necesitó más recursos que en los años anteriores, debido esencialmente a que las reformas se fundamentaron en proyectos poco meditados. En 1796 Varela5 fue sustituido por el prestigioso marino Juan de Lángara que se mantuvo en el cargo hasta 1799. Inicialmente contaba con buena reputación entre los de la Armada por sus conocimientos de marina. Sin embargo, lejos de corregir los errores de su predecesor, la situación empeoró fundamentalmente por su indolencia y falta de actividad, causada por su decadencia física, lo que hizo que el bailío Valdés caracterizase su mando por la «imbecilidad y falta de resolución». En su opinión tanto Varela como Lángara habían dejado el cuerpo de la marina «cadavérico» e «inútil» y que solo servía para gastar6. Para el bailío la solución estaba en la formación de una junta o consejo de generales expertos en la marina con un intendente a la cabeza, siguiendo el modelo inglés7. Esta institución debía tener el título genérico de Almirantazgo, sin ser necesario que en ella hubiese un almirante como sucedía en Inglaterra8, a pesar de que las Ordenanzas generales de la Armada naval de 1793 señalaban esta posibilidad en su primer tratado9. El Consejo debía ser un órgano colegiado que se encargase de todo lo referente a lo gubernativo, militar y económico de la Armada, un cuerpo de doctrina permanente, independiente
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En 1796 quedó encargado de la secretaría de Hacienda. VALDÉS Y BAZÁN, Antonio, «Reflexiones sobre el estado actual de la Marina, el origen y progresos de su decadencia y modo de remediarla», Madrid, (31-8-1799), en GARCÍA RÁMILA, Ismael, Un burgalés ilustre, el baylío don Antonio Valdés, Burgos, Imp. Marcelino Miguel, 1930, págs. 197-198. 7 Valdés quería evitar el modelo del Almirantazgo español de 1737 que había sido erigido para «rango y bambolla» a don Felipe de Parma. CERVERA PERY, La Marina de la Ilustración, pág. 123. 8 VALDÉS Y BAZÁN, «Reflexiones sobre el estado actual de la Marina», en GARCÍA RÁMILA, Ismael, Un burgalés ilustre, págs. 199-200. 9 MAZARREDO, José de, Ordenanzas generales de la Armada naval, Parte I, Madrid, imprenta de la viuda de don Joaquín de Ibarra, 1793, pág. 3. 6
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de quien quiera que fuese el ministro de turno10. Una vez establecido este cuerpo y las reglas de Almirantazgo, no era necesario que el ministro de Marina fuese facultativo y debían quedar sus competencias asumidas por la secretaría de Estado. Debía contar con un tribunal presidido por el capitán general del departamento de Cádiz José de Mazarredo, por su mayor antigüedad; el teniente general y consejero de Guerra Francisco Gil de Lemos, el teniente general y capitán general del departamento del Ferrol Félix de Tejada, por su conocimientos en el ramo de arsenales; el teniente general e ingeniero general de la Armada Tomás Muñoz, el mayor general y jefe de escuadra Manuel Muñoz Gaona y el intendente marqués de Ureña. A estos generales debía sumarse el secretario general de la Armada, capitán de navío José de Espinosa Tello. Todos debían formar el juzgado que inicialmente solo trataría de lo gubernativo del cuerpo, pudiendo más adelante darle mayor extensión para que se ocupase de las presas y materias de justicia, para lo que se le agregaría un ministro togado del Consejo de Guerra y un fiscal, pues esto requeriría más tiempo y se necesitaría conferenciar con la junta de Almirantazgo para el establecimiento del sistema propuesto. En definitiva Valdés pidió en 1799 el cese de Lángara, el nuevo gobierno de la Armada por un Almirantazgo con plaza efectiva en el Consejo de Estado al quedar suprimida la dirección general de Marina y la inspección general de Arsenales, permaneciendo ambas concentradas en el tribunal o junta de Almirantazgo, así como el nombramiento inmediato de los indicados, sin que eso implicase que Mazarredo dejase de mandar una escuadra llegado el caso, pudiendo ocupar su puesto Francisco Gil de Lemos mientras que el primero estuviese fuera de la Corte. De ese modo no solo se fomentaba y conservaba la marina, sino que se ahorraba con la reforma de la secretaría de Estado al dejar tan solo tres o cuatro oficiales agregados a esta, o en la unión de la marina de correos a la militar, entre otras ventajas que se desarrollarían con el tiempo11. El dictamen de Valdés hirió las susceptibilidades de los que entonces regían la Marina y provocó la oposición de Manuel Godoy, que a finales de 1800 había recuperado el favor de Carlos IV en detrimento del anterior secretario de Estado Urquijo12, lo que dejó al bailío en una situación muy comprometi-
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10 JUAN Y FERRAGUT, Mariano, «La Marina en 1808», en La marina en la guerra de la independencia I: XXXV Jornadas de Historia Marítima, Madrid, Instituto de Historia y Cultura Naval, 2007, pág. 47. 11 VALDÉS Y BAZÁN, Antonio, «Reflexiones sobre el estado actual de la Marina», en GARCÍA RÁMILA, Un burgalés ilustre, págs. 199-200. 12 Urquijo planteó una política destinada a sanear la Monarquía. LA PARRA LÓPEZ, Emilio, La Alianza de Godoy, Madrid, CSIC, 1992, págs. 165-168. Urquijo pudo mantener esta política mientras contó con el apoyo del Directorio francés, con la caída de este y el ascenso de Napoleón, unidos a los ataques por parte de la Iglesia española quedó sin el favor de la
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da. El plan de Valdés no fue atendido entonces, pues además tenía algunas limitaciones como la de ser un mero bosquejo, cuando para un proyecto de tal envergadura como renovar la Armada se requería de un mayor desarrollo de los planes13. SE INICIAN LAS REFORMAS En cualquier caso, el informe del bailío había constatado que era urgente la reforma de la Armada por lo que el rey encomendó este propósito a Godoy en 180114. El príncipe de la Paz tomó una serie de medidas que ya en 1802 tuvieron algunos frutos positivos. Como Generalísimo, que era desde 1801 tras la Guerra de las Naranjas contra Portugal, ordenó organizar un nuevo Estado Mayor de todas las armas. En marzo de 1802 presentó un plan de reorganización del ejército en el voluminoso manuscrito Reglamentos constitucionales para una nueva organización, división y gobierno del Ejército, probados por SM a propuesta del Generalísimo de todas sus armas15. Junto con este documento se presentaron las directrices básicas para la reestructuración de la Armada16, siendo elegido como secretario de Marina el teniente general Domingo Pérez de Grandallana17. La Paz de Amiens permitió a Godoy enfatizar en las cuestiones de organización y formación escogiendo para ello a un grupo de científicos de primer nivel y ordenó reimplantar la enseñanza en las escuelas de Guardias Marinas, interrumpidas en 1793 a causa de la guerra con Francia18. En 1803 ordenó el aumento de las pagas del ejército y la Armada, añadiendo a la marinería nue-
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Corona y hubo de abandonar el gobierno. SIERRA NAVAS, Luis, «La caída del primer ministro Urquijo en 1800», Hispania, 23 (1963), págs. 556-580. 13 IBÁÑEZ DE IBERO, Carlos, Almirantes y hombres de mar, Madrid, Aguilar, 1950, pág. 359. 14 Real Decreto de 10 de octubre de 1801. 15 Este documento es de hecho una nueva constitución militar que sustituía a la de 1766. 16 Se encuentra en el Archivo General del Palacio Real una carpeta nombrada como «Cuatro regímenes mensuales de las providencias tomadas en la Armada por su Jefe Generalísimo D. Manuel Godoy en 1802», en la que se recogen las providencias que se tomaron para reformar la marina. HERRERO FERNÁNDEZ-QUESADA, M.ª Dolores, Ciencia y milicia en el siglo XVIII: Tomás de Morla, artillero ilustrado, Segovia, Patronato del Alcázar de Segovia, 1992, pág. 381. 17 Grandallana ocupó este puesto entre 1802 y1805. FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, págs. 246-247. 18 Gabriel Ciscar fue encargado de la realización de los Cursos de estudios elementales de Marina, publicado en 1803 en cuatro tomos. Los tres primeros están dedicados a dar nociones básicas de aritmética, geometría, trigonometría y cosmografía, mientras que el cuarto, Tratado de pilotaje, es el más novedoso e importante. LA PARRA LÓPEZ, La Alianza de Godoy, págs. 106-110. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 473-500, ISSN: 0018-2141
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vos premios y ventajas, pagándosele los atrasos que arrastraban desde 1799. También estableció un sistema riguroso de contabilidad, de medios y de fondos especiales que aseguró el que los pagos estuviesen al corriente. Godoy manifestó particular interés por la marina mercante, especialmente ordenando la habilitación de numerosos puertos en España y América19. Grandallana a su vez patrocinó el servicio de los bajeles y la incorporación a la marina militar de los servicios de correos marítimos y de guardacostas en la península y América, que venían desempeñándose por compañías particulares20, así como la creación de una ordenanza de matrículas, que fueron redactadas por su protegido Luis María de Salazar, intendente del Ferrol21. Salazar, que ya había colaborado con su pariente Mazarredo en la edición de las Ordenanzas generales de la Armada naval en 1793, retomó la idea de implantar el Almirantazgo al considerarlo conveniente, asunto en el que tendría un especial protagonismo22. Por la real cédula de 27 de febrero de 1803 el rey ordenó la institución de un Consejo de Almirantazgo. Se redactó entonces su reglamento y fueron nombrados consejeros los generales Ignacio María de Álava, Antonio de Escaño y José Justo Salcedo. Luis María de Salazar fue nombrado intendente general, segundo cargo en importancia en el consejo23. Juan Pérez Villamil, fue el auditor general, mientras que José de Espinosa Tello fue secretario, Martín Fernández de Navarrete, contador y Manuel Sixto Espinosa, tesorero. Todos estaban bajo la presidencia de Manuel Godoy, aún sin título alguno. Estas designaciones de hombres con un importante prestigio en temas marítimos y en las que se incluía Espinosa Tello, propuesto por el bailío Valdés en el plan original, demuestran una intención de elección por méritos por parte de Godoy. Entre los más destacados marinos quizás solo había quedado al
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19 GODOY, Manuel, Memorias críticas y apologéticas para la historia del reinado del Señor D. Carlos IV de Borbón, Madrid, Atlas, 1965, tomo I, págs. 401-405. 20 FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, págs. 247. 21 Nacido en Vitoria en 1758, hizo carrera en la Marina donde ingresó en 1775. Fue compañero y amigo de Martín Fernández de Navarrete. En junio de 1793 se incorporó en Cádiz a la escuadra de Borja, el cual, dada su competencia le hizo su ayudante secretario. Fue llamado a Madrid en octubre de ese año como segundo oficial agregado a la Secretaría de Estado y del Despacho de Marina. Salazar había tomado posesión en abril de 1803 de la intendencia del departamento de Ferrol, que «era una de las salidas de costumbre para los oficiales mayores de la Secretaría», sustituyendo en ella a Domingo de Hernani, con lo que pasó a formar parte del cuerpo de Ministerio. O’DONNELL, Hugo, «Luis María de Salazar Capitán de navío y ministro de Marina», La Armada y sus hombres en un momento de transición: XXXIV Jornadas de Historia Marítima, Madrid, Instituto de Historia y Cultura Naval, 2007, págs. 117, 121. 22 O’DONNELL, «Luis María de Salazar», págs. 121-122. 23 Este nombramiento unido a que Domingo de Grandallana, como Secretario de Marina, propuso a Salazar para la cruz pensionada de la Orden de Carlos III, favor que solo se concedían por entonces a los amigos del príncipe de la Paz, demostraría su adscripción al círculo «godoyista». O’DONNELL, «Luis María de Salazar», pág. 122.
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margen, dadas las incompatibilidades con el príncipe de la Paz, José de Mazarredo, que se hallaba desterrado en Bilbao24. TRAFALGAR ACELERA LOS ACONTECIMIENTOS Las continuas guerras desde 1793 habían agravado el endeudamiento estatal español. Las conexiones con América para la llegada de recursos fueron entonces más importantes que nunca, pero la franca decadencia naval constatada en el desastre de Trafalgar de 1805 empeoró las condiciones en las que España se encontraba. El dominio de las rutas marítimas por los británicos impidió la llegada de unos capitales muy necesarios para el Estado, pero la Armada, que era quien debía asegurar su transporte, sufría la falta de los mismos capitales, ya que la Corona los necesitaba para dotarla25. Manuel Godoy fue consciente de que la solución a esta situación solo podía pasar por la reestructuración de la marina española. Por otra parte, demostrada como parecía la imposibilidad de equipararse en tierra al poderío napoleónico26, la Armada quedaba como la única opción para establecer unos parámetros estratégicos sobre los que cimentar una cierta independencia política que hiciese valiosa como aliada a España, especialmente frente a Gran Bretaña27. Las posibilidades de hacer frente a las aspiraciones de control de la península ibérica que demostraba Francia, pasaban por poseer alguna capacidad naval de importancia28, algo que con Trafalgar había quedado en cuestión y que fue puesto de relieve de manera alarmante con los ataques británicos al Río de la
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CERVERA PERY, La Marina de la Ilustración, pág. 123. Esta situación produjo casi el definitivo abandono en los puertos de la mayor parte de los barcos de guerra españoles. CAYUELA FERNÁNDEZ, José y POZUELO REINA, Ángel, Trafalgar: hombres y naves entre dos épocas, Barcelona, Ariel, 2004. RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, Agustín R., La Armada española. La campaña del Pacífico. España frente a Chile y Perú, Madrid, Agualarga, 1999; y Trafalgar y el conflicto naval Anglo-Español del siglo XVIII, Madrid, Actas, 2005. GELLA ITURRIAGA, José, La Real Armada de 1808, Madrid, Real Academia de la Historia, 1974. 26 No solo para España, pues hacia 1808 no parecía que ninguna potencia pudiese oponerse por tierra por sí sola a la Francia napoleónica. 27 «La Real Armada un instrumento fundamental de la política internacional española del momento, casi pudiéramos decir que la lancilla de la balanza que preconizaba el ministro Carvajal y Lancaster medio siglo antes. Temida aún por los ingleses, los ses buscaron siempre la alianza española principalmente por nuestros navíos y fragatas, y gracias a ellos pudo España jugar sus bazas en el contexto de la política europea de aquella época». CEBALLOS-ESCALERA, El Almirantazgo General de España e Indias, págs. 157-158. 28 LA PARRA, Emilio, Manuel Godoy. La aventura del poder, Barcelona, Tusquets Editores, 2005, págs. 327. 25
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Plata de 1806 y 180729. Sin la recuperación de la marina, pocas eran las opciones que quedaban a España, por lo que Godoy debió entonces decidirse a dar el paso definitivo para la reestructuración de la Armada. El 13 de enero de 1807, Carlos IV firmó en Aranjuez la real cédula que establecía el Almirantazgo de España e Indias, siendo designado el mismo Manuel Godoy como almirante General y Protector del Comercio, con el título de «Alteza Serenísima»30.Tres días después fue comunicado al público en la Gaceta Extraordinaria de Madrid y en pliego suelto, profusamente repartido31. Simultáneamente fueron constituidas las obligaciones y prerrogativas el Consejo de Almirantazgo32, quedando inaugurado el 6 de abril. El tribunal que debía instituirse quedó compuesto por los generales Álava, Escaño y Salcedo, siendo secretario Espinosa y Tello33, todos los cuales prestaron juramento en manos del almirante el 3 de abril de 1807 quedando claramente vinculados a Godoy. Una vez constituido el consejo se suprimió la dirección general de la Armada, siendo sustituido por la inspección general de Marina, encabezada por Francisco Gil de Lemos34. Bajo el mando absoluto de Godoy quedaron todas las fuerzas navales, así como el control del comercio marítimo35. La sede del Almirantazgo, ubicada en el palacio Grimaldi, al mismo tiempo residencia del almirante y oficinas del nuevo organismo36, fue custodiado por la compañía de Granaderos de Marina de Cartagena37.
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29 Sobre el asunto de las invasiones inglesas del Río de la Plata véase GRAHAM-YOOLL, Andrew, Ocupación y reconquista 1806-1807: a 200 años de las invasiones inglesas, Buenos Aires, Lumiere, 2006; GALLO, Klaus, Las invasiones inglesas, Buenos Aires, Eudeba, 2004. 30 Real Cédula 13/1/1807, AMN, 0299, Ms. 0582/32. 31 FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, pág. 397. 32 Real Orden comunicando la inauguración del Consejo de Almirantazgo, el 4 del mes corriente, habiendo prestado juramento todos los ministros en manos de S.A.S. el Príncipe Generalísimo Almirante. Aranjuez, 6/4/1807. Impresa. En FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, pág. 409. 33 FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, pág. 399. 34 Por la Real Orden de 7 de marzo de 1807 quedó extinguida la dirección general de la Armada y se creó de manera efectiva el empleo de inspector general de Marina. Adiciones de la ordenanza general del año 1793, 24/8/1807, AGMAB, Almirantazgo, 5181. 35 Real Cédula 13/1/1807, AMN, 1180, F 003/12. 36 Su intención era ceder el inmueble al Estado mientras él adquiría el palacio de Buenavista como vivienda. LA PARRA, Manuel Godoy, págs. 261-263. Finalmente en lugar de donar el palacio lo acabó vendiendo por 19 millones de reales al Almirantazgo, cantidad que se pagaría contra las Cajas de Consolidación de Vales Reales, aunque solo llegó a recibir cuatro millones de reales. AHN, Consejos, 17.806. 37 JUAN Y FERRAGUT, «La Marina en 1808», pág. 46.
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ACOGIDA Y CELEBRACIÓN La Armada aprobó el cambio de dirección y gobierno facultativo con cierto «alivio» esperando recuperarse de la postración en que se hallaba38. También era motivo de esperanza tener como modelo a la marina británica, a cuya organización de Almirantazgo se atribuía buena parte de sus exitosas campañas39. Sin embargo, la mayoría consideró innecesaria la figura del almirante porque era suficiente la existencia de un centro inteligente y de iniciativa, sin la oposición de la secretaría del despacho de Marina, siguiendo el modelo del bailío Valdés. A pesar de todo se confiaba que la respetabilidad de los ministros elegidos hiciese ver a Godoy el verdadero alcance de los problemas de la marina. Estas razones podrían hacernos entender la alegría con que fue acogida la nueva institución especialmente entre los asentistas de víveres, tanto de hospitales y como de cuarteles. El júbilo se extendió entre el séquito de los que debían sus oficios a Godoy y sus aduladores promovieron numerosas celebraciones40. En el mismo día de la proclamación en Aranjuez se vieron demostraciones públicas de regocijo entre la que destacó la Guardia de Corps. Dicho día hubo un concurso numeroso de personas de distinción que acudieron a manifestar a Godoy su satisfacción y alegría, mientras las campanas de palacio repicaron a las doce del mismo día, causando un gran alborozo en el pueblo41. El camino de Madrid a Aranjuez se llenó de coches de quienes se apresuraron a dar la enhorabuena a su Alteza Serenísima, formando un espectáculo que suscitó la curiosidad de los pueblos42. El séquito de Godoy hizo entrada triunfal en la Corte al son de una serenata que le dieron todos los músicos de Madrid reuni-
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FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, pág. 399. JUAN Y FERRAGUT, «La Marina en 1808», pág. 48. 40 En FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, pág. 399-400. 41 «Las fuentes del parterre se soltaron a la misma hora, cuyas aguas, que suben a mucha elevación, forman en su ascenso y descenso unas pirámides que parecen de cristal, miradas de cierta distancia. El Sol estuvo despejado en todo el día con una calma y un temple muy extraño en el mes de enero, y la noche, igualmente serena, contribuyó también al mayor lucimiento de la soberbia orquesta que se les dio a SS. MM. en un bello anfiteatro formado para el intento, y el cual, adornado e iluminado con hachas y vidrios de colores, hacía un efecto muy agradable á la vista. El coliseo se franqueó por la tarde al pueblo y por la noche a la Corte y la Nobleza. Estaba adornado o iluminado primorosamente. En los intermedios de la función se sirvió por los palcos un refresco. Se representó antes de todo una loa alusiva a la exaltación de S. A., y luego que la alegoría fue descubierta por los espectadores, prorrumpieron todos en festivos v repetidos aplausos». FERNÁNDEZ VARELA, D. Manuel, La patria al Sermo. Príncipe de la Paz, Madrid, por la hija de Ibarra, 1807. En PÉREZ DE GUZMÁN Y GALLO, Juan, El Dos de Mayo de 1808 en Madrid, Valladolid, Editorial Maxtor, 2008, págs. 140-141. 42 En LA PARRA, Manuel Godoy, pág. 240. 39
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dos ante el Palacio Real43. El almirante encontró su palacio abarrotado de visitantes, algunos de los cuales le saludaron rodilla en tierra, sin saber si ese era el tratamiento que debían darle44. En la capital se dieron dos funciones de teatro en su honor. Una representación tuvo lugar en el Teatro de la Cruz, donde se leyó una composición laudatoria de autor anónimo, aunque atribuida a Leandro Fernández de Moratín45. La otra función tuvo lugar en el Teatro del Príncipe, donde se soltaron palomas al llegar Godoy al palco y se aprovechó la ocasión para descubrir un busto suyo. El poeta Francisco Clemente Miró declamó unos versos de su autoría46, aplaudidos por el público, algo que llegó a sorprender al propio Godoy, desacostumbrado entonces al reconocimiento popular47. Otras demostraciones de júbilo en la ciudad fueron las impresiones de obras laudatorias como las que compusieron Antonio de Salas y Manuel de Copóns,48 Mariano Pío del Rivero49, Francisco Rodríguez de Ledesma50, Manuel Fernández Varela51 o Antonio Valladares de Sotomayor52. También se mandaron grabar medallas53. Habría que destacar la obra histórica en honor del almirante Im-
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En FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, pág. 411. LA PARRA, Manuel Godoy, pág. 240. 45 La insignia del grande Almirante en la exaltación de S, A. el Serenísimo Señor Generalísimo Príncipe de la Paz a esta dignidad. (oda). Madrid, Imp. de Sancha, 1807. 46 Discurso de lord San Vicente, primer lord del Almirantazgo británico, al saberse el nombramiento del Almirante de España e Indias en el Serenísimo Sr. Príncipe Generalísimo Almirante (Madrid, Imp. Real, 1807). Composición encomiástica, aunque escrita en estilo joco-serio, en PÉREZ DE GUZMÁN Y GALLO, El Dos de Mayo de 1808, págs. 140-141. 47 En LA PARRA, Manuel Godoy, pág. 240. 48 Octava que con motivo de la plausible exaltación del serenísimo Sr. Príncipe de la Paz a la alta dignidad de Generalísimo Almirante de España e Indias compuso D. Antonio de Salas y glosó D. Manuel de Copóns, teniente coronel agregado al Estado Mayor de la plaza de Madrid, Madrid, por Eusebio Álvarez, 1807. 49 Retrato político del Serenísimo Sr. Príncipe de la Paz, generalísimo Almirante, dibujado por un apasionado al mérito nacional y grabado a pesar suyo por el enemigo común de la Europa, en obsequio de SS.MM. los Reyes nuestros señores, Madrid, Imp. Real, 1807. 50 A. S. A. Serma. el Sr. Príncipe de la Paz, generalísimo, en su feliz exaltación a la dignidad de grande Almirante de mar y tierra (canción), Madrid, Imprenta de Sancha, 1807. 51 La patria, al Sermo. Sr. Príncipe de la Paz, generalísimo Almirante de España é Indias, en la feliz exaltación de S. A. S. á esta dignidad (oda), Madrid, Imprenta de la Hija de Ibarra, 1807. 52 Tributo obsequioso que ofrece al Sr. Almirante de Castilla, Príncipe de la Paz, etc., el más humilde y afectísimo servidor de Su Alteza, con el motivo que expresa el siguiente romance. Impreso en 4.º, sin año ni lugar. También sin fecha, lugar o autor En la exaltación a la dignidad de almirante general de España e Indias de S.A.S. el Señor Generalísimo Príncipe de la Paz. BNE, U/10900(8). 53 Una de plata, de 50 milímetros. Anverso: Busto. Emmanvel de Godoy Princeps svmm. imperat. svmtn. Hispág. et Ind. Amiralivs const.-Reverso: Neptuno guiando el carro marino.Solemque Reduit. Exergo.- Valent. Philopat. Socii. Patrono Sr.-1807. Otra de bronce de 45 44
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portancia de la Historia de la marina española54 realizada por el capitán de fragata José de Vargas y Ponce por encargo del bailío Antonio Valdés55, no sabemos si en un intento de recuperar el favor de Godoy. Sin embargo, el presente más importante que recibió el príncipe de la Paz por su nueva dignidad fue el realizado por el Ayuntamiento de Madrid que, en plena euforia de homenajes, compró el palacio de Buenavista por nueve millones de reales como regalo para Su Alteza Serenísima56. La Gaceta de Madrid refirió festejos en numerosas poblaciones de España y rara fue la institución que no ordenó alguna celebración o Tedeum. Municipios, universidades, cabildos eclesiásticos y particulares de ciudades y aldeas prepararon obsequios y regalos y organizaron fiestas57. Las más significativas tuvieron lugar en la tierra natal de Godoy, Extremadura. En Badajoz se organizó un combate naval en el río Guadiana, un espectáculo al que asistió un inmenso gentío, llegado incluso desde Portugal58. Se editaron obras laudatorias como las que realizaron en Badajoz59 Benito de Boza60 y en Mérida José Valenzuela61. En Ferrol y Cartagena hubo música, salvas y festines62. En Cá-
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diz hubo celebraciones63 y hasta un entusiasta irador, Benito de la Piedra, de la Consolidación de Cádiz, dio una abundante comida a su costa a los 9.528 hombres de tripulación de la escuadra refugiada en puerto64. En La Coruña se mandó realizar un retrato del príncipe de la Paz, con uniforme de gran almirante con vista de la fachada con que se adornó la CasaEscuela de Artillería del Departamento de la Coruña el día 6 de febrero de 180765. En Valencia tanto la Real Junta y Matrícula de Comerciantes al por mayor de Valencia66, como la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Valencia67, festejaron el acontecimiento. En Sevilla, los frailes de San Juan de Dios colocaron un retrato de Godoy en el presbiterio de su iglesia, asegurando un clérigo sevillano que «ni una lámina o cuadro de María Santísima estaba con más veneración»68. También hubo demostraciones ostentosas y públicas de alegría en Ultramar como ocurrió en Manila69 y La Habana70. Con motivo de los festejos celebrados por iniciativa del Real Consulado de La Habana entre el 23 de agosto y el 1 de septiembre de 1807 se engalanaron las calles de la ciudad, hubo
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FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, pág. 400. Se editó la canción A la feliz exaltación de S.A.S. el Sr. D. Manuel de Godoy, Príncipe de la Paz, Cádiz, Quintana (impresor), 1807. BNE, R/62612. 64 Despacho del capitán general del departamento, de 15 de febrero, dando cuenta del acto generoso en demostración de júbilo por la elevación del Príncipe de la Paz a Almirante general de España e Indias, Archivo del Ministerio de Marina. Indiferente, 1807. En FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, pág. 399. 65 Grabado por Tomás López Enguídanos. FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, pág. 412. En la BNE se conservan numerosos retratos grabados de Godoy, aunque consideramos que de los realizados para las celebraciones de 1807 son uno anónimo con la inscripción en el marco ovalado: «S.MO S.R PRINCIPE DE LA PAZ GENERALISIMO ALMIRANTE DE ESPAÑA É INDIAS» (BNE, IH/3806/12) y otro de López Enguídanos con la nota «José Rivelles lo inventó y dibujó; Tomas Lopez Enguídanos, grabador de cámara de S.M. y Académico de mérito lo grabó en Madrid año de 1807», del que existen dos versiones, una de ellas inacabada (BNE, IH/3806/15/1 G y IH/3806/15/2 G). 66 Al serenísimo Señor Generalísimo Príncipe de la Paz, en su elevación a la alta dignidad de Almirante de España e Indias, y protector del comercio marítimo, Valencia, 1807. BNE, R/62611. 67 En conformidad de lo acordado por la Real Sociedad en junta de 15 de los corrientes, remito á V. un ejemplar de la estampa y explicación de la medalla que acuñó en obsequio del Príncipe de la Paz en su exaltación a la alta dignidad de Almirante de España y de las Indias. Valencia, Real Sociedad Económica de Amigos del País de Valencia, 29-7-1807. BNE, R/39139(10). 68 LA PARRA, Manuel Godoy, pág. 240. 69 CERVERA PERY, La Marina de la Ilustración, pág. 124. 70 En extractos de varios periódicos de La Habana. Cádiz, 1811, BNE, Salón General, HA/23562. 63
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funciones de teatro, danza, baile y fuegos artificiales71. La celebración más importante fue la patrocinada por el intendente de Ejército Rafael Gómez Roubaud, quizás el más destacado «godoyista» en la isla, el cual organizó una fiesta el 23 de septiembre de 1807 en la que participaron el capitán general marqués de Someruelos, el comandante general de marina Juan María de Villavicencio, el obispo de La Habana Juan José Díaz de Espada, así como los jefes de los distintos cuerpos militares y de Hacienda, Ayuntamiento, Consulado, Real Sociedad y Junta Patriótica, así como la Universidad de La Habana, entre otros72. INTENCIONES REFORMISTAS Dado el desarrollo posterior de los acontecimientos, el Almirantazgo de 1807 fue a todas luces una medida desesperada por tratar de recuperar el control del comercio colonial, establecer una organización impositiva más racional y con ello hacer frente a los apremios económicos de Napoleón y a la beligerancia de Gran Bretaña. Como almirante, mediante la real cédula de 27 de febrero de 1807, redactada por él mismo en su totalidad73, Godoy debía conseguir que la marina adquiriese un mayor potencial así como fomentar el tráfico comercial, especialmente entre España y América74. Podemos considerarlo como la última tentativa para evitar el desastre total al que se había visto abocado el reinado de Carlos IV. Las medidas que debía disponer en 1807 el nuevo Consejo de Almirantazgo iban destinadas fundamentalmente a la mejora del comercio y el aumento de la seguridad en el transporte de mercancías, en especial para el tráfico con América. La intención era que se abaratasen los fletes disminuyendo los costos, algo que debía ser consecuencia del descenso de la peligrosidad y, como resultado de ambas circunstancias, la atracción de nuevos capitales interesa-
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71 ZARAGOZA, Justo, Las insurrecciones en Cuba, Madrid, Imprenta de Manuel G. Hernández, 1872, tomo I, págs. 183-184. 72 ROMAY Y CHACÓN, Tomás, Relación del obsequio que hizo a D. Manuel Godoy, con motivo de su elevación a la dignidad de Almirante General en España e Indias, el señor intendente del ejército don Rafael Gómez Roubaud, septiembre de 1807, BNE, Salón General, HA/ 24218. Véase VÁZQUEZ CIENFUEGOS, Sigfrido, «Omnia Vanitas: festejos en honor de Godoy en La Habana en 1807», OPATRNÝ, Josef (ed.), El Caribe hispano en los siglos XIX y XX. Viajeros y testimonios, Ibero-Americana Pragensia-Suplementum 25/2009, Praga, Universidad Carolina, 2010, págs. 115-138. 73 DOMÍNGUEZ NAFRÍA, Juan Carlos, El Real y Supremo Consejo de Guerra (siglos XVIXVIII), Madrid, Centro de Estudios Políticos, 2001, pág. 307. 74 Real Cédula para la formación del Almirantazgo, Aranjuez, 27-2-1807, AMN, 1185 F019/15.
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dos en el comercio marítimo. La principal propuesta con respecto a la seguridad fue muy limitada pues consistió en un deseo de la mejora del servicio de guardacostas con la intención de reprimir el contrabando, con lo que se esperaba que por sí solo evitase las incautaciones que venían realizando los enemigos de la Corona española. Las medidas para estimular la confianza en el comercio y facilitar las transacciones parecían bastante más interesantes desde el punto de vista de su posible efecto real sobre las cuestiones financieras y organizativas. La nueva legislación abogaba por la disminución de los intereses crediticios y el aumento de la circulación monetaria. Era una cuestión desde luego necesaria para fomentar el comercio, pero que para su aplicación dependía de la actuación del «Banco de San Carlos y demás cuerpos mercantiles», por lo que la efectividad de la medida quedó supeditada al establecimiento de unas bases de supuesta reciprocidad entre lo que la norma llamó «utilidad del Estado» y de los propios accionistas del banco, sobre un «nuevo espíritu de vida» de los cuerpos implicados. En definitiva, que quedaba sujeto a la buena voluntad de los cuerpos mencionados y la capacidad de hacerlo dependió de que las circunstancias lo permitiesen, sin que el Estado tomase una medida concreta para propiciarlo. La erección del Almirantazgo también pretendía el establecimiento de un mayor control de determinados aspectos marítimos con una función de inspección de almacenes, escuelas y otros establecimientos públicos como los Consulados, aunque considerando que la regulación de esta inspección se debía realizar según conviniese «a las luces y circunstancias» de la época en que se encontraban. Es decir, que tampoco se explicaba cómo debía realizarse esta función75. Quizás la novedad más elaborada y con un alcance más determinado fue la centralización institucional de la información sobre asuntos marítimos y comerciales, por medio de un sistema de comunicaciones entre los lugartenientes, los jueces de Almirantazgo y los consulados con el almirante. Esta información debía permitir principalmente un mejor conocimiento de la situación del comercio, aunque en el fondo lo que subyacía en la medida era un deseo de control por parte de Godoy de su nuevo «edificio». No debemos menospreciar esta medida, pues la intención era publicitar no solo los logros personales de Godoy sino además mostrar, en el momento en que se fuesen produciendo, los efectos positivos de la nueva institución para que del mismo modo fuese fomentando la confianza comercial76. La intención era la de ilustrar a la
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Artículo 59.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185, F 019/15. Sobre la importancia de la confianza en el comercio véanse las obras de LAMIKIZ, «Un “cuento ruidoso”: confidencialidad, reputación y confianza en el comercio del siglo XVIII», Obradoiro de Historia Moderna, 16 (2007), págs. 113-142; Trade and Trust in the Eigh76
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«opinión pública sobre materias mercantiles, resultando los felices efectos de que el especulador calcule y ejecute acertadamente sus empresas; que florezca el comercio con la libertad; que se menosprecie la voz de la calumnia y que se pierda el miedo al vaticinio de decadencia y males que crea la ignorancia y exagera la imaginación de los monopolistas»77.
Otras propuestas generales fueron el anuncio de negociaciones diplomáticas para la apertura de nuevos mercados extranjeros, sin especificar cuáles, y el impulso del tráfico interior con la apertura de canales, fomento de la navegación de los ríos y «cualquiera otra especie capaz de facilitar las comunicaciones»78. La nueva institución establecía de manera específica la pretensión de la aplicación de una norma al estilo del Reglamento de comercio libre de 177879. En el último artículo de la real cédula de erección del Almirantazgo se hacía referencia directa contra los monopolios, estableciendo que debían ser eliminados «los estorbos que sea necesario remover como contrarios al libre curso de los negocios mercantiles, cuales son los monopolios, las exenciones particulares, los privilegios del comerciante que puedan redundar en perjuicio a sus acreedores y todos los oficios enajenados de la Corona que graven el comercio con exacciones reales o formalidades inútiles».
Para el cumplimiento de estas intenciones se especificaba que debían promulgarse unas nuevas ordenanzas «en las cuales, sin muchos preceptos, se fijen los verdaderos principios en materia de cambios, seguros marítimos y demás contratos de cualesquiera especie; y también se precavan los escandalosos abusos de las quiebras, en términos que si la desgracia inocente deberá hallar auxilios y consuelos, el fallido de mala fe no pueda escapar del castigo, ni encuentre asilo a donde no le persiga su oprobio»80.
Los principios sobre los que debían regir las nuevas ordenanzas, lejos de basarse en una legislación punitiva, quedaban sujetos a cuestiones morales y de buenas intenciones del comerciante ———— teenth-Century Atlantic World: Spanish Merchants and their Overseas Networks, Woodbridge, Royal Historical Society / Boydell Press, 2010. 77 Artículo 59.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185, F 019/15. 78 Artículo 60.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185, F 019/15. 79 La intención era aprovechar la experiencia de su instauración en 1783 y vigencia plena hasta 1796. Fue derogado en 1799. Sobre el asunto del libre comercio de 1778 véase GARCÍABAQUERO, Antonio, El libre comercio a examen gaditano: crítica y opinión en el Cádiz mercantil de fines del siglo XVIII, Cádiz, Universidad de Cádiz, 1998; BERNAL, Antonio Miguel, El comercio libre entre España y América, 1765-1824, Madrid, Fundación Banco Exterior, 1987. 80 Artículo 60.º, Real Cédula 27/2/1807, AMN, 1185, F 019/15. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 473-500, ISSN: 0018-2141
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«de modo que para él sea una necesidad y un hábito político, conservándose puro e indeleble el carácter que siempre ha sido distintivo de los españoles de ser fidelísimos en cumplir sus palabras y temer menos a la muerte que a cometer fraude»81.
A pesar de la laxitud e inconsistencia de las nuevas medias, la posibilidad del establecimiento de un régimen de libre comercio y el fin de los monopolios debió ser visto en América con la esperanza de que por fin se cumpliese algo que llevaban reclamando desde hacía años. Aparte de toda la batería de propuestas más o menos acertadas de la Real Cédula de 27 de febrero, al Almirantazgo hay que considerarlo dentro de las medidas dispuestas por la Monarquía española para tratar de remediar la situación de quiebra financiera por la que estaba pasando. Como ocurrió con el caso de la aplicación de la Consolidación de Vales Reales en América82, lo que se pretendía era lograr una mayor participación de las posesiones ultramarinas a las arcas del Estado. El derecho de Almirantazgo consistió en el establecimiento de un conjunto de gravámenes sobre el comercio para conseguir una mayor cantidad de dinero. Para algunos autores, la constitución del Almirantazgo y su posterior aplicación demostró que fue fruto de la preocupación de Godoy por «estrujar» más el comercio que decía proteger83, así como para asegurarse un beneficio directo sobre todas las transacciones, ya que como almirante tenía asignados unos derechos fijos84, sin tener que participar en ellas a través de intermediarios o el establecimiento de concesiones monopolísticas85.
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Artículo 60.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185, F 019/15. Las obras fundamentales para esta problemática son las de WOBESER, Gisela von, Dominación colonial. La consolidación de los vales reales en Nueva España, 1804-1812, México D.F., Universidad Autónoma de México, 2003; MARICHAL, Carlos, La bancarrota del virreinato, Nueva España y las finanzas del imperio español, 1780-1810, México D.F., El Colegio de México/Fondo de Cultura Económica, 1999. 83 LUCENA SALMORAL, Manuel, Vísperas de la independencia americana: Caracas, Madrid, Alambra, 1986, pág. 322. En su aplicación en Caracas, para abril de 1808 se habían recaudado más de cien mil pesos por el ramo de Almirantazgo. 84 «Son derechos anexos a la alta divinidad de Almirante y percibiréis como vuestros: 1º. El ancoraje en los puertos de mis dominios, con arreglo a las cuotas establecidas, según que la bandera fuera española o extranjera, y con la prevención de haber de cobrarse en Indias peso fuerte por sencillo de España. 2º. La décima parte del importe de las presas que se hicieren en Europa y América. 3º. Los mostrencos marítimos; y 4º. El todo o la parte aplicable a mi real fisco en las multas y condenaciones que fueren impuestas por el consejo, por los tribunales superiores de Almirantazgo en Indias y por vuestros subdelegados». Artículo 45.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185, F 019/15. 85 Este había sido el caso de las concesiones de introducción de harina en La Habana. VÁZQUEZ CIENFUEGOS, Sigfrido, Tan difíciles tiempos para Cuba. El gobierno del marqués de Someruelos (1799-1812), Sevilla, Universidad de Sevilla, 2008, págs. 134-151. 82
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El cobro de derechos en el año de vigencia del Almirantazgo ascendió a 437.500 pesos fuertes86. En cuanto a las ansias recaudatorias por parte de Godoy como causa motivadora de la creación de la nueva regulación impositiva, hay que señalar que aunque no conservamos los datos completos de la institución podríamos decir que los beneficios al respecto para Godoy fueron muy limitados. Contamos con los datos parciales para La Habana en Cuba y La Guaira en Venezuela. Para la capital cubana desde su establecimiento en agosto de 1807 hasta diciembre del mismo año, en el que en la caja del Almirantazgo entraron 31.526 pesos, solo 424 correspondieron al almirante87, es decir, el 1,3%. Para el puerto venezolano entre los meses junio de 1807 y 1808 por concepto de Almirantazgo fueron 82.514 pesos y por el de almirante 253, lo que dejaría el porcentaje en 0,3%88, de lo que podríamos extrapolar que a las arcas de Godoy solo fueron a parar entre 1.500 y 6.000 pesos en conceptos de derechos de almirante89, cifra insignificante comparada con los numerosísimos ingresos que se le suponen90. En agosto de 1807 Godoy encargó a Gabriel Ciscar la redacción de un plan de estudios para organizar el cuerpo de ingenieros de Marina y el Servicio Astronómico de los tres Departamentos Peninsulares. El 13 de abril de 1808 Ciscar presentaba el elaborado plan de estudios mayores, pero para entonces al Almirantazgo le quedaba un mes escaso de vigencia y el plan no llegó a ser aplicado91. MODIFICACIONES INSTITUCIONALES Con la nueva fundación el almirante se convertía en jefe supremo en lo relativo al gobierno, istración y fuero de la Armada por absoluta delegación de poderes por parte del rey. El Consejo del Almirantazgo debía servir como asesor del almirante y despojaba al de Guerra de todas las competencias tanto de justicia como de gobierno relacionadas con la Armada. En consecuencia, tenía una segunda función como tribunal supremo del fuero de marina92.
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86 MELLADO, Francisco de Paula, Enciclopedia Moderna. Diccionario Universal de Literatura, Ciencias, Artes, Agricultura, Industria y Comercio, Madrid, Establecimiento Tipográfico de Mellado, 1851, tomo II, pág. 187. 87 Comandante General de Marina de La Habana al Almirantazgo, La Habana, 18-121807, AGMAB, 41, 1748, n.º 34. 88 LUCENA SALMORAL, Vísperas de la independencia americana, págs. 323-324. 89 De todos modos esto no es más que una aproximación al estar comprendidos en el derecho de almirante el décimo de presas, los mostrencos marítimos y las multas y condenas, que en ningún caso eran fijos, aunque en el periodo la actividad de corso fue muy limitada. 90 LA PARRA, Manuel Godoy, págs. 254-263. 91 LA PARRA, Manuel Godoy, pág. 251. 92 Establecía también una notable diferencia en cuanto a la naturaleza de ambos Consejos, pues mientras el de Guerra siempre había sido presidido por el monarca, el del Almiran-
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La nueva creación supuso el establecimiento en Madrid de un tribunal de Almirantazgo con una jurisdicción de 20 leguas a la redonda que debía ocuparse en primera instancia de las causas civiles y criminales de aquellos que estuviesen sujetos al fuero de marina93, encargándose de las apelaciones de tribunales inferiores94. Con respecto a América e islas Filipinas debían erigirse juzgados de Almirantazgo subalternos en sus puertos95. Estos tribunales debían atender también los asuntos puramente contenciosos tocantes a «los arsenales, astilleros y montes de marina; a la fábrica de armas y municiones, de jarcia, lonas, betunes y cualesquiera otros efectos» para el servicio de la Armada, aunque se hallasen establecidas en poblaciones interiores, así como a «los hospitales, asientos de ellos, de víveres, vestuario u otra cualquiera provisión»96. Las directrices del Almirantazgo disponían que los virreyes de Nueva España, Perú, Nuevo Reino de Granada y provincias del Río de la Plata y los capitanes generales de los demás distritos, quedaran como lugartenientes del almirante. El tribunal superior del Almirantazgo debía quedar formado por el lugarteniente del Almirante más los dos oficiales de Marina de mayor graduación, que residieran en la capital, y si faltaban estos, debían ser elegidos entre los dos oficiales de guerra graduados más antiguos. Completaban el juzgado el intendente, el oidor decano, el ministro de Marina, y el contador de real de hacienda como fiscal97. El tribunal debía enviar un brevísimo resumen de cada caso y lo determinado en él, debiendo pasar a consulta las causas extraordinarias que requiriesen «superior juicio del consejo del Almirantazgo»98. Tenemos constancia de que en Buenos Aires fue constituido el Tribunal del Almirantazgo el 21 de enero de 1808 por el virrey Santiago Liniers99, mientras que para el 23 de enero del mismo año el de Lima ya estaba en funcionamiento100, y para ese mismo inicio del año 1808 ya estaba establecido este tribunal superior en el reino de Guatemala101. La isla de Cuba fue la única salvedad para las posesiones españolas en América. El Apostadero de Marina de La Habana pasó a equivaler a un de-
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tazgo va a serlo por el propio Godoy. DOMÍNGUEZ NAFRÍA, El Real y Supremo Consejo de Guerra, págs. 307-308, 318. 93 Artículo 31.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185, F 019/15. 94 Artículo 32.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185, F 019/15. 95 Artículo 33.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185, F 019/15. 96 Artículos 38.º y 39.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185, F 019/15. 97 «Para la revisión de los procesos substanciados por los consejos criminales de guerra, y para las apelaciones de las demás causas: y su sentencias en los grados correspondientes causarán ejecutoria conforme a las leyes». 98 Artículo 34.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185 F019/15. 99 AGI, Estado, 81, n.º 40. 100 Carta de virrey Abascal a Godoy, Lima, 23 de enero de 1808, AGI, Lima, 737, n.º 1. 101 Comandante de Marina de La Habana al capitán general Someruelos, La Habana, 21 de enero de 1808, AGI, Cuba, 1608. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 473-500, ISSN: 0018-2141
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partamento peninsular102 y en vez de que la lugartenencia del almirante recayese en el capitán general como máxima autoridad política y militar, esta quedó depositada en el comandante general de marina103. El cambio parecía implicar que la Comandancia quedaba encargada del tribunal que pasaba a tener máxima jurisdicción en todos los pleitos comerciales que pudiesen darse tanto en el puerto, o la propia ciudad, como en su contorno. Así lo entendió el comandante de marina de La Habana Juan María de Villavicencio, considerando que pasaba a ser el jefe político y militar más importante en la capital, ya que los pleitos relacionados con asuntos comerciales eran los más significativos104. Mientras, el gobernador y capitán general marqués de Someruelos estimó que de ese modo quedaba desposeído de una gran parte de su autoridad y, además, en la parte más importante de la isla, es decir, en La Habana y su puerto. Por ello mostró su oposición y resistencia, desembocando en un enfrentamiento entre autoridades que no fue resuelto sino con la desaparición del Almirantazgo en 1808105. En la península e islas adyacentes, el tribunal superior debía ser el Consejo, mientras que en América y Filipinas, los virreyes o capitanes generales debían constituir sus propios tribunales superiores, por la delegación de facultades del almirante que establecía la real cédula en su favor como sus lugartenientes en Indias, algo que no ocurriría en Cuba por su excepcionalidad. La delegación jurisdiccional en virreyes y capitanes generales fue automática con la creación de unos tribunales superiores, cuya composición establecía la real cédula, mientras que la delegación en favor de las autoridades navales de los departamentos peninsulares y Cuba, debía ser posterior y, quizás, más limitada106. Sin embargo, las medidas tomadas por el Consejo de Almirantazgo demostraron que, aunque la real cédula de formación pretendía inicialmente que La Habana fuese un departamento como los peninsulares, a todos los efectos siguió siendo tratado como un apostadero ultramarino, según la práctica mantenida desde siempre107.
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102 En La Habana se debía observar en lo judicial «las mismas reglas que en los tres departamentos de España»: Cádiz, Cartagena y La Coruña. 103 Artículo 35.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185 F019/15. 104 Artículo 34.º, Real Cédula 27-2-1807, AMN, 1185 F019/15. 105 VÁZQUEZ CIENFUEGOS, Sigfrido, «La instauración del Almirantazgo de 1807 en La Habana: lucha por el poder bajo la alargada sombra de Godoy», Revista de Indias (en prensa). 106 Explicación ofrecida por Juan Carlos Domínguez Nafría en comunicación privada. Agradezco al doctor su amabilidad y buenas indicaciones al respecto. 107 Cuando en diciembre de 1807 el Consejo de Almirantazgo mandó hacer circular un recordatorio del cumplimiento del artículo 40 de la Real Cédula de 27 de febrero sobre que las demás jurisdicciones remitiesen con diligencia al almirante todo lo que actuasen con respecto a las competencias de marina, se remitió a Madrid, El Ferrol, Cartagena e Isla de León, pero no hay constancia de que se enviase a Cuba. Francisco Gil al Inspector general de Marina, San
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La normativa para los departamentos peninsulares tampoco estaba claramente definida al respecto. Las Ordenanzas generales de la Armada de 1793 establecían que si bien los comandantes de departamentos tenían mando sobre los cuerpos particulares de la Armada, debían dejar libre su gobierno interior y económico a sus privativos comandantes, a quienes debían dirigir las órdenes sobre el servicio de sus cuerpos. Sin embargo, todos los de los mismos estaban obligados a obedecer las que el comandante del departamento les dirigiese, tanto por sí como por el mayor general o sus ayudantes108. Los comandantes de departamento eran considerados subdelegados del director general de Marina, papel que con el Almirantazgo asumía el almirante, aunque entendiéndose que esta subdelegación no abrazaba «el mando político, mecánico y gubernativo interior»109.El comandante tenía jurisdicción militar de marina en toda la extensión de su departamento,110 teniendo un mando universal, conforme a su cargo y responsabilidad, para todo lo dispositivo, obedeciendo todos sus órdenes y concurriendo a la ejecución con los medios y providencias que a cada uno compitiese, a cuyo fin debía pasar oficio al intendente siempre que fuese sobre materia que causase gasto a la Real Hacienda111. Sin embargo, como comandante de departamento debía actuar con absoluta independencia del intendente sin alterar la jurisdicción del ministerio de Marina112. En las capitales de departamento que además fuesen plazas de armas, los gobernadores no debían interferir en ejercicio libre de la jurisdicción de los comandantes de marina «sobre toda la gente de guerra y mar sujeta a ella, y no solo no se opondrán a sus disposiciones, sino que antes bien las auxiliarán, con cuanto estuviere de su parte y les pidieren»113.
De haber contado con más tiempo quizás el Consejo de Almirantazgo hubiese solventado estas incongruencias, pero su escasa vigencia impidió que se solucionasen entonces.
———— Lorenzo, 15 de diciembre de 1807, AGMAB, Juzgados de Marina, Cuerpo Jurídico (Generalidad), 3273. 108 Tratado 2º, título 1.º, artículo 28, MAZARREDO, Ordenanzas generales, pág. 16. 109 Tratº 2, títº 2º, artº 64.º, MAZARREDO, Ordenanzas generales, pág. 60. 110 Tratº 2º, títº 3º, artº 3.º, MAZARREDO, Ordenanzas generales, pág. 65. 111 Tratº 2º, títº 3º, artº 13.º, MAZARREDO, Ordenanzas generales, pág. 69. 112 Tratº 2º, títº 3º, artº 14.º, MAZARREDO, Ordenanzas generales, pág. 70. 113 Tratº 2º, títº 3º, artº 94.º, MAZARREDO, Ordenanzas generales, pág. 106. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 473-500, ISSN: 0018-2141
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LOS RECELOS DEL PRÍNCIPE FERNANDO El nombramiento como almirante dio a Manuel Godoy la mayor dignidad que había tenido hasta entonces, pero también elevó a su cota más alta la animadversión en su contra. En sus Memorias asegura que entonces ya era consciente del peligro que se le avecinaba y estaba buscado «una puerta» para irse. Carlos IV, animado por la reina María Luisa, creyó que con las nuevas prerrogativas Godoy quedaba por encima de sus enemigos y de paso se aseguraba la continuación de este a su servicio. Sin embargo, el príncipe de la Paz se quejaba de que sus facultades no se habían acrecentado más que en apariencia, mientras que aumentaban sus enemigos que hacían creer al príncipe de Asturias que «aspiraba al trono»114. La consideración como Alteza Serenísima implicó el máximo reconocimiento posible para alguien que no fuera el propio rey, quedando nominalmente su preeminencia por detrás de los infantes de España, aunque estos solo tenían el tratamiento de alteza115. La real cédula de nombramiento como almirante especificaba que Godoy debía ser obedecido y debían cumplirse sus órdenes en todo lo tocante al real servicio y al uso y ejercicio del nuevo empleo «respetándoos como a mi Persona»116. El título de almirante había estado ligado históricamente a la familia real117 y la reina había sido consciente de ello en su ofrecimiento a Godoy de tal dignidad el 3 de enero de 1807. María Luisa utilizó como argumento a favor de la conveniencia del Favorito para lograr esta condición el hecho de que su matrimonio con María Teresa de Borbón y Vallabriga, sobrina de Carlos IV, le confería un lazo familiar con la casa real118.
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GODOY, Memorias críticas y apologéticas, t. II, pág. 100. El nombramiento de Godoy como decano del Consejo de Estado señalaba expresamente que por su alta dignidad como generalísimo almirante le correspondía «la precedencia sobre toda clase de personas, después de las de los Infantes de España». Real Decreto 19-1-1807, AGMS, Célebres-G, carp. 2. En LA PARRA, Manuel Godoy, pág. 239. 116 «Ordeno y mando a todos mis Consejos, Chancillerías, Audiencias y demás Tribunales de mis Reinos, y a mis Virreyes, capitanes generales, oficiales generales y subalternos de la Armada, y de todas mis fuerzas marítimas y demás personas de cualquier título, grado, preeminencias y dignidad en mis dominios, que os obedezcan, cumplan y guarden vuestras órdenes en todo lo tocante a mi servicio y al uso y ejercicio de vuestro empleo, respetándoos como a mi Persona». Real Cédula nombrando almirante general de España e Indias a D. Manuel Godoy, y creando el Consejo de Almirantazgo, Aranjuez, 13-1-1807. En FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, págs. 407-409. 117 Habían sido almirantes don Juan de Austria, el hijo del emperador Carlos V, don Juan de Austria II, hijo de Felipe IV, en tiempo de los Habsburgos, y ya con los Borbones en 1737 cuando Felipe V concedió al infante Felipe el título de almirante general de España. En FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, págs. 407-409. 118 DOMÍNGUEZ NAFRÍA, El Real y Supremo Consejo de Guerra, págs. 306-307. 115
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Entre las influencias para esta determinación pudo estar el que Napoleón instituyese en aquellos años seis grandes dignidades, entre las que estaba la de gran almirante conferida a su cuñado Joaquín Murat con tratamiento de alteza imperial y real119, por lo que Godoy pudo estar interesado también en mantener su rango frente a los principales generales napoleónicos. Pero la elevada dignidad de Godoy hizo acrecentar las sospechas sobre sus intenciones reales, pues ante los empeoramientos temporales del estado de salud de Carlos IV se planteó la posibilidad de que el Favorito fuese declarado regente del Reino120. El príncipe Fernando mostró recelos ante las distinciones que su padre concedía a Godoy en el mismo día en que como almirante este recibió la serenata en Madrid por su nombramiento en el Palacio Real. Estando en el balcón, el príncipe de Asturias se quejó a su hermano Carlos de que aquel festejo era un desaire a su persona: «De esta suerte Godoy, vasallo mío, me está usurpando el amor y la boga de los pueblos. Yo no compongo nada en el gobierno; él se lo lleva todo. Esto es intolerable»121.En 1807 entre los contrarios a Godoy, reunidos en torno al príncipe Fernando, se temió que estuviese planteándose el asalto a la Corona, cosa que no era difícil creer cuando Napoleón mandaba ocupar los tronos de media Europa a sus hermanos y generales. Ya en marzo de ese año los partidarios de la abdicación de Carlos IV en su hijo Fernando, pretendiendo acabar con el valimiento de Godoy habían decidido un acercamiento al emperador Bonaparte con la idea de granjearse su apoyo frente al príncipe de la Paz. El embajador francés aprobó el deseo de los fernandinos de alcanzar un acuerdo de boda del Príncipe de Asturias con una princesa de la estirpe imperial122. Parece que el hecho que desencadenó de manera más determinante el temor fue la Real Cédula de 27 de septiembre de 1807, que confería de manera extraordinaria a Godoy como almirante la firma con estampilla de los títulos, despachos, nombramientos y demás documentos123, con la clara intención por parte del rey de dotar de ma———— 119
FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. VIII, pág. 398. LA PARRA, Manuel Godoy, págs. 353-354. 121 GODOY, Memorias críticas y apologéticas, t. II, págs. 100-101. 122 La elegida fue María Estefanía Tascher, sobrina de la emperatriz Josefina. Fernando llegó a redactar una carta en la que expuso por escrito sus deseos ante la petición de Talleyrand de una prueba de su implicación en el plan de boda. ARTOLA, Miguel, Los asados, Madrid, Sociedad de Estudios y Publicaciones, 1958, pág. 64. 123 Real Cédula por la cual se manda guardar y cumplir el decreto en que se concede al Serenísimo Príncipe Generalísimo Almirante Manuel Godoy que firme con estampilla todos los títulos, despachos, nombramientos y demás documentos, que como Almirante General de España e Indias, debía hacerlo de su mano, San Lorenzo, 27-9-1807. CONTRERAS, Remedio y CORTÉS, Carmen, Archivo Documental Español publicado por la Real Academia de la Historia, Tomo XXIX. Catálogo de la colección Mata Linares, vol. IV, Madrid, RAE, 1972, pág. 611. La estampilla con sello era una concesión que durante el siglo XVIII había hecho el rey por razones de salud o por excesiva carga de trabajo, como había ocurrido en 1786 con José 120
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yor autoridad ejecutiva al almirante. Estas decisiones regias traslucen la voluntad «notoria y trascendente» de situar a Godoy «en una posición política y social de insuperable relevancia»124. Desde luego no hay dudas de que entre los detonantes principales de la conocida como Conjura del El Escorial de 30 de octubre de 1807, por la cual los partidarios de Fernando pretendían separar del poder a Godoy mediante un golpe de estado, estuvo el asunto del Almirantazgo. Los entrevistados durante el juicio posterior aseguraban que eran las intenciones promovidas por los «godoyistas» las que les habían hecho secundar la intención del príncipe de Asturias de hacer ver al rey la necesidad de derrocar a Godoy. Los «fernandinos» dieron cuenta de una supuesta conversación de Diego Godoy, hermano del almirante, con Tomás de Jáuregui, coronel del regimiento de Pavía, en la que al parecer le había hecho saber que «era preciso mudar de dinastía por el fatal estado de la salud de Carlos IV, y por otras razones (sic)» 125. También informaron de que Luis de Viguri, que había sido intendente de La Habana hasta 1803 y era uno de los más destacados «godoyistas» en Madrid, también había defendido públicamente esta posibilidad126. El príncipe Fernando mostró, en la representación que tenía pensado dirigir a su padre el rey en El Escorial en octubre de 1807, que una de las razones que le habían llevado a denunciar el peligro en que se estaba convirtiendo Godoy era la preponderancia que le había conferido como almirante: «La nación entera, pasmada de semejantes bajezas, y casi acostumbrada a la esclavitud, pronostica a boca llena que el día menos pensado dará este tirano los pocos pasos que le quedan que andar para derribar nuestra familia del trono y sentarse en él. […] Urge tanto más, cuanto ese hombre con las nuevas facultades del Almirantazgo y las que él se tomará con este pretexto va a acabar de absorber la poca autoridad que ha quedado a Vuestra Majestad y los pocos caudales públicos que hasta el día se habían librado de las uñas de su codicia. […] El poder de Godoy ha llegado a tales términos con el Almirantazgo, que ya no se podía dejar de poner-
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de Gálvez. GÓMEZ GÓMEZ, Margarita, Forma y expedición del documento en la Secretaría y del Despacho de Indias, Sevilla, Universidad de Sevilla, 1993, pág. 174. Sin embargo ninguno de los dos casos comprendían la situación de Godoy, pues contaba con buena salud y aunque con numerosas obligaciones, el Almirantazgo era una institución nueva que empezaba funcionar y que por su corta vigencia no llegó a tener un volumen muy grande de documentación. 124 CEBALLOS-ESCALERA, El Almirantazgo General de España e Indias, págs. 133-134. 125 IZQUIERDO HERNÁNDEZ, Manuel, Antecedentes y comienzos del reinado de Fernando VII, Madrid, Ediciones Cultura Hispánica, 1963, págs. 268-269. 126 Un patriota aragonés (sic), Representación del príncipe de Asturias don Fernando (ahora nuestro rey y señor) a su padre don Carlos IV hallada entre los papeles de su alteza real, escrita toda de su mano, en octubre de 1807. En HERNÁNDEZ Y DÁVALOS, Juan E., Colección de documentos para la Historia de la Guerra de Independencia de México de 1808 a 1821, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 2008, tomo V, pág. 49. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 473-500, ISSN: 0018-2141
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lo todo en noticia de Vuestra Majestad sin exponerle y exponer al reino al más funesto trastorno, y esto me hace adelantarme a romper mi silencio»127.
En definitiva, que el Almirantazgo y las prerrogativas que con él había alcanzado Godoy fueron elementos determinantes para desencadenar el inicio de un periodo de inestabilidad institucional en España tras la intervención napoleónica que daría lugar a la Guerra de Independencia. CONSIDERACIONES FINALES Aunque preñada de buenas intenciones, la reforma que implicó el Almirantazgo llegó demasiado tarde o no tuvo el tiempo suficiente de demostrar sus posibilidades, pues la nueva institución solo tuvo vigencia durante algo más de un año. La noche del 17 al 18 de marzo de 1808 se desarrolló en Aranjuez un golpe político que vendría a completar las intenciones fallidas de El Escorial, aunque en este caso no solo se derrocó a Godoy sino también a Carlos IV128. Al ser proclamado como rey, una de las primeras medidas que tomó Fernando VII fue la eliminación del Almirantazgo y la emisión de la orden para que se volviera a la organización del Consejo de Guerra y Marina unificado establecido en 1773, con reintegro a sus plazas de los ministros y fiscales jubilados en 1803129. Aunque durante el Almirantazgo las fuerzas de la Real Armada apenas sufrieron aumento ni disminución, su instauración debe considerarse como un intento serio de reorganizar y potenciar el poder naval español, en un momento en que, con un prestigio muy mermado, en apariencia parecía solo una inútil pero costosísima máquina militar. El proyecto de centralizar todas las decisiones atinentes a la Marina, así como establecer su primer estado mayor, al consolidar una autonomía institucional pudo suponer un gran avance respecto de la época inmediatamente anterior que quedó finalmente frustrado130. Las medidas económicas que fueron tomadas por el Almirantazgo para la mejor regulación del sistema impositivo comercial, así como en la optimización de la obtención de recursos, a pesar de su corta existencia, tuvieron fruto. Por ejemplo en el puerto de La Guaira en la capitanía general de Venezuela,
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127 Un patriota aragonés, Representación del príncipe de Asturias don Fernando, págs. 39-42. En HERNÁNDEZ Y DÁVALOS, Colección de documentos, t. V, pág. 49. 128 MARTÍ GILABERT, Francisco, El motín de Aranjuez, Pamplona, CSIC, Ediciones Universidad de Navarra, 1972, págs. 122-157. 129 DOMÍNGUEZ NAFRÍA, El Real y Supremo Consejo de Guerra, pág. 322. 130 CEBALLOS-ESCALERA, El Almirantazgo General de España e Indias, págs. 152-153.
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el derecho de tonelada, también llamado de fondeo, se elevó en su aplicación de uno hasta cuatro reales y cuando se produjo el movimiento juntista caraqueño, los patriotas no solo no lo derogaron sino que continuaron cobrándolo. El 18 de julio de 1810 se ratificó el abono de este derecho, elevándolo ya a un peso por tonelada para destinar su producto a obras públicas del puerto, demostrando su utilidad131. En Cuba, Francisco de Arango y Parreño en su informe para solucionar la crisis comercial que vivía La Habana en 1808, consideró que debía volverse a las pautas establecidas «en tiempo del Almirantazgo»132. La validez de la institución sería reconocida de manera contemporánea. Durante la Guerra de la Independencia las Cortes reunidas en Cádiz en 1810 ordenaron la extinción del Consejo interino de Guerra y Marina. En 1812 el secretario de Marina de la Regencia, José Vázquez de Figueroa, pronunció un discurso ante las Cortes sobre la conveniencia de la creación de un consejo independiente de Marina o la restitución del Almirantazgo133. Sin embargo, no fue atendida su opinión y por decreto de 12 de junio de 1812 se organizó un tribunal superior de Guerra y Marina que por primera vez no sería presidido por el rey134. Con la vuelta en 1814 al absolutismo se retomó la separación entre Ejército y Armada, con el nombramiento como ministro de Marina de Luis María de Salazar, que ya había formado parte del último consejo de Almirantazgo y que había sido ministro de Hacienda con la Regencia. Fernando VII, por medio de la intervención de Salazar, tenía la intención de recuperar la institución propugnada por Godoy, por lo que decretó el 28 de julio de 1815 el restablecimiento del Almirantazgo con una sala de gobierno y otra de justicia, reservándose como rey la presidencia y nombrando vicepresidente al infante Don Antonio Pascual, con los títulos de almirante general de España e Indias135. En 1816 el rey ordenó a Vázquez de Figueroa que desarrollase la institución y este aprovechó los estudios mandados hacer por Godoy sobre los aranceles de navegación o derechos de puertos136, demostrando que
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LUCENA SALMORAL, Vísperas de la independencia americana, pág. 322. ARANGO Y PARREÑO, Francisco, Informe del Síndico en el expediente instruido por el Consulado de La Habana sobre los medios que conviene proponer para sacar la agricultura y comercio de la isla del apuro en que se halla. La Habana, 29-11-1808. En GARCÍA RODRÍGUEZ, Gloria, «Francisco de Arango y Parreño, Obras», Biblioteca de clásicos cubanos, n.º 23, La Habana, Imagen Contemporánea, 2005, vol. I, pág. 491. 133 Discurso pronunciado por el secretario de Estado y despacho de marina, José Vázquez de Figueroa ante las Cortes, Cádiz, 25-1-1812. AMN, 0239, Ms. 0431/009. 134 DOMÍNGUEZ NAFRÍA, El Real y Supremo Consejo de Guerra, pág. 322. 135 Además de coronel de guardias marinas, protector del comercio, de la navegación y de la industria. FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. IX, pág. 128. 136 Estudio hecho por el Almirantazgo de Godoy, sobre aranceles de navegación o derechos de puertos, copiados por José Vázquez de Figueroa, Madrid, 13-3-1816. AMN, 0241, Ms. 0436/010. 132
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las intenciones de la institución defendida por el bailío Valdés y recuperada por el príncipe de la Paz era considerada entonces válida para España. En definitiva, podemos pensar que la nueva institución, de haber tenido un mayor tiempo de vigencia, hubiese sido efectiva en la acción recaudatoria y hubiese podido servir para modernizar, racionalizar y centralizar una parte muy importante del sistema hacendístico, como era el del comercio con las posesiones ultramarinas, y, posiblemente, mejorar la marina española137. Pero para 1816 la América hispana se encontraba ya en su Guerra de Independencia, las circunstancias de la Monarquía española habían cambiado definitivamente y en 1818 el Almirantazgo fue otra vez derogado138. Fecha de recepción: 16-05-2011. Fecha de aceptación: 10-01-2012.
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137 Para conocer la situación de la Marina española en 1808, véase Estado General de la Armada, Madrid, 1808. 138 Por el Real Decreto de 22 de diciembre de 1818. La muerte del infante Antonio Pascual el 14 de abril de 1817 y la oposición de Vázquez de Figueroa a los intereses del rey en el turbio asunto de la compra de la flota rusa en 1818 aceleraron la abolición del Almirantazgo. FERNÁNDEZ DURO, Armada española, t. IX, págs. 134-137.
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LAS CONSECUENCIAS ECONÓMICAS DE LA OCUPACIÓN NAPOLEÓNICA EN LÉRIDA
ANTONI SÁNCHEZ CARCELÉN • Universidad de Lleida
RESUMEN:
Este estudio histórico tiene como objetivo analizar las múltiples secuelas económicas derivadas de la conquista y posterior ocupación de Lérida por las tropas sas. Básicamente, se han utilizado fuentes documentales conservadas en los distintos archivos de la ciudad de Lérida. El texto se ha dividido en epígrafes secundarios dedicados a la contribución de guerra napoleónica de 1810, los suministros en especie y en metálico a la Grande Armée, el abastecimiento de los hospitales militares, el control social mediante una férrea represión y las dificultades financieras derivadas de las cuantiosas imposiciones sas. Atenuadas a partir de 1812 mediante el proyecto de recuperación económica del nuevo gobernador de Lérida, Alban de Villeneuve. Las pérdidas demográficas y materiales derivadas de la invasión, asalto y dominio napoleónico condicionó la restitución absolutista de Fernando VII y favoreció la proclamación en 1820 del sistema liberal, condicionado también por la herencia del pasado, que no era otra que la de una hacienda municipal arruinada. PALABRAS CLAVE: Lérida. Guerra de la Independencia. Ocupación napoleónica. Crisis económica. Alban de Villeneuve y Fernando VII.
THE ECONOMIC CONSEQUENCES OF THE NAPOLEONIC OCCUPATION OF LÉRIDA ABSTRACT: The objective of this historical study is to analyze the many economic consequences resulting from the conquest and occupation of Lérida by French troops. Basically, we have used documentary sources preserved
———— Antoni Sánchez Carcelén es miembro del Departamento de Historia de la Universidad de Lleida. Dirección para correspondencia: Facultad de Letras, Universidad de Lleida, Plaza Víctor Siurana, n.º 1, 25003, Lleida (España). Correo electrónico:
[email protected].
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in the various archives of the city of Lérida. The text is divided into secondary sections devoted to the contribution side of the Napoleonic War of 1810, supplies in kind and in cash at the Grande Armée, the supply of military hospitals, social control through strong repression and financial difficulties resulting from the elevated French taxation. These were attenuated from 1812 on through the economic recovery project of the new governor of Lérida, Alban de Villeneuve. Demographic and material losses resulting from the invasion, assault and Napoleonic rule conditioned the return of the absolutist Fernando VII and favored the proclamation in 1820 of the liberal system, also conditioned by the legacy of the past, which was none other than ruined municipal finances. KEY WORDS:
Lérida. Spanish War. Napoleonic occupation. Economic crisis. Alban de Villeneuve and Fernando VII.
CONTEXTO HISTORIOGRÁFICO Para entender la naturaleza de la política napoleónica en Cataluña se debe partir de la conocida obra de Pierre Vilar1. Pero el historiador, al evaluar el carácter regeneracionista2 o revolucionario de los proyectos napoleónicos, parte del relativo vacío historiográfico que todavía presenta la Guerra de la Independencia. Aunque contamos con las excelentes aportaciones sobre la política de la Junta y la resistencia de Antoni Moliner3, junto a los clásicos trabajos sobre la istración napoleónica de Joan Mercader4, y el detalla-
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1 La conocida obra de VILAR, Pierre, Catalunya dins l’Espanya moderna. Recerques sobre els fonaments econòmics de les estructures nacionals, Barcelona, Edicions 62, 1964-1968. 2 Contamos con la extraordinaria aportación de TOLEDANO GONZÁLEZ, Lluís Ferran, «Négociants et fanatiques; Les liites de la politiqu régénérationiste de Napoléon en Catalognne (18108-1814)», en DUFOUR, G. y LARRIBA, E., L’Espagne en 1808: régénération, ou révolution?, Aix-en-Provence, Publications de l’Université de Provence, 2009, págs. 91-121. Para Toledano el caso catalán resulta significativo en términos comparativos respecto a las políticas emprendidas por los agentes napoleónicos en el resto de territorios europeos. Un tipo de enfoque que nos revela el alcance y los límites de su proyecto político y istrativo. Esa perspectiva nos permite apreciar el sentido aplicado que pudieron adoptar conceptos tales como el de regeneración y revolución en una sociedad, como la catalana, que sorprendía por su combinación singular de fanatismo religioso y dinámica económica emprendedora. 3 MOLINER PRADA, Antoni, La Catalunya resistent a la dominació sa (18081812), Barcelona, Edicions 62, 1989; debemos reseñar además un congreso celebrado en Barcelona en el año 2005, en una perspectiva española y catalana, MOLINER PRADA, Antoni (coord.), Ocupació i resistencia a la guerra del francès, 1808-1814, Barcelona, L’Avenç, 2007. 4 MERCADER RIBA, Joan, Barcelona durante la ocupación sa (1808-1814), Madrid, CSIC, Instituto Jerónimo Zurita, 1949, y su Catalunya i l’imperi napoleònic, Barcelona, Publicacions de l’Abadia de Montserrat, 1978. Un texto pionero en CONARD, Pierre, Napoleón et la Catalogne (1808-1810), París, Félix Alcan, 1910. Otro clásico, reeditado recientemente, es una recopilación de los escritos publicados entre 1910 y 1938 por RAHOLA, Carles, Girona
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do y magnífico estudio de la política militar napoleónica y de las élites políticas catalanas de Maties Ramisa5 se mantiene nuestro desconocimiento sobre el sentido más profundo que tenía la política en aquel período6. Con la voluntad de mejorar el conocimiento sobre las repercusiones económicas de la ocupación napoleónica contamos con el clásico de Garrabou y Fontana sobre Guerra y Hacienda7; las publicaciones de Antoni Moliner para Cataluña8 y Mallorca9; y las de Francisco Miranda Rubio sobre Navarra10. Sobre territorios ocupados por los ses durante tiempo en el Principado catalán cabe destacar diversos estudios. Para Gerona, el de Lluís Maria de
———— i Napoleó. La dominació sa a Girona i altres estudis napoleònics, edición y prólogo de Lluís Maria de Puig, Gerona, Fundació Valvi, 2007. 5 Maties RAMISA VERDAGUER, Els catalans i el domini napoleònic (Catalunya vista pels oficials de l’exèrcit de Napoleó), Barcelona, Publicacions de l’Abadia de Montserrat, 1995, y del mismo autor, Polítics i militars a la Guerra del Francès (1808-1814), Lérida, Pagès editors, 2008. 6 Los dos últimos trabajos, junto con el último citado, son los de MOLINER PRADA, Antoni, Catalunya contra Napoleó: la Guerra del Francès (1808-1814), Lérida, Pagès editors, 2008. Del mismo autor «La ocupación de Cataluña y la resistencia en la Guerra del Francés», en La Guerra de la Independencia en el mosaico peninsular (1808-1814), Burgos, Universidad de Burgos, 2010, págs. 171-198; y FONTANA LÁZARO, Josep, La guerra del Francès, 1808-1814, Barcelona, Pòrtic, 2008. 7 FONTANA, Josep y GARRABOU, Ramon, Guerra y Hacienda. La hacienda del gobierno central en los años de la Guerra de la Independencia (1808-1814), Alicante, Instituto Juan Gil-Albert, 1986. De Josep Fontana Lázaro también se ha de destacar su participación («Qui va pagar la guerra del francès?», págs. 7-20) y su labor como editor en La invasió napoleònica. Economia, cultura i societat, Bellaterra, Universitat Autònoma de Barcelona, 1981. 8 MOLINER PRADA, Antoni, «Los problemas de la Hacienda en Cataluña durante la Guerra de la Independencia», Anales de la Universidad de Alicante, 2 (1983), págs. 35-67. 9 MOLINER PRADA, Antoni, «La economía de Mallorca durante la guerra del Francés», Estudis Baleárics, 20 (1986) , págs. 45-52. 10 MIRANDA RUBIO, Francisco, «La financiación de la guerra de la Independencia: el coste económico en Navarra», Príncipe de Viana, 65/233 (2004), págs. 807-865; Id., «Crisis del Antiguo Régimen en Navarra durante la ocupación sa (1808-1814)», Aportes: Revista de historia contemporánea, 23/67 (2008). Ejemplar dedicado a: El levantamiento patriótico de 1808, págs. 74-92; Id., «La financiación de la Guerra en Navarra», HMiC: història moderna i contemporània, 6 (2008), 94 págs.; Id., «La istración de José Bonaparte en España», Cuadernos de investigación histórica, 26 (2009), págs. 307-343; Id., «Tributación sa en Navarra durante la Guerra de la Independencia», en MOLINER PRADA, Antoni (coord.), La Guerra de la Independencia en España (1808-1814), Barcelona, Nabla, 2007, págs. 425486; Id., «Financiación de la guerra en Navarra: 1808-1814», en MIRANDA RUBIO, Francisco (coord.), Congreso internacional «Guerra, sociedad y política» (1808-1814), Pamplona, Institución Príncipe de Viana / Universidad Pública de Navarra, 2008, vol. 1, págs. 405-450; y Id., «La financiación de la Guerra de la Independencia: El coste económico en Navarra (18081814)», en DIEGO GARCÍA, Emilio de y MARTÍNEZ SANZ, José Luis (coords.), El comienzo de la Guerra de la Independencia, Madrid, Editorial Actas, 2009, págs. 245-278. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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Puig11. Para Manresa y la Cataluña Central, la edición de Gemma Rubí12; y para Tarragona, nuevamente Antoni Moliner13. De las diversas consecuencias de la guerra se ha ocupado Ramon Arnabat14. Dichos estudios han evidenciado que el descenso demográfico no solo tuvo lugar a causa de la violencia generalizada, sino también por las diversas crisis que afectaron a buena parte de la población civil: epidémica de 1809, militar de 1809-1813 y de subsistencias de 1812, básicamente, el hambre se causó por la escasez y por la desarticulación de los mercados. Sobre el impacto demográfico, consultar la interesante perspectiva de Roland Fraser15 en su macro libro, por tener en cuenta la situación anterior a 1808 y sus repercusiones posteriores y también los trabajos de Esteban Canales16. LA CONTRIBUCIÓN DE GUERRA DE LÉRIDA El 14 de mayo de 1810 los últimos defensores de la ciudadela ilerdense se rendían, dando la orden de izar la bandera blanca en señal de sometimiento.
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PUIG, Lluís Maria, «Girona sota l’istració sa: 1810-1814», en BARNOSELL, Genís (coord.), La Guerra del Francès a les comarques gironines, 1808-1814, Gerona, Diputació de Girona, 2010; y BARNOSELL, Genís, Girona, guerra i absolutisme. Resistència al francès i defensa de l’antic règim (1793-1833), Gerona, Diputació de Girona y Ajuntament de Girona, 2007. 12 RUBÍ I CASALS, Maria Gemma (ed.), De la revolta a la destrucció: Manresa i la Catalunya central a la Guerra del Francès, Manresa, Centre d'Estudis del Bages, Ajuntament de Manresa, 2009. Para el Bruc, MUSET I PONS, Assumpta, Economia, societat i cultura al Bruc i al seu entorn al començament del segle XIX, El Bruc, Ajuntament del Bruc, Publicacions de l'Abadia de Montserrat, 2009. 13 MOLINER PRADA, Antoni, Tarragona (mayo-junio 1811): una ciudad sitiada durante la Guerra del Francés, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas y Ediciones Doce Calles, 2011. Analiza la posición estratégica económica del puerto y el hecho de albergar la sede de la Junta de Comercio. 14 ARNABAT MATA, Ramon, «Les conseqüències de la guerra del Francès (1814-1823)», en SAUCH CRUZ, Núria (ed.), Jornades d’estudi, el Bruc, págs. 533-549. Para el caso particular de Mataró consultar: SUBIÑÀ I COLL, Enric, «Els efectes de la guerra a Mataró i rodalies. Tot resseguint els notaris», en SAUCH CRUZ, Núria (ed.), Jornades d’estudi, el Bruc, págs. 391409; y para el de Lérida, SÁNCHEZ I CARCELÉN, Antoni, «Les conseqüències de la Guerra del Francès a Lleida», en SAUCH CRUZ, Núria (ed.), Jornades d’estudi, el Bruc, págs. 355-369. 15 FRASER, Roland, La maldita guerra de España. Historia social de la Guerra de la Independencia (1808-1814), Barcelona, Crítica, 2006. 16 CANALES, Esteban, Demografía y guerra en España, Barcelona, 2004; Id., «18081814: démographie et guerre en Espagne», Annales historiques de la Révolution française, 336 (2004), págs. 37-54; y Id., «El impacto demográfico de la Guerra de Independencia», en D.D.A.A., Enfrontaments civils: Postguerres i reconstruccions. Segon Congrès Recerques, Lérida, Pagès Editors, 2002, págs. 284-289. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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El general napoleónico Suchet, para formalizar la capitulación de Lérida17, designó al también general Valée, por haber sido su referente en el castillo, y al coronel Haxo, por haberse distinguido en la toma del fuerte de Gardeny. Los oficiales ses, juntamente con los delegados españoles, redactaron la rendición, permitiendo a Suchet poner fin al sitio. Suchet se convirtió en gobernador general de los ejércitos en campaña de Cataluña, nombrando gobernador militar de Lérida al Barón de Henriod. La posesión de la ciudad de Lérida concedió a los ses el dominio de la línea del río Segre, que cubría la frontera con Aragón y abría paso a los altos valles de Cataluña; y la explotación de los destacados recursos agrarios de la fértil llanura de Urgel. Las nuevas autoridades napoleónicas impusieron a Lérida una elevada contribución de guerra: 6.000 duros para redimir las campañas, más 2.000 duros en concepto de derecho de conquista. La antigua Junta de Defensa de Lérida, como no disponía de suficiente dinero, solicitó un préstamo de 4.000 duros al Cabildo catedralicio para cubrirlo porque los mandos ses para garantizar el cobro habían hecho encarcelar a todas las personalidades que habían ejercido de vocales de la Junta18. El 28 de mayo se abrió el período de pago de la capitulación, conminándose a los que en el plazo de cuatro días no acudieran a satisfacer el importe de un año con ser apremiados por una comisión militar. Obedeció esta resolución al acuerdo adoptado el día antes en la cual asistieron 33 personalidades que habían compuesto las llamadas Juntas de Defensa de Lérida en los años 1808 y 1809. Estos respondían con sus personas y bienes del pago de la contribución de guerra impuesta por Suchet y de la que había de satisfacerse el primer plazo a fin de conseguir una prórroga hasta la recolección agrícola y negociar una rebaja, ascendiendo dicha contribución de guerra por el casco urbano de Lérida la cantidad de 62.507 libras, 16 sueldos y 10 dineros que debían deducirse del importe total de un millón doscientas mil pesetas. Habiéndose propuesto por el Sr. Fermín Gigó que a los catorce días se procediera al cobro de otro año y de un tercero también a los catorce días de este último «a fin de que vea S. E. que por parte de la Junta plena se ha activado lo posible para el cobro total de la contribución de guerra y que según lo que resulte de la cobranza del primer plazo, se represente la rebaja, o por el mejor alivio de la Ciudad y Corregimiento». Esta proposición no fue aceptada, limitándose la Junta a cobrar, por de pronto, un solo año de capitulación, y acor-
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17 Para ampliar la información consultar SÁNCHEZ I CARCELÉN, Antoni, «La conquista napoleónica de la ciudad de Lleida (1810)», en MIRANDA RUBIO, Francisco (coord.), Congreso Internacional Guerra, sociedad y política (1808-1814), Pamplona, Gobierno de Navarra, Institución Príncipe de Viana, Universidad Pública de Navarra, 2008, vol. II, págs. 1121-1142. 18 Archivo Municipal de Lérida, en adelante AML, Caja 1413, papeles sueltos, 16 de mayo de 1810.
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dando oficiar al provisor eclesiástico en atención a que los sacerdotes no estaban comprendidos en la contribución «a fin de que reuniendo a todos los del Estado se esfuercen a entregar por su parte la mayor cantidad que les sea posible en alivio del Pueblo en aumento de la partida que compondrá el año de capitulación exigidera de los Seglares»19. Ante las múltiples dificultades para recaudar las diversas contribuciones, Suchet dictó una orden recordando que los de la antigua Junta de Defensa continuaban teniendo la difícil obligación de hacer cumplir todas las exigencias sas, respondiendo con sus vidas y sus bienes: «la Junta llamada insurreccional debió considerarse como disuelta des de la toma de Lérida. Lo es definitivamente y no conservará su nombre de Junta sino para ser responsable con los bienes y personas de sus individuos de la cobranza de la contribución de Guerra». Según la disposición del mariscal francés, la Junta quedaba substituida, para toda función istrativa, por una comisión formada por el corregidor y los regidores, bajo el nombre de Ayuntamiento o municipalidad20. Seguidamente, los habitantes de Lérida enviaron unas instancias solicitando la condonación o la rebaja del cupo señalado a los suplicantes: en su mayoría viudas sin amparo como alegaban, recordando que sus maridos e hijos mayores, sostén de la familia, murieron el día del asalto o fueron hechos prisioneros y deportados por las tropas napoleónicas, hasta el punto de constituir una nota general, hallándose todos reducidos a la indigencia por haber quedado sin un solo maravedí «después del horroroso saqueo» que se produjo a continuación del asalto. El consistorio las desestimó por carecer de atribuciones para resolver aunque acordó acudir al intendente Loustau para suplicarle que interpusiera su influjo con el general en jefe, pues por su experiencia se hallaba «bien penetrado de la indigencia y miseria que aflige al Corregimiento de Lérida», para que la provisión de trigo y harina se hiciera de los pueblos de Aragón y del corregimiento de Talarn «sin que por esto deje el Ayuntamiento de detallar cuanto antes lo que toca a cada una de sus poblaciones aunque pueda salir garante de su ejecución sino por lo tocante al casco de la ciudad, en cuyo cumplimiento sabrán ceder los que le componen
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Ibidem, 28 de mayo de 1810. Ibidem, 29 de mayo de 1810. En una sesión plenaria celebrada en las casas consistoriales leridanas, presidida por el antiguo corregidor Ramón Hostalrich, se legitimaron los nombramientos de los Sres. Francisco Javier García (alcalde), Antonio de Gomar, Baltasar de Tàpies, Antonio Mascaró, Juan Bautista Casanoves, José Antonio de Bufalà, Pedro Fleix y Fermín Gigó (regidores); Miguel Olier, Pedro Niubó, José Boer y Francisco Fabregues (diputados del común); Cristóbal Mestre (síndico procurador); y Simón Coscollana (síndico personero) como integrantes del ayuntamiento, siguiendo las instrucciones del general napoleónico Musnier. Acto seguido se acordó confirmar en sus cargos al secretario, al contador y a los oficiales que servían en dichos empleos con anterioridad a la conquista. 20
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hasta sus propios alimentos». Para facilitar el pago del total de la contribución de guerra se fijaron seis plazos de 200.000 pesetas, señalándose para su entrega los días 5, 10, 15, 20, 25 y 31 de junio21. TABLA 1: ADELANTO
DE LOS GOBERNANTES LERIDANOS DEL ABONO DE LA CONTRIBUCIÓN DE GUERRA
PERSONALIDADES Francisco Javier García Antonio de Gomar Baltasar de Tàpies Antonio Mascaró Juan Bautista Casanoves Fermín Gigó Cristóbal Mestre Benito Martorell Ignacio de Gomar Juan Francisco Juan Bautista Comes Pedro Jordá Francisco Claver Agustín Pleyán Pedro Pedrol Jaime Lamarca Francisco Fabregues José Berga Pedro Niubó José Boer Anastasio Pinós José Corts Sr. Foixá Miguel Olier Juan Mensa Francisco Pallás Total
CANTIDAD 4 onzas 50 duros Nada 26 duros 0’5 onzas 2 duros 4 duros 3 duros 22 duros 8 duros 3 duros 4 duros Nada 16 duros Nada 24 duros 8 duros 2 duros 100 duros Nada 1 onza, si halla quién se la preste Nada 12 duros 8 duros 400 duros 4 duros 696 duros y 5’5 onzas
Fuente: Elaboración propia a partir de AML, sesión de la municipalidad de Lérida del 8 de junio de 1810.
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AML, Caja 1413, sesión de la municipalidad de Lérida, 1 de junio de 1810. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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El 4 de junio se reunieron en el ayuntamiento los individuos que formaron parte de las Juntas de Defensa y acordaron, ante las autoridades napoleónicas, que se ejecutara militarmente a todos los que hasta las cuatro de la tarde de aquel día no hubiesen satisfecho el cupo que les correspondía, comisionando al regidor Casanoves, al Sr. Farrás, al canónigo Foncilles y al doctor Boer para procurarse del dinero a fin de completar el pago de la contribución de guerra asignada «en cualquier parte que se encuentre aunque sea perteneciente a nación extranjera, con el interés del tanto por ciento que puedan acordar, obligando, para mayor seguridad los bienes de todos los particulares obligados al pago del arbitrio del prestamista» encargándoles también que se avistaran con Suchet, «con el objeto de que atendida la imposibilidad de verificarse el pago referido en la cantidad señalada y mayormente dentro del término prefijado tenga la bondad de rebajarles y conceder la prórroga competente hasta después de haberse recogido la cosecha actual»22. Dos días después se le pidieron al intendente cuarenta soldados, entre los cuales se recomendó que hubiera algunos que entendieran el español, para proceder al apremio militar sobre los morosos en el pago de la contribución de guerra23. Ante la movilización de la Grande Armée, los integrantes de las antiguas Juntas de Defensa adelantaron en lo posible la liquidación de la citada contribución24. Suchet retornó a Lérida una vez conquistada Mequinenza: un pregón del 8 de junio anunció al vecindario la rendición del fuerte de Mequinenza «a las victoriosas armas sas». Las tropas napoleónicas continuaban aumentando su dominio mientras que Lérida incrementaba su dramática situación a causa de la depredación gala de los frutos de su agricultura hasta el punto de alcanzar la ruina: «Lérida ha suministrado el forraje en considerable porción, se cortó mucho trigo también por forraje después de la capitulación. Se dieron a todos o la mayor parte de los carros de labranza y ha quedado la agricultura privada de este avío tan necesario pues aunque se ofreció se devolverían aun no se ha verificado. Se han dado todas las cubas de 40 cántaros en número de 130, y padece igualmente la agricultura y sus interesados este perjuicio que es de gran consideración. Por el carbón se han cortado cuasi todos o la mayor parte de los hermosos árboles frutales y moreras de la grande y hermosa huerta de Fontanet en la orilla del río Segre. En el día se toma y ha tomado toda la cosecha de cebada de los labradores de Lérida que asciende a un número considerable de fanegas y aunque por el gobierno se ha ofrecido su reintegro sufren los interesados unos perjuicios considerables. Lo mismo se observa en la paja de forma que la agricultura va a sufrir una banca rota. El
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Ibidem, 4 de junio de 1810. Ibidem, 6 de junio de 1810. Ibidem, 8 de junio de 1810.
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gasto de hospitales y sus empleados que sola Lérida ha soportado lo sabrá el Ayuntamiento. El gasto diario de las mesas de los señores jefes. La provisión a los mismos de papel y demás avios de escritorio. Lo extraordinario de gastos de Expresos, guías etcétera»25.
Así pues, el ámbito agrario, la principal fuente de riqueza del momento, fue el más perjudicado. A dichas pérdidas cabe aunar los dispendios relacionados con el mantenimiento de los centros sanitarios. Los leridanos no pudieron hacer frente a las peticiones sas concernientes a la entrega de muebles y efectos de cubertería. Por dicho motivo, rogaron al comandante del castillo principal para que dispensara que, de momento, no se les pudieran facilitar los utensilios que pedían, por no encontrarse en la ciudad después del saqueo. Asimismo, se trasladaron al intendente los nombramientos de Joaquín Martorell, Mariano Piñol y Antonio Ribé como suplentes de los vocales Pedro Jordá, Jacinto Pallarés y José Sales, de la junta de hospitales. El 11 de junio el consistorio leridano elevó una instancia a Suchet suplicándole que concediera una rebaja de la contribución de guerra o, como mínimo, una demora en su cobro. Además, se ofició al intendente para notificarle que habían ingresado cantidades por la contribución de guerra los pueblos de Fondarella, Miralcamp, Mollerusa, Bell-lloch, Vilanova de Segrià, Alcarràs, Seròs, Torres de Segre y Alcanó poniendo a su disposición la suma recaudada; y al propio tiempo, en otra comunicación se le hacía presente la conveniencia de poner en libertad provisional a algunas personas, revestidas de autoridad en algunos de los pueblos morosos, y detenidas en la cárcel del palacio episcopal, para que activaran el cobro en sus lugares respectivos26. Una semana después se obligó a circular una orden a los pueblos insistiendo en la conveniencia de pagar la contribución de guerra y autorizando a sus justicias a exigir la cuota total de los vecinos pudientes, conduciéndolos, caso de negarse a abonar el anticipo, a la ciudad de Lérida, a presidio. José Claret, alpargatero, encargado de comunicar dicha resolución, fue sorprendido al salir del segundo o tercer pueblo, según declaró, por una partida de guerrilleros, ladrones o desertores que le robaron quince pesetas, un par de alpargatas y la circular, y trataron de conducirle a Tarragona, lo que pudo evitar, convidándoles a beber en Cubells y escapándose aprovechando su distracción27. Poco después, con objeto de reintegrar a los particulares las cantidades adelantadas para la contribución de guerra, acordó la municipalidad imponer «un veinteno a todos los frutos naturales e industriales, cobrándose en parva o
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AML, Caja 1413, papeles sueltos, fin fecha. AML, Caja 1413, sesión de la municipalidad de Lérida, 11 de junio de 1810. Ibidem, 18 de junio de 1810. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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garba los productos de grano y procediéndose a su arriendo»28.También se publicó un bando conminando con la pena de muerte a todo vecino que no denunciara y entregara hasta las nueve de la mañana del siguiente día toda la cebada y salvado que tuviera en su poder; haciéndose público que a las cuatro de la tarde del día 24, se procedería al arriendo del veinteno sobre todos los frutos y granos recolectados en la ciudad y sus alrededores29. La situación material empeoró el 25 de agosto del 1810 ya que las autoridades sas impusieron una nueva contribución de guerra que ascendió a la cantidad de 150.000 pesetas30. El año 1811 comenzó a entrar Lérida en la normalidad istrativa como lo prueban algunos contratos de arriendos hechos por el ayuntamiento y los de alquiler de fincas procedentes de conventos, los cuales desde la toma de la ciudad se habían considerado por los ses como bienes nacionales, así como las propias de personas que habían abandonado la ciudad, emigradas o prisioneras, entre las cuales figuran Manuel Fuster, secretario de las Juntas de Defensa y corregimental desde el año 1808; Joan Bautista Casañes, oficial de artillería; Pedro Argensó; Francisco Lamarca; y Pascual Tubau entre otros. Mientras que por un decreto de Suchet, fechado en el cuartel general de Valencia el 5 de febrero de 1812, la contribución extraordinaria de Lérida se redujo por aquel año a 4.000.420 reales de vellón31. LOS SUMINISTROS A LA GRANDE ARMÉE Suchet asignó al territorio, desde su misma ocupación, importantes gravámenes destinados a afrontar la inmediata provisión de todo tipo de suministros y a pagar generosamente a su tropa victoriosa. A mediados de mayo de 1810 la cantidad establecida para sostener a sus efectivos militares fue de 30.000 raciones diarias, de las que correspondían al corregimiento de Lérida 18.000 y las 12.000 restantes al corregimiento de Talarn. El antiguo corregidor de Lérida, Ramón Hostalrich, de acuerdo con el nuevo comité establecido por Suchet, o sea, la Junta de Policía y Justicia, procedió al reparto de las raciones de pan, vino y carne que diariamente habían de aportar los pueblos integrantes del corregimiento leridano, siendo acopiadas por el director de subsistencias, Antonio Mascaró. Al unísono, desde la primitiva Junta de Defensa de Lérida, surgieron voces disconformes con tal cantidad:
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Ibidem, 20 de junio de 1810. Ibidem, 23 de junio de 1810. LLADONOSA PUJOL, Josep, Història de Lleida, Tàrrega, F. Camps Calmet, 1974, pág. 679. AML, Caja 1413, papeles sueltos, decreto del mariscal Suchet, 5 de febrero de 1812.
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«Al Comisario de Guerra de Lérida. Acabo de recibir el oficio de V. S. de fecha de hoy y en su contestación digo por partes lo siguiente: Primeramente para el vino que V. me pide para comenzar a extraerlo de las Bodegas de casa de D. Manuel Fuster, D. Pedro Tudela, y D. Pedro Fleix y D. Mariano Pocurull todas en la calle de la Esterería para que se comience a sacar de allí de las cuales impunemente las tropas de la Guarnición las saquean a todas horas debiendo advertir a V. que durante el tiempo del saqueo se hizo tal malversación y abandono de aquel licor que me imposibilita al cumplimiento de las Raciones que se piden; y a fin de prevenir en los sucesivo tales desordenes, será indispensable en la orden del día del Ejército se prohíba la entrada de las tropas en las casas de los vecinos aunque sean inhabilitadas por muerte o ausencia de sus dueños, pues de lo contario Harán más pronta nuestra imposibilidad y absoluta falta. En orden a los alimentos de los Hospitales, así como la humanidad me mueve a su auxilio, la misma me hace ver con dolor cuanto desperdicio se ha hecho en estos aciagos días de estos efectos siendo una catástrofe bien lastimera ver la mayor parte de las casas sembradas de Harina y trigo, sin embargo para atender a este objeto creo que de las 30.000 raciones designadas a esta Junta se podía distribuir a los Hospitales hasta donde alcanzarán, mientras y hasta tanto que esta Junta y el vecindario tranquilizados de los sustos pasados podamos obrar con la advertencia que exigen objetos de tanta consideración. En cuanto a carnes debo decir que habiendo llamado a los encargados del ganado lanar y vacuno propio de la Ciudad para atender a este objeto, nos han dicho que el encargado de la manutención del Ejército se ha apoderado de ellos, por lo cual he pasado al Comisario de Guerra Bonifos oficio a fin de que siendo cierto esto acudiese a la manutención de Hospitales y ahora de nuevo prevengo a V. por si tiene noticia de ello. Con lo que dejo contestado el oficio de V.»32.
A las elevadas cantidades solicitadas se había de añadir, por ejemplo, el mal uso de los recursos vitícolas protagonizados por los militares ses: «Oficio al Sr. Comisario Touet. Acompaño a V. la adjunta nota del vino que han denunciado hoy los vecinos, y lugar en donde existe; pero debo hacer presente a V. que los denunciadores me han representado no poder salir garantes de su seguridad en atención a que las tropas o de grado o por fuerza entran en las bodegas, y después de beber a su satisfacción lo derraman en perjuicio de los abastos de Lérida como en la actualidad sucede en la casa de Joaquín Labedan. Lo comunico a V. a fin de que tratando el negocio con S. exa, o el Jefe que convenga, resuelvan el remedio a este abuso»33 o de los cerealísticos: «Al Exmo. Sr. Gobernador general París. El dador de esta ha dado parte de que habiendo denunciado una cuartera de trigo que tenía en su poder, se le ha presentado un Coralero y se le ha llevado la mitad; y son repetidas las quejas que se ofrecen de esta especie; se suplica a V. E. que tenga la bondad de remediar este abuso»34.
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AML, Caja 1413, legajo R-VII-III, Lérida, 16 de mayo de 1810. Ibidem, 16 de mayo de 1810. AML, Caja 1413, legajo R-VII-X, Lérida, 20 de mayo de 1810. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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El 18 de mayo de 1810 una circular de Pedro Fleix, antiguo regidor municipal, ordenó a catorce pueblos de los alrededores de Lérida, al día siguiente de su recibo, la contribución de 6.700 quintales de paja para el abasto de la caballería del ejército galo; en aquel mismo día dictó el general en jefe Suchet otra importante resolución que imponía al corregimiento de Lérida, nuevamente como contribución de guerra, la cantidad de 1.200.000 pesetas, pagadera hasta el 31 de junio, para la provisión del resto de las tropas invasoras, de cuyo cobro, como ya hemos comprobado, habían salido responsables los individuos de la anterior Junta Corregimental35 con sus personas y bienes, merced a cuya obligación renunció Suchet al arresto ya decretado de seis de ellos que no especifica el documento36. Al día siguiente, se convino, accediendo a una petición formulada por dos oficiales ses, oficiar a los pueblos que disponían de partidas de cal y yeso la solicitud de 100 quintales de cal y 50 de yeso.37 El día 20 se acordó el envío a Aragón de dos comisionados para buscar carne para poder satisfacer el suministro del ejército y cumplir lo dispuesto por el Gobernador de Lérida, señalándose diez duros diarios para su mesa y cinco al comandante de la misma por igual concepto, entregándoseles dicha cantidad con anticipación de cinco días a contar desde el día 15. El Ayuntamiento de Lérida, adoptando una postura sumisa, les respondió rápidamente: «Al M. I. Sr. Corregidor. Muy Iltre. Señor. Queda enterado este Ayuntamiento y está en cumplir lo que se le manda de haber de suministrar diariamente Diez Duros para la Mesa del Sr. General Gobernador y sindico para el Sr. Teniente Coronel
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35 Francisco Javier García (alcalde), Antonio de Gomar, Baltasar de Tàpies, Antonio Mascaró, Juan Bautista Casanoves, José Antonio de Bufalà, Pedro Fleix y Fermín Gigó (regidores); Miguel Olier, Pedro Niubó, José Boer y Francisco Fabregues (diputados del común); Cristóbal Mestre (síndico procurador); Simón Coscollana (síndico personero); Eduardo María Saénz de la Guardia (Deán del Capítulo); Manuel del Villar (Vicario General); Antonio Foixà, Francisco Ximénez, Ignacio Fonsillas, Antonio Ferras, Rafael Barnola, José Vidal (canónicos); Manuel Alentá (rector de la parroquia de San Pedro); Manuel Bordalva (rector de la de San Juan); Juan Francisco, José Berga, Francisco Claver, Pablo Bordes, Pedro Jordà, Manuel Fábregues, Jaime Lamarca, Benito Martorell, Juan Bautista Comes, José Corts, Pedro Barnola, Jaime Boer, Ignacio de Gomar, Agustín Pleyán, Miguel Grau, Jaime Bertran, José Sales, Juan Mensa, Pedro Pedrol, Antonio Bordalva, Mariano Piñol y Anastasio Pinós. GRAS Y DE ESTEVA, Rafael, Lérida y la guerra de la Independencia, Lérida, Ayuntamiento de Lérida, 1899, págs. 58-69. Por tanto, cabe resaltar la peligrosa posición de todos cuantos en aquella fecha se hallaban investidos de cargos públicos, ya que, encargados de suministrar toda clase de víveres y subsistencias al ejército francés, veían su existencia en constante amenaza de muerte, ya que tenían sus vidas pendientes de su exacto cumplimiento, pareciendo difícil que pudieran eludir una pena habida cuenta que los inauditos esfuerzos realizados a favor de la causa nacional habían esquilmado y diezmado a los pobladores del corregimiento leridano. 36 AML, Caja 1413, papeles sueltos, 18 de mayo de 1810. 37 Ibidem, 19 de mayo de 1810.
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Comandante de la Plaza [Lérida] a contar desde el día 15 de los corrientes en la misma conformidad que le dispone el oficio de V. S. del día de hoy, pero en atención al saqueo que ha padecido esta vecindad y a la contribución impuesta por el Exmo. Señor General en Jefe espera de V. S. que se interesará con dichos Señores por si hay arbitrio de alguna rebaja de esta contribución de que les quedará agradecida la misma vecindad y que nos digan si en adelante tendrá que darse a los demás Generales lo que nos exigen de víveres porque sería imposible poder cumplir con todo»38.
El 24 mayo los oficiales ses ordenaron la recepción de 200 jergones y 200 mantas para abastecer su cuartel de artillería, acordando para su cumplimiento hacer requisa de dichos utensilios entre el vecindario, pasando una circular a los pueblos del corregimiento en igual sentido39. Pocos días después, los encargados declararon no haber podido realizar su cometido por haber sido sorprendido uno de ellos cerca de Barbens y en Figuerosa por migueletes españoles de la Seu de Urgell y Cervera respectivamente; otro cerca de las Borjas Blancas por soldados de caballería españoles y otro por venir el río crecido y haberse roto el puente de Oronés. La citada información denota la crítica situación de la ciudad de Lérida debido a ser la única población que hacia frente al excesivo peso de la manutención del ejército napoleónico40. Poco antes, un oficio de Francisco Mascaró, director e inspector de subsistencias, acompañó una relación de las personas que no habían cumplido la orden del gobierno galo referente al depósito del trigo que tuvieran en su poder en los almacenes de Lérida, acordando que aquellas «sean apremiadas y ejecutadas militarmente hasta su total cumplimiento por los alcaldes de barrio, gendarmes u otros ministros de Justicia»41. Mientras tanto los soldados ses continuaban cometiendo numerosos abusos, tal y como atestigua el acuerdo del ayuntamiento del 26 de mayo, al contestar al intendente «que se procederá con toda diligencia a la requisición de cebada y salvado, exponiéndole que de cebada será más dificultosa la requisición por haberse apoderado de ella algunos oficiales alojados en las casas y pidiéndole se expida por él o el señor General la orden correspondiente para contener a los asistentes de los oficiales o vivanderos en la corta de mieses como y así mismo a los soldados la aprensión de las pocas hortalizas que han quedado en los campos»42. Inmediatamente, circuló una orden napoleónica dirigida a los pueblos del corregimiento de Lérida para recordar que, de continuar su negativa a aportar
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AML, Caja 1413, legajo R-VII-XI. Lérida, 20 de mayo de 1810. AML, Caja 1413, papeles sueltos, 24 de mayo de 1810. AML, Caja 1413, sesión de la municipalidad de Lérida, 1 de junio de 1810. AML, Caja 1413, papeles sueltos, 23-26 de mayo de 1810. Ibidem, 26 de mayo de 1810. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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las raciones que les fueran señaladas, estas serían exigidas por una comisión militar, cuya tropa sería difícil de contener, teniendo los pueblos que sufrir gravísimos perjuicios. A pesar de que muchos municipios aducían desconocimiento porque era tal la inseguridad de los caminos para los emisarios del gobierno francés que, de 95 pueblos anotados, solo figuraba la diligencia de recibo de 16 de ellos43. La coacción gala era el principal instrumento para recaudar sus contribuciones pero no serían útiles ante la creciente escasez de víveres. Precisamente, Antonio Mascaró y Mariano Gigó hicieron presente, el 1 de junio de 1810, el agotamiento de los almacenes de subsistencias, dado el gran consumo y la circunstancia de que, a excepción de Arbeca, los demás pueblos no aportaban las raciones que se les habían señalado respectivamente. Así pues, solamente quedaba trigo para dos o tres días y cebada y paja para un solo día. Y por si esta situación fuera poco crítica, el general en jefe, prosiguiendo su plan de alojar gran parte de la Grande Armée, dictaminó un plazo de quince días para depositar en los almacenes del Castillo 2.032 quintales de harina, haciendo pesar sobre la ciudad la obligación de mantener el ejército francés que sitiaba Mequinenza, para el cual pedía 12.000 raciones diarias de carne, además de las que faltaban entregar de las 18.000 que asiduamente habían de haberse aprontado en la segunda quincena de mayo por la capital y los pueblos de su corregimiento44. Así pues, paulatinamente la presión de las tropas napoleónicas para recolectar víveres iba en aumento, tendencia proporcionalmente inversa a la capacidad de donación de los leridanos. Por este motivo, el 6 de junio se formalizó un contrato con Francisco Ducuny, quien se prestó a suministrar 1.500 carneros u ovejas en el plazo de veinticinco días y a razón de 200 cabezas diarias, no obligándose el ayuntamiento a mayor número por entonces a causa de no tener seguridad en el consumo «por la falta de caudales en el vecindario en medio del pago de la contribución de guerra y de las treinta mil pesetas por las campanas», cantidad que había sido fijada para el rescate de estas últimas. El precio convenido en dicha contrata era de medio duro por carnicera, pagadero la mitad a la entrega de las reses y la otra mitad en un plazo de un mes, en libranza sobre Zaragoza45. Cinco días más tarde la cantidad de reses fue considerada insuficiente y el gobernador francés ordenó al consistorio la contratación de 2.000 corderos más a Ducuny, aumento con el cual se hallaría garantizada la subsistencia del ejército por un mes completo. El ayuntamiento hizo ver la imposibilidad de
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43 AML, Caja 1413, bando del 31 de mayo dirigido a los pueblos del corregimiento de Lérida para que contribuyan al mantenimiento del ejército napoleónico. 44 AML, Caja 1413, sesión de la municipalidad de Lérida, 1 de junio de 1810. 45 Ibidem, 6 de junio de 1810.
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contraer nuevos compromisos por hallarse exhaustas las arcas de la ciudad, único depósito que hasta entonces había soportado el incremento del gasto generado por el incumplimiento de los pueblos a los que también se ordenó la aportación de cierto número de peones para la realización de obras públicas de fortificación, considerando no ser justo que continuara el vecindario leridano soportando exclusivamente este gravamen46. La saciedad gala no tuvo fin ya que el gobernador de Lérida solicitó los siguientes efectos: una docena de cubiertos de plata; una docena de cuchillos; dos saleros; cuatro docenas de platos; una docena de fuentes; tres soperas; una docena de vasos; cuatro cacuelas; dos sartenes grandes; unas parrillas grandes; cuatro docenas de servilletas; seis manteles; seis delantales para cocina; una docena de paños; tres pares de sábanas; ocho toallas; un barreño con su jarra; cuatro candeleros; dos botellas de cristal para agua; una mesa grande; un vinagrero; aguardiente y velas de cera. El ayuntamiento contestó al intendente exponiéndole la posibilidad de hallar en el palacio episcopal algunos de estos artículos que por su parte no había podido hallar «en las muchas casas que ha mandado a ver, a causa del horroroso saqueo que han padecido sus dueños»47. El 8 de junio se pidieron colchones, sábanas y mantas a los pueblos más cercanos con motivo de la próxima llegada de Suchet. Además, se procedió a la provisión, acopio y conducción a Lérida de cuantas perdices, conejos, codornices, capones y pollos se pudieran hallar48. El día 16 se formalizó un nuevo contrato con el francés Ducuny para el abastecimiento de carnes al público y a la guarnición con iguales pactos que el anterior y se hizo una escrupulosa requisa de muebles por toda la ciudad para instalar al gobernador y a los oficiales que habían de residir en los castillos Principal y en el de Gardeny49. También preocupó al ayuntamiento la cuestión interior de los alojamientos, impotente para reprimir la insolencia de los oficiales y subalternos ses, quienes desde el día del asalto ocupaban casas que correspondían a individuos de superior graduación y se negaban, sable en mano, a desocuparlas, razón por la cual se exponía al intendente la necesidad de dictar una orden en tal sentido50. A principios de agosto, hubieron de pernoctar en la ciudad el general Suchet, jefe del ejército francés de Aragón, y el mariscal Mac-Donald, quien comandaba el de Cataluña. Para alojarles se solicitó a los pueblos próximos ropa de cama y de mesa, y un número regular diario de perdices, gallinas y pollos. Mientras que las tropas que trajo consigo el Duque de Tarento, acam-
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Ibidem, 11 de junio de 1810. Ibidem, 1 de junio de 1810. Ibidem, 8 de junio de 1810. AML, Caja 1413, bando del 16 de junio de 1810. AML, Caja 1413, sesión de la municipalidad de Lérida, 11 de junio de 1810. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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padas fuera de Lérida, plantearon un pequeño conflicto, pues el público se negaba a recibir la moneda acuñada en Barcelona que traían, siendo preciso un bando que ordenara su circulación51. La municipalidad leridana se vio obligada a proveer de paja y de forraje a la caballería sa. Hubieron de acudir con 400 quintares de forraje los pueblos de Puigvert, Artesa y Castelldans; con 500, las Borjas Blancas, Juneda, Torregrosa, Bellvís, Bell-lloc, Mollerusa, Golmés, Sidamunt, Bellpuig y Castellnou de Seana. Además, los dirigentes napoleónicos ordenaron a los pueblos del corregimiento de Lérida la donación de legumbres. En total, la manutención del ejército galo costaba 700 duros diarios.52 Un decreto de Suchet, fechado en el cuartel general de Valencia el 5 de febrero de 1812, ordenó el depósito en los almacenes de Lérida de 30.000 quintales de trigo, 25.000 de cebada y 120.000 de paja, resolución motivada «por los esfuerzos realizados para el servicio del ejército y dado pruebas de la lealtad española»53. EL ABASTECIMIENTO DE LOS HOSPITALES MILITARES Una vez conquistada Lérida, las autoridades sas acordaron la fabricación de 1.000 raciones de pan para proveer los dispensarios militares ya que desde antes de la conquista tenían serios problemas para surtirse de recursos alimenticios. Por ejemplo, el 10 de mayo, la Junta de Defensa de Lérida envió un escrito al general español García Conde con el objetivo de reclamarle la recepción de ganado vacuno y ovino: «Al Sr. Comandante y Gobernador de Lérida. Excmo. Sr.: Habiendo recorrido a los que custodiaban, y estaban encargados del ganado vacuno y lanar para el abasto del publico y hospitales de Lérida, ha sabido que el Ejército se ha apoderado ya de el; en cuya consecuencia le es imposible atender a este objeto mayormente no habiendo en el Corregimiento ganado alguno por haberlo los pueblos internado por la Cataluña. Así que espera esta Junta que V.E. dispondrá o que se vuelva integro dicho ganado o bien se encargue el Comisario del Ejército del abasto del Público y Hospitales según exijan las circunstancias... Lérida, 10 de mayo de 1810»54.
Los del consistorio leridano ya habían hecho patente el furor del asalto francés y la consiguiente falta absoluta de recursos en los hospitales
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Ibidem, 4 de agosto de 1810. LLADONOSA PUJOL, Josep, Història de Lleida, pág. 679. AML, Caja 1413, decreto del mariscal Suchet, 5 de febrero de 1812. AML, Caja 1413, legajo R-VII-I, 20 de mayo de 1810.
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militares para atender a sus numerosos pacientes: «Al Comisario de Guerra del Ejército. De una parte no puede menos esta Junta de hacer presente a V. S. que los hospitales militares de Lérida carecen de todo lo necesario, y no teniendo facultades para socorrerlos la humanidad nos mueve a elevarlo a la consideración de V. S. a fin de que lo remedie en lo posible... Lérida, 16 de mayo de 1810»55. El 23 de mayo los napoleónicos anunciaron una subasta para el suministro de pan a los hospitales sobre la base de mil raciones diarias56. El 31 de mayo mandaron a todo vecino de la ciudad que en el plazo de un día aprontara una onza de hilos para el servicio de los hospitales, bajo pena de una peseta de multa, disposición que se repitió con gran frecuencia57. Poco después, se pidieron frascos y enseres para el hospital militar y se prohibieron las inhumaciones de cadáveres en el cementerio anexo al mismo, habiéndose de construir un nuevo cementerio fuera de la ciudad58. A mediados de junio, comenzaron a ser enterrados los cadáveres insepultos en los llanos de Margalef desde la batalla acaecida en abril y el intendente ordenó que se calcinaran los cadáveres del hospital civil59. Poco antes, un oficio del gobernador napoleónico exigió la entrega inmediata de 300 colchones para la mayor comodidad de los enfermos de los hospitales, informando que se había ordenado a los alcaldes de barrio que practicaran la requisa con la máxima celeridad posible. Ante las continuas peticiones y embargos de muebles y efectos por parte de las autoridades militares sas, los del consistorio leridano hicieron presente al intendente «que si continúan semejantes requisiciones no bastarán los colchones de la ciudad para los alojamientos que están ocupados y se van pidiendo»60. El hospital se había regido hasta la conquista napoleónica por una Junta especial, independiente del ayuntamiento, pero las autoridades sas resolvieron que, en lugar de aquella entidad, la corporación municipal tendría que designar personas que realizaran sus funciones en virtud de dicha disposición. Fueron nombrados Francisco Piñol, como , y Pedro Jordá, Jacinto Pallarés y José Sales como vocales. Un escrito, redactado por el director de los hospitales del Seminario, la Caridad y San Luis, cifra en los citados establecimientos 387 soldados ses y 112 españoles, más 16 oficiales; hallándose heridos 100 y 98 de los respectivos totales61.
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AML, Caja 1413, legajo R-VII-II, 16 de mayo de 1810. AML, Caja 1413, papeles sueltos, 23 de mayo de 1810. 57 AML, Caja 1413, bando del 31 de mayo sobre contribución a los hospitales. 58 AML, Caja 1413, sesión de la municipalidad de Lérida, 1 de junio de 1810. 59 Ibidem, 17 de junio de 1810. 60 Ibidem, 4 de junio de 1810. 61 AML, Caja 1413, bando del 7 de junio prohibiendo la compra de toda clase de artículos a las tropas sas. 56
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Poco después, la Junta de Hospitales expuso la necesidad de que por medio del ayuntamiento se adoptara una eficaz resolución que asegurara la normalidad y la no interrupción del servicio, teniendo en cuenta que las rentas ordinarias y extraordinarias que percibía el establecimiento eran insuficientes. No habiendo comparación entre los gastos ordinarios con los ingresos presupuestados. No solo por el aumentado de uno a tres los hospitales habilitados, sino también por la pretensión de las autoridades galas de que los militares enfermos «sean asistidos de todo lo necesario con abundancia de pronto y aun con precipitación». Por faltar ropas y algunos efectos, fueron arrestados el 4 de julio los individuos que componían la comisión de hospitales, a los que el ayuntamiento, doliéndose de tal situación, aconsejaba que le imitaran y salieran personalmente por las calles, ya para adquirir fiado bajo su responsabilidad personal los géneros necesarios, ya para que se los prestaran los vecinos62. Así pues, los hospitales, debido al considerable número de heridos y enfermos, necesitaban nuevos fondos. El gobernador napoleónico de Lérida, de acuerdo con el intendente, había destinado a los hospitales el producto de la Pía Almoina (limosnas) que istraba el Cabildo catedralicio. El ayuntamiento notificó a la corporación eclesiástica que deseaban marchar en perfecta unión y concordia; por dicho motivo, rogó la designación de dos canónigos para que pasaran a entenderse con los individuos del consistorio para constituir una Junta. El 4 de agosto acordaron Ramón Hostalrich, Francisco Pastoret (recientemente investido con el cargo de Comisario Extraordinario de Policía por el gobierno francés), Baltasar de Tàpies y el canónigo Ximénez avisar a los colectores de la Pía Almoina para que aceleraran el cobro de los censos63. CONTROL SOCIAL Y DIFICULTADES ECONÓMICAS Desde el inicio de la dominación napoleónica se coaccionó a los leridanos, por ejemplo, el 21 de mayo, el gobernador francés mandó publicar un bando prohibiendo la apropiación de ningún efecto de los campamentos, de las casas de campo y de las torres bajo pena de muerte; además, desde las ocho de la noche en adelante nadie podía transitar sin luz y, en el preciso termino de 24 horas, los vecinos habían de denunciar y entregar las ropas y los efectos que tuvieran en sus casas y no fuesen de su propiedad, amenazándose con un riguroso escrutinio y la ejecución de la terrible pena citada anteriormente para los «que ocupan lo que no es suyo en los tristes casos de ruina, incendio o naufragio». Así pues, los napoleónicos antepusieron la protección de la propiedad ante el crecimiento de la miseria popular. Mientras que la corporación ———— 62 63
AML, Caja 1413, sesión de la municipalidad de Lérida, 4 de julio de 1810. Ibidem, 23 de julio de 1810.
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municipal acordaba proceder al arreglo del catastro, intentando que no fueran incluidos bienes inmuebles derruidos o incendiados durante el sitio o con motivo del mismo, rebajándose a sus propietarios el importe que pagaban por dichas fincas64. Un edicto galo posterior decretó que todos los prisioneros de guerra españoles se habían de presentar a las cuatro y media de la mañana del siguiente día en la Plaza de San Juan de Lérida, dispuestos a partir inmediatamente65. Ante dicho bando, los integrantes del consistorio leridano dirigieron un escrito al gobernador francés rogándole la reconsideración de tal postura por motivos económicos al mismo tiempo que defendían la inocencia de buena parte de los prisioneros de guerra: «Oficio al Comandante de la Plaza [Lérida]. Excelentísimo Sr. Gobernador de Lérida. En vista de las repetidas suplicas de varios vecinos de esta Ciudad y del Gobierno mismo interesados en la salvación de las Familias que muchas han quedado huérfanas y otras sin los hijos precisos para la manutención de algunas pobres casas, y en virtud de lo acordado esta mañana con V. E. acompaño la adjunta nota de los sujetos que creemos prisioneros y en camino para Zaragoza todos los cuales previos los informes de los Alcaldes de Barrio son sujetos de buena reputación y conducta sin que se sepa hayan tomado jamás las armas contra la Francia y mucho menos en la ocasión del Asalto y entrada de la Ciudad según que lo prueba bien el haber sido aprehendidos en su propia sus propias casas o en las calles sin armas cortando los primeros golpes de horror. Por lo que interesándome Yo como a otro de los Padres de la Patria por la salvación de estos Infelices no puedo menos de obligar a V. E. por este mismo respeto a fin de que con su autoridad se digne levantar la prisión de los contenidos en la lista arriba mencionada y que puedan volver a sus hogares y aumentar con esto el número de honrados ciudadanos prontos todos a obedecer las ordenes de nuestro Emperador y Rey y de V. E.- espero pues que V. E. accederá a esta solicitud bien penetrado de la Justicia de la Causa así como yo lo confío del bondadoso corazón de V. E. Lérida, 22 de mayo de 1810»66.
Por tanto, era necesario salvar a los prisioneros de guerra para sustentar multitud de familias. A pesar de los continuos y obligados esfuerzos de los leridanos, las autoridades napoleónicas no cejaron en su empeño de solicitar nuevas obligaciones vinculadas con el trabajo físico y gratuito y, cómo no, con la tributación a la causa napoleónica. Los mandos ses se dedicaron a pretender eliminar los signos de su asedio y también llevaron a cabo unos intensos trabajos de fortificación para reconstruir las defensas de Lérida. Un bando del 25 de mayo ordenó a los vecinos que tuvieran «pisadoras» de su propiedad en las ori-
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AML, Caja 1413, papeles sueltos, 21 de mayo de 1810. Ibidem, 22 de mayo de 1810. AML, legajo R-VII-VIII, 22 de mayo de 1810. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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llas del río Segre y en el puente se las pudieran llevar a sus casas, mientras con la tierra contenida en su interior se rellenaban los hoyos de la carretera. También ordenó a todos los jornaleros de la ciudad, hasta el número de 400 hombres, que a las cinco de la mañana del día siguiente se presentaran en la Plaza Mayor de Lérida para trabajar en las obras que indicara el comandante de ingenieros, bajo pena de ser maniatados «y conducidos por fuerza a los trabajos a que ahora se les convida voluntariamente». De igual modo, y con la misma fecha, se ordenó que a las doce del día se hallaran tras la casa consistorial todos los alistados para los trabajos de la localidad de Fraga (Huesca) dispuestos a marchar, cargando el vecindario de Lérida con la nueva obligación de suministrarles diariamente raciones de pan y carne, y el socorro de media peseta a los individuos de cada familia, para lo cual se estableció una nueva imposición encargándose a los alcaldes de barrio su cobro y su reparto. Asimismo, se les amenazó con practicar, pasada la hora señalada, visitas domiciliarias por patrullas encargadas de capturar a los desobedientes «en quienes se hará un escarmiento para ejemplo de los demás y para que aprendan a obedecer las órdenes del Gobierno»67. Mientras que seguían incrementándose las penurias materiales, continuaban los trabajos de fortificación de la ciudad de Lérida, la reparación de los desperfectos en ella ocasionados por el sitio, paralelamente a la destrucción de las zanjas de aproche y trabajos realizados por el ejército francés, previsor y temeroso a la vez de verse asediado por alguna fuerza española, como lo prueban diferentes órdenes del ingeniero comandante de artillería, referentes a la conducción al Castillo de piedras y maderas, y varios recibos de jornales por dicho concepto abonados por el ayuntamiento de Lérida. El de dominios solicitó y obtuvo la creación de una escuadra compuesta por un cabo y cuatro ministros para resguardo y seguridad de su istración, armándose dichos individuos con sable, pistola y carabina, lo cual prueba que la seguridad pública no estaba aún suficientemente garantizada. Así lo entendió el consistorio que, deseoso de restablecer la tranquilidad y la vida ordinaria, ofició al comandante de armas de Lérida la publicación de un nuevo bando dispuesto para que las calles quedaran iluminadas por la noche, con el objetivo de que las patrullas pudieran reconocer a las gentes; e instando al propio tiempo a que se ordenara lo conveniente para que los labradores pudieran libremente salir a sus faenas sin temor de ser insultados y para que se abriera el comercio con Aragón, oficiando a los corregidores y comandantes de armas de Monzón, Huesca, Barbastro y otras poblaciones para que sus vecinos concurrieran al mercado de Lérida, según era antigua costumbre68.
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AML, Caja 1413, papeles sueltos, 25 de mayo del 1810. AML, Caja 1413, bando sobre iluminación y regulación del mercado, 26 de mayo de
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Un bando publicado el 7 de junio prohibió, bajo pena de un mes de cárcel y veinte duros de multa, comprar ropas ni efectos a los militares ses, restos seguramente del saqueo a que se habían entregado69. Una semana más tarde, se presentaron en el mercado de Lérida una porción de jornaleros, algunos procedentes de Valencia y su comarca, ofreciendo sus servicios para proceder a la recolección de los cultivos agrícolas, pero el gobierno francés, deseoso de proseguir los trabajos de defensa de la ciudad de Lérida, retuvo a bastantes de ellos para proseguir las obras públicas, ocasionando que los demás se dieran a la fuga. De manera que, tras la miseria y el hambre general, veían con pena los labradores cómo se les impedía proceder a la recolección en la cual habían fundado tantas esperanzas de alivio, por lo que no les quedó más remedio que solicitar al ayuntamiento la suspensión temporal de dichos trabajos hasta que se recolectara la cosecha70. El asalto y la ocupación napoleónica generaron el incremento del salario de un jornal, debido al descenso demográfico y la consiguiente escasez de mano de obra. Las autoridades locales tuvieron que publicar un bando «para corregir el abuso que entrañaba el hecho de ofrecerse por algunos vecinos como jornal la cantidad de siete pesetas y media, se prohibía dar más de un duro por dicho concepto»71. La creciente escasez de productos agrarios acrecentó la dureza de los castigos ses. En un recibo del gremio de alpargateros, presentado con fecha 25 de junio, consta la siguiente partida: «Por ocho cuerdas y tres tirantes para las sentencias del día 20 del presente mes… 12 libras, 7 sueldos y 6 dineros». Por tanto, en dichas fechas fueron ahorcados algunos leridanos. Otro bando del día 25 conmina con ser conducidos presos a la Lengua de Sierpe, callejón tortuoso del castillo principal, a los que en el término de tres días no hubieran cubierto las zanjas de sus propiedades. Mientras que una guerrilla española, con fuerzas regulares de caballería e infantería, había salido de Montblanc, llegando hasta Margalef, movimiento inducido a impedir el envío de víveres o de cuotas en metálico de ninguna especie a la ciudad de Lérida, ya que de lo contrario, además de perder el género y el numerario, los conductores serían considerados y tratados como reos de traición. Precisamente, en manos de la guerrilla cayeron cinco cargas de género que Isidro Llorens conducía a Lérida. El gobernador e intendente de la ciudad, temeroso de arriesgar fuera de las murallas parte de sus tropas, como respuesta, acudió al habitual recurso de detener en las casas consistoriales, en concepto de presos, a algunos individuos de la antigua Junta de Defensa de Lérida72.
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69 AML, Caja 1413, bando del 7 de junio prohibiendo la compra de toda clase de artículos a las tropas sas. 70 AML, Caja 1413, sesión de la municipalidad de Lérida, 14 de junio de 1810. 71 Ibidem, 18 de junio de 1810. 72 AML, Caja 1413, bando del 25 de junio de 1810 amenazando a los leridanos con su encarcelamiento en caso de no cubrir las zanjas existentes en sus propiedades.
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EL PROYECTO DE RECUPERACIÓN Y DE PROSPERIDAD ECONÓMICA DE ALBAN DE VILLENEUVE Las órdenes emanadas desde París fueron de arriba abajo, pero la política militar chocó con una realidad repleta de dificultades cotidianas y de un colaboracionismo forzado. Para caracterizar el alcance político y los límites de los proyectos y actuaciones napoleónicos, en un contexto de permanente inestabilidad bélica, debemos hacer una primera incursión mediante el grado de conocimiento que sobre Lérida tenían los altos mandos militares ses y el personal dirigente istrativo llegado al Principado. En los inicios del siglo XIX circulaban escasas pero suficientes noticias sobre los habitantes de la península como para poder hacer un retrato breve de su naturaleza. Algunas provenían de la literatura de viajes que permitían trasladar a la opinión pública culta del continente imágenes y estereotipos nacionales. Por tanto, las autoridades napoleónicas no se enfrentaban a un espacio enteramente nuevo y desconocido73. Alexandre Laborde74 visitó Lérida entre el 1801 y el 180375. En su itinéraire Descriptif de l’Espagne definió su forma como triangular, además de larga y estrecha76, dejándose influir por la descripción elaborada por Bernat Espinalt en su Atlante Español (Madrid, 1783). Laborde, después de estudiar la morfología de Lérida, afirmó que era una ciudad mal alienada y mal edifi-
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TOLEDANO GONZÁLEZ, Lluís Ferran, «Négociants et fanatiques», págs. 91 y 95-96. Alexandre Laborde (París, 1773-1842), militar, diplomático, arqueólogo, erudito, artista, economista y civil ocupó el cargo de agregado cultural de la embajada sa en España en el año 1800. A partir de la ayuda proporcionada por el monarca español Carlos IV y el gobierno galo, elaboró un inventario de los lugares de interés de España, el Voyage pittoresque et historique en Espagne (París, Pierre Didot), un compendio de la cultura, arqueología y monumentos españoles publicado entre 1806 y 1820 en cuatro volúmenes. Los textos se ilustraban mediante 349 grabados efectuados, principalmente, por Jacques Moulinier y François Ligier. El tomo primero (1806) contiene 88 grabados sobre 60 láminas de diversas poblaciones catalanas: Barcelona, Martorell, Montserrat, Tarragona, Tortosa, Lérida, Poblet, Bellpuig, Cardona, Solsona, Manresa y Gerona. La obra erudita de Laborde se sitúa entre el historicismo y el naciente corriente prerromántico francés. En 1809, merced a la ayuda de su amigo François René de Chateaubriand, redactó y publicó itinéraire Descriptif de l’Espagne, en cinco volúmenes más un atlas, que complementaban el Voyage. CASALS, Quintí, Els inicis de la historiografía contemporánea a Lleida (1750-1860), Barcelona, Ajuntament de la Pobla de Claramunt, Colección Claramonte, núm. 3, 2010, págs. 42-43; GARCÍA BELLIDO, Antonio, «Alexandre Laborde, en su centenario», Archivo Español de Arqueología, 57 (1944), págs. 370-373; y El viaje a España de Alexandre de Laborde. Exposición organizada por el Museu Nacional d’art de Catalunya. Del 29 de mayo al 27 de agosto de 2006. Comisarios: Jordi Casanovas y sc Quilez. Catálogo. 75 Itinéraire incluía el plano de la ciudad de Lérida, fechado entre estos años y conservado actualmente MNAC de Barcelona. CASALS, Quintí, Els inicis de la historiografía, pág. 72. 76 LABORDE, Alexandre, Itinéraire descriptif de l’Espagne, París, Chez H. Nicolle, 1809, vol. 1, pág. 84. 74
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cada. Sus calles eran estrechas, tortuosas e irregulares… solamente tenía una calle pasable77. En la lámina dedicada a Lérida (Voyage pittoresque et historique en Espagne, I vol., 1806) incorporó un grabado del antiguo portal de Boteros de Lérida con vista, alzado y planta, gracias al cual conservamos información gráfica de una de las puertas de las murallas derruidas durante la segunda mitad del siglo XIX. Laborde explica que «por todos lados, la ciudad de Lérida esta envuelta por fuertes murallas. Existen, aun, dos o tres de sus portales. El que se llama Portal de Boteros, es el que mejor se conserva. Lo decoran dos torres que sirven para la defensa; encima suyo se pueden divisar unas puertas cintradas por las cuales se podía pasar de un baluarte a otro». Además, Laborde incorpora una vista de Lérida des de Gardeny, una panorámica poco explotada hasta el momento por los viajeros y grabadores, ya que habían preferido la visión captada desde el margen izquierdo del río Segre. Al llegar a las proximidades de la ciudad, desde el fuerte de Gardeny afirmó que «la ciudad de Lérida esta situada sobre un montículo bastante elevado que se extiende hasta la ribera del Segre, que baña una parte de sus murallas… Lérida, presenta, a banda y banda, un aspecto imponente, y los bellos campos de los alrededores aun la embellecen más»78. Tal y como ha afirmado Lluís Ferran Toledano, los ses pretendían descubrir el carácter y el espíritu de los naturales para poder convencerlos, atraerlos o, simplemente, asimilarlos. Recogieron multitud de referencias relacionadas con la psicología social, la historia, la geografía, y al estado económico y político del territorio en cuestión. Unas prácticas herederas de la Ilustración y extendidas por todo el Imperio. El carácter catalán condicionó el diseño del proyecto napoleónico. Los bonapartistas fueron conscientes de la clara entidad geográfica, histórica y lingüística de Cataluña, una singularidad que llevó a considerarla un objetivo militar específico dentro de España79. El retrato más acabado es el facilitado por el prefecto de las Bocas del Ebro Jean-Paul-Alban de Villeneuve80. El comercio y la navegación habían
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Ibidem, págs. 84-85. LABORDE, Alexandre, Voyage pittoresque et historique en Espagne, París, Pierre Didot, 1806, vol. 1 (dedicado a Cataluña), págs. 40-41; y CASALS, Quintí, Els inicis de la historiografía, pág. 72. 79 TOLEDANO GONZÁLEZ, Lluís Ferran, «Négociants et fanatiques», págs. 97-98. 80 Contamos con dos estudios pormenorizados, el de MERCADER RIBA, Joan, «Una memoria estadística del Prefecto napoleónico de Lérida. Alban de Villeneuve», en Aportación al estudio de la Guerra de la Independencia en Lérida, Lérida, 1947, págs. 9-43, y el de RAMISA VERDAGUER, Maties, «El departament de les Boques de l’Ebre», en D.D.A.A., Guerra Napoleónica a Catalunya (1808-1814). Estudis i documents, Barcelona, Publicacions de l’Abadia de Montserrat, 1996, págs. 39-50. Se trata de la Mémoire statistique, historique et istratif, présentant le Tableau du Département des Bouches de l’Ebre, avant la guerre, les chángements qu’elle a éprouvé depuis la guerre et sa situation, de enero de 1813. 78
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relajado sus hábitos pero continuaban siendo austeros, eran más abiertos a otras gentes y a la necesidad de ganar dinero, pero sus conocimientos técnicos seguían siendo pobres. Tan solo el alto clero era apreciable en su ilustración, pero la iglesia en general necesitaba con urgencia de reformas. Además, los catalanes eren belicosos y fanáticos. De hecho, Villeneuve los definió como un pueblo irreducible, de carácter ardiente y tozudo, siempre a punto de rebelarse contra un acto que considerase arbitrario e interesados por la religión y por el negocio. El tercer elemento se fundamentaba en un fuerte orgullo nacional basado en los usos y costumbres del país, y una notable antipatía por los pueblos vecinos, castellanos pero sobre todo ses81. Precisamente, por su personalidad y su talante, Alban de Villeneuve (1784-1850)82, fue considerado una persona apta para pacificar y atraer las poblaciones que habían de soportar tan impopular régimen. Su ideario quedó reflejado posteriormente en su obra L’Economie politique chrétienne, editado en el año 183483. El 2 de febrero de 1812 se notificó el decreto imperial que hacía efectiva la anexión directa de Cataluña al Imperio Napoleónico, quedando dividida en cuatro departamentos: el del Ter, con capital en Gerona; el de Montserrat, con capital en Barcelona; el del Segre, con capital en Puigcerdà; y el de las Bocas del Ebro, con capital en Lérida. Este último departamento fue divido en cuatro distritos: el de Lérida, el de Cervera, el de Tarragona y el de Tortosa. Alban ya había ejercido la subprefectura de Zierickzee (Suiza) cuando Napoleón le nombró prefecto de las Bocas del Ebro, con tan solo 27 años de edad84. La diferencia más importante de esta nueva política será que el poder civil dirigirá la istración y proveerá de funcionarios el nuevo organigrama85.
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81 TOLEDANO GONZÁLEZ, Lluís Ferran, «Négociants et fanatiques», págs. 97-98; y SA VERDAGUER, Matíes, Els catalans i el domini napoleònic, pàgs. 349-352 y 360-361. 82 MERCADER RIBA, Joan, «Algunos aspectos de la istración napoleónica en
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tierras de Lérida», Ilerda, 8 (1947), págs. 51-72. 83 REMON, Julia, «Lleida i els sos (1808-1814)», en D.D.A.A., Homenatge a Josep Lladonosa, Lérida, Instituto de Estudios Ilerdenses, 1999, pág. 533. 84 MERCADER RIBA, Joan, Catalunya i l’Imperi napoleònic, Barcelona, Publicaciones de la Abadia de Montserrat, 1978, pág. 317. Alban era hijo de un marqués de la Provenza, cuya familia no se opuso totalmente a la revolución —a pesar de ser secuestrados parte de sus bienes—, se convirtió en 1806 en secretario de su hermano, a la sazón prefecto de Lot-etGaronne, y en 1810 se incorporó al Consejo de Estado como auditor. Villeneuve fue un funcionario honesto, culto, preocupado especialmente por la instrucción pública y también por la reforma de la justicia: «Si hace falta regenerar alguna parte de la organización de la sociedad en este país, es sin duda la istración de la Justícia». TOLEDANO GONZÁLEZ, Lluís Ferran, «Négociants et fanatiques», pág. 115; y RAMISA VERDAGUER, Maties, Els catalans i el domini napoleònic, pág. 257. 85 TOLEDANO GONZÁLEZ, Lluís Ferran, «Négociants et fanatiques», págs. 108-109; y RAMISA VERDAGUER, Maties, Els catalans i el domini napoleònic, pág. 223. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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Cuando Villeneuve llegó a Lérida para hacerse cargo de la prefectura de las Bocas del Ebro, la ciudad continuaba siendo gobernada por el general Henriod, quien había ejercido una dictadura miliar, teniendo sometidos a sus habitantes mediante una política represiva. Alban constató cómo estaban encerrados en las prisiones de la ciudad de Lérida en calidad de rehenes diversos propietarios poderosos o influyentes en sus respectivos poblaciones por no haber pagado las contribuciones con regularidad, hecho que podía acelerar el cobro de los tributos por parte de las tropas sas, pero también generaba la huída en masa hacia las comarcas alejadas del control napoleónico, sobre todo cuando el pueblo no estaba en condiciones de pagar en el acto los enormes impuestos de los cuales se les consideraba contribuyentes. Como su principal prioridad fue suavizar la ocupación, envió a París un informe denunciando duramente las crueldades del gobierno militar de Henriod, que esquilmaba los campos y maltrataba la población. Era una conducta «impolítica», como decía Armand Chevalier, desde Cervera, que erosionaba la política de atracción del elemento civil. Para Villenueve, la estabilidad política llevaría a la mejora económica. De hecho, la lógica militar conllevaba una extraordinaria presión fiscal por medio de la violencia, sobre poblaciones ya de por sí exhaustas. Las cantidades recaudadas multiplicaban por cuatro o por cinco las cifras normalmente conseguidas. El sistema seguido, decía el prefecto, desolaba los pueblos, arruinaba la agricultura y prolongaba la insumisión, y lo que procuraba momentáneamente en forma de recursos abundantes para el ejército, liquidaba «toutes les Ressources de l’avenir»86. Precisamente, con el propósito de mejorar la situación material de los habitantes del nuevo departamento de las Bocas del Ebro e iniciar un proceso de recuperación económica Villeneuve decidió redactar el «Proyecto de Memoria Informativa», después de haber estudiado el territorio cuyo objetivo era elevarlo a las esferas nucleares del Imperio. A lo largo de los próximos meses de 1812, enviará largos informes a París, al Consejo de Estado y al Ministerio del Interior. La elaboración de memorias descriptivas del departamento que regían los correspondientes prefectos había sido practicada y recomendada por los gobiernos parisinos ininterrumpidamente desde la época del Directorio y se consideraba de alto interés para mejorar la istración sa87. Alban redactó la memoria a principios del año 181388.
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LLADONOSA PUJOL, Josep, Història de Lleida, págs. 679-680; y TOLEDANO GONZÁLEZ, Lluís Ferran, «Négociants et fanatiques», págs. 116-117. 87 MERCADER RIBA, Joan, «Una memoria estadística», págs. 9-43. 88 HONORÉ, Louis, Mémorie statistique sur le Département des Bouches de l’Èbre (18121813), París, 1813. Traducción de su Memoria estadística sobre el departamento de las Bocas del Ebro (1812-1813), 1947. Donativo del coronel Villeneuve-Barguemon, monografía geográfica, histórica y política de uno de los departamentos que creó Napoleón en Cataluña. Lérida, Instituto de Estudios Ilerdenses, Legado Areny. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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TABLA 2: ASPECTOS ECONÓMICOS DE LA MEMORIA ESTADÍSTICA DE ALBAN DE VILLENEUVE NÚMERO Y TEMA III. Meteorología IV. Descripción de los tres reinos en el departamento
V. Población
VI. Agricultura
VII. Comercio e industria
VIII. Contribuciones
XI. istración civil
XII. Obras públicas
XIII. Hospitales
XIV. Instrucción pública XVI. Edificios públicos
CAPÍTULOS Y SECCIONES Clima, influencia sobre los productos de la agricultura y sobre la salubridad pública. Vacuna. Reino mineral: montañas, aguas minerales y salinas, piedras, mármoles, tierras calcarías, sal y minas. Reino vegetal: árboles fruteros, árboles de bosque y arbustos dominantes. Reino animal: mamíferos, cuadrúpedos, ovíparos, reptiles, aves, peces, moluscos y insectos. Evolución demográfica, antes y después de la guerra, causas de la despoblación, medios para remediar las pérdidas experimentadas por efecto de la guerra. Divisiones agrícolas, tipos de agricultura, situación de la agricultura y cuadro de sus productos antes de la guerra y pérdidas experimentadas y cuadro de productos durante la guerra. Medios de restablecer la agricultura. Estado del comercio y de las manufacturas antes de la guerra: su producto aproximado. Estado del comercio de los precios de géneros o mercancías antes y desde la guerra. Mercados. Cuadro comparativo de las monedas y de los pesos y medidas con las de Francia. Cuadro de ferias en los pueblos de los cuatro distritos. Sistema de contribuciones antes de la guerra. Contribuciones impuestas el 1810-1811 y el 1812. Contribuciones indirectas después de la guerra. Establecimiento y producto de los Dominios. Aduanas. Derechos Reunidos. Cálculo aproximativo de lo que se podría producir el departamento de Bocas del Ebro en contribuciones directas y indirectas en tiempos normales. Cálculo aproximativo de los dispendios a efectuar con cargo al tesoro público en el departamento. Divisiones territoriales y organización antes de la guerra. Funcionarios istrativos. istración comunal. Registro civil. istración civil desde la guerra. Nueva istración del departamento de Bocas del Ebro (el régimen civil). Estado de las carreteras, caminos, navegación, canales, etc. antes de la guerra. Su estado durante la guerra. Obras de mayor interés a efectuar. Correos. Establecimientos de caridad existentes anteriormente a la guerra, sus formas de istración y de situación desde que comenzó la guerra. Mendicidad. Situación de la enseñanza y de sus establecimientos antes de la guerra y desde la conflagración. Proyectos para mejorar el estado de la instrucción pública. Bibliotecas, archivos, antigüedades, ciencias, Bellas Artes, teatros, sociedades literarias, hombres célebres.
Fuente: Elaboración propia a partir del Archivo de la Corona de Aragón, en adelante ACA, Hacienda, caja 1, legajo 1: «Mémoire statistique, historique et istratif, présentant le Tableau du Département des Bouches de l’Ebre, avant la guerre, les changemens qu’elle a éprouvé depuis la guerre et sa situation», enero de 1813. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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Destaca, en primer lugar, el ámbito demográfico, ya que en el distrito de Lérida había disminuido un tercio su población y una sexta parte en la ciudad a consecuencia de las bajas causadas por el asalto francés, de las huidas posteriores por motivos financieros y de la proliferación de diversas epidemias infecciosas; y en segundo lugar, el estrictamente económico, donde constató la pérdida de la mayor parte del ganado destinado a realizar las tareas agrícolas y a alimentar a la población; la tala de la mayor parte de los olivos y de los bosques; la desaparición de los productos de segundo orden como la seda, la miel, la cera, la lana, el alquitrán y la arena; y, por último, el aumento del precio de los productos de primera necesidad: cereales, aceite, vino y carne89. Asimismo, se había de aunar los destrozos de los canales de irrigación; la paralización del comercio a causa de las deficientes y peligrosas vías de comunicación y de la proliferación del contrabando; el descenso de la actividad manufacturera; la pérdida de bastantes propiedades, sobre todo urbanas; el abono al inicio de la guerra de grandes sumas de dinero a través de diversos impuestos especiales y contribuciones como el catastro (bienes inmuebles), el personal (por vivir), el diezmo (Iglesia); además, una vez conquistada la ciudad, se elevaron los tributos de guerra, las tasas sobre la sal y la del 17% sobre Propios y Arbitrios, los capitales de las familias más poderosas se exportaron, se expropiaron los bienes de los rebeldes y de las corporaciones religiosas suprimidas, incrementándose así la carestía de las clases populares. Alban, para reactivar la economía, propuso una repoblación del país mediante la introducción de nuevos colonos y el retorno de fugitivos y de proscritos, favorecidos por un decreto de amnistía; el establecimiento de un sistema regular de contribuciones sin abusos y bajo un criterio de igualdad relativa, la supresión de los diezmos de la Iglesia, la parcelación de las tierras de los eclesiásticos y del Estado, las primas a favor de la agricultura, las replantaciones de plantas y árboles desconocidos en el territorio, la introducción de animales de tiro y carga, etc. Villeneuve consideraba que la paz, el beneficio de la adscripción catalana a Francia y la reconstrucción de las antiguas relaciones comerciales con las colonias americanas y con el norte de Europa, harían posible la recuperación y el impulso del comercio y de la industria en el departamento y en toda Cataluña. Por tanto, era un programa reformista que compaginaba progreso económico y bienestar social, eliminando los residuos arcaicos del feudalismo90. La última fase de la presencia napoleónica vino marcada por la coyuntura bélica negativa rusa de primavera de 1813, que obligó a reducir los efectivos
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CANALES, Esteban, «El impacto demográfico», págs. 284-289. ACA, Hacienda, caja 1, legajo 1: «Mémoire statistique, historique et istratif, présentant le Tableau du Département des Bouches de l’Ebre, avant la guerre, les changemens qu’elle a éprouvé depuis la guerre et sa situation», enero de 1813. 90
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militares y istrativos en la península. La Baja Cataluña pasó al dominio directo del general Suchet y quedaba istrada como las provincias de Aragón y de Valencia. Únicamente la parte septentrional de Cataluña, centralizada en Gerona, mantuvo las características formales de anexión. A finales de 1813 Suchet se replegó definitivamente al interior de Cataluña hasta la negociación de un armisticio con lord Wellington, firmado el 19 de abril de 1814, y la evacuación sucesiva de las plazas fuertes a lo largo del mes de mayo91. Por ende, las bienhechoras intenciones de Alban de Villenueve no tuvieron aplicación práctica puesto que Lérida fue reconquistada el 14 de febrero de 181492. Aunque Alban, durante su estancia, sí pudo mejorar el ámbito clínico, ya que cuando llegó a la ciudad los hospitales estaban prácticamente en la calle, sin mobiliario y con reducidos recursos provenientes del erario de las comunidades religiosas, de las limosnas del obispado y de las concesiones reales. Villeneuve ayudó a los de una comisión eclesiástica ofreciéndoles nuevas instalaciones y les ofreció la recaudación de las multas de la policía. Gracias a estos recursos se pudieron sostener a 50 ancianos y a una cantidad similar de niños pobres de solemnidad93. Así pues, el esfuerzo istrativo napoleónico se dedicó en mayor parte a asegurar la recaudación de tributos y al aprovisionamiento militar directo para financiar el pago de los costes de la ocupación, el botín y las recompensas para la alta oficialidad. Una estrategia de rapiña todavía más visible debido a la resistencia de la población. Las principales dificultades provinieron de la evolución bélica y del agotamiento fiscal de la población. El conjunto de los proyectos napoleónicos constituyeron un ensayo efímero, pero que debe valorarse en su justa medida por la magnitud del esfuerzo de ordenación y reconstrucción puesto en marcha94. EL IMPACTO ECONÓMICO DE LA GUERRA DURANTE LA PRIMERA RESTAURACIÓN DE FERNANDO VII Un manuscrito del Ayuntamiento de Lérida de 1817 constató la desaparición de 111 familias de un total de 2.458 y una pérdida de 3.783 personas de los 12.204 habitantes que tenía la ciudad antes de la contienda bélica95. Un
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TOLEDANO GONZÁLEZ, Lluís Ferran, «Négociants et fanatiques», pág. 111. Para ampliar la información consultar SÁNCHEZ I CARCELÉN, Antoni, «La reconquista de la ciudad de Lleida (1814)», en Actas del VI Congreso de Historia Militar: La Guerra de la Independencia española: Una visión militar, Madrid, Ministerio de Defensa, 2008, vol. II, págs. 145-153. 93 MERCADER RIBA, Joan, Catalunya i l’Imperi napoleònic, pág. 325. 94 TOLEDANO GONZÁLEZ, Lluís Ferran, «Négociants et fanatiques», págs. 118-119. 95 AML, caja 1413, año 1817. 92
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tema cíclico de las actas municipales fue la preocupación por los problemas financieros que asolaban Lérida. La hacienda de la corporación municipal estaba exhausta. Los documentos describen los constantes préstamos en que tanto las instituciones como las asociaciones o los particulares se habían acogido para intentar paliar sus necesidades económicas. Pero no fue la solución más oportuna, ya que no podían devolverlos y sufrían apremios militares. Por ejemplo, a inicios de 1816, los gremios no habían efectuado el pago del último tercio del catastro y el de un empréstito suscrito en 1815.96 El 11 de junio de 1816 una circular del corregidor informó que desde 1808 la mayor parte de los pueblos del corregimiento no habían pagado el impuesto de Propios y Arbitrios, el más importante para financiar los gastos municipales. Por tanto, a mediados de 1816 aún no se había restablecido97. Así pues, después de la ocupación napoleónica las arcas municipales quedaron bajo mínimos. La agricultura, la principal fuente de riqueza de la ciudad, estaba en la ruina ya que los campos estaban abandonados e incendiados. Las infraestructuras paralizadas. El comercio poco activo y la fabricación artesanal no disponía de su maquinaría. Además, se ha de aunar la pérdida de brazos que estarían destinados a trabajar en los citados sectores económicos. El consistorio, a pesar de que era consciente de dicha realidad, fue incapaz de revertir la grave crisis, en parte, porque nunca contó con la ayuda institucional del Estado o de la Monarquía. La Iglesia leridana también padeció los efectos negativos de la ocupación sa, ya que el dinero y la plata de las corporaciones religiosas financiaron en gran medida los gastos de la guerra; además, los conventos sirvieron de cuartel y, a veces de baluarte, motivo por el cual sufrieron devastaciones e incendios. Durante el saqueo de 1810 los soldados napoleónicos incautaron diversos objetos de incalculable valor procedentes de las distintas iglesias, afectando, sobre todo, a los bienes de la catedral (sus joyas y sus reliquias, destacando la gran custodia de plata dorada, obra del maestro Guerau, que fue dividida en diversos trozos); y causaron destrozos en el palacio episcopal, ya que abrieron las puertas a cañonazos98. Una vez recuperada la libertad, en 1814, el Padre de los Trinitarios Calzados solicitó una autorización al consistorio para reconstruir su convento porque fue derruido durante la invasión napoleónica99. El coste de las obras ascendía a 800 libras, ya que se había de sumar el valor de las maderas, el
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AML, Actas municipales del Ayuntamiento de Lérida, año1816, pág. 21. Ibidem, pág. 33. 98 LLADONOSA PUJOL, Josep, La eucaristía en Lérida, Lérida, Artis Estudios Gráficos, 1964, págs. 92-93. 99 Archivo Capitular de Lérida, en adelante ACL, Actas Capitulares, caja 136, libro 105, año 1815, pág. 178. 97
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utillaje y el mobiliario sepultado bajo los escombros. El Capítulo catedralicio sufragó la mayor parte del citado importe100, a pesar de que el estado de sus cuentas era deficitario. En abril, los canónicos constataron los considerables atrasos y deudas que habían de percibir a causa de la negativa de los campesinos a pagar los diezmos y el usufructo del ganado caprino101. Además, sus arrendatarios mostraron una elevada insolvencia ya que un número considerable de individuos fallecieron y sus herederos no podían pagarlos porque no les habían dejado bienes a causa de su pérdida o venta durante la ocupación sa. También los censalistas de mayor consideración tenían muy atrasado el abono de sus pensiones, obligando a la corporación eclesiástica a someterlos a un requerimiento judicial102. A todo ello cabe añadir la contribución de guerra a las fuerzas napoleónicas en 1810: la Iglesia leridana aportó 43.000 libras103. Dichas carencias financieras limitaron la acción social de la Iglesia, dedicada a paliar las penurias de los sectores más empobrecidos de la población, pero se destinaron bastantes fondos al hospicio, ya que se multiplicaron los infantes abandonados como consecuencia de la crisis económica general104. HERENCIA DEL PASADO: UNA HACIENDA MUNICIPAL ARRUINADA AL INICIO DEL TRIENIO LIBERAL
LA
La recesión económica se evidenció por el oficio del intendente Juan de Erro, comunicando que tomaría medidas extraordinarias contra la ciudad por no haber hecho efectiva la cuota del segundo y tercer tercio de la contribución catastral del año 1819 por la ingente morosidad de los habitantes de Lérida105. El problema más grave y urgente del nuevo ayuntamiento constitucional fue la extensa deuda que dejó el gobierno absolutista, ya que este déficit financiero no le permitió hacer frente al pago de las múltiples reclamaciones del cual era objeto106. La difícil situación económica fue la mayor limitación del nuevo consistorio a la hora de iniciar y llevar a cabo sus distintos proyectos y necesidades. El regidor Juan Mensa hizo un balance del fondo de Propios y Arbitrios de los primeros meses de la gestión constitucional107.
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Ibidem, pág. 251. Ibidem, año 1814, págs. 167 y 172. 102 Ibidem, año 1814, págs. 172, 174 y 200. 103 Ibidem, año 1814, págs. 14 y 31. 104 Ibidem, años 1814 y 1815. 105 AML, Actas del Ayuntamiento de Lérida, año 1820, págs. 43 y 52. 106 Ibidem, año 1820, pág. 56. 107 Ibidem, año 1820, pág. 124. 101
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TABLA 3: INGRESOS INGRESOS Ingresos teóricos 20 de marzo-noviembre 1820 Ingresos cobrados No pagar construcción carretera Tarragona No pagar Junta de Sanidad
CANTIDAD 17.883 libras, 14 sueldos, 11.227 libras, 11 sueldos y 7 dineros 600 libras 1.307 libras, 18 sueldos y 8 dineros
Fuente: Elaboración propia a partir de AML, Actas del Ayuntamiento de Lérida, año 1820, pág. 124.
TABLA 4: GASTOS GASTOS Gastos teóricos 20 de marzo-noviembre 1820 Gastos abonados Gastos reparación pared del río Segre Sueldo de los maestros de gramática
CANTIDAD 19.721 libras, 11 sueldos y 6 dineros 10.833 libras, 10 sueldos y 4 dineros 123 libras y 1 dinero 165 libras, 15 sueldos y 10 dineros
Fuente: Elaboración propia a partir de AML, Actas del Ayuntamiento de Lérida, año 1820, pág. 124.
TABLA 5: BALANCE Y DÉFICIT CONCEPTOS Falta por cobrar Falta por pagar Déficit total (sumando últimos gastos)
CANTIDAD 6.656 libras, 2 sueldos y 5 dineros 8.887 libras, 13 sueldos y 2 dineros 2.520 libras, 6 sueldos y 8 dineros
Fuente: Elaboración propia a partir de AML, Actas del Ayuntamiento de Lérida, año 1820, pág. 124.
Ante las dificultades económicas, los integrantes del consistorio decidieron tomar las medidas oportunas para conseguir un déficit cero, a costa de no potenciar unas obras públicas que habrían permitido la creación de múltiples puestos de trabajo con sus correspondientes salarios, facilitando el pago de impuestos y la reactivación de los intercambios comerciales y de la economía en general. Además, estas propuestas recortaron los servicios sociales, bastante deficientes ya de por sí, por ejemplo, al no atorgar fondos a la Junta de Sanidad se perjudicó seriamente el control higiénico en un período muy propicio a la propagación de múltiples epidemias. Para intentar buscar más recursos, el Ayuntamiento de Lérida hizo saber a la Diputación provincial el estado paupérrimo del fondo de Propios y Arbitrios, propiciado por la pasada Guerra de la Independencia y la ineficacia de las medidas absolutistas a la hora de intentar romper la dinámica deficitaria. Además, a partir de este momento, el consistorio había de hacer frente a los gastos derivados de la formación y organización de la Milicia Nacional. Por Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 501-534, ISSN: 0018-2141
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este motivo, solicitó a la Diputación que intercediera para que los pueblos de los alrededores pagaran lo que les correspondía por su servicio de correos y por sus prisioneros. Finalmente, apuntar que el consistorio leridano comunicó a la Diputación la suspensión de cualquier pago que no fuera urgente108. A principios del año 1821, la economía municipal continuó con su declive anterior. Las dificultades del Ayuntamiento de Lérida para percibir la contribución catastral provocaron que los impuestos resultantes del comercio interior fueran recaudados y istrados por la Diputación provincial, hecho que, obviamente, suponía el cese del cobro municipal de dichos tributos y la debilitación aún más del erario consistorial. La Paeria se vio forzada a solicitar algunos donativos a los vecinos de la ciudad para poder pagar los gastos derivados de la iluminación109. En el mes de mayo el consistorio recibió un oficio del Jefe Político notificándole la obligación de pagar el segundo y el tercer tercio de la contribución general del año 1820. Las autoridades municipales le contestaron que tenían ya recaudados 40.000 reales de vellón y que realizarían las diligencias oportunas con el objetivo de abonarlo en su totalidad. Poco después, el intendente les informó que aún debían 26.459 reales con 21 dineros correspondientes al segundo tercio y 50.679 reales y 19 dineros por el tercer tercio. El alcalde comunicó que pagarían 45.000 reales de vellón para cubrir buena parte del tercer tercio, quedando a deber una deuda que ascendía a 31.459 reales. Así pues, se evidenciaron nuevamente las enormes dificultades para poder efectuar el ingreso de los tributos y los impuestos ya que eran unas cargas muy fuertes para los leridanos. Esta penuria económica generó el aumento cuantitativamente de los opositores al régimen liberal110. REFLEXIÓN FINAL Lérida fue conquistada en mayo de 1810, los napoleónicos impusieron a la ciudad una elevada contribución extraordinaria o indemnización de guerra: 8.000 duros a la corporación municipal y 43.000 libras a la Iglesia. Además, las nuevas autoridades sas exigieron a los leridanos la percepción de importantes cantidades en especie y en metálico para abastecer y mantener la Grande Armée y los hospitales militares. También tuvieron que realizar trabajos forzados y no remunerados para mejorar las fortificaciones y las defensas. La llegada del prefecto Alban de Villeneuve en 1812 pretendió, mediante una memoria estadística-descriptiva, iniciar la recuperación de la maltrecha eco-
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Ibidem, año 1820, pág. 125. Ibidem, año 1821, págs. 5 y 10. 110 Ibidem, año 1821, págs. 40 y 51. 109
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nomía y el auge de todos los sectores productivos. Aunque no pudo poner en práctica su plan al ser reconquistada la ciudad a principios de 1814. El balance bélico fue negativo, ya que la invasión y la ocupación sa comportaron la destrucción de las cosechas y la escasez de los alimentos de primera necesidad, generando un ciclo alcista de carácter inflacionista. Los precios del trigo se incrementaron aún más en las ciudades asediadas, como Lérida en 1810111. Por tanto, supuso una sangría para la economía del Principado catalán, no tan solo de hombres, sino también de productos y capitales. A las insuficientes cosechas de 1809 y 1811 se ha de añadir la pobreza, la miseria, las epidemias y la consiguiente desesperación porque todo lo que se cosechaba y se recaudaba se había de destinar a la manutención del ejército. La crisis de subsistencia dio origen a una crisis demográfica. Más que a las campañas militares, las muertes fueron debidas a las penas sufridas y al hambre112. Una vez más, los tributos recayeron sobre los campesinos y la pequeña industria rural. La burguesía, en parte, se refugió en Mallorca llevándose buena parte de sus riquezas. Por tanto, la guerra supuso una ruptura traumática para la economía campesina, quedando totalmente deteriorada. A todo ello, se ha de sumar el número de muertos, los robos, las destrucciones de casas, de cosechas y de ganados113. Durante la guerra pocas corporaciones religiosas pudieron percibir sus rentas; y tampoco fue fácil recuperarlas después de 1814, ya que habían sido recogidas por los ses o por los guerrilleros y, además, fueron exigidas a un campesinado aún más arruinado que los conventos. Los seculares, con pérdidas menores, se encontraron en 1814 con aumentos impositivos, medidas obligadas ante la miseria general del territorio114. La guerra causó una grave crisis económica que se prolongó durante la primera restauración de Fernando VII y fue un factor decisivo en la instauración del régimen constitucional y su declive posterior al tampoco poder hacer frente al perpetuo déficit material. Las dificultades financieras consistoriales congelaron las mejoras que el nuevo poder municipal liberal tenía planificadas para la educación o la sanidad y paralizaron las obras públicas, por ejemplo, no se pudo construir el canal de Urgell, un equipamiento vital para mejorar la productividad agrícola. Así pues, la falta de capital no permitió la
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111 VICENS VIVES, Jaume, Industrials i polítics (segle XIX), Barcelona, Teide, 1972 [1958], pág. 177. 112 NADAL, Jordi, «Les grandes mortalités des années 1793 a 1812; effets à long terme sur la démographie catalane», en D.D.A.A., Problèmes de mortalité, Col·loque Internacional tenu à l’Université de Liège, Lieja, Université de Liège, 1963, págs. 409-421; y NADAL, Jordi, La población española (siglos XVI-XX), Barcelona, Ariel, 1984, págs. 122-123. 113 MOLINER PRADA, Antoni, La Catalunya resistent, pág. 212. 114 FELIU I MONFORT, Gaspar, La clerecia catalana durant el Trienni Liberal, Barcelona, Instituto de Estudios Catalanes, 1972, pág. 31.
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aplicación de la nueva política económica liberal basada en un impulso de obras públicas que permitiría rebajar el número de parados, sobre todo jornaleros, aumentar el poder adquisitivo de la población y poder generar un mayor tráfico y dinamismo comercial. En definitiva, continuó el alto índice de pobreza material de los habitantes de Lérida. Fecha de recepción: 07-03-2011. Fecha de aceptación: 10-11-2011.
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EL POSIBILISMO REPUBLICANO ANTE EL CATOLICISMO DURANTE EL REINADO DE ALFONSO XII. A PROPÓSITO DE LOS SUCESOS DE LA SANTA ISABEL (1884)* ∗
JORGE VILCHES UCM
RESUMEN:
El posibilismo intentó durante el reinado de Alfonso XII la construcción de un republicanismo que no fuera anticlerical. Esto no fue posible por su tipo de oposición al gobierno conservador y a la Monarquía, tanto como por los ataques del integrismo católico al liberalismo. Los posibilistas quisieron aprovechar la alianza de los liberalconservadores de Cánovas con la Unión Católica de Alejandro Pidal para denunciar una supuesta deriva involucionista del régimen. El propósito era definir a los conservadores como reaccionarios y vincularlos con la Monarquía, de manera que la crítica de toda la izquierda liberal a la acción y programa gubernamentales se convertiría en un arma contra la forma monárquica. El discurso de Miguel Morayta en 1884, catedrático de Historia en la Universidad Central y posibilista, y los sucesos a los que dio lugar, conocidos como «La Santa Isabel», dejaron al descubierto dicha estrategia. Los sucesos políticos que generaron determinaron la imposibilidad de un republicanismo que no fuera anticlerical fortalecieron el antiliberalismo del integrismo católico. PALABRAS CLAVE: Liberalismo. Catolicismo. Republicanismo. Anticlericalismo.
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Jorge Vilches es doctor en Ciencias Políticas y Sociología y profesor ayudante doctor en la Universidad Complutense de Madrid. Dirección para correspondencia: Departamento de Historia del Pensamiento y de los Movimientos Sociales y Políticos. Facultad de Ciencias Políticas y Sociología. Universidad Complutense de Madrid. Campus de Somosaguas, 28223Madrid. Correo electrónico:
[email protected]. * Este trabajo se inscribe en el proyecto «Estilos de liderazgo político. Un estudio de caso: el republicanismo español en la segunda mitad del siglo XIX». MCYT: CS2008-04213. Agradezco al profesor Luis Arranz Notario los comentarios al borrador de este artículo.
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REPUBLICAN POSSIBILISM AND CATHOLICISM DURING THE REIGN OF ALFONSO XII. REGARDING THE EVENTS OF LA SANTA ISABEL (1884) ABSTRACT: During the reign of Alfonso XII, possibilism attempted to build a type of republicanism that wasn't anticlerical. This project wasn’t viable due to the kind of opposition it showed toward the conservative government and the Monarchy, as well as by the attacks of catholic fundamentalism against liberalism. Possibilists wanted to take advantage of the alliance of Casanova’s liberal-conservatives with Alejandro Pidal’s Catholic Union to denounce an alleged involution. The purpose was to define conservatives as reactionaries and link them to the Monarchy, so that criticism from the left-wing liberals of the government’s actions and program would become a weapon against the monarchic form. The speech made in 1884 by Miguel Morayta, professor of History at the Central University and possibilistic republican, and the events it led to, known as «La Santa Isabel", revealed that strategy. The political events it generated determined the impossibility of a republicanism that wasn’t anticlerical, and strengthened the anti-liberalism of catholic fundamentalism. KEY WORDS:
Liberalism. Catholicism. Republicanism. Anticlericalism.
UNA DELIMITACIÓN DE POSIBILISMO REPUBLICANO La cultura política republicana anterior a la Restauración estuvo marcada por la impronta sa, el romanticismo, el racionalismo, el positivismo y el kantismo ético, lo que condujo a un culto a la revolución, al anticlericalismo como elemento de identidad y resorte para la movilización, y a un cierto obrerismo en distintos grados, desde el socialismo hasta el paternalismo. Así, el republicanismo se había configurado como una cosmovisión, acompañada por un conjunto ético-emotivo marcado por el romanticismo2. Estos eran los pilares de los conceptos que manejaban en su discurso y que en gran medida determinaban su comportamiento político. El impacto del Sexenio revolucionario y de la Restauración cambió la cultura política republicana, diversificándola, y aunque entre 1875 y 1900 se mantuvo un tronco común, hubo notables diferencias tanto personales como políticas3.
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2 ÁLVAREZ JUNCO, J., «Los amantes de la libertad. La cultura republicana española a principios del siglo XX», en TOWSON, N. (ed.), El republicanismo en España (1830-1977), Madrid, Alianza Editorial, 1994, págs. 265-292. 3 DARDÉ, C., «La larga noche de la Restauración, 1875-1900», en TOWNSON, N., El republicanismo en España, págs. 113-135; SUÁREZ CORTINA, M., «Entre la barricada y el Parlamento, la cultura republicana en la Restauración», en SUAREZ CORTINA, M. (coord.), La cultura española en la Restauración, Santander, Sociedad Menéndez Pelayo, 1999, págs. 499-
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Emilio Castelar se separó en 1874 de sus antiguos amigos de partido, como es sabido, y creó uno propio con los republicanos que ya en el Sexenio revolucionario se identificaban con su política4. Castelar incorporó entonces al lenguaje democrático términos como «orden», «gubernamental» e «histórico», para conferir a sus planteamientos una imagen liberal y conservadora que les separara de los otros republicanos y de la experiencia del Sexenio. El mismo nombre de su agrupación pretendía conferirle esa distinción al llamarse Partido Democrático Histórico, o Gubernamental, o Posibilista. La cultura política de este republicanismo giró en torno a conceptos como democracia, pueblo, soberanía nacional o derechos individuales, que permanecieron inalterados. Otra cosa distinta era el concepto de «república», fin último y redentor, que envolvía y caracterizaba a los demás, y al cual se debía encaminar el proyecto del partido. El concepto de «república» en el último cuarto del XIX español, periodo en el que se centra este estudio, había quedado muy marcado por el episodio de 1873, como señaló Jover Zamora5. Los posibilistas lucharon contra la idea que albergaba buena parte de la sociedad española de que la «república», su concepto, era sinónimo de «desorden», y reforzaron el vínculo que tenía con valores universales como «democracia» o «libertad», con los añadidos de «orden» o «gubernamental», y con una disposición moral hacia la política, la «virtud cívica»6. Era claro que la historicidad del concepto «república» perjudicaba su proyecto7. Esto obligó a un cuidado del lenguaje, no siempre exquisito, y a un esfuerzo por crear un discurso propio y repleto de valores, que pudiera evocar un sistema mejor. De esta manera, en el estudio del posibilismo castelarino resulta imprescindible la dimensión lingüística, tanto desde el punto de vista intencionalista como contextualista, para comprender su deseo de cambiar la imagen de la República entre las clases media y conservadora, así como para analizar su acción política8.
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523; DUARTE, A. y GABRIEL, P., «¿Una sola cultura política republicana ochocentista en España?», Ayer, 39 (2000), págs. 11-34. 4 VILCHES, J., Emilio Castelar, la patria y la república, Madrid, Biblioteca Nueva, 1999, págs. 161 y ss. 5 JOVER ZAMORA, J. M., Realidad y mito de la primera República. Del «Gran Miedo» meridional a la utopía de Galdós, Madrid, Espasa-Calpe, 1991. 6 Esta cuestión entronca con el republicanismo clásico. POCOCK, J. G. A., El momento maquiavélico: el pensamiento político florentino y la tradición republicana atlántica, Madrid, Tecnos, 2002, y BLANCO, Domingo, «Patriotismo», en Cerezo Galán, Pedro (ed.), Democracia y virtudes cívicas, Madrid, Biblioteca Nueva, 2005, págs. 383-422. 7 Véase al respecto, además del trabajo citado de Jover Zamora, la voz «República», en FERNÁNDEZ SEBASTIÁN, J. y FUENTES, J. F., Diccionario político y social del siglo XIX español, Madrid, Alianza Editorial, 2002, págs. 621-628. 8 Unas buenas síntesis de los caminos abiertos por la historia de los conceptos son CHIGNOLA, S., «Historia de los conceptos e historiografía del discurso político», Res publica, 1, (1998), págs. 7-33; FERNÁNDEZ SEBASTIÁN, J., «Historia de los conceptos. Nuevas perspecHispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 535-564, ISSN: 0018-2141
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El posibilismo republicano fue atesorando una serie de planteamientos propios tomados del liberalismo conservador y del democrático9. En concreto, el posibilismo asumía del primero el apego a la experiencia, es decir, la adecuación a las circunstancias y la política de lo posible. La experiencia republicana durante el Sexenio revolucionario, en especial la actitud de los federales ante el gobierno de Castelar entre septiembre de 1873 y el 3 de enero de 1874, marcó decisivamente el posibilismo. Aquello dictó a los posibilistas que no había todavía unas costumbres cívicas suficientes sobre las que apoyar la República, por lo que trabajaron durante la Restauración por las reformas democráticas del régimen monárquico. En consecuencia, los posibilistas se integraron en el sistema de la Restauración y acataron la ley. La actitud fue parecida a la que adoptaron los republicanos Crispi y Depretis, aunque sin declaración monárquica10. Esto se debió al tipo de líder que era Castelar, un dirigente forjado en la cátedra, el periódico y la tribuna, seguido por un grupo que se identificaba con su persona, su influjo y un concepto abstracto de República, más que con un proyecto concreto. El posibilismo se caracterizaba por utilizar las instituciones y la legalidad para la democratización del régimen, lo que a su entender iría acercando la situación política y la sociedad hacia la República. Esto suponía el rechazo expreso a toda intentona revolucionaria, tal y como hacían los liberal conservadores. De aquí los otros dos adjetivos que se atribuyeron: gubernamental e histórico. Los posibilistas tomaron del liberalismo democrático la idea de un Estado liberal cuyo pilar fuera el reconocimiento y garantía de los derechos individuales. Esto suponía el planteamiento de un Estado represor y descentralizado, no previsor ni federal, que fuera un instrumento de la voluntad nacional y garantía de la libertad individual, cuyas instituciones estuvieran conformadas por el sufragio universal. La centralidad de la democracia como eje de su discurso y acción política no impidió que los posibilistas participaran del sistema
———— tivas para el estudio de los lenguajes políticos europeos», Ayer, 48, (2002) págs. 332-364; KOSELLECK, R., «Historia de los conceptos y conceptos de historia», 53, Ayer (2004) págs. 27-45; y GUILHAUMOU, J., «La historia lingüística de los conceptos: el problema de la intencionalidad», Ayer, 53, (2004) págs. 47-61. 9 ARRANZ NOTARIO, L., «El liberalismo conservador en la Europa continental, 18301939, los casos de Francia, Alemania e Italia», Revista de Estudios Políticos, 102 (1998), págs. 59-76; RIVERO, A., «Liberalismo conservador (de Burke a Nozick)», en MELLÓN, J. A., (coord.), Ideologías y movimientos políticos contemporáneos, 2006, págs. 45-62; DUARTE, A., «Los posibilismos republicanos y la vida política en la Cataluña de los primeros años de la Restauración», en PIQUERAS, J. A. y CHUST, M. (comps.), Republicanos y repúblicas en España, Madrid, Siglo XXI, 1996, págs. 185-205. 10 DUGGAN, C., so Crispi. From nation to nationalism, Oxford, Oxford University Press, 2002, págs. 263-271. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 535-564, ISSN: 0018-2141
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de reparto de escaños que caracterizó a las elecciones durante la Restauración. Es decir, la democratización solo podía venir por una imposición legislativa, nunca, a su entender, por una movilización popular reivindicativa. Del mismo modo se acercaron a la cuestión social, aunque con una perspectiva más liberal que conservadora, distante de la «armonía social» propugnada por el krausismo, y contraria al socialismo en cualquiera de sus variantes. En este aspecto el planteamiento del posibilismo no varió desde que en la década de 1860 se debatiera en el Partido Demócrata la asunción de principios socialistas. Ya entonces Castelar defendió que la liberalización de la economía y del trabajo, así como el derecho de asociación, mejorarían las condiciones de vida de los trabajadores. Era la postura política más extendida entre los partidos liberales europeos de la época. ENTRE EL ANTICLERICALISMO Y LA TOLERANCIA De los republicanismos de la Restauración, el posibilismo era el único que no era oficialmente anticlerical11, aunque varios posibilistas eran anticatólicos y otros masones, como lo era uno de los hombres de confianza de Castelar, Miguel Morayta. El posibilismo, en consecuencia, seguía oficialmente las ideas de su jefe de filas, aunque no había uniformidad de pensamiento. Emilio Castelar era católico aunque no «disciplinado» —en expresión de la época—; es decir, disentía de la línea política trazada por la Iglesia, lo que fue frecuente en el liberalismo conservador español debido al sesgo absolutista que adquirió mayoritariamente el clero desde el inicio del siglo XIX. En consecuencia, el posibilismo republicano abordó la cuestión religiosa desde dos parámetros, la libertad de conciencia y la separación de la Iglesia y el Estado; y un condicionante, la actitud del papa ante la libertad en España. La libertad de conciencia suponía para Castelar el primero de los derechos para la existencia de un régimen liberal. La razón era que dicha libertad establecía los límites prácticos del Estado, un Estado liberal caracterizado por ser un instrumento para garantizar los derechos individuales y, por tanto, imposibilitado teóricamente para la imposición de una creencia. Además, la libertad de conciencia, tal y como la entendían Castelar y sus republicanos, era el motor de otras libertades y derechos, como el de expresión, asociación o cátedra. El reconocimiento de la libertad de conciencia suponía la libertad religiosa, por lo que la unidad religiosa, esto es, la identificación de un Estado con una sociedad y una única religión legal, era contraria a la misma naturaleza del régimen liberal.
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SUÁREZ CORTINA, M., «Anticlericalismo, religión y política durante la Restauración», en LA PARRA, E. y SUÁREZ CORTINA, M. (eds.), El anticlericalismo español contemporáneo, Madrid, Biblioteca Nueva, 1998, págs. 127-210. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 535-564, ISSN: 0018-2141
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El planteamiento de la libertad religiosa afectaba a la interpretación de su idea de España12. Los posibilistas rechazaban el vínculo entre la nación y el catolicismo porque, a su entender, los «creadores de la patria» no eran cristianos; de hecho, decían, no lo fueron los defensores de Numancia y Sagunto. España se creó sobre la pluralidad de credos, que era su condición histórica; por eso la época de esplendor se produjo cuando hubo varias confesiones religiosas en España —cristiana, judía y musulmana—. La decadencia, sin embargo, vino con Felipe IV, que impuso la unidad católica con el absolutismo y la intolerancia religiosa13. La monarquía absoluta y la imposición de una única religión fueron las claves para dejar a España fuera de las corrientes intelectuales de Europa hasta que la revolución de 1868, con la libertad religiosa y de cátedra, devolvió el país al compás europeo. La marcha de la historia llevaba a la democracia y, por tanto, a un régimen garantista de los derechos individuales, incluida la libertad religiosa. Las consecuencias eran que había que proceder a la separación de la Iglesia y del Estado liberal, y a la secularización de la vida pública. Esto no era óbice para que el Estado no tuviera acuerdos con la Iglesia. Su ideal era la compatibilidad entre la democracia, el republicanismo y el catolicismo. En la práctica, este planteamiento conservaba el regalismo, tal y como Castelar hizo cuando fue ministro de Estado y luego presidente de la República en 1873. De hecho, el proyecto constitucional de 1873, redactado por el mismo Castelar, establecía la libertad de cultos y la separación de la Iglesia y el Estado en sus artículos 34 y 35. Los partidarios de Castelar definieron su posición en el debate sobre el artículo 11 del proyecto constitucional de 1876, que establecía la confesionalidad del Estado junto a la tolerancia de las prácticas religiosas privadas. El posibilismo republicano se contaba entre las opciones secularizadoras tendentes a establecer la autonomía del Estado frente a la Iglesia. Esta opción fue minoritaria en el republicanismo, que prefirió un anticlericalismo convertido en la expresión negativa de la secularización, condición básica, según pensaban, para el proyecto modernizador de España. De esta manera, el posibilismo se distinguía del resto del republicanismo en que no utilizaba el anticlericalismo para la movilización14.
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12 Véase ÁLVAREZ JUNCO, J., Mater dolorosa. La idea de España en siglo XIX, Madrid, Taurus, cap. 4. 13 CASTELAR, Emilio, Diario de Sesiones de Cortes (DSC), Congreso de los Diputados (CD), núm. 56, 9.V.1876, págs. 1266-1268. 14 ÁLVAREZ JUNCO, J., «Los intelectuales, anticlericalismo y republicanismo», en GARCÍA DELGADO, J. L. (ed.), Los orígenes culturales de la II República, Madrid, Siglo XXI, 1993, págs. 101-126; CUEVA, J. de la, «La democracia frailófoba. Democracia liberal y anticlericalismo», en SUÁREZ CORTINA, M., La Restauración, entre el liberalismo y la democracia, Madrid, Alianza Editorial, 1997, págs. 229-271.
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En la secularización del Estado, el máximo interés de los posibilistas, más que el registro, el matrimonio y el cementerio civiles, era dejar fuera de la educación a la Iglesia; esto es, revocar el Concordato de 1851 y dejar el sistema educativo en manos públicas. Los posibilistas creían que el control episcopal de los contenidos educativos era un daño para el progreso del país. El ejemplo que Castelar puso en el debate del artículo 11 era la influencia que en las provincias vascas ejercía el clero parroquial en la educación para la persistencia de la tendencia tradicionalista. Frente a esto, dijo, era urgente enviar allí «muchos maestros, muchísimos, pagados por el presupuesto nacional, que enseñen las nociones indispensables para una doble educación nacional y racional» para crear «generaciones al mismo tiempo liberales y patrióticas»15. Esta secularización moderada distaba un tanto de la que predicaban los seguidores de Castelar; en especial, Miguel Morayta y Joaquín Martín de Olías, director de El Globo. El primero de ellos publicó en 1876 un libro titulado «Aquellos tiempos», que luego fue reimpreso por el periódico republicano El Motín en 1883 y 1885. Martín de Olías publicó también en 1876 un obra titulada «Influencia religiosa católica, apostólica romana en la España contemporánea». Castelar añadió a esta obra un prólogo y unas «Consideraciones críticas puestas al texto» que matizaban las referencias al papel negativo de la Iglesia en la Historia. Morayta insistía en su obra en las mismas ideas que Castelar, pero con un lenguaje más brusco y directo. La idea de su libro era clara: la unidad religiosa, la alianza entre la Monarquía y la Iglesia intolerante, había sido el origen del decaimiento del país, cuyo agente fue la Inquisición, «causa principalísima de nuestra decadencia artística, científica y literaria»16. Si la unidad religiosa había traído beneficios a España, no compensaba sus costes, decía Morayta. Para mostrar este aserto hacía una exposición de los «ocho males» de dicha unidad, que se pueden resumir en tres: la expulsión y represión de los judíos y moriscos, sin los cuales se perdió la «industria, la riqueza y el trabajo que todos ellos representaban», el papel de la Inquisición, y el coste económico, humano y político de las guerras de religión «donde pereció lo más granado de nuestra juventud, y donde encontraron su fosa nuestras glorias nacionales»17. La pretensión de Morayta era presentar los males de la intolerancia religiosa, para lo cual se apoyó en textos legales, en obras literarias y en ensayos de la época. Morayta insistía en el punto más débil y menos popular de la Iglesia: la Inquisición, de la que realizaba un estudio sobre su establecimiento y
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DSC, CD, núm. 56, 9.V.1876, págs. 1266-1268. MORAYTA, M., Aquellos tiempos. Coloquios literarios, históricos y morales. Demostración de que los actuales tiempos, aunque malejos, valen más que los otros, Madrid, Est. Tip. De J. Góngora, 1885. 17 Ibidem, pág. 226. 16
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funcionamiento, la legislación que la amparaba, las obras que la justificaban, y los tormentos, con ejemplos de casos concretos con nombres y apellidos más o menos conocidos. Sin ser tan claro como Martín de Olías, que se preguntaba «¿Qué clérigo alto o bajo vive ya en pureza de alma y cuerpo?»18, Morayta acompañaba el tópico con un relato de la inmoralidad de monjas y sacerdotes, con apoyatura documental, incluida la obra del católico Vicente Lafuente. Esa denuncia del perjuicio que para España había sido la unidad religiosa tenía una carga nacionalista: la idea de que la nación no estaba ligada al catolicismo, y menos a su exclusividad. El ejemplo que Morayta utilizaba era el de la condena del Consejo Supremo de la Inquisición al levantamiento del Dos de Mayo de 1808, el mito contemporáneo más sólido del nacionalismo español. Martín de Olías añadía a la visión nacionalista el patriotismo. La Iglesia, decía, había perjudicado el progreso de la nación con la represión de la libertad y fomentando las guerras civiles. El «cura católico, apostólico romano», concluía, no tenía más «patria que Roma»19. De esta manera, no solo la idea de España se separaba del catolicismo, sino el sentimiento patriótico, que era más sólido a su entender en los liberales, ya que estos defendían la libertad como la única fórmula del progreso. LA EDUCACIÓN, CAMPO DE BATALLA El punto más decisivo de la secularización era la educación. El posibilismo, al igual que el resto del republicanismo y la mayor parte de los liberales, consideraba que la ciencia y la religión eran ámbitos distintos. Si España no había sido más próspera, decían, se debía a los impedimentos puestos por la Iglesia para la difusión y el estudio de las ciencias. La educación no era solo la formación de profesionales, sino la difusión de valores sociales y políticos que los partidos y la Iglesia querían controlar. Por estas razones, tras el triunfo de la revolución de 1868, fueron los krausistas los que tomaron las riendas de la reforma educativa. La Restauración puso en cuestión todo esto. Cánovas creyó conveniente incluir a los moderados en el primer gobierno de la Restauración, en 1875, y contó de forma desafortunada con Manuel Orovio para el ministerio de Fomento, el encargado de las universidades. No iba a ser la primera vez que este moderado y Castelar se encontraran. Diez años antes, el 16 de abril de 1865, Orovio, que había sustituido a Alcalá Galiano en el ministerio de Fomento del gobierno Narváez, suspendió a Castelar de empleo y sueldo como consecuencia de los sucesos universitarios conoci———— 18 19
MARTÍN DE OLÍAS, J., Influencia de la Iglesia católica, pág. 192. Ibidem, págs. 37-61 (especialmente), y 190-195.
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dos como «La noche de San Daniel». La respuesta a esta decisión de Orovio fueron las renuncias de Morayta, Nicolás Salmerón y Fernández Ferraz a sus plazas de profesor auxiliar. El gobierno los encausó por «abandono de destino, injurias graves y desacato a la autoridad», y dictó auto de prisión para los tres. La protesta de los profesores liberales y el apoyo de la Unión Liberal en el Congreso, sobre todo por obra de Ríos Rosas, deslindó los campos en torno a la libertad de cátedra20. El nombramiento de O’Donnell en sustitución de Narváez, permitió a Castelar y a sus compañeros volver a la Universidad. Sin embargo, la vuelta de los moderados al poder en 1866 permitió a Orovio, de nuevo ministro de Fomento, dar una circular a los rectores para que los profesores se sometieran al dogma católico y al principio monárquico. La protesta de los catedráticos se saldó con la separación de Giner de los Ríos, Castelar, Sanz del Río, Salmerón y Morayta. Diez años después la controversia seguía abierta. El 26 de febrero de 1875 el ministro Orovio publicó un Real Decreto restableciendo la legislación anterior a 1868 sobre los libros de texto y los programas, por la que estos precisaban una revisión previa. Su intención declarada era restañar los «perjuicios» causados a la enseñanza por la «absoluta libertad». Por esto, decía, el Gobierno se comprometía a «velar por la moral y las sanas doctrinas». A esto añadió Orovio una circular a los Rectores para que vigilaran que desde las cátedras no se atacara al dogma católico ni a la monarquía21. Con independencia de si estos dos textos respondían a una maniobra moderada para impedir el plan de Cánovas de incluir a constitucionales y radicales en el régimen22, o un proyecto canovista para atraerse al catolicismo político más templado23, lo cierto es que movilizaron a una parte de los liberales de la educación. Las protestas de los catedráticos liberales se saldaron con el destierro de Giner de los Ríos, Salmerón y Azcárate. Ante esta situación, Castelar dimitió de su cargo de catedrático de Historia, publicando una carta en la que explicaba que la ciencia no podía estar limitada por «ciertas instituciones» —la monarquía— ni por los «dogmas de la religión del Estado». Nunca antepondría la Iglesia a la Filosofía, ni los decretos de un Concilio a las leyes de la razón humana. Se mostraba dispuesto a defender la libertad de la ciencia frente a una Iglesia con «carácter absolutista», que pretendía encerrar el progreso
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20 CACHO VIU, V., La Institución Libre de Enseñanza. I. Orígenes y etapa universitaria, Madrid, Rialp, 1962, págs. 146-147. 21 MORAYTA, M., Historia general de España, desde los tiempos primitivos hasta nuestros días, Madrid, Felipe González Rojas editor, 1898, IX, pág. 667; MARTÍ GILABERT, F., Política religiosa de la Restauración (1875-1931), Madrid, Rialp, 1991, pág. 35. 22 VARELA ORTEGA, J., Los amigos políticos. Partidos, elecciones y caciquismo en la Restauración (1875-1900), Madrid, Marcial Pons, 2001, pág. 126. 23 CAPELLÁN, G., «Política educativa bajo los gobiernos de Cánovas y Sagasta, propuestas para una interpretación», Berceo, 139, (2000), págs. 123-144.
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en los dogmas. Miguel Morayta dimitió el 6 de abril y presentó una protesta que el nuevo rector, Vicente de la Fuente, católico, no quiso aceptar. En su protesta, Morayta insistió en la necesidad de que el catedrático fuera libre para manifestar sus opiniones científicas y religiosas24. Los posibilistas creían en una educación basada en la ciencia y la razón. Podían incluirse, en consecuencia, entre los krausistas, aunque sin coincidir en todos sus postulados, ya que estos tenían una orientación más cultural y educativa, mientras para que los republicanos la trataban también como una cuestión política. Defendían la libertad científica y la del catedrático, basadas ambas en la libertad de conciencia. Las claves eran liberarse de la Iglesia y que el Estado se limitara a garantizar sus derechos como docentes. El asunto era delicado porque suponía enfrentarse al catolicismo que dominaba la esfera educativa y a un Estado liberal que desde 1812 se había declarado confesional. Este modelo se basaba en la interpretación liberal de la historia de España según la cual, como se vio, el dominio intolerante de la Iglesia había supuesto un lastre para el progreso del país. Además, contenía una concepción de Europa basada en la diferencia con España: la libertad había hecho progresar a otros países más que a España, y entre las libertades, la de la ciencia y la de la cátedra, habían sido fundamentales para el avance. Al catolicismo político25 le molestaba tanto la determinación de los contenidos educativos, como las opiniones que los profesores pudieran expresar en clase. El que controlara la educación superior esperaba controlar la vida social y política del país. Por esto, cuando en mayo de 1875 el nuncio Bianchi llegó a Madrid envió una circular a arzobispos, obispos y vicarios capitulares recordando que el Concordato firmado entre el Estado español y la Santa Sede en 1851 estaba vigente, y que establecía en su artículo 2.º que la enseñanza pública y la privada estaban bajo la inspección de los obispos. Lo cierto es que la dimisión de Orovio y su sustitución fugaz, dos meses, por Martín de Herrera, un conservador que había participado en la Revolución de 1868, fue un espejismo. El nombramiento del conde de Toreno como ministro de Fomento supuso la continuidad de la política de Orovio y, por tanto, que la enseñanza quedara en manos de la Iglesia hasta que los liberales llegaron al poder. El gobierno de Sagasta repuso por decreto del 4 de marzo de 1881 a los profesores separados de sus puestos por el ministro Orovio, como Figuerola, Montero Ríos, Giner, Azcarate, Castelar y Morayta. Los liberales pretendían
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MORAYTA, M., Historia general de España, IX, págs. 688-691. Para la delimitación del catolicismo político en esta época y de sus grupos integrantes he seguido a MAGAZ, J. M., La Unión Católica (1881-1885), Roma, Iglesia Nacional Española, 1990, cap. 1; y «Los partidos confesionales en el siglo XIX», en MAGAZ, J. M. (ed.), Los partidos confesionales españoles, Madrid, Publicaciones San Dámaso, 2010, págs. 13-66. 25
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encauzar la educación por métodos y contenidos distintos a aquellos marcados por la Iglesia según el Concordato. Albareda, ministro de Fomento, había decidido elaborar una Ley de Instrucción Pública con el asesoramiento de la Institución Libre de Enseñanza, con Giner, Azcárate y Moret a la cabeza26. De esta manera, la circular de Albareda remarcó la importancia de la instrucción basada en la libertad de la ciencia para el desarrollo del país, no en el dogma católico. El ministro recomendaba a los rectores que se favoreciera la investigación del profesor sin más «límites que los que señala el derecho común a todos los ciudadanos»27. La diferencia con la política de Orovio era clara. Mientras que el moderado había establecido que el docente debía atenerse a los programas y textos establecidos por el Estado; el ministro liberal dejaba que fuera el catedrático el que hiciera el programa. La reacción de la Iglesia y de la Unión Católica no se hizo esperar. La reposición de los catedráticos liberales consiguió unir fugazmente al catolicismo político —tradicionalistas y pidalistas—. El nuncio Bianchi y algunos obispos organizaron una campaña de protesta contra la libertad de cátedra, a la que consideraban contraria al orden cristiano y al Concordato de 1851, que garantizaba la intervención de los obispos en la educación. La circular de Albareda, decían, permitiría que se enseñaran doctrinas religiosas distintas de la católica e incluso contrarias a la monarquía, lo que iba, a su entender, contra el progreso de las ciencias y los derechos, y tranquilidad de la nación. Contaron entonces con el apoyo de algunos profesores, como Ortí y Lara, y Menéndez y Pelayo, que en el «brindis del Retiro», el 30 de mayo de 1881, ante Azcarate, Giner y Morayta entre los 150 que asistieron, dijo que la fe católica era el «substratum, la esencia y lo más grande y hermoso de nuestra teología, de nuestra filosofía, de nuestra literatura y de nuestro arte». Frente a esto, decía Menéndez y Pelayo, los Borbones, el liberalismo y el centralismo habían «ahogado y destruido la antigua libertad municipal», y convertido en «fiesta semipagana» el centenario de Calderón —celebrado por aquellos días— al arrebatarle sus esencias como «español y católico»28.
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26 CACHO VIU, V., La Institución Libre de Enseñanza, págs. 517 y ss.; TURIN, Y., La educación y la escuela en España, de 1874 a 1902. Liberalismo y tradición, Madrid, Aguilar, 1967, págs. 301-302; GÓMEZ MOLLEDA, M.D., Los reformadores de la España contemporánea, Madrid, CSIC, 1966, págs. 421-423. 27 Circular tomada de MAYORDOMO, A., «Los ministerios de Albareda y Pidal o el problema de la “libertad de ciencia” en la Restauración», Historia de la educación. Revista interuniversitaria, 1 (1982), págs. 23-42. 28 MENÉNDEZ Y PELAYO, M., Textos sobre España, Selección, estudio preliminar y notas de F. Pérez-Embid, Madrid, Rialp, 1962, págs. 176-178.
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LOS PAPAS Y LOS REPUBLICANOS POSIBILISTAS Los planteamientos republicanos, y en concreto los posibilistas, como apuntamos al principio, iban en consonancia con la postura de los papas ante el liberalismo. La actitud de Gregorio XVI y especialmente la de su sucesor Pío IX enturbiaron dramáticamente la relación entre los liberales y los católicos. La publicación de la encíclica Quanta Cura (1864) y de su apéndice, el Syllabus, abrió un abismo entre unos y otros. La reacción ante la marcha liberal y democrática de la historia europea alimentó el anticlericalismo, especialmente en España, donde el carlismo había llevado al país a la guerra civil en tres ocasiones. Castelar llegó a escribir que esa tendencia antiliberal era «el mayor enemigo que la religión tiene en nuestro país»29. Los republicanos, y los posibilistas con ellos, señalaban a Pío IX como el gran culpable de la mala relación entre la libertad y el catolicismo, y a los jesuitas como su instrumento. De aquí que la expulsión de España de esta Orden fuera reconocida por los republicanos como un beneficio para el progreso social y político del país. El «jesuitismo» era definido como la pretensión de imponer la alianza del Trono y el Altar para impedir la libertad en España; esto es, la reacción frente a la marcha de los tiempos para «pervertir, oscurecer y cambiar la civilización de la humanidad»30. Pío IX y los jesuitas personificaban la Iglesia concebida como obstáculo, alimentando de esta manera una de las figuras comunes en el mitologema liberal del momento. Si en España los carlistas habían causado guerras civiles, no era menor el daño que en la edad contemporánea el tradicionalismo habían infligido a las naciones de Europa; en especial, a Francia, Bélgica, Italia y Portugal. No se trataba solo de las «perturbaciones diarias» que perpetraban los «neocatólicos», sino que el catolicismo fomentaba el patriotismo papal, que en la práctica era incompatible con el nacional, y un comportamiento que alentaba el desprecio a la libertad, a la democracia, a la ciencia y, por tanto, al progreso. En este sentido, Martín de Olías establecía la diferencia entre la República de Estados Unidos, basada en la libertad de cultos y principios democráticos, gracias a los cuales había progresado, frente a unas «repúblicas latinas» confesionales y, en consecuencia, atrasadas y ancladas en la tiranía31. Los seguidores de Castelar fijaban su mirada en la política de la III República sa, que había resucitado sus leyes anticatólicas. Y apoyaban esto a despecho de Castelar, que, testigo en Francia de dicha política, confesaba a
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29 CASTELAR, E., Cartas a un obispo sobre la libertad de la Iglesia, Madrid, Imprenta La Democracia, 1864, pág. 6. 30 MARTÍN DE OLÍAS, Influencia de la Iglesia católica, pág. 179. 31 Ibidem, pág. 166.
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Adolfo Casado que las actuaciones de los republicanos ses «sublevan la conciencia y mueven el estómago», y que salvo Freyceinet y el papa León XIII, todos se estaban comportando como «unos locos rematados»32. El modelo europeo que quería Castelar para España era el de Italia, una sociedad católica con un Estado liberal separado de la Iglesia, donde estaba reconocida la libertad de conciencia. Es más; sus referentes políticos eran Depretis y Crispi, la Izquierda Histórica33. Por esta razón, Castelar creía que el fin del poder temporal del papa había relajado su antiliberalismo, asunto en el que coincidían los integristas católicos. A su entender, el fin del poder teocrático en los Estados pontificios había devuelto el catolicismo a Cristo, quien trajo la separación entre la Iglesia y el Estado con «aquellas sublimes palabras: “Dad a Dios lo que es de Dios, y al César lo que es del César”»34. No se equivocaba Castelar en esta apreciación política; de hecho, monseñor Rampolla, nuncio en Madrid, en una circular a los obispos españoles que tenía por objeto calmar el ímpetu integrista, les instaba a dar ejemplo «dando concienzudamente a Dios lo que es de Dios» para que «se dé al César lo que es del César»35. Si el papado de Pío IX había sido perjudicial para la adecuación del catolicismo a su época, León XIII, elegido en 1878, fue a ojos de Castelar una esperanza por haber iniciado una «reconciliación cordial entre los Estados modernos y la Iglesia católica»36. Castelar atribuía a este papa una moderación y un espíritu de concordia que no se habían visto en Gregorio XVI y Pío IX, y que eran capaces de acercar la democracia y la Iglesia37. Esta creencia se apoyaba en el llamamiento que León XIII hizo a los católicos a participar en los regímenes liberales para defender los intereses de su religión. Esta nueva tendencia de la Iglesia quedó plasmada en las encíclicas Cum multa, de diciembre de 1882, e Inmortale Dei, de noviembre de 1884, que llamaron a la unidad de los católicos, divididos por la aparición de la Unión Católica de Alejandro Pidal y por la cuestión de la participación en el
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32 Carta de Emilio Castelar a Adolfo Casado, Madrid, 23 de noviembre de 1880. Correspondencia de Emilio Castelar, 1868-1898, Madrid, Est. Tip. Sucesores de Rivadeneyra, 1908, págs. 135-136. 33 Castelar en DSC, CD, 10.V.1876, núm. 57, pág. 1300. CASTELAR, E., «La política conservadora en la República y en la Monarquía» (1879), en CASTELAR, E., Europa en el último trienio. Historia contemporánea, Madrid, La Ilustración Española y Americana, 1883, pág. 76. 34 Castelar en DSC, CD, núm. 57, 10-V-1876, pág. 1300. 35 Archivo Secreto Vaticano (ASV), Segretaria di Stato (SS), Anno 1884, Rubrica 249, fasc. 2, folios 124-129. Circular de la Nunciatura Apostólica a los arzobispos españoles, 30 de abril de 1883. 36 CASTELAR, E., «Sucesos últimos del año 1883», en Historia del año 1883, Madrid, La Ilustración Española y Americana, 1884. 37 CASTELAR, E., «Cuestiones políticas y religiosas», en Europa en el último trienio, págs. 153-171.
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régimen. León XIII no abrazó el liberalismo ni la democracia; simplemente aceptó la realidad política de su tiempo, deslindando la política de la religión. Castelar veía en esto, con gran dosis de voluntarismo, la proclamación de la «compatibilidad completa del dogma católico secular con el régimen democrático moderno»38. LOS CATÓLICOS En los primeros años de la Restauración y tras la derrota de los carlistas en 1876, una parte del catolicismo intentó crear un partido político similar al Zentrum alemán, es decir, formar un partido interesado en la defensa de los intereses de los católicos sin pretender la conquista del Estado39. Esta aspiración la encarnaba Alejandro Pidal, que se oponía a la postura de total abstención política preconizada por Cándido Nocedal, uno de los hombres con más peso del catolicismo gracias a la influencia de su periódico, El Siglo Futuro. Sin embargo, la postura intransigente de Nocedal había sido criticada por Canga Argüelles y Navarro Villoslada, introduciendo así graves tensiones en la Comunión Tradicionalista. Pidal aprovechó esta crisis para hacer en junio de 1880 en las Cortes un llamamiento a las «honradas masas carlistas» a que participaran en la vida política de la Restauración, lo que fue muy criticado por la prensa de la Comunión. A pesar de las censuras, la llegada de León XIII en 1878 benefició la posición de Pidal por su proyecto de unión de los católicos para que colaboraran con «el mal menor», los gobiernos liberales europeos. El periódico El Fénix encarnó desde 1879 esta pretensión. El ejemplo francés también marcaba el camino: en marzo de 1880, monseñor Freppel, dirigió un mensaje a los legitimistas ses para que se unieran en contra de las leyes antirreligiosas del gobierno Gambetta. Pidal se vio reflejado en esa iniciativa y envió un mensaje de felicitación a Freppel, invitando de paso a los católicos españoles a formar una unión contra el gobierno liberal de Sagasta. Se trataba de alumbrar la Unión Católica. Este mensaje y una circular se hicieron llegar a los obispos españoles. Unos calificaron la iniciativa de peligrosa, porque dividiría aún más el campo católico; otros que era «laica» en cuanto no había sido previamente aceptada y aprobada por el episcopado; algunos, como el obispo de Daulia, Josep Serra, o Salvador Casañas, de Urgel, dijeron que estaban contagiados de liberalismo y que la única intención
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38 CASTELAR, E., «Reflexiones sobre la reconciliación entre la Iglesia y la democracia», prólogo a GUILBERT, A.V.F., La democracia y su porvenir social y religioso, Madrid, El Tribuno, 1886, pág. 7. 39 CUENCA TORIBIO, J. M., Catolicismo social y político en la España contemporánea (1870-2000), Madrid, Unión Editorial, 2003, págs. 23-24.
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de los unionistas era acabar con el carlismo. En cambio, la mayoría de los obispos era favorable. Así, el cardenal Moreno, arzobispo de Toledo, tomó la iniciativa y estableció las bases de la Unión Católica a comienzos de 1881. No obstante, la Unión no llegó nunca a ser un partido comparable a los que existían en Alemania o Bélgica. La asociación nació con la pretensión de defender el Syllabus y responder al liberalismo desde dentro del régimen de la Restauración. Sin embargo, la participación en el régimen liberal dividió el campo católico. Los tradicionalistas de Cándido Nocedal quisieron impedir que la Unión Católica fuera el partido confesional alfonsino40 y trataron de resucitar el carlismo organizando una romería nacional a Roma a principios de 1882. Los obispos criticaron la maniobra, por lo que el papa decidió que no hubiera peregrinación nacional, sino regionales dirigidas por los episcopados. Esto enfrentó a tradicionalistas y pidalistas, lo que se repitió en 1882 con la celebración de los centenarios de Santa Teresa y de Murillo41. Los debates en la prensa eran continuos y una parte del clero parroquial, que era el medio por el cual el partido carlista conseguía el apoyo de muchos fieles42, se puso en contra de los obispos, que alarmados por la situación escribían al nuncio. Este ambiente obligó a León XIII a cambiar al nuncio Bianchi porque estaba demasiado identificado con el tradicionalismo. Nombró al cardenal Rampolla en 1882, que llegó a Madrid en febrero del año siguiente. Las instrucciones entregadas a Rampolla trataban, entre otras cosas, de la división de los católicos y del control de la enseñanza43. Además, el conflicto entre los católicos había obligado a León XIII a publicar la encíclica Cum Multa, en diciembre de 1882, llamando a la unión del catolicismo. Pero el integrismo estaba desbocado, aunque no formaría partido hasta 1888. La encíclica separó aún más a los católicos44. El nuncio Rampolla respondió a los llamamientos de los obispos y del cardenal Jacobini con una circular del 30 de abril de 1883. Se trataba de un llamamiento muy duro al integrismo, al que se le recordaba la obligada obediencia a las encíclicas y a los obispos, así como el
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40 ANDRÉS-GALLEGO, J., La política religiosa en España, 1889-1913, Madrid, Editora Nacional, 1975, págs. 18-22. ROBLES, C., Insurrección y legalidad, los católicos y la Restauración, Madrid, CSIC, 1988, págs. 307 y ss. MONTERO, F., «La Iglesia ante el sistema político de la Restauración», en TUSELL, J. y PORTERO, F. (coord.), Antonio Cánovas y el sistema política de la Restauración, Madrid, Biblioteca Nueva, 1998, págs. 207-229. 41 MAGAZ FERNÁNDEZ, J.M., La Unión Católica (1881-1885), Roma, Iglesia Nacional Española, 1990, págs. 162-166; ÁLVAREZ JUNCO, J., Mater dolorosa, págs. 449-451. 42 ROBLES, Insurrección y legalidad, pág. 59 43 DÍAZ DE CERIO RUIZ, F. y NÚÑEZ Y MUÑOZ, M. F., Instrucciones secretas a los nuncios de España en el siglo XIX (1847-1907), Roma, EPUG, 1989, pág. 253. 44 CÁRCEL ORTÍ, V., León XIII y los católicos españoles, Pamplona, Universidad de Navarra, 1988, pág. 57; MAGAZ FERNÁNDEZ, La Unión Católica, págs. 307-319.
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acatamiento al «que gobierna mientras no mande algo contra las leyes de Dios y de su Iglesia»45. El gobierno español envió una memoria confidencial al secretario de Estado vaticano, afirmando que los Obispos eran desacreditados por «periodistas y curas ex cabecillas carlistas». El carlismo se estaba enconando, decía la memoria, con motivo de la encíclica papal y de la participación de la Unión Católica en el régimen. La movilización y la exaltación de los ánimos hacían temer al gobierno que se encendiera de nuevo «la guerra civil»46. Apareció en esos días, abril de 1884, la encíclica Humanum genus contra la masonería. No existía entonces una campaña masónica contra el clero y las relaciones de la Iglesia con el Gran Oriente Español y su Gran Maestre, Sagasta, habían sido buenas, tal y como atestiguan los informes de la nunciatura. Es más, no hay en la documentación vaticana una preocupación por las actividades de la masonería anterior a la encíclica. El conflicto vendría años después. La encíclica no respondió a la alarma suscitada por la queja de los obispos o del nuncio, ni del clero parroquial; dio toda la impresión que el motivo era unificar el dividido campo católico señalando a un enemigo común. Como se puede ver en el Archivo Secreto Vaticano, la máxima preocupación del nuncio y de la Secretaría de Estado era la mala imagen que estaba dando la Iglesia por el enfrentamiento entre católicos47. La situación llevó a que Pidal viajara a Roma en diciembre de 1883 para pedir instrucciones a León XIII sobre el futuro de la Unión Católica48. La indicación papal fue que integrara su formación en el partido más afín, es decir, el liberal-conservador de Cánovas. Es posible que influyeran en la decisión los informes del nuncio Rampolla, que solían empezar diciendo que la situación política era «sumamente grave» y que la «revolución está ya armada». Pidal entró en el gobierno canovista el 18 de enero de 1884 como ministro de Fomento. Esto irritó aún más al integrismo, que continuó la ofensiva, lo que comenzó a ser un ataque al papa. La entrada de Pidal en el gobierno se convirtió en un flanco abierto a las críticas de la oposición liberal y de la republicana. Pidal constituía la parte a la que se podía atribuir los clichés «reaccionarios» para debilitar al Ejecutivo y provocar su crisis. En el debate sobre el discurso de la Corona, Castelar resaltó la diferencia que existía entre Cánovas y Pidal respecto a la libertad de imprenta, el reconocimiento del reino de Italia, la libertad religiosa y la liber-
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ASV, SS, Anno 1884, Rubrica 249, fasc. 2, folios 124-129. ASV, SS, Anno 1884, Rubrica 249, fasc. 2, folios 65-71. 47 La preponderancia de esa preocupación también la señalan José ANDRÉS-GALLEGO, Cristóbal ROBLES y J. M. MAGAZ en sus estudios citados. 48 ASV, SS, Anno 1884, Rubrica 249, fasc. 2, folios 174-175. Rampolla a Jacobini, Madrid, 20 diciembre 1883. 46
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tad de enseñanza49. Castelar concluyó que la Unión Católica había llevado al Partido Conservador al campo reaccionario. La oposición liberal aplaudió su intervención. Pidal, dejando entrever su disgusto, declaró que el gobierno respetaba sin agrado el hecho consumado de la existencia del reino de Italia. Esto generó un problema diplomático con Italia y la Santa Sede, que Elduayen, ministro de Estado, tuvo que solucionar. Mancini, ministro italiano, y Rampolla pidieron explicaciones al gobierno español50. La componenda que tuvo que hacer el Ejecutivo trascendió a la prensa de toda Europa y la oposición culpó a Pidal, quien había generado una dificultad a España «sin más razón ni motivo que (sus) preocupaciones personales»51. El conflicto del gobierno español con la Santa Sede se prolongó hasta mediados de octubre de 188452. En conclusión, en los meses anteriores al discurso de Morayta en la Universidad Central, el catolicismo político estaba sumido en una grave crisis, con una exaltación integrista que justificaría la reacción violenta contra la alocución de Morayta y por la presencia de Alejandro Pidal en el acto académico. EL DISCURSO DE MORAYTA El 1 de octubre de 1884 Morayta pronunció el discurso inaugural del año académico en la Universidad Central53. El acto fue presidido por el ministro de Fomento, Alejandro Pidal, con la presencia, entre otros, del director y consejeros de Instrucción Pública, y los decanos de las Facultades de Farmacia y Filosofía y Letras. La intervención de Morayta trató largamente sobre la civilización egipcia y solo al final adquirió el tono de un debate con el catolicismo, cuando aludió al estudio del Hombre en la Antigüedad. Morayta se hizo eco del debate que había suscitado en España la teoría evolucionista de Darwin. El creacionismo tenía entonces defensores, como el profesor de paleontología Juan Vilanova, el geólogo Josep Joaquim Landerer, o naturalistas krausistas como González Linares y Serrano Fatigati; y críticos, como Ceferino González, que vinculaba el darwinismo con el internacionalismo, o José Puente, catedrático de Litera-
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DSC, CD, n.º 39, 5.V.1884, págs. 1001-1004. ASV, SS, Anno 1885, Rubrica 249, fasc. 2, folios 25-32. Rampolla a Jacobini, 3 agosto 1884; e Ibidem, folios 149-159. Rampolla a Jacobini, septiembre 1884. 51 El Globo, núm. 3.201, 31.VII.1884, pág. 2. 52 ROBLES, C., Insurrección y legalidad, págs. 307-330; MONTERO, Feliciano, «La Iglesia política ante el sistema político de la Restauración», en PORTERO, F. y TUSELL, J., Antonio Cánovas y el sistema político de la Restauración, Madrid, Biblioteca Nueva, 1998, págs. 207-229. 53 MORAYTA, M., «Discurso inaugural de la Universidad de Madrid, 1884», en MORAYTA, M., De Historia, Valencia, F. Sempere y Cía., Editores, 1910, págs. 5-80. 50
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tura Española en Zaragoza, que decía que si el cerebro de los criminales tenía anomalías, también el de los evolucionistas, ateos y librepensadores54. Tras el darwinismo había un debate político. Las dos principales obras de Darwin —El origen del hombre y El origen de las especies— fueron publicadas en España en 1876 y 1877, en Barcelona y Madrid. Además, las ideas darwinistas fueron divulgadas para el público español a través de las obras de Ernst Haeckel, un anticlerical55. Hubo por tanto una identificación más o menos clara entre Darwin, el liberalismo y el anticlericalismo, frente a la Iglesia y el conservadurismo, en la segunda etapa del darwinismo en España, según Glick, entre 1868 y 1880. En los años del Sexenio revolucionario comenzó a enseñarse el evolucionismo en la universidad española, que se saldó con la expulsión de varios darwinistas en 1875. A pesar del retorno de los catedráticos liberales en 1881, disminuyeron las polémicas y los campos quedaron deslindados56. Morayta siguió la línea del positivismo aplicado a la antropología que había leído en su irado Manuel Sales y Ferré57, y sostuvo que no era científico seguir las Sagradas Escrituras para explicar el origen del Hombre, las civilizaciones antiguas o acontecimientos como el «diluvio universal». Las investigaciones indicaban que ya no «era lícito colocar en cabeza de la Historia Universal a Israel», algo corriente en la enseñanza católica. Era Egipto el que debía estar en la primera época de la Edad Antigua por sus conquistas y civilización, al igual que Grecia en la segunda y Roma en la tercera, y todo esto, decía, sin olvidar la civilización de China. El avance científico en este campo era considerable y se podía leer en los libros de texto de otros países europeos pero no en España, donde «fechas, sistemas y conclusiones, aceptadas por autoridades indiscutibles, estímanse por muchos pecaminosas y reprobables». El deber del catedrático, decía, era trabajar a favor de la enseñanza de la «verdad probada». Morayta tomó como argumento la defensa que hizo de su enseñanza un «docto dominico» en la universidad alemana, del que sacaba una cita sobre la «libertad de la ciencia». Echó mano, además, del académico francés y católi-
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PELAYO, F., «Creacionismo y evolucionismo en el siglo XIX, las repercusiones del Darwinismo en la comunidad científica española», Anales del Seminario de Historia de la Filosofía, 13, (1996), págs. 263-284. 55 SIMÓ RUESCAS, J., «La naturphilosophie en España. La recepción del evolucionismo en el entorno de la tradición krausista», Asclepio, LVI, (2004), págs. 197-222. 56 GLICK, Thomas F., «La recepción del darwinismo en España en dimensión comparativa», Asclepio, 21, (1969) págs. 207-214. El debate se puede seguir en GLICK, Thomas F., Darwin en España, Barcelona, Ediciones Península, 1982, págs 13-69. 57 Usó profusamente sus obras El hombre primitivo y las tradiciones orientales. La ciencia y la religión (2 vols., 1881 y 1883) y Compendio de Historia Universal. Edad prehistórica y periodo oriental (2 vols., 1883 y 1886), en su Historia general de España, vol. I. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 535-564, ISSN: 0018-2141
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co, que fue jesuita, Claude-François-Xavier Millot, del que sacó la célebre cita: «La Providencia ha querido que la revelación hiciese santos y no sabios»58. En esta frase, decía Morayta, había fundado sus «conocimientos» y «doctrina» sobre la universidad. Por eso crecía que «el Profesor en su cátedra y como catedrático es libre, absolutamente libre, sin más limitación que su prudencia. Nada ni nadie le impone la doctrina que ha de profesar, ni la ciencia que ha de creer, ni el sistema que ha de enseñar». A partir de ahí, Morayta aconsejaba a los estudiantes que tuvieran un conocimiento crítico, basado en la investigación, la razón y la ciencia. Los días en que la educación universitaria era uniforme, decía, habían acabado; empezaban «los tiempos de los hombres de ciencia». A continuación habló Pidal. Declaró que el Gobierno estaba dispuesto a dar «toda la libertad a la ciencia», dentro de leyes y en la «órbita» de la «monarquía católica» de Alfonso XII, ya que entendía que la «prudencia» de los catedráticos les llevaría a respetar las «instituciones fundamentales de la nación y del Estado»59. Pidal llevaba estas palabras preparadas. Por aquellos días los ministros se encontraban con el rey en La Granja. Pidal conoció el discurso que Morayta iba a pronunciar —era obligatorio someterlo antes a la aprobación de la autoridad universitaria—60. Lo consultó con Cánovas, quien le dijo que fuera al acto a defender el «derecho del Gobierno para hacer cumplir en la cátedra y en la Universidad, como en todas partes sobre la faz del territorio español, la Constitución del Estado»61. La presencia de Pidal añadió un elemento de crítica más para republicanos e integristas. Parecían enfrentarse dos mundos: el racionalista científico y el del dogma católico; el primero ligado al progreso, y el segundo a la Ley, con lo que se generaba la sensación de que el régimen era reaccionario y contrario a las libertades que permitían el desarrollo del país. La ofensiva integrista llevó al periódico pidalista La Unión a manipular el discurso de su jefe de filas añadiendo alusiones a la catolicidad de la monarquía. Y claro, el apaño trascendió62. La situación era complicada para el gobierno de Cánovas, que debía mantener el equilibrio entre la libertad de enseñanza, la utilización que
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Ya lo había utilizado en «¿Cuándo reinó Menes?», Revista contemporánea, III, (abrilmayo de 1876), págs. 281-295. 59 La Correspondencia de España, n.º 9.690, 2.X.1884, pág. 3. 60 MORAYTA, M., La libertad de la ciencia y el ultramontanismo, o sea el discurso de Don Miguel Morayta juzgado por ultramontanos y liberales. Documentos recopilados y publicados, con una introducción por A. G. M., Madrid, Est. Tip. de J. Góngora, 1884, pág. 3. El Imparcial, n.º 51.303, 2.X.1884, pág. 3. La Iberia, «La seriedad de un ministro», n.º 9.028, 4.X.1884, pág. 1. 61 DSC, Senado, n.º 53, 10.I.1885, pág. 1011. 62 La comparación entre los textos publicados por la prensa en La Iberia, «La seriedad de un ministro», ya citado. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 535-564, ISSN: 0018-2141
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los adversarios del régimen hacían de la misma para hacer oposición y las reticencias del catolicismo político hacia las libertades. De esta manera, la prensa liberal y la conservadora debatieron sobre la libertad de cátedra, el motivo del discurso y la profesionalidad de Morayta. El evento quedó como un acto de oposición a la política educativa63. El Globo, diario posibilista, publicó el 3 de octubre una alocución pronunciada por Castelar en Bilbao unos días antes. En ella decía que la «teocracia», que había provocado la guerra civil en España, había recibido un nuevo impulso con el gobierno de Cánovas. La presencia de neocatólicos en el Ejecutivo convertía su política en reaccionaria, especialmente en la educación, donde se sometían a su dogma las materias científicas. Si a esto se le añadía la negación del reino de Italia, se produciría una involución. El régimen liberal, concluía, estaba en peligro64. El vínculo entre las palabras de Morayta en la Central y las de su jefe de filas, y la publicación del discurso en El Globo, dejaba a las claras que no se trataba de una denuncia particular del catedrático en el discurso de apertura del curso académico. La prensa liberal coincidió con Morayta en la petición de la libertad de cátedra con sus mismos argumentos. José Luis Albareda, el anterior ministro de Fomento, escribió que la libertad de cátedra se debatía en toda Europa, y que en España estaba «anonada por la ley, e iba cayendo en el olvido bajo la influencia de nuevas costumbres, hijas de la tolerancia y de la mutua y recíproca estimación de los profesores»65. Otros celebraron la defensa del evolucionismo y de la independencia de la universidad respecto al Estado y la Iglesia66. En general, la prensa de la oposición liberal resaltó el carácter «reaccionario» de Pidal, que implicaba a todo el Gobierno, así como las consecuencias nefastas que su paso tendría por el ministerio responsable de la Instrucción Pública. La prensa conservadora, ministerial en este caso, fue muy crítica con Morayta. La Unión defendió que la libertad de la ciencia no podía suponer que en la Universidad se enseñasen doctrinas socialistas o ateas67. El más celebrado
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63 El Imparcial, n.º 6.266, 2.X.1884, pág. 1; La República, «En la Universidad », n.º 210, 2.X.1884, pág. 2; La Discusión, n.º 1.736, 2.X.1884, pág. 2; El Liberal, «El acto de ayer», n.º 1.905, 2.X.1884, pág. 1. 64 El Globo, «Discurso pronunciado por Emilio Castelar en la noche del 28 de setiembre de 1884, con ocasión del banquete dado en honor suyo por sus amigos y correligionarios», n.º 3.965, 3.X.1884, págs. 1-3. 65 ALBAREDA, J. L., «Revista Política Interior», Revista de España, n.º 403, 8.XII.1884, págs. 450-461. 66 RIOFRANCO, Eduardo de, «La apertura del curso», Las Dominicales del libre pensamiento, n.º 85, 5.X.1884, pág. 4; DEMÓFILO, «Relaciones de la Universidad y el Estado», Los Dominicales del libre pensamiento, n.º 86, 12.X.1884, págs. 1 y 2. 67 La Unión, «La libertad de la ciencia», n.º 828, 2.X.1884, pág. 1.
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fue La Época, que descalificó el discurso por superficial, y al propio Morayta, del que decía que era un «catedrático por real orden» que con escándalos políticos quería paliar la ausencia de reputación académica. El periódico canovista señaló a Castelar como inductor del plan que, seguido por el Claustro, quería convertir una ceremonia universitaria en un «acto político» de oposición. Había sido la puesta en práctica de un plan, decía, con claque estudiantil y profesoral, y respuesta periodística orquestada para crear el incidente68. La ofensiva de los obispos contra el discurso de Morayta la inició el de Ávila con una pastoral del 27 de octubre, en la que denunciaba que se pusiera en duda el Diluvio, el hecho de que Adán no fuera el «primero ni el único tronco de la estirpe humana», la equiparación del catolicismo con el resto de religiones y la defensa de la libertad de cátedra. El Obispo tildaba de racionalista a Morayta, que hacía «alarde» de panteísmo, krausismo y darwinismo. Por todo esto consideraba que la lectura de este discurso lleno de «herejías e impiedades» era «sumamente peligrosa y atentatoria» de la fe. La libertad de cátedra no era posible —anunciaba el obispo— sin vulnerar el Concordato de 1851. Además, la mayoría de la sociedad española era católica, por lo que si el gobierno lo permitía, estaría cometiendo una injusticia con los padres de los alumnos que profesaban dicha religión. El profesor que no se ajustara a esto debía renunciar a la cátedra69. Morayta contestó al obispo de Ávila con dos cartas, del 12 y 15 de noviembre. La primera era más moderada y educada, y se ceñía a pedir más concreción en las acusaciones, que veía infundadas, y negando que fuera darwinista, krausista o panteísta. La segunda tenía otro tono. Empezaba diciendo que no creía en las «fechas bíblicas» por ser «inisibles» tanto en la longevidad y edad de procreación de los personajes bíblicos, como en las contradictorias dataciones que las tres traducciones del Antiguo Testamento daban al Diluvio o a la Creación. Negaba además la universalidad del Diluvio, del que solo tenían tradición «los pueblos de raza blanca», pero no los «pueblos mogoles, ni los etíopes». Es decir, Morayta no se desdecía de su discurso. Al obispo de Ávila le siguió el Vicario capitular de Toledo, las pastorales de los obispos de Orense, Urgell, Tarazona, Vich y otras en los primeros días de diciembre y los primeros meses de 1885, además de la adhesión de varios catedráticos, entre ellos Juan Manuel Ortí y Lara, así como doctores, licenciados, seminaristas y presbíteros. Morayta reunió al fin más de 40 excomu-
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68 La Época, «Apertura del curso académico de 1884 a 1885», n.º 11.572, 1.X.1884, pág. 3; La Época, «El acto de ayer», n.º 11.573, 2.X.1884, pág. 1; La Época, «Audacia, audacia, audacia», n.º 11.574, 3.X.1884, pág. 1. 69 MORATYA, La libertad de la ciencia, pág. 4. La crítica del obispo de Ávila estaba entre las que Glick denomina de «antidarwinista exégeta», es decir, que no descendían a los detalles científicos. GLICK, Thomas F., Darwin en España, pág. 38.
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niones. Pero las críticas se extendieron a Pidal, al que el vicario capitular de Toledo le hacía «cómplice» de una libertad que hacía posible un discurso como el de Morayta70. Lo mismo hizo la prensa integrista, en especial El Siglo Futuro, periódico que marcaba las directrices doctrinales y tácticas71. Este periódico, dirigido por Cándido Nocedal, insistió tanto en las «herejías» de Morayta como en la actitud de Pidal. Usó el incidente para atacar a la Unión Católica usando un lenguaje agresivo y soez, y despreciando la actitud política y las cualidades personales de Pidal. La intención era mostrar que la colaboración con el régimen liberal suponía la laminación del orden cristiano a través de la educación, controlada por profesores como Morayta. Al viejo estilo donosiano y siguiendo el Syllabus reiteraba El Siglo Futuro que el catolicismo era incompatible con el liberalismo72. Es más, por aquellos días Félix Sardá y Salvany, director de la católica Revista Popular, publicó El liberalismo es pecado, que alcanzó muchas ventas y traducciones. Por otro lado, Francisco García Ayuso, orientalista católico, publicó entonces un folleto contra el discurso de Morayta73. No he encontrado en el Archivo Secreto Vaticano una orden que partiera de la Santa Sede o de la nunciatura de Madrid para atacar el discurso de Morayta. Solamente pasado el tiempo, el nuncio Rampolla mostró su disgusto con el discurso porque era una prueba de que la enseñanza estaba en manos «dell’elemento razionalista e massonico». Ante esta situación, Rampolla dio muestras de una incoherencia: mientras a Jacobini le decía que no se podía echar a los profesores porque sería convertirles en «mártires»74, a Cánovas, presidente del gobierno, le pedía que hiciera algo contra ellos. Finalmente, Rampolla optó por aconsejar a Pidal que promoviera una nueva Ley de Instrucción que controlara la influencia de los catedráticos liberales. El tono de la campaña integrista no gustó a Rampolla ni a la Santa Sede porque veían en ella un perjuicio para la política de León XIII. Menos podía gustar el que el integrismo aprovechara el episodio para decir que el asunto Morayta confirmaba que todo el «gobierno es masónico» porque «todo liberal es masón a su modo y todo masón es liberal a su manera»75, porque enturbia-
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MORAYTA, «Circular del gobernador eclesiástico del arzobispado de Toledo, sede vacante», en La libertad de la ciencia, pág. 64. 71 MAGAZ FERNÁNDEZ, La Unión Católica, pág. 36. 72 F. R., «El microbio de la enseñanza y el desinfectante mestizo», El Siglo Futuro, n.º 2.864, 6.X.1884, pág. 1. 73 Cabos sueltos de historia, o hechos importantes de la historia y de las tradiciones de los pueblos examinados a la luz de los descubrimientos modernos, Madrid, Sucesores de Rivadeneyra S/f. 74 ASV, SS, Anno 1885, Rubrica 249, fasc. 4, folios 76-81. Rampolla a Jacobini, 5.IV.1885. 75 El Siglo Futuro, «A la hipócrita mesticería», n.º 2.902, 15.X.1884, págs. 1 y 2. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 535-564, ISSN: 0018-2141
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ba las relaciones con el Gobierno español e implicaba directamente a la Unión Católica. Además, los integristas citaban la encíclica de Léon XIII Humanum Genus, lo que confirmaba la inutilidad de este texto como instrumento para unificar el catolicismo político. En lugar de unir contra el «enemigo común», la masonería, la encíclica antimasónica parecía servir para acusar a los católicos de Pidal de colaboración con aquellos que el papa había condenado. LA SANTA ISABEL El 16 de noviembre de 1884 se repartió por las iglesias de Madrid la pastoral del vicario de Toledo. Animados por esto, un grupo de estudiantes católicos dirigidos por Ramón Nocedal, que a partir de 1885 estaría al frente de El Siglo Futuro, inició una recogida de firmas contra el discurso de Morayta, lo que movilizó a su vez a sus seguidores. Manuel Ortiz de Pinedo y Manuel Labra promovieron un manifiesto, según publicaba El Globo, para rechazar «con todas sus fuerzas el imbécil intento que seguramente ha tenido que lastimar la respetabilidad del eminente catedrático don Miguel Morayta, decidido campeón de la independencia de la cátedra». Esta «contraprotesta» —que así se llamó— consiguió 1.033 firmas. Los días 17 y 18 de noviembre, grupos de estudiantes pasearon por las calles de Madrid gritando contra los integristas y a favor de la libertad y de la República. El día 19 hubo una concentración en el claustro de la Universidad Central en apoyo de Morayta. Se reunieron más de 1.000 personas, que siguieron al catedrático hasta su aula. Cuando terminó la clase, que versó sobre la «civilización faraónica» y «algunos de los puntos censurados por el obispo de Ávila», salió del lugar «furtivamente». Sin embargo, los estudiantes le siguieron hasta su casa de la calle Hermosilla, profiriendo vivas a la libertad de cátedra, a Morayta y a la República, y mueras a los carlistas. Tras la manifestación, los alumnos entregaron una protesta a la prensa en el mismo tono que la anterior, y con unos cientos de firmas76. Hubo una pelea entre estudiantes en el callejón frente a la universidad, pero sin consecuencias, y marcharon hasta el local de El Siglo Futuro para apedrear una ventana. La comisión directora de la protesta convocó a los estudiantes a una «reunión magna» en el Salón del Prado el 22 de noviembre, de tres a cuatro de la tarde. Sin embargo, en la noche del 19 al 20, Manuel Ortiz de Pinedo y Manuel Labra fueron detenidos por orden de Fernández Villaverde, el Gobernador. El juez encargado de Buenavista hizo declarar después a Castelar y Morayta.
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El Globo, n.º 3.312, 19.XI.1884, pág. 1. Hispania, 2012, vol. LXXII, n.º 241, mayo-agosto, 535-564, ISSN: 0018-2141
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En la mañana del 20 de noviembre, el Gobernador decidió enviar las fuerzas de orden público a la universidad, dirigidas por el coronel Oliver. A su llegada se entabló una pelea entre estudiantes y policías dentro del recinto universitario. Tras una intensa discusión entre Fernández Villaverde, Oliver y las autoridades académicas, la policía se retiró. Fue entonces cuando unos mil universitarios fueron al Gobierno civil a pedir la liberación de sus dos compañeros, y se produjo otro enfrentamiento con la policía. Recorrieron luego la ciudad, pasando por la redacción de El Globo, El Siglo Futuro, Los Dominicales del Libre Pensamiento y otros lugares, dando vivas a la República y a Ruiz Zorrilla, y «cantando la Marsellesa». En la tarde del 20 de noviembre se produjo el segundo asalto de la policía al recinto universitario, causando no menos de treinta heridos, y alrededor de 60 estudiantes fueron llevados a la Cárcel Modelo77. El día 21 los edificios de la universidad y de San Carlos amanecieron ocupados por la Guardia Civil, al igual que las calles Ancha de San Bernardo, Atocha, Mayor, los alrededores de la redacción de El Globo y de las casas de Castelar y Morayta. El rector Pisa Pajares dimitió y el Gobierno nombró al neocatólico Creus, que era catedrático de Medicina. Como consecuencia dimitieron los decanos de las Facultades de Derecho y de Farmacia, y los estudiantes improvisaron una protesta que llevó al nuevo rector a suspender las clases. Los alumnos se movieron por Madrid, como el día anterior, repitiéndose las escenas de días anteriores78. En las universidades de provincias se reprodujeron los incidentes, especialmente en Sevilla, Granada, Cádiz y Barcelona, donde los estudiantes fueron a la redacción de La Publicidad, donde publicaba Morayta sus crónicas madrileñas. Pidal envió una circular a los rectores el 22 de noviembre para recordarles que el Reglamento de Universidades no permitía las acciones o discursos contra la monarquía y que su deber era evitarlos. La Universidad de Madrid recobró la normalidad el lunes 24 y los detenidos fueron puestos en libertad, salvo una veintena. Esto no impidió que los catedráticos de la Central presentaran una protesta escrita al ministro de Fomento pidiendo responsabilidades por la violación del recinto universitario79, y que corrieran otros manifiestos firmados por estudiantes de toda España80. La prensa liberal reaccionó denunciando la «brutalidad» de la acción gu-
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El Globo, «La Santa Isabel», n.º 3.314, 21-XI-1884, pág. 1. MORAYTA, M., Historia general de España, IX, págs. 1299-1309; y MORAYTA, M., La libertad de la cátedra. Sucesos universitarios de la Santa Isabel, Madrid, Edit. EspañolaAmericana, 1911, págs. 119-144. 79 El Imparcial, n.º 6.280, 25.XI.1884. 80 Sobre el papel político de los estudiantes es interesante GONZÁLEZ CALLEJA, E., «Rebelión en las aulas, un siglo de movilizaciones estudiantiles en España (1865-1965)», Ayer, 59 (2005), págs. 21-49. 78
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bernamental, y exigiendo la dimisión o cese de Pidal81. La política conservadora, decían, provocaba a los revolucionarios y desestabilizaba el sistema. El tono se elevó mucho. El Progreso, diario republicano, afirmaba que el partido conservador era «el salvajismo y la deshonra» que atacaba a «criaturas indefensas». El Liberal recordaba la «Noche de San Daniel» y decía que le causaba vergüenza «un país donde se entiende que la represión para asegurar la tranquilidad pública puede ser la excitación al exterminio». El zorrillista El Porvenir aseguraba que en otro país los ministros habrían sido cesados, mientras que el fusionista La Iberia lo definía como «salvajada incalificable». El Liberal, La Iberia, El Progreso, El Porvenir, El Día, La Discusión, El Motín, El Globo, El Grito del Pueblo y Los Dominicales del Libre Pensamiento, así como otros periódicos de provincias, fueron denunciados y retirados. También protestaron por la actuación policial, la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia, el Ateneo de Madrid y la Sociedad Económica Matritense. Los posibilistas y el resto de republicanos ya tenían el motín que querían: algarada callejera protagonizada por estudiantes, denuncia de la represión exagerada contra los «indefensos» para volcar a la opinión contra el Gobierno, enfrentamiento entre reaccionarios y liberales en la defensa de las libertades públicas, unión de la izquierda liberal, y la amenaza ultramontana. Toda la prensa de oposición hizo el paralelismo con los acontecimientos de 1865, la noche de San Daniel, cuando la represión de los estudiantes hizo caer al gobierno moderado de Narváez y anunció la escalada de protestas que desembocó en la revolución de 1868. De hecho, El Globo, entre otros, tituló el día 20 de noviembre como «La segunda San Daniel», y el 21 ya se había generalizado como «La Santa Isabel». El Globo decía que «Cánovas ha procedido del mismo modo que Narváez» en 1865, y el líder liberal conservador no debía ignorar «que a consecuencia de San Daniel cayeron primero Narváez y los suyos, y no mucho después, entidades y cosas de mayor consideración y arraigo»; esto es, la Monarquía de los Borbones. Es decir; el Rey debía hacer crisis de gobierno y llamar a los fusionistas y a la izquierda, o la caída del régimen sería inminente, como le ocurrió a Isabel II. En esta crisis no se improvisó: el discurso de Morayta respondía a una estrategia destinada a buscar la confrontación política, que debía resaltar el supuesto vínculo entre el Gobierno y el catolicismo intolerante, esperando, en definitiva, el deterioro del Ejecutivo e incluso de la Monarquía, como en 1865. La Publicidad, el periódico de Morayta, publicó el 10 de diciembre de 1884 el diálogo que mantuvieron en el gabinete de Castelar a finales de abril
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81 La Iberia, «Otro San Daniel», n.º 9.074, 20-XI-1884, pág. 1, y «¡A dimitir!», n.º 9.078, 24.XI.1884, pág. 1; El Imparcial, 20-XI-1884 y «Una crisis necesaria», n.º 6.285, 28-XII1884, pág. 1; La Discusión, «San Daniel y Santa Isabel», n.º 1.770, 20-XI-1884, pág. 1; La Unión, «Los sucesos de la Universidad y la prensa», n.º 870, 21-XI-1884, pág. 1.
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cuatro o seis amigos, incluido el propio Morayta. Hablaron del discurso que iba a pronunciar en la Universidad Central, y como no se decidía por ninguno en concreto, Castelar cortó la conversación diciendo: «Todos son asuntos excelentes, con tal de que sirvan para armar un gran ruido a Pidal». A lo que Morayta contestó: «Serás servido». El Globo desmintió la noticia de La Publicidad, tarde, en un suelto y sin mucha convicción a pesar de los artículos que estaba publicando la prensa conservadora82. La Unión títuló su artículo de fondo: «La confesión del señor Morayta». La Época decía que fue «un conato de conspiración» con levantamiento estudiantil incluido para apartar al gobierno de su «política de templanza»; todo para organizar un «motín amañado de antemano por gente levantisca y mal intencionada (…) para servir la causa revolucionaria»83. A esto contestó Morayta con una carta al director de El Globo, negando que hubiera «travesura, ni enredo» acordado con Castelar «ni con nadie»84. La crítica llegó a poner en duda que Morayta hubiera conseguido su cátedra mediante verdaderos ejercicios de oposición85. LA CRISIS DE GOBIERNO Y LA FRUSTRACIÓN El nuncio Rampolla se entrevistó con Cánovas en diciembre de 1884 para conocer la visión que el Gobierno tenía de la crisis. Cánovas le explicó que los sucesos habían sido provocados por los estudiantes radicales y republicanos en respuesta a la condena que la Iglesia había hecho del discurso de Morayta. Añadió que no había sido algo espontáneo, sino que había tenido una motivación política86. Por tanto, la segunda parte de «La Santa Isabel» era llevar el conflicto a las Cortes, donde la oposición podría denunciar la actuación del Gobierno y dejarlo en evidencia ante el Rey y la opinión pública. De esta manera, se haría caer a Cánovas, pensaban los posibilistas, y se generaba una oportunidad para derribar la Monarquía, que pasaba un momento de debilidad por la enfermedad de Alfonso XII. Es decir, quedaba el episodio parlamentario. Los senadores de la oposición, tanto moderados como liberales, se reunieron para decidir que no convertirían la cuestión en algo político o religioso, sino simplemente de orden público y académico87. El senador liberal Augusto
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El Globo, n.º 3.343, 20.XII.1884, pág. 2 La Época, «¡Prudencia y energía!», n.º 11.622, 21.X.1884, pág. 1. 84 El Globo, n.º 3.345, 22.XII.1884, pág. 2. 85 La Época, «La cátedra del señor Morayta», 24.XII.1884, pág. 2. 86 ASV, SS, Anno 1884, Rubrica 249, fasc. 4, folios 140-142. Rampolla a Jacobini, Madrid, 4.XII.1884. 87 La Época, n.º 11.644, 14.XII.1884, pág. 2. 83
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Comas explayó el 31 de diciembre una interpelación al ministro de Fomento sobre los «delitos cometidos por los agentes de la autoridad» contra los profesores de la Central88. Comas, decano de la Universidad Central y testigo de los hechos, describió los sucesos y acabó recordando la noche de San Daniel de 1865. Pidal rehuyó el debate, por lo que intervino Cánovas diciendo que en 1865 actuó una fuerza militar, mientras que los actuales eran una cuestión policial que se acogía al Código Penal. Impulsado por la intervención de Cánovas, Pidal tuvo que intervenir para decir que el incidente fue provocado conscientemente por Morayta y los republicanos. Los sucesos fueron aprovechados por dos «sectas», la integrista y la republicana, para hablar de su «muerte ministerial» y «producir un verdadero conflicto al Gobierno». La mayoría conservadora del Senado, viendo el cariz que tomaban los discursos, presentó una moción de confianza el 10 de enero de 1885 que finalmente fue aprobada. Manuel Silvela defendió la proposición atacando a Morayta por desvirtuar en sentido político un acto universitario, y a los estudiantes por alzarse contra la libertad de expresión de los Prelados. Al tiempo, Silvela censuró la actuación del Gobernador y de la fuerza pública en la represión, pero reconociendo que era una obligación del Gobierno el mantener el orden público. Cánovas, que habló a continuación, convirtió el asunto en una demostración de la unidad de los liberal-conservadores89. Mientras, en el Congreso, Luis Silvela anunció una interpelación al Gobierno sobre los sucesos, que explanó el 14 de enero de 1885. Pero el Gobierno y el partido liberal-conservador estaban decididos a mostrar su unidad, y la mayoría presentó una proposición de «no ha lugar a deliberar», que era una moción de confianza encubierta. El debate se produjo de todas formas. La oposición liberal criticó la dureza y la torpeza gubernamental en la represión del «movimiento más insignificante de cuantos han ocurrido en Madrid», en palabras de Sagasta90. Los fusionistas quisieron en el debate debilitar la fusión entre los liberal-conservadores de Cánovas y los unionistas de Pidal, y mostrar que dicha alianza emparentaba a los canovistas con los ultramontanos. Enseguida se vio que Pidal no iba a dimitir ni iba a ser cesado y que su pacto con Cánovas no se alteraría. Fernández Villaverde y Romero Robledo, ministro de Gobernación, hicieron un relato de los hechos que la oposición, plagada de catedráticos de la Universidad Central, no pudo desmentir91. Las alusiones que hicieron a la supuesta similitud con la noche de San Daniel de 1865, explicadas por los liberales Moret y Marqués de Sardoal, quedaron desautorizadas.
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DSC, Senado, n.º 46, 31-XII-1884, págs. 826-849; y n.º 47, 2.I.1885, págs. 858-878. DSC, Senado, n.º 53, 10-I-1885, págs. 996-1017. 90 DSC, Congreso, n.º 90, 14-II-1885, págs. 2282-2293. 91 ARRANZ, L., «Estudio introductorio» a F. SILVELA, Escritos y discursos políticos. Entre el liberalismo y el regeneracionismo, Madrid, CEPC, 2005, pág. LVII. 89
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Pidal y Castelar fueron los que protagonizaron el gran enfrentamiento, tan duro que Sagasta lo llamó «borrasca». El republicano quedó en evidencia al confesar que el propósito de los sucesos y el ruido de la prensa era derribar al Gobierno y hacer imposible la fusión entre los liberal-conservadores y los pidalistas. Sabía, dijo, que la votación parlamentaria la ganaría el Gobierno, pero «un gobierno triunfante en una votación, suele caer a los pocos días a causa de un debate; tal sucedió el 10 de abril con el gobierno del general Narváez». A partir de ahí, Castelar remarcó los elementos de controversia entre canovistas y pidalistas; en especial, la cuestión de la unidad italiana y el poder temporal del papa92. La respuesta de Pidal hirió a Castelar, que perdió la compostura. Le recordó su fracaso en la República de 1873 y le espetó que sus «argumentos de efecto retórico, que mientras S.S. los pronuncia extendiendo los brazos y ahuecando la voz, causan algún efecto, (…) cuando se examinan ante la serena y fría razón, desaparecen como vaporosos fantasmas»93. Castelar, un tanto desesperado por el abandono de los liberales y la impotencia ante los conservadores, afirmó que la libertad en España se había conseguido a costa de la Iglesia y cayó en los tópicos anticlericales. Terminó diciendo que la política de los neocatólicos había derribado a Isabel II y que ahora derribaría a Alfonso XII. La posibilidad de que el incidente parlamentario fuera más allá la cortó Sagasta. Repitió los argumentos de dureza y torpeza gubernamental, pero concluyó su discurso proclamando su lealtad al Rey. La votación no dejó lugar a dudas: 239 a favor del gobierno de Cánovas frente a 65 en contra. Y la «cuestión» se dio por liquidada con el fracaso posibilista. CONCLUSIONES Los republicanos posibilistas pensaron en un incidente que sirviera para deteriorar al gobierno conservador y, de paso, a la Monarquía de Alfonso XII. Ese deterioro tendría lugar mediante la manifestación del supuesto «reaccionarismo» del gobierno, la activación y unificación de la izquierda en torno a la definición del adversario común, y la movilización de los estudiantes para provocar una reacción del gobierno y deteriorar así la Monarquía, como en 1865. Si no caía el rey al menos sí lo haría el gobierno conservador, como en su día le pasó a Narváez tras «La Noche de San Daniel». El pretexto escogido para crear ese incidente fue la entrada de la Unión Católica en el partido liberal conservador de Cánovas y de Pidal en su gobierno.
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DSC, Congreso, n.º 88, 12.II.1885, págs. 2217-2227. DSC, Congreso, n.º 89, 13.II.1885, págs. 2255-2267.
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EL POSIBILISMO REPUBLICANO ANTE EL CATOLICISMO DURANTE EL REINADO DE ALFONSO XII
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Los sucesos de «La Santa Isabel» y la crisis política posterior mostraron la imposibilidad de un republicanismo que no fuera anticlerical, dentro de un marco de problemática compatibilidad entre liberalismo y catolicismo. Castelar recurrió para hacer oposición a los tópicos de la crítica a la Iglesia católica como institución reaccionaria y enemiga de la libertad, denunció el lastre que, en su opinión, había supuesto para el avance científico y el abuso que hacía de la educación. El líder del posibilismo repitió los anatemas que republicanos de otros partidos dirigían a la Iglesia con el ánimo, en este caso, de atacar al gobierno liberal conservador. El vínculo que estableció entre la reacción y el catolicismo arruinó su propósito de crear un entendimiento entre la democracia y la religión católica, como de hecho ya lo había entre el liberalismo y el catolicismo. A esto también contribuyó el integrismo, que reaccionó violentamente contra la Unión Católica de Pidal y su intento de construir un proyecto de catolicismo político integrado en el régimen liberal, como podían ser el Zentrum alemán o el partido católico belga. El gobierno de Cánovas utilizó el altercado de «La Santa Isabel» para consolidar su fusión con los católicos de Pidal, mientras que Sagasta lo usó para mostrarse como el líder de la leal oposición. Al final, «La Santa Isabel» quedó en el recuerdo como una mera protesta estudiantil por la libertad de cátedra, alimentada por la prensa para dañar al Gobierno conservador, no como la prueba de la existencia en España de una Monarquía reaccionaria. La propaganda tuvo esos días una intensidad que se compadecía mal con el ritmo de los partidos mayoritarios y de la sociedad española. José Francos Rodríguez, periodista entonces de Los Dominicales del Libre Pensamiento, confesaba años después: «Dijimos de él (Fernández Villaverde, Gobernador Civil de Madrid) las más infundadas exageraciones (…). Pero las pasiones populares cometen a veces las mayores injusticias»94. Fecha de recepción: 21-05-2011. Fecha de aprobación: 13-02-2012.
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94 FRANCOS RODRÍGUEZ, J., En tiempo de Alfonso XII (1874-1885). De las memorias de un gacetillero, Madrid, Renacimiento, s.a., pág. 220.
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HISPANIA. Revista Española de Historia, 2012, vol. LXXII, núm. 241, mayo-agosto, págs. 567-614, ISSN: 0018-2141
JARRET, Jonathan: Rulers and ruled in frontier Catalonia, 880-1010. Pathways of Power. Woodbridge, Boydell Press, 2010, 208 págs., ISBN: 978-0-86193-309-9. Esta obra nos ofrece un gran fresco de la Cataluña del siglo X, fruto de una investigación exhaustiva partiendo de las fuentes documentales conservadas que, como es bien conocido, constituyen un conjunto excepcional para el periodo considerado, por su número y por su calidad. El asunto central de la obra es el análisis del poder: cómo se ejerce, pero también, cómo se construye y se transmite. Una importante conclusión que demuestra Jonathan Jarrett es que, en este oscuro rincón fronterizo del imperio carolingio, las conexiones entre individuos tuvieron un papel decisivo en el ejercicio del poder, o, dicho de otro modo, que las redes relacionales fueron indispensables para el funcionamiento del poder en una sociedad caracterizada por la debilidad de las estructuras de gobierno formales. El autor ha tenido el coraje de adentrarse en un terreno sobre el que ya existe una larga tradición y al que consagraron su obra figuras prominentes del medievalismo como Ramon d’Abadal y Pierre Bonnassie. Algunos de los documentos en los que centra su análisis ya han sido repetidamente estudiados por los investigadores y sin embargo el autor nos ofrece un punto de vista original e inteligente, con la frescura de alguien que los aborda sin apriorismos y prescindiendo en cierta
medida de viejos debates de la historiografía local. El hecho que el autor proceda de una tradición académica ajena a esta historiografía le permite ofrecernos esta «mirada nueva» de la sociedad del siglo X y colocarla en el contexto carolingio que le era más propio. En este sentido su libro puede tener una cierta similitud con trabajos como el de Wendy Davies sobre el noroeste peninsular (Acts of giving: individual, community, and church in tenth-century Christian Spain, Oxford, 2007). El libro no pretende ser una monografía sobre la Cataluña del siglo X: se orillan temas como la evolución de la economía agrícola o la organización del paisaje, con el consabido recurso a la arqueología, que recientemente han acaparado la atención de los historiadores del periodo en nuestro país. Su método consiste en proceder a un análisis muy minucioso y exhaustivo de una serie de casos concretos: el conjunto de documentos referentes a un pequeño espacio —un pequeño valle, por ejemplo— son pasados por un fino tamiz identificando hombres y mujeres, lugares o situaciones. Evidentemente para ello ha seleccionado aquellos casos que la documentación catalana conservada iluminaba mejor: por ejemplo los que proceden del monasterio de St. Joan de
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les Abadesses, en tiempos de la abadesa Emma, o los que rodean a Sal·la y sus descendientes, poderosos magnates de los condados de Osona y Manresa, y fundadores del cenobio benedictino de S. Benet de Bages. De manera similar el autor ha analizado atentamente los 190 documentos que hacen referencia al conde Borrell (948-992) y de todos ellos da la referencia en la nota 69 de la página 142. Jonathan Jarrett es uno de los primeros medievalistas que saca provecho concienzudamente del extraordinario empuje dado en los últimos lustros a la edición de documentos del siglo X, en particular los volúmenes de la serie «Catalunya Carolíngia» o los que ha publicado la Fundación Noguera de Barcelona, y que se añaden a ediciones más antiguas como la del archivo condal de Barcelona. Las ediciones son tratadas con magistral y rigurosa crítica documental, con un análisis siempre atento a los más pequeños detalles. A veces Jarrett se permite corregir errores evidentes (por ejemplo, en la nota 130 de la página 52, Exalo de parentum nostrorum por supuesto debería ser ex alode parentum nostrorum). En otras ocasiones, desvela lo que corresponde al formulario utilizado o advierte que los firmantes en un documento no coincidieron todos en el mismo momento y lugar sino que firmaron por fases. Multitud de notas a pie de página aportan la justificación documental de las afirmaciones del texto sin escamotear las dudas o los enigmas que, a veces, las fuentes no permiten dilucidar. Entre otros obstáculos la posible identificación de hombres y mujeres en las fuentes —una cuestión clave para esta investigación— debe enfrentarse al predominio de los nombres solos y las posibles homonimias. La identificación
de un individuo con el mismo nombre en dos documentos distintos siempre está sometida a un proceso de verificación al que el autor se libra con esmero (por ejemplo, en la tabla 1, de la página 55). El primer capítulo —que desarrolla un artículo del mismo autor publicado previamente en la revista «Early Medieval Europe»— se centra en el caso del área próxima al monasterio de St. Joan de les Abadesses, del que se conserva un célebre reconocimiento judicial del 913 y del que, por primera vez, se nos ofrece una explicación clara y convincente: se trata de una disputa por los derechos condales que el testimonio de los lugareños ayudó a consolidar a favor de la abadía. Es, sin duda, una sólida base para poder observar a los campesinos más humildes, protagonistas de procesos de colonización. En las aldeas de Arigo y la Vinya, sobre las que se detiene la mirada del historiador, la presencia de unos grandes propietarios no impidió la instalación de colonos: campesinos no sometidos a lazos de señorío evidentes, que pudieron ocupar pequeños lotes de tierras. En este sentido resulta significativa la ausencia de castillos y «vicarios» en el espacio estudiado. Luego, a partir del año 927, se observa en la documentación la aparición del alodio del monasterio y, entre sus benefactores, aparece un rico hacendado de la zona, llamado Eldoard y otros personajes como el juez Centuri, algún sayón, boni homines y sobre todo clérigos, que acompañan la expansión del dominio monástico. En la zona, había gente que se relacionaba con el monasterio a través de donaciones, cesiones, juicios, oblaciones, pero sin duda otros se mostraron indiferentes y, ocasionalmente, incluso hostiles. Posteriormente, los condes, de las dos ramas de la casa de
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Cerdaña, es decir, los condes de Barcelona y los de Besalú, ganaron posiciones alrededor de St. Joan de les Abadesses y se ofrecieron como patronos alternativos a los habitantes de los valles. Fueron los mismos condes quienes, a principios del siglo XI, consiguieron imponer la disolución de la comunidad de monjas con el beneplácito del papado. En un segundo capítulo, que se presenta con un guiño a la monografía de Barbara Rosenwein sobre las relaciones sociales en torno al monasterio de Cluny, Jarrett se ocupa de una zona más meridional, próxima a la sede episcopal de Vic, esto es, las localidades de Malla, l’Esquerda y Gurb. En Malla no hay rastro de roturaciones, ni aprisio, pero sí acumulación de tierras (por ejemplo, por parte de un tal Ennegó de Malla según se resume en la tabla 2) o lo que él llama concentración de poder. Además de una fuerte presencia eclesiástica, en Malla, unos vizcondes controlan el castillo, quizás por concesión condal, pero con pocos signos del ejercicio de un señorío a su alrededor. En cualquier caso la presencia y patronazgo de los condes adquiere en esta región fronteriza una fuerza más decisiva en el encumbramiento de algunos individuos que pueden convertirse en detentores de los castillos. En el emplazamiento de Gurb un conjunto de documentos procedentes de la catedral de Vic le permite al autor documentar otra zona de roturaciones, con un mercado de la tierra en rápida expansión en la segunda mitad del siglo X. Algunos personajes, como un tal Adalbert, de quien se conserva el testamento del 988, pueden acumular tierras a través de compras y protagonizar procesos de enriquecimiento personal a pesar de carecer de títulos o
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castillos. Otros, por el contrario, consiguieron escalar posiciones mediante la obtención de tierras en beneficio del conde, de quien se convertían en fieles, y del ejercicio del cargo de «vicario» al frente de un castillo. Así llegamos a la aparición de un topo-linaje, ejemplificado en el caso de los Gurb-Queralt, a partir del último cuarto del siglo X. Para ellos las conexiones con los condes o con los vizcondes de Osona fueron decisivas y su medio social desbordaba claramente la escala local. Otros aún hallaron en la relación con el clero de la catedral la oportunidad de convertirse en gestores del patrimonio del cabildo y de los castillos de la sede episcopal. Por ejemplo, el diácono Bonfill, que era capaz de controlar tres castillos, dos de ellos episcopales, además de los diezmos de las diversas iglesias existentes en el término de Gurb. Son hombres que a través del patronazgo condal o episcopal consiguieron una autoridad en el ámbito local. En un tercer capítulo, Jonathan Jarrett se acerca a la realidad del poder desde el punto de vista de los gobernantes. En primer lugar, resalta la importancia de la ideología en la legitimación del poder de los condes catalanes y trata brevemente de su liderazgo militar o su papel en el funcionamiento del aparato judicial. Además intenta reconstruir el núcleo de los cortesanos a partir de las listas de testigos en documentos condales (tabla 3 de las páginas 56-159) y las ocasionales reuniones de los «nobles de palacio». También se aproxima a la figura de los vizcondes y corrige la suposición que se tratase de meros delegados de los condes, cuando estos tenían a su cargo más de un condado. En este punto, Jarrett coincide con algunas de las ideas avanzadas por André Constant («Entre Elne et Gérone : És-
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sor des Chapitres et stratégies vicomtales (IXe-XIe siècle)», en H. Débax (ed.), Vicomtes et vicomtés dans l’Occident médiéval, Toulouse, 2008, págs. 169-187). El caso del vizconde Bernat de Conflent (981-1009) permite constatar cómo se podían acumular tierras a base de compras sin ningún o documentado con los condes de la zona. Su trayectoria se puede comparar con la de Sal·la, un magnate o «vicario» de la zona fronteriza de los condados de Osona y Manresa, que llegó a controlar un número impresionante de castillos y dominios. De nuevo se trata de un magnate que constituyó su formidable patrimonio de forma independiente de los condes. Pero algo cambió en la siguiente generación, la de los hijos de Sal·la, que recibieron de nuevo sus castillos de manos del conde y se presentaron como sus fieles. Según el autor, los condes del siglo X, y en especial Borrell II, consiguieron aumentar el control de los magnates de la zona de la Marca e imponer paulatinamente su patronazgo, sobre los hombres que les resultaban indispensables para ejercer su
autoridad. En la documentación analizada también se hallan os directos entre los condes y los campesinos, por ejemplo, en el caso de los colonos de Ripoll o en el de los habitantes de Vallformosa. Ello demuestra, una vez más, la accesibilidad de las instancias judiciales en el mundo carolingio. En la conclusión se insiste en los cambios ocurridos durante el periodo estudiado. En particular, se destaca la aparición de nuevos focos de señorío local, castillos e iglesias, aunque cada vez más estrechamente vigilados por parte de los condes. Sin embargo, a lo largo de todo el libro se hace evidente la importancia del contexto local. Dicho de otro modo, el estudio permite constatar la pluralidad de situaciones y de vías a través de las cuales podía plasmarse el poder. En este sentido el plural del subtítulo, «pathways of power», nos parece absolutamente acertado. En resumen, nos hallamos ante una obra importante, fruto de una óptima combinación de rigor y nuevas formas de aproximarse a las fuentes documentales.
——————————————————–—— Lluís To Figueras Universidad de Girona
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VALDALISO CASANOVA, Covadonga: Historiografía y legitimación dinástica. Análisis de la Crónica de Pedro I de Castilla. Valladolid, Universidad de Valladolid, 2010, 218 págs., ISBN: 978-84-8448-580-3. En el marco de unas doscientas páginas, Covadonga Valdaliso Casanova nos propone en su libro una lectura de la crónica ayalina de Pedro I —o más bien dicho de la crónica doble de los dos hijos de Alfonso XI, Pedro I y Enrique II, ya
que la autora se sitúa, en este punto, en la línea de las concepciones de Germán Orduna y su equipo— centrada en el papel que desempeñó en la legitimación de la dinastía de los Trastámara y apoyada en un análisis del texto como men-
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saje inserto en un proceso de comunicación que incluye al cronista y a sus lectores, tanto a los de la época de redacción, que fueron los destinatarios de la crónica, como a los actuales, que no son más que receptores. Para conseguir sus fines, C. Valdaliso Casanova utiliza los conceptos forjados por la semiótica y la pragmática, conceptos que presenta y analiza a lo largo de la primera parte de su libro. Cabe decir que uno de los reproches que se pueden hacer a la obra es el aspecto árido de esta primera parte que, a pesar de los numerosísimos esquemas destinados a aclarar los análisis de la autora, puede parecer algo cortado del estudio concreto de la crónica, aunque la lectura de las dos partes siguientes permite comprender la utilidad de esta larga exposición. Dicho esto, incluso en esta primera parte, Covadonga Valdaliso hace alarde de un sentido de la fórmula innegable, por ejemplo cuando define la Historia como un relato de memoria destinado a «formar y educar el presente, utilizando el pretérito, de cara al futuro» (pág. 17), o cuando utiliza la imagen de la cebolla para definir la crónica: un discurso político envuelto en un discurso caballeresco recubierto a su vez por un discurso historiográfico (pág. 33). La visión que propone de la evolución de la historiografía castellana desde los tiempos de Alfonso X hasta el siglo XV, marcada por un proceso de «literaturalización» de la Historia y de secularización progresiva de las ideas del rey Sabio, cuyos hitos esenciales son Sánchez de Valladolid y nuestro autor, no carece de interés: no vacila en elaborar hipótesis arriesgadas pero sugestivas, como la de que Sánchez de Valladolid no redactó más que las crónicas de los tres antecesores de Alfonso XI en tiempos de este monarca, mientras que
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la Crónica de Alfonso XI (también suya) sería una obra de los primeros años del reinado de Pedro I, interesado en afirmar la existencia de una continuidad entre el reinado de su padre y el suyo propio (pág. 180). También es de sumo interés la reflexión que desarrolla acerca del texto de Ayala, que define como una especie de tratado sobre el buen y mal gobierno destinado a legitimar la muerte de Pedro I y la llegada al poder de la dinastía Trastámara apoyándose en el sistema de valores de la nobleza e ideales de la caballería. La segunda parte del libro se dedica precisamente a estudiar los valores utilizados por el cronista para ilegitimar al rey Cruel y justificar la llegada al poder de su hermano. Estos valores son los que conlleva el ideal caballeresco, y la autora muestra de manera muy convincente cómo estos valores, difundidos por toda Europa, se impusieron a las élites de la sociedad castellana en el siglo XIV, partiendo de la influencia de las Partidas alfonsíes, y de la obra de Llull, y pasando por la obra teórica de don Juan Manuel y por la práctica de Alfonso XI, fundador de la orden de la Banda, como elementos de un proyecto que se quedó sin realizar del todo —porque no era sino un modelo ideal— pero que aceptaron todos los grupos sociales presentes en la corte del rey (los letrados que lo vieron como vía de ascenso social, la nobleza que utilizó este ideal para defender su estatus y el rey que pudo así reforzar su control sobre sus «colaboradores»). Parte la autora de la relación existente entre Historia y exemplum: con su sentido de la fórmula ya subrayado, C. Valdaliso demuestra que la crónica de Ayala es un exemplum plagado de exempla, cuya lección final, apoyada en una cita bíblica, toma todo su senti-
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do gracias a la inserción a lo largo del texto, en un proceso providencialista, de una serie de exempla que van desvelando el contenido semántico de la crónica. En nombre de una necesaria contextualización de la obra ayalina, le es bastante fácil mostrar que Pero López de Ayala, para desprestigiar al rey don Pedro —primer paso en la justificación de su caída—, no vaciló en utilizar esos valores que eran suyos tanto como de sus lectores, para condenar al monarca como careciente de todas las virtudes de un buen rey, y especialmente de esta virtud suprema que es la prudencia. La autora pone de realce, en su reflexión, el hecho de que la crónica se vale de una teoría política preexistente aplicándola a casos concretos, sin volver a definir esta teoría: en este sentido, afirma, con mucha razón, que es exagerado decir que la obra de Ayala, o cualquier otro texto histórico, es un espejo de príncipes, por falta de reflexión teórica explícita (pág. 93). Para ilustrar sus afirmaciones, Covadonga Valdaliso se interesa por unos pocos temas que, según ella, resultan de especial importancia para el cronista: la investidura de armas (Pedro I es ordenado caballero tardíamente —en la víspera de la batalla de Nájera, en 1367— y por un extranjero, el Príncipe negro, cuando Enrique ordena caballeros, sin que se sepa nada de su propia investidura, si es que existió), el juicio de los caballeros y la noción de rescate, y el tema de la muerte honrosa en el campo de batalla. En este último punto, Enrique tampoco aparece como un caballero perfecto, dada la trampa que prepara en contra de su hermano desarmado para acabar de una vez con él, y la autora subraya que el cronista se guarda de pronunciar ningún juicio moral sobre la muerte de Pedro I. La
demostración de la utilización de la moral caballeresca para condenar al rey Cruel es, pues, muy convincente; incluso podemos considerar que podía haberse apoyado con más fuerza sobre otros elementos textuales no utilizados aquí, como la muerte del rey Bermejo o el duelo judicial de los hidalgos gallegos víctimas de una trampa anticaballeresca (armas escondidas en el campo) en la que participó el mismísimo rey. La tercera parte del libro, que también es su culminación, estudia de modo pormenorizado el papel que pudo ocupar la crónica en un proceso de propaganda y legitimación de la dinastía Trastámara que se desarrolló y evolucionó a lo largo de los primeros tres reinados de la dinastía —los tres que conoció Ayala—. Covadonga Valdaliso, que se apoya aquí también en estudios recientes, propone una visión renovada del proceso de elaboración de las crónicas ayalinas: según esta visión, Ayala estuvo encabezando un scriptorium que produjo bajo su dirección un sinfín de manuscritos correspondientes a otras tantas versiones. En vez de la opinión tradicional sobre la redacción de las crónicas ayalinas (versión primitiva o breve de la crónica de los dos hijos de Alfonso XI redactada bajo forma de borrador en torno a 1383, retomada alrededor de 1388, redacción de la crónica de Juan I y revisión de la versión breve de la primera crónica [versión vulgar] a partir de 1390, y redacción sin acabar de la crónica de Enrique III debida a la muerte del autor), la autora defiende la idea de que existió un proceso continuo de elaboración y reelaboración de las crónicas influido por las críticas recibidas en lecturas públicas frente a de la corte. Si bien C. Valdaliso supone que Ayala recibió el encargo de redac-
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tar sus crónicas en tiempos de Enrique II o principios del reinado de Juan I, considera que solo a partir de 1395 pudo hacer efectiva esta redacción. Como consecuencia, las crónicas del canciller responden a las necesidades de la propaganda de la nueva dinastía en aquel momento, es decir que, por lo esencial, se esfuerzan en infundir en los lectores la idea de una ilegitimación del rey don Pedro por sus hechos y una fundamentación de la dinastía a través de una forma de providencialismo (mesianismo de Enrique II y sobre todo fatalismo justificando la muerte de Pedro I por el juicio de Dios, incomprensible para los hombres) y por la afirmación de una continuidad entre Alfonso XI y los Trastámara. Como ya señaló en su tiempo Bernard Guenée, la autora subraya que la historiografía, cuyo método de acción reside en la plasmación del pasado, es una propaganda a largo plazo, que en el caso de Ayala pasa por la consolidación del programa legitimador elaborado en tiempos de Enrique II y Juan I. La importancia de esta hipótesis sobre la comprensión del proceso de redacción de las crónicas de Ayala es doble: permite por una parte explicar la existencia de múltiples versiones de estas sin suponer una serie de errores de copistas y permite por otra situar estas crónicas dentro del proceso de propaganda de la dinastía Trastámara. A lo largo de esos años, la labor del cronista consistió en recoger documentos y relatos de hechos, en seleccionarlos, en ordenarlos y por fin en narrativizarlos, para que pudieran encontrar su lugar en el marco de su proyecto propagandístico, destinado a sus contemporáneos pero también a la posteridad, de la que sabía muy bien el canciller que no podría poner en tela de
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juicio su propia versión de los hechos, ya que su obra es la única narración de estos hechos producida en su época (C. Valdaliso cita también el «controvertido» Sumario del Despensero (nota 434, pág. 185), pero lo antedata, situándolo en el reinado de Juan I, cuando debe retrasarse su fecha de redacción hasta los años 1402-1405, como tuvimos ocasión de mostrarlo en los estudios que dedicamos al tal sumario). Como subraya la autora, tal proceso de redacción no se da nunca por terminado; solo después de la muerte del canciller y del cambio de mentalidades propio del siglo XV se plasmaron las diversas redacciones de las crónicas, difundidas luego tales y como aparecieron en los manuscritos del scriptorium —lo que permite explicar los cruces entre versiones distintas—. Subraya la autora que esta realidad textual no permite elaborar una edición crítica neolachmaniana ya que tal edición supone remontarse hasta un texto supuestamente mejorado, lo más próximo posible de un proyecto inicial del autor degradado a lo largo de los siglos y de las copias. Añadiremos que, en cambio, una edición «yuxtalinear» como las que propuso el profesor Jean Roudil, recién desaparecido, responde a los requisitos de una tradición manuscrita de este tipo, siempre que se usen los medios informáticos adecuados. La lectura propuesta por Covadonga Valdaliso, que desde luego no pretende agotar el texto de Ayala, resulta muy sugestiva. Es indudable que el doble movimiento de estudio interno de la crónica y de contextualización y actualización (es decir, de aproximación de los lectores actuales a la realidad de los lectores de la época de redacción del texto) conduce a una visión original y dinámica de la participación
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en la propaganda trastamarista que representó, para el canciller, la redacción de esta obra inconclusa, a lo largo de un proceso ininterrumpido. Una de las aportaciones más valiosas de Covadonga Valdaliso al conocimiento de la obra de Ayala y al de la difusión e instrumentalización del saber histórico en tiempos de los primeros tres Trastáma-
ra es, sin lugar a dudas, esta visión renovada del proceso de redacción de la crónica de los dos reyes hermanos y de las dos crónicas siguientes, textos eminentemente «políticos», en una serie de variantes influidas por la evolución del contexto de redacción tanto como por la búsqueda de eficacia del autor.
———————————————————— Jean-Pierre Jardin Universidad Sorbonne Nouvelle - Paris 3
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SOLDANI, Maria Elisa: Uomini d’affari e mercanti toscani nella Barcellona del Quatrocento. Barcelona, CSIC, 2010, 669 págs., ISBN: 978-84-00-09295-5. La importancia de los hombres de negocios italianos en la economía bajo medieval europea no necesita ser puesta de relieve; el papel que jugaron en la Barcelona y la Cataluña de la época, tampoco; sin embargo su estudio quedaba limitado a unos pocos, aunque valiosos artículos o capítulos en obras más generales. La monumental obra de Maria Elisa Soldani se sitúa a otro nivel por la profundidad de la investigación y el interés de los resultados. Es sin duda una tesis clásica en el más clásico sentido del término: sigue una estela de investigación sobre el comercio mediterráneo y en especial las relaciones entre Italia y la Corona de Aragón que tiene como referentes lejanos a Braduel y Melis y más directos a Tangheroni y del Treppo; profundiza en un aspecto presente en la obra de los maestros, pero poco desarrollado; se inserta en la enriquecedora tradición de acogimiento en el CSIC de Barcelona de doctorandos italianos y, final y principalmente, es el resultado de una lar-
ga, minuciosa y compleja investigación archivística, de un profundo conocimiento y estudio de la bibliografía y de una organización y redacción que pone de relieve conclusiones importantes, aparte de informar sobre multitud de acontecimientos, costumbres, técnicas y personajes más o menos relacionados con el tema; y finalmente, aspecto de ninguna manera secundario, deja suficientes interrogantes y pistas para dar pie a estudios posteriores. El título de la obra resulta un tanto ambiguo respecto a su contenido: el sujeto del libro son los hombres de negocio toscanos, pero no su actividad comercial directa, sino su situación social y su actividad política. Esto puede resultar un poco decepcionante, pero se explica por la escasez de los datos económicos conservados: a falta de libros contables, muy escasos y de corta duración, solo es posible atisbar el mundo de los negocios a través de datos indirectos y escasos, principalmente por medio de la correspondencia de los
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mercaderes, el protesto de letras de cambio, algunos contratos de fletes o seguros, pagos o reclamaciones de derechos de aduana y algún pleito. De hecho la autora debió ser la primera decepcionada ante este panorama; no queda claro sin embargo si la orientación social y política de la tesis se debió a la falta de datos económicos o se trata del enfoque previsto desde un principio. Basta con decir que quizá haya sido una suerte: una tesis fiel al título del libro, que sumase los aspectos económico, social y político difícilmente se podría haber llevado a cabo y una tesis centrada en los negocios nos habría privado del conocimiento de un tema mucho más desconocido, como son las estrategias de supervivencia en un ambiente hostil. Porque este es en definitiva el tema de la tesis: los medios de los que se valieron los comerciantes italianos para superar el malestar (no exento de iración) que su actividad suscitaba en el mundo mercantil barcelonés y que llevó repetidamente a decretar su expulsión; la obra pone énfasis especialmente en las órdenes de extrañamiento de 1401 y 1447. La tesis es clara: los mercaderes que lograron superar las órdenes de expulsión (por desgracia casi los únicos presentes en la obra) lo consiguieron porque resultaban imprescindibles para los organismos dominantes del Principado, porque mantenían buenas relaciones con la Corona y el Consell de Cent barcelonés y por su arraigo en la sociedad local. La obra se divide en dos grandes partes. La primera es el estudio propiamente dicho, con dos grandes apartados, el primero referente a las razones personales y económicas que motivaron la instalación en Barcelona, las formas de organización comercial,
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productos y plazas objeto del comercio de mercancías o del giro de dinero, y las formas de relación e inserción en la sociedad mercantil barcelonesa. Destacan en este apartado la diferencia entre los llegados voluntariamente (en su mayor parte florentinos) y los exiliados (en especial los pisanos fugitivos de la conquista florentina de 1406); la discusión sobre la no concesión de consulado, que sí tenían los catalanes en Florencia; y el mayor o menor grado de integración en la vida local: mientras algunos no pasaron de la condición de residentes, otros adquirieron la ciudadanía barcelonesa y, en unos pocos casos, ascendieron socialmente hasta la categoría de ciudadanos honrados, ejercieron cargos políticos en la ciudad y la monarquía y, al menos en dos casos, los Aitantí y los Tecchini, catalanizaron sus nombres (Setantí, Taquí), con lo que acabó perdiéndose el rastro de su origen. El segundo apartado se refiere a las relaciones con el poder. En principio, en este aspecto, los hombres de negocios extranjeros deberían estar en inferioridad de condiciones en relación con los naturales. Pero no siempre era así, en especial para aquellos que mantenían buenas relaciones con la monarquía. A falta de consulado, los toscanos solventaban los problemas entre ellos a través del tribunal del Consolat del Mar o mediante arbitrajes privados. Los pleitos entre extranjeros y locales resultaban de gestión más complicada, en cuanto aquellos podían acudir al monarca, garante de los eventuales pactos con sus ciudades de origen y de los salvoconductos concedidos a los mercaderes extranjeros. Por otra parte, los extranjeros no eran menos hábiles que los naturales en la utilización de toda clase de argucias legales: solicitu-
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des de traslado del pleito entre los distintos tribunales, apelaciones, peticiones de aplazamiento, aceptaciones de arbitrajes en medio de la causa, súplicas al monarca, etc., que podían dilatar los pleitos hasta la exasperación. Sin embargo, el instrumento más eficaz, en especial ante las acusaciones de delito fiscal, era la tenencia de un salvoconducto, que permitía apelar directamente a la justicia del monarca. El salvoconducto, concesión de la Corona a los hombres de negocios con los que estaba más obligada, era, como dice Soldani, el reverso de la medalla de las políticas proteccionistas que la Corona dictaba de vez en cuando: de hecho el salvoconducto asimilaba los extranjeros que lo poseían con los naturales. Naturalmente, el favor real no era gratuito: se concedía a los relacionados con la Corte, ya fuese por el avituallamiento de mercancías raras y lujosas, por la concesión de créditos o por otros servicios; además, desde tiempos del Ceremonioso, por cada salvoconducto el rey recibía cada Navidad un paño de seda bordado en oro, que a la larga se transformaría en un pago directamente en dinero. No todos los hombres de negocios extranjeros podían alcanzar el favor del monarca; un grado inferior, pero eficaz, lo constituía la buena relación y a veces el parentesco con las autoridades y el conjunto de los mercaderes locales, que intercedían en favor de quienes habían obtenido la ciudadanía o resultaban indispensables para la buena marcha de las finanzas municipales. De hecho, como concluye Soldani, los hombres de negocios toscanos más importantes habían aprendido a hacerse indispensables para la monarquía y las instituciones, en el aprovisionamiento de productos de lujo o de cereales, el
abastecimiento de metales preciosos a las cecas o el préstamo y el giro de dinero e incluso con su competencia técnica, que les permitía acceder a cargos en la istración o al servicio de la corte. La inquina de los comerciantes súbditos de la corona contra los italianos se debía al acaparamiento por parte de estos de las lanas del Maestrazgo, el Rosellón y las Baleares, compradas con anticipo, una práctica que estaba lejos de las posibilidades financieras de los comerciantes y artesanos locales. Por ello las cortes de Tortosa de 1400-1401 forzaron la expulsión de todos los comerciantes italianos, excepto los domiciliados en los territorios de la corona, y prohibieron a los naturales mantener relaciones comerciales con los expulsados. El rey, sin embargo, excluyó de la expulsión los comerciantes a los que había concedido salvoconducto, todos ellos florentinos, o sea a los principales implicados en las prácticas que se pretendía desterrar, con lo que la expulsión carecía de sentido y fue revocada al año siguiente y sustituida por un impuesto: el dret dels italians, que gravaba las importaciones y exportaciones realizados por estos. Aunque las quejas contra la actuación de los italianos resurgen con fuerza en la década de los treinta del siglo XIV, la nueva expulsión tuvo causas directamente políticas: la guerra declarada por Alfonso el Magnánimo contra Florencia, que el rey decidió librar no solo en el plano militar, sino también en el económico. Por esta razón los términos de la expulsión fueron muy duros: los súbditos de la república de Florencia eran obligados a liquidar sus negocios y salir del país, y se anulaban todos los salvoconductos; se prohibía igualmente a los súbditos de la corona
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mantener relaciones comerciales con Florencia y sus súbditos; solo quedaban excluidos de la expulsión los pisanos exiliados y los que gozaban de la ciudadanía en alguna de las ciudades de la Corona. En este momento fueron las autoridades locales las que se mostraron remisas a cortar los lazos comerciales con los florentinos, puesto que muchos oficios dependían de ellos para el suministro de materias primas o la comercialización de los productos. Con todo, la expulsión duró una década. Esta primera parte de la obra traza un amplio y bien diseñado cuadro de la situación, la actuación, los éxitos y algunos fracasos de los hombres de negocios toscanos en Barcelona, con amplias referencias al conjunto de los países de la Corona de Aragón, en especial las ciudades de Perpiñán, Tortosa y Valencia; a pesar de que los aspectos económicos no están en el foco del estudio, abundan y son de gran interés, aunque sumamente dispersos. La segunda parte de la obra, destinada al estudio de los personajes, familias y compañías toscanas presentes en Barcelona, resulta menos satisfactoria. Se trata de un conjunto de fichas de trabajo con todo lo que la autora ha podido reunir en cada caso, tanto respecto a cada personaje como a su familia, sus negocios y sus relaciones, con especial atención a su origen y al mantenimiento de relaciones con las ciudades de origen. Pero solamente es utilizable como alma-
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cén de datos (inmenso y magnífico almacén); su lectura resulta fatigosa y su estudio, si se quieren ver los enlaces con otras familias o compañías, laberíntico. Se puede aducir en su favor que representa la complejidad de lo real, pero historiar exige poner orden. A mi entender debía haber figurado en todo caso como apéndice y, aunque los problemas enunciados seguirían presentes, es posible que el conjunto resultase más inteligible si en vez de ordenar los perfiles por orden alfabético se hubiese optado por un orden cronológico de «aparición en escena» de las familias. En conclusión, la obra muestra un gran conocimiento de la documentación catalana e italiana y de la bibliografía sobre el tema (35 apretadas páginas de listado de obras), representa un importante avance en el conocimiento no solo de los hombres de negocios y sus familias, sino de sus intereses económicos, las formas de actuación, los productos comercializados, la organización societaria y contable, la propiedad y el flete de naves, la moneda y, principalmente, de la organización y formas de actuación del mundo florentino de los grandes negocios y de la inserción en él de Barcelona. Es por tanto una obra sólida e importante, una gran tesis por la que cabe felicitar a la autora y felicitarnos por los conocimientos y datos que aporta y por el hecho no menor de que se haya podido publicar.
————————————————————––—Gaspar Feliu Universidad de Barcelona
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IANNUZZI, Isabella, El poder de la palabra en el siglo XV: Fray Hernando de Talavera. León, Junta de Castilla y León, 2009, 543 págs., ISBN: 978-84-9718581-3. El libro que reseñamos de Isabella Iannuzzi se publicó a raíz de la tesis doctoral de la autora, preparada bajo la dirección del profesor Jaime Contreras Contreras del departamento de Historia Moderna de la Universidad de Alcalá. En la actualidad, Isabella Iannuzzi forma parte del departamento de Historia, cultura y religión de la Universidad La Sapienza de Roma, y, entre sus últimos trabajos, se puede mencionar un artículo sobre el proceso del «Niño de la Guardia» (vid. Isabella Iannuzzi, «Processi di esclusione e contaminazione alla fine del Quattrocento spagnolo. Il caso del Niño de La Guardia», Dimensioni e problemi della ricerca storica, primer semestre de 2009, págs. 146-171). En el libro que nos interesa aquí se alude asimismo al referido acontecimiento, más precisamente para ilustrar la creciente intolerancia con la cual se enfrentaban, al final de la Edad Media, las minorías religiosas, y para poder así ponderar las actuaciones del personaje alrededor del cual gira todo su estudio: Hernando de Talavera. Este, después de una carrera como monje y prior en un convento de jerónimos, fue confesor y consejero de Isabel la Católica, y acabó su carrera como primer arzobispo de Granada. Isabella Iannuzzi se propone analizar el recorrido de dicho hombre, haciendo hincapié en el «poder de su palabra». La autora construye su exposición siguiendo el orden cronológico, aunque con algunas excepciones, lo que a veces dificulta la comprensión del encadenamiento lógico de los hechos. El
texto está dividido en cuatro partes y el título de la primera, «Claves culturales de una época», no deja lugar a dudas acerca de las intenciones de la autora: reconstruir el ambiente cultural que rodeaba al personaje estudiado. Así, se puede apreciar la preocupación constante de Isabella Iannuzzi por contextualizar los acontecimientos y narrarlos desde su origen, incluso volviendo varios siglos atrás. Por ejemplo, cuando se refiere al nacimiento de Hernando de Talavera, menciona la autora los numerosos conflictos políticos y sociales que marcaron el período (los años 1425-1430), en una España donde la diversidad religiosa era incluso más importante que en el resto de Europa y donde, por consiguiente, se multiplicaban las ocasiones de conflicto. Subraya también la importancia del debate originado por el gran Cisma de Occidente, que dio lugar a la emergencia de nuevas concepciones del poder, en particular a través del «debate conciliar». Para caracterizar aún más precisamente los años de niñez y de juventud de Talavera, se interesa luego por las condiciones de adquisición y de difusión del saber, así como por las ideas que entonces se estaban difundiendo. Insiste en el estancamiento teórico de la teología, estancamiento que provocó la aparición de la eclesiología como disciplina destinada a permitir la reforma de la comunidad de los fieles y de sus órganos de gobierno, mientras que la mezcla entre teología y derecho civil conllevó la aparición, por ejemplo, de manuales de confesión. En el mismo período, se transformaba el aristotelismo gracias a
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la aparición de nuevas traducciones de los textos aristotélicos. Aludiendo a dichos libros, Isabella Iannuzzi menciona de paso la presencia de estos en la biblioteca de Hernando de Talavera, cuyo contenido analizará más largamente en uno de los capítulos siguientes. Al acercarse a la época en la que vivió dicho personaje, estudia los círculos culturales presentes alrededor de los monarcas españoles, concretamente el de los aristócratas adeptos del humanismo vernáculo, que defendían también una nueva concepción de la monarquía, difundida por los espejos de príncipes. En dichos manuales, no solo se abogaba por un cambio en el ejercicio del poder, sino también por una reforma del estudio de los autores antiguos y de la traducción de sus obras. La autora aprovecha dicho tema para volver al personaje que le interesa, con su traducción de la obra de Petrarca, Invective contra medicum, traducida como: Invectivas contra el médico rudo y parlero. Así, aunque parezca alejarse mucho del arzobispo de Granada en su voluntad de recorrer detalladamente la génesis de cada «clave cultural», Talavera nunca deja de ser la columna vertebral de su estudio. La segunda parte del libro, cuyo título resulta menos transparente que el de la primera («Talavera y su actividad mediática»), trata en realidad del período situado entre el encuentro del confesor con su penitente real y su llegada a Granada. En estas páginas, se resumen a la vez la carrera de Talavera como eclesiástico y su acción como consejero real. Después de volver al origen de la orden jerónima y de describir la situación política e ideológica de Castilla en el segundo tercio del siglo XV, Iannuzzi reconstruye las posibles circunstancias del encuentro
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entre Isabel la Católica y el que iba a ser su confesor. Luego, vuelve al papel desempeñado por Talavera en algunos de los asuntos más importantes para la monarquía en aquella época, es decir, la guerra contra Portugal, o la asamblea del clero en Sevilla en 1478. A continuación, orienta su reflexión hacia la elaboración de una nueva concepción del derecho, y, más adelante, hacia las propias ideas de Talavera acerca de dicho tema y del ejercicio del poder, que va hasta el control de las conciencias, considerado como instrumento para homogeneizar la sociedad. Claro está, siendo el confesor de la reina, estaba Talavera en una posición privilegiada para ejercer una influencia sobre las ideas regias y sobre el resto del reino. Al referirse al papel de confesor de Talavera, Iannuzzi analiza las transformaciones del sacramento de la confesión en la Edad Media y cita como ejemplo el manual de confesión compuesto por el propio Talavera. Esta es la primera obra a la cual Iannuzzi dedica un párrafo específico, antes de estudiar, a lo largo de su libro, algunos opúsculos más. Además, en apéndice, recoge varios textos útiles para apoyar su tesis. Sin embargo, en el párrafo titulado «La palabra: difusión y predicación», solo menciona de pasada las especificidades de la prosa talaverana, para dedicarse a generalidades acerca de la retórica de la predicación en la época. Al interesarse por la utilización del discurso con fines políticas, o sea, para apoyar a los Reyes Católicos, concede cierta importancia al papel de Talavera en la promoción de las obras de Nebrija, en la valoración de la imprenta o en la traducción de algunas obras latinas en castellano o, en otro campo, en la organización de la expedición colombina. Por fin, para acabar
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esta segunda parte, Iannuzzi se centra en el trabajo efectuado por Talavera como obispo de Ávila. Dedica algunas líneas, en dicho apartado, al opúsculo redactado para las cistercienses de su diócesis (Summa y breve compilación), antes de analizar detenidamente el proceso del «Niño de la Guardia» y su significado en cuanto al desarrollo del antisemitismo en la península. El problema de la homogeneización religiosa de la sociedad es, en efecto, el que va a interesar a la autora en la tercera parte y empieza por un panorama de la situación de los judíos en Castilla, desde la tolerancia teórica hasta las campañas de predicación y las conversiones masivas que provocaron una desestabilización de la sociedad. También recuerda la reflexión llevada a cabo por varios intelectuales acerca de la presencia de la minoría judía, entre otros Juan de Torquemada, Alonso de Oropesa o Pedro Sarmiento, antes de interesarse por el papel de las órdenes religiosas. Aprovecha la ocasión para citar un texto de Talavera, la Católica Impugnación, del cual hace un estudio pormenorizado, con el fin de analizar cómo concebía Talavera la conversión y el método adecuado para obtenerla. Luego, para demostrar que los problemas religiosos podían ser utilizados con fines políticos, Iannuzzi saca a colación el proceso contra los Arias Dávila por criptojudaísmo en los años 1485-1494 y también la condena, por otros motivos, de Pedro Martínez de Osma (1479). Todo ello desemboca en el relato de los trámites efectuados por los Reyes Católicos para obtener la Bula de la Cruzada, paso decisivo hacia la conquista de Granada, en 1492. La última parte de la obra está dedicada, lógicamente, al «laboratorio de Granada» y a las medidas que Talavera
intentó llevar a cabo en su nuevo arzobispado. Iannuzzi insiste sin embargo, desde el principio, en el fracaso de los proyectos de un hombre que ya no se beneficiaba del apoyo regio y cuya empresa quedó comprometida por problemas de tiempo, organización y dinero. El método de conversión del arzobispo de Granada se basaba en una comprensión adecuada de la psicología y de la cultura del Otro, para adentrarse mejor en su conciencia y llevarlo con más facilidad a una conversión profunda, que no solo incluiría un cambio en las creencias, sino también un cambio en las costumbres. Sin embargo, varios factores dificultaron la puesta en práctica de dicho proyecto, entre otros la llegada de Cisneros, el cual optó por una política de conversiones masivas, y la persecución de Talavera por la Inquisición. Si bien fue declarado inocente, no se sabe si llegó a conocer la buena nueva antes de su muerte, acaecida el 14 de mayo de 1507. Esta no es, empero, la fecha con la cual se acaba el libro, pues en un párrafo titulado «Hernando de Talavera y su eco histórico e historiográfico: memoria del olvido», la autora alude a los milagros atribuidos al primer arzobispo de Granada después de su fallecimiento. Puede que Isabella Iannuzzi se haya interesado por Hernando de Talavera con el objetivo de remediar en parte ese desmemoriado «olvido» al que alude, en una obra pensada como un estudio profundizado del personaje, concretamente de su biografía. Sin embargo, en esta perspectiva, y aún más teniendo en cuenta el título del libro, puede resultar sorprendente el espacio reducido dedicado a los textos talaveranos: son pocos los que se estudian detalladamente y algunos apenas se mencionan, como el Tratado del vestir y del calzar, o la
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Avisación destinada a María Pacheco. Del mismo modo, ya que Iannuzzi se queja de la escasez de estudios dedicados a Talavera, no podemos dejar de señalar la ausencia notable de ciertos trabajos en su bibliografía, como, entre otros, los artículos de Giovanni María Bertini (Giovanni María Bertini, «Hernando de Talavera, escritor espiritual (siglo XV)», en E. de Bustos Tovar (ed.), Actas del Cuarto Congreso de la AIH, Salamanca, 1982), centrados sobre el tema de la retórica talaverana o la obra de María Julieta Vega García Ferrer (María Julieta Vega García Ferrer, Fray Hernando de Talavera y Granada, Granada, 2007). Esta última estudia además brevemente las representaciones pictóricas de Hernando de Talavera, aspecto silenciado por Isabella Iannuzzi, a pesar del retrato reproducido en la portada. Por otra parte, en
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el caso de varias referencias, no se dan todos los datos requeridos. Por fin, podemos lamentar la existencia de numerosas erratas, incluso en algunos nombres propios (entre otras la vacilación entre «Heusch» y «Huesch»). Se puede, no obstante, apreciar el cuidado con el que la autora analiza las medidas tomadas por Talavera en Granada, así como los métodos utilizados y sus presupuestos ideológicos, tanto en dicho libro como en los artículos que ha publicado sobre el mismo tema. En resumidas cuentas, el libro de Isabella Iannuzzi nos permite conocer mejor al primer arzobispo de Granada, tanto a través de sus éxitos como a través de las dificultades con las que tuvo que enfrentarse y los obstáculos que le impidieron llevar a buen término la empresa planeada.
—————————————————–———–— Cécile Codet École Normale Supérieure de Lyon
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LOZANO NAVARRO, Julián y CASTELLANO, Juan Luis (eds.): Violencia y conflictividad en el universo barroco. Granada, Comares Historia, 2010, 427 págs., ISBN: 978-84-9836-771-3. Bajo el título Violencia y conflictividad en el universo barroco, los editores Julián J. Lozano Navarro y Juan Luis Castellano () presentan una serie variopinta de estudios, en su mayor parte sobre diferentes aspectos de la sociedad española de la época moderna, cuyo nexo común podrían ser los conflictos que surgen en la vida cotidiana, fundamentalmente en sus relaciones interpersonales y en sus relaciones con las instituciones. El título es lo
suficientemente amplio como traspasar sin penalización los estrechos límites geográficos y cronológicos (el universo barroco), al incluir trabajos sobre diferentes emplazamientos, desde el Sacro Imperio a la América española entre los siglos XVI y XVIII; y lo suficientemente extenso (conflictividad y violencia) como para incorporar en un mismo volumen aspectos tan dispares entre sí como las disidencias religiosas en la Compañía de Jesús, las redes clientela-
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res en los feudos del Sacro Imperio Romano Germánico, los juicios de residencia en Guayaquil, o los linajudos en la Granada del Siglo de Oro. Así pues, la oferta de trabajos, enfoques, perspectivas y resultados de investigación que ofrece el volumen es tan variada, que sin duda llamará la atención de numerosos historiadores, en la actualidad muy interesados por temas relativos a la vida cotidiana de nuestros antecesores, sobre todo si van desprovistos de cualquier aspiración o intento de explicación de asuntos mayores, como la comprensión de los procesos sociales, de las mentalidades, de la cultura popular, del conflicto social como motor del cambio histórico o de la estabilidad como esencia de la sociedad funcional. Violencia y conflictividad lo impregnan todo, y así todo vale para contemplar ambos fenómenos, interpretados en el volumen como estructuras de lo cotidiano, al más puro estilo braudeliano, y tenidos ambos conceptos como sinónimos ya desde el mismo inicio de la obra. No hay un intento alguno de definir y acotar el concepto violencia. Un esfuerzo de definición y acotamiento que serviría para que sus manifestaciones pudieran ser examinadas con mejores enfoques, los cuales probablemente permitirían comprender mejor sus pautas en un marco más general, cambiante a lo largo del tiempo. La abundante literatura sobre el fenómeno de la violencia, de la que se desprenden patrones y pautas que han generado ricos debates, no es tenida en consideración en esta obra. Ni siquiera se alude a la correlación inversa entre violencia y civilización que han puesto de relieve autores como Norbert Elias, Anthony Giddens o Pieter Spieremburg. Violencia y conflictos en la época del Barroco
están ahí y ahí quedan. Consideraremos pues como gratuitas las afirmaciones que no se sujetan con evidencias, que se lanzan al aire y en él permanecen hasta que caen por su propio peso, como por ejemplo la que dice que la época barroca fue extremadamente violenta, mucho más que cualquier otra época. Sin embargo, estas carencias metodológicas que cabe achacar a los editores no oscurecen la brillantez de los estudios que han decidido publicar. El firmado por Giovanni Muto sobre el lenguaje y la resistencia política en el Nápoles del siglo XVI desvela la enorme complejidad a que se enfrentaban los monarcas para lograr la fidelidad de sus vasallos en territorios alejados de la corte, donde no había una presencia física del rey entre sus súbditos. Los firmados por Antonio Luis Cortés Peña y Alberto Marcos Martín acerca de los conflictos derivados del aumento de la presión fiscal en Castilla durante el siglo XVII resultan interesantes en sí mismos, pero más relevancia adquieren aún si al tiempo que se leen se establecen paralelismos con los conflictos sociales que el aumento de impuestos provocó en países vecinos como Francia e Inglaterra. Para un ámbito más cultural que económico-social, no resultan menos atractivos los trabajos de Bernard Vincent sobre las representaciones del negro en la península ibérica, o el de Thomas M. Cohen sobre las tensiones que generó en la Compañía de Jesús la posibilidad de itir en la misma a de otras razas. Cabría incluir entre ellos el de Maria Antonietta Visceglia sobre brotes de violencia registrados en los periodos de Sede Vacante, que con independencia de la complejidad que conllevan para interpretarlos, no dejan de suscitar un cierto aire carnavalesco. Otras manifestaciones de
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violencia y conflicto que pueden ser interpretados como recursos de última instancia en manos de las personas, individual o colectivamente, o recursos extremos ante determinadas circunstancias, las encontramos en los trabajos de Antonio Jiménez Estrella sobre las tensiones generadas por la presencia militar en los pueblos de Castilla en la centuria del Quinientos, así como en el de Francisco Andújar sobre el bandolerismo andaluz en la siguiente. Por último, el volumen incluye una serie de trabajos cuya lectura es también recomendable, como el de Enrique Soria Mesa sobre los linajudos en la Granada del Siglo de Oro, el de Friedrich Edelmayer sobre la «reconquista» de la isla de Santa Catalina (Providence Island) en el Caribe entre 1620 y fines de la centuria, el firmado por Inés Gómez sobre salud pública y policía urbana ante los sucesivos brotes de peste a lo largo del siglo XVII, los relativos a problemas de jurisdicción realizados por Miguel Luis López-Guadalupe sobre los racioneros de la catedral de Granada, y por Miguel Molina Martínez sobre un juicio de residencia desarrollado contra el gobernador del cabildo
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de Guayaquil a fines del siglo XVIII, inmerso ya en el siglo de las luces, y finalmente los que se refieren a asuntos de disidencia y propaganda eclesiástica escritos por Julián Lozano y Fernando Negredo respectivamente. Cabe destacar, finalmente, el trabajo escrito por Katharina Arnegger sobre las redes clientelares en los pequeños feudos del Sacro Imperio Romano Germánico. En suma, esta compilación de estudios sobre diferentes aspectos de la violencia y la conflictividad registradas en el universo barroco no viene sino a confirmar que estos fenómenos existían, pero no soluciona lo que los propios editores plantean en su introducción, esto es, si había sociedades más o menos violentas, si la violencia aumentó o disminuyó con el paso del tiempo, y si en algún momento surgieron mecanismos de consenso para neutralizar la conflictividad reinante. Acaso estos objetivos eran demasiado pretenciosos, pero no hubiera estado de más hacer una puesta en cuestión de los principales hallazgos que la historiografía de las últimas décadas ha aportado al conocimiento científico sobre un asunto siempre de actualidad.
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Ángel Alloza Aparicio CSIC
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DÍAZ BLANCO, José Manuel: Razón de Estado y buen gobierno. La guerra defensiva y el imperialismo español en tiempos de Felipe III. Sevilla, Universidad de Sevilla, 2010, 372 págs., ISBN: 9788447212019. Una publicación sobre el reinado de Felipe III siempre es bien recibida, tanto por la escasa presencia del tema en la historiografía como por la reno-
vación que se viene sucediendo en ella respecto de este período. La obra de José Manuel Díaz Blanco, fruto de su tesis doctoral, se estruc-
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tura en tres partes que coinciden con las distintas fases que presentó el conflicto mantenido por la Monarquía Hispánica con los indígenas rebeldes del sur de Chile y con el devenir de la vida de Luis Núñez de Valdivia y Mendoza (1561-1626), lo cual impregna sus páginas de un cariz biográfico. El relato que el autor va construyendo a través de los acontecimientos descritos podría estimarse demasiado extenso en ciertos tramos de la obra, especialmente si se considera que algunos de ellos han sido tratados por la historiografía con anterioridad. Sin embargo, sus fundamentos demuestran un exhaustivo trabajo de archivo y un amplio conocimiento de la bibliografía. Aunque el título no refleja exactamente el contenido del libro, este tiene como tema central la guerra defensiva en Chile durante el reinado de Felipe III y como hilo conductor a su máximo defensor, el jesuita Luis de Valdivia. Ya desde el prólogo el autor confiesa su interés por recoger el testigo lanzado por Pablo Fernández Albadalejo cuando propone la comprensión global del imperio español y el abandono de las fronteras europeas en los análisis históricos. En consecuencia, puede decirse que la obra incluye e imbrica la perspectiva imperial, caminando sobre la senda abierta por la nueva historia política. El autor no se queda en el plano normativo de las reales cédulas que componen las distintas etapas de la guerra del Arauco, sino que va más allá, ponderando el contexto institucional y relacional de cada una de ellas. Esto le ha permitido, a su vez, dilucidar en cada fase del conflicto el alcance de las teorías y su correspondencia, o no, con las prácticas políticas efectivamente puestas en marcha en los confines geoestratégicos del Nuevo Mundo.
Frente a la fracasada política de agresión constante con los indígenas del sur de Chile, desde los inicios del siglo XVII se fue gestando y acrecentando la opción de la guerra defensiva como una alternativa viable para la solución del largo y caro conflicto araucano. La obra de Díaz Blanco pone de manifiesto que el jesuita Luis de Valdivia fue su principal valedor, pero no solo en el plano teórico, sino que también se convirtió en el brazo ejecutor del proyecto en el propio territorio austral. A pesar de las similitudes que pueden hallarse entre este proceso y las distintas treguas firmadas por la Monarquía Hispánica con sus enemigos europeos, la investigación defiende que la correspondencia entre América y Europa en la cuestión de la política de paces implementada por Felipe III y Lerma no puede ser asimilada sin matices. Del mismo modo, tampoco puede interpretarse el giro en política exterior con la llegada al trono de Felipe IV y Olivares como la causa determinante del final de la guerra defensiva en Chile. Por el contrario, la obra propone otras vías de interpretación, como el componente personalista que Valdivia dio a la causa, comprometiendo su futuro, y las definitivas actuaciones de los virreyes, especialmente del marqués de Montesclaros, por tener la última palabra para que el proyecto de Valdivia saliera adelante y tuviera continuidad. También se tiene en cuenta la oposición de las élites locales —más proclives a la guerra ofensiva tradicional—, el perfil económico del conflicto, la influencia de la actividad expansiva marítima de los holandeses en el Pacífico, el peso del debate intelectual sobre la defensa del indígena, la protección de los súbditos o la labor evangelizadora de la corona.
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La obra tiene el acierto de considerar todos los escenarios que influyeron en el nacimiento, desarrollo y caída de la guerra defensiva en Chile. En un ejercicio de historia atlántica, Araucanía, Santiago, Lima, Madrid, Roma y La Haya son los principales centros de poder que se tienen en cuenta, al igual que los actores políticos que en cada uno de estos lugares fueron un elemento determinante o coadyuvante. A diferencia de otras obras que solo se ciñen al territorio indiano (o al europeo), esta ha sabido comprender la imposibilidad de estudiar un fenómeno americano fuera de su contexto y se ha saltado la barrera artificial que suele separar los estudios americanistas de los modernistas. El autor coloca el conflicto en las coordenadas implicadas, enlazando los vínculos y las decisiones de los hombres (como Valdivia, Felipe III, Lerma, Lemos, Montesclaros, Esquilache, Guadalcázar, Acquaviva, Vitelleschi, García Ramón, Alonso de Ribera, Ulloa, o Lientur) pertenencientes a las distintas instituciones participativas del proyecto (las cortes real y virreinal, el Consejo de Indias, la Junta de Guerra, los Estados Generales, la Congregación
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General Jesuita, y la audiencia o el gobernador de Chile). Tal amplitud de miras a la hora de analizar el conflicto ha permitido al autor conocer a fondo los planes de la Monarquía para las Indias y los mecanismos a través de los cuales se tomaban las decisiones políticas, cuando menos para el caso chileno. A todas luces, la figura del virrey sobresale como la pieza clave, siendo la institución en la que se depositaba la mayor confianza, credibilidad y margen de acción por parte de la corona para la istración indiana. Del mismo modo, ante tales evidencias, la obra retoma la cuestión del verdadero carácter del reinado de Felipe III y su valido el duque de Lerma, quienes fueron capaces de diagnosticar con certeza la situación chilena y de llevar adelante salidas alternativas a sus crisis cíclicas. En definitiva, la obra cumple con creces los objetivos propuestos, aportando al campo de estudios sobre la Monarquía Hispánica del siglo XVII una investigación actualizada, robusta y tan americana como hispana.
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Amorina Villarreal Brasca
Universidad Complutense de Madrid
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CARRIÓ-INVERNIZZI, Diana: El gobierno de las imágenes. Ceremonial y mecenazgo en la Italia española de la segunda mitad del siglo XVII. Madrid, Iberoamericana, 2008, 503 págs., ISBN: 978-84-8489-404-9. El libro de Diana Carrió-Invernizzi, El gobierno de las imágenes. Ceremonial y mecenazgo en la Italia española de la segunda mitad del siglo XVII,
tuvo como «embrión», tal y como explica la autora, su tesis doctoral, dirigida por Joan Lluís Palos e Inmaculada Socías, en 2008. La obra, en la estela
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de los estudios sobre el italianismo, tan prolíficos desde hace unas décadas en España, abre una puerta hacia la nueva historia política y se centra en el análisis de las implicaciones del ceremonial en el marco historiográfico de los nuevos estudios sobre la corte. Así, la nueva visión del ritual y del ceremonial cortesanos, su significación política y la importancia del mecenazgo en la articulación de redes clientelares, son los ejes de este libro sobre el gobierno de las imágenes durante las embajadas en Roma y el gobierno virreinal en Nápoles de Pedro Antonio de Aragón y su hermano, el cardenal Pascual de Aragón, a mediados del siglo XVII. La autora articula el libro en tres capítulos. El primero analiza la Casa ducal de Cardona (1611-1662) mediante su trayectoria de servicio a la corona. La autora centra su estudio en los acontecimientos políticos de 1640, por la condición de virreyes de Cataluña del VI y VIII duques de Cardona, y en la estrategia matrimonial que les vinculó a las facciones de la corte. En el segundo capítulo la autora aborda las embajadas romanas del cardenal Pascual (1662-1664) y de Pedro Antonio de Aragón (1664-1666) a través de las implicaciones políticas del ceremonial, las obras en el palacio de la embajada y el patronazgo de fiestas en iglesias y conventos. Por último, en el tercer capítulo, Carrió-Invernizzi esboza, desde este mismo prisma tridimensional — rituales, residencias y mecenazgo—, el virreinato de los Aragón en Nápoles. El esquema escogido y la metodología son adecuadas para profundizar en el estudio de la presencia española en Roma y Nápoles en el siglo XVII aunque, en ocasiones, las fuentes no son tan esclarecedoras y se restringe la realidad
histórica y el análisis del gobierno a la política cultural. El libro parte de una premisa, comprobada por numerosos estudios, a la hora de valorar la labor de los Aragón en Italia: el ceremonial y el ritual, las obras públicas y la promoción festiva ayudaron a la Monarquía de España a «consolidar la presencia en Italia» y a «frenar el deterioro de (su) imagen desde Italia», en una coyuntura difícil después de las revueltas internas y de la pérdida de la hegemonía. La autora afirma que, desde los años de 1660, la Corona cambió de estrategia para mantener su prestigio: se redujeron los gastos militares y aumentaron los de representación. Pero, ¿en qué medida las iniciativas de los Aragón marcaron un «punto de inflexión» en la nueva consideración política de las imágenes y el mecenazgo? La autora evidencia la acción política de los Aragón en este aspecto, pero es difícil de definir el antes y el después en la evolución del virreinato. Pero, como afirma la autora, es cierto que a partir de los años 1650 y 1660 el mecenazgo tendría un mayor sentido político al tiempo que los diez años en los que los Aragón lideraron el proyecto político en dos de los destinos más influyentes de Italia les permitieron tener un programa de gobierno coherente. Pedro Antonio y Pascual de Aragón pertenecían a la Casa ducal de los Cardona y eran Grandes de España. Era la nobleza más importante en Aragón, Valencia y Cataluña, y se unieron a la nobleza castellana de origen andaluz. La política matrimonial vinculó el linaje con los Sandoval, los Guzmán y Haro, Medinaceli y Arcos. Pedro Antonio de Aragón (1611-1690) se casó con la II marquesa de Povar —del linaje Olivares— y, en segundas nupcias,
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con Ana Fernández de Córdoba, duquesa viuda de Feria —cuyo marido había sido virrey en Cataluña—. Su hermana Catalina se casó con Luis Méndez de Haro, hijo del marqués del Carpio y sobrino del conde duque de Olivares. Por otra parte, Pascual (16261677) estudió derecho canónico y civil y abrazó la carrera eclesiástica, ocupó una cátedra en la Universidad de Toledo y fue fiscal de la Inquisición y regente de Cataluña en el Consejo de Aragón. En el plano político, Pedro Antonio de Aragón fue virrey de Cataluña y ayo del príncipe Baltasar Carlos. La prematura muerte del príncipe mantuvo al noble alejado de la corte hasta 1659. Pascual sería nombrado embajador en Roma, en 1662, y después, virrey de Nápoles, en 1664. Una estela que seguiría su hermano, Pedro Antonio. En 1660, Pascual era promovido a cardenal y, en 1661, ocuparía la embajada interina. Había tenido un papel político importante en la firma de la Paz de los Pirineos y en las campañas portuguesas. En Roma, Pascual de Aragón rivalizaría en preeminencias con el embajador francés, en el marco de una coyuntura difícil. Asimismo, Pascual reforzó el partido español y renovó la estrategia de fidelidades a través de los afectos y la representación pública más que con la dependencia económica. Honores, mercedes y regalos no habían sido eficaces en procurar lealtades. Pedro Antonio le sustituiría en el cargo en 1664. En esos años, aumentaron las imágenes de Felipe IV en lugares de Roma y los Aragón incidieron en promover la importancia de espacios vinculados a la Corona de Aragón. Otras iniciativas intentaron truncar las reivindicaciones portuguesas. Escenario importante también, para introducir cambios fue el palacio sede
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de la embajada de España en Roma, en la plaza España. Los Aragón mantuvieron el decoro de las estancias y emprendieron obras en el edificio, como el encargo de Pedro Antonio de Aragón de una fuente en el patio «decorada con ocho columnas y los escudos de su casa». Pedro Antonio, en opinión de la autora, tuvo una especial sensibilidad hacia el arte y protegió a arquitectos y pintores. Solicitó una merced para el arquitecto Antonio del Grande y ayudó al pintor Pietro del Po, entre otros. Llegó a tener una colección de cuadros de más de 1.000 piezas —estudiada por Frutos y Salort— y una importante biblioteca — estudiada por C. J. Hernando—, para quien tenía un valor político más que estético o personal. Para la autora, la posibilidad de visitar palacios y colecciones italianas de inigualable calidad, y su relación con Nicolás Antonio y Lastanosa pudieron influir en su interés por el coleccionismo y los libros. Las intrincadas relaciones e intereses políticos iluminaron el intercambio de regalos y obras de arte que pudo recibir Pedro Antonio de Aragón durante su embajada en Roma. Los cuadros de Caravaggio y otros pintores importantes pasaron a su colección privada, mientras atendía otras peticiones de Felipe IV. El cardenal Acquaviva, el cardenal Sforza, el cardenal Lorenzo Raggi y otros, como el general de la Compañía de Jesús, regalaron obras de arte al embajador y, en tales iniciativas, aparecen velados intereses particulares como una faceta más de la comprensión política del mecenazgo y el arte en la sociedad cortesana del Seiscientos. Más interesante, si cabe, es el esbozo que hace la autora sobre la procedencia de las obras de arte que regalaron los funcionarios y nobleza napolitana a Pedro Antonio de Aragón en el virrei-
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nato de Nápoles, a partir de 1666. La prosopografía de los protagonistas de estos regalos nos permite conocer las pretensiones y redes clientelares del virrey en Nápoles, un tema poco conocido por la historiografía y que aparece como principal aportación al mecenazgo del noble. En cuanto al mecenazgo en las iglesias romanas, los Aragón potenciaron los espacios tradicionales hispánicos, como Santiago y Montserrat, y otros donde se celebraban festividades españolas. Desde la Corona se llevaron a cabo iniciativas para ampliar los patronatos en otras iglesias, como San Pedro, Santa María la Mayor y San Juan de Letrán. Felipe IV financió, en San Pedro, las obras del atrio donde se celebraba la fiesta de la chinea. Simultáneamente, se hacían obras en secreto, según el proyecto papal, en la scala regia, con el propósito, según la autora, de potenciar la imagen del papa en la fiesta española. Y, en la línea de la iniciativa particular, Pedro Antonio protegió la iglesia de San Eustaquio y Pascual el convento de las capuchinas de Roma. Pascual también incentivó el culto a San Francisco de Paula mediante el encargo de un altar mayor para la iglesia de San Francisco con las armas de Felipe IV. Las Iglesias se convertían en espacios de representación regia y nacional. Pedro Antonio de Aragón trató, en definitiva, de «multiplicar los retratos de Felipe IV» en estos lugares. El tercer capítulo de la obra se encarga, según el esquema tripartito escogido —ceremonial, residencias y mecenazgo—, de desentrañar algunos aspectos de la representación regia y virreinal en Nápoles durante el gobierno de los Aragón. Para la autora, Pascual y Pedro Antonio de Aragón introdujeron la novedad de ser «lo más
parecido a los virreyes de sangre, parientes del Rey» por su ascendencia de los reyes de Aragón y «marcaron un antes y un después en la historia del virreinato napolitano por la brillantez de sus manifestaciones de mecenazgo». Resta comprobar, sin embargo, en qué medida fueron herederos de acciones pasadas, especialmente del marcado sentido político que imprimió el conde de Oñate a su política cultural a mediados de la centuria y concretar su acción de gobierno institucional, económica y cultural en otros ámbitos, más allá de la implicación política del ritual y mecenazgo. De mayor calado fue la acción política y cultural de Pedro Antonio de Aragón en Nápoles (de 1666 hasta 1672), mientras Pascual de Aragón era nombrado arzobispo de Toledo. Sería un momento clave en la restauración de la Monarquía, después de la revuelta de Masaniello, con la nueva potencia de los togados y la reafirmación de la fidelidad de la élite nobiliaria. La coyuntura internacional (1668) marcó modificaciones en los cauces de representación y el clientelismo: se abandonaron las mercedes y dádivas a los potentados y se acentuaron las obras públicas y asistenciales, según aprecia la autora. Otros actos públicos, como la inauguración del Hospital de San Gennaro —con las estatuas en la fachada del rey Carlos II y del propio virrey, que suponía «una novedad», al decir de CarrióInvernizzi—, coincidieron con importantes acontecimientos políticos. Para la autora, no fue tan relevante la proyección de su linaje —a pesar de estas iniciativas—, como el fortalecimiento de la autoridad real. Para G. Galasso, esta última tendencia fue visible desde la época de Oñate. Proliferaron las estatuas del rey en la ciudad de Nápo-
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les y los retratos de los Aragón en conventos y palacios nobiliarios. Asimismo, se reformó la estatua de Alfonso de Aragón en Mezzocanone. Y aumentaron las imágenes de la Monarquía en las fiestas de Nápoles, como en otras ocasiones —quizá en este momento con mayor intensidad—. Además, también según la autora, a partir de los Aragón se observaría continuidad en la labor del gobierno virreinal, aunque era una tendencia ya acusada en virreyes anteriores. Entre las intervenciones más notables de Pedro Antonio de Aragón en el reino de Nápoles se encuentran las obras en el Palacio Real y la construcción de la dársena y el arsenal. En el palacio, según la autora, se ampliaron las estancias privadas con otras habitaciones que permitían el independiente de los invitados de rango a la galería abierta en palacio, donde se alojaba la colección de estatuas antiguas. Sin embargo, la exposición de obras con el marqués del Carpio sería de mayor calado. Por otro lado, el puerto se amplió y se dio un privado al palacio. ¿Hasta qué punto el virrey pretendía con estas obras reforzar el vínculo entre el palacio y Castilnuovo? Las obras en la nueva dársena se realizaron sobre proyectos anteriores, aunque Pedro Antonio de Aragón, según la autora, trató de desmarcarse de los colaboradores de Oñate. El proyecto fue de Antonio Testa y Bonaventura Presti. El sello de sus armas y leyendas en los planos de las obras y las fuentes de Carlos II y de cuatro ríos —las esculturas simbólicas de los ríos serían trasladadas a España— dejaron constancia de la repercusión institucional de la iniciativa en obra pública. El nuevo arsenal se inauguraría en 1668 y se convertiría en un nuevo espacio de
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ceremonial y zona de paseo para la virreina y las damas de la corte. Las críticas ocasionadas por los gastos de estas obras fueron respondidas por Aragón con textos jurídicos en los que se justificaba la inversión en representación. La amplia red clientelar del virrey se iría ampliando, además, gracias a los regalos de obras de arte de funcionarios y togados del reino, que buscaban, con ello, el favor de los Aragón. El esplendor del coleccionismo en aquel periodo fue visible en la relación del virrey con pintores y otras personalidades —familia, agentes y funcionarios—, que hicieron posible la recopilación de una importante colección pictórica y una biblioteca de la misma calidad. Ya hemos hecho alguna consideración al respecto. Sin embargo, la labor de mecenazgo queda ensombrecida por la crítica ante el traslado de numerosas obras de arte napolitanas a España. Otras fuentes nos remiten a la pasión por el arte de Pedro Antonio de Aragón (De Dominici), su interés por Cavallino, los encargos a Giuseppe Marullo —discípulo de Stanzione—, su preferencia por Andrea Vaccaro y la relación con Luca Giordano. La aportación de Diana Carrió-Invernizzi al respecto es el análisis de la procedencia de las obras de arte de Pedro Antonio de Aragón. Para la autora, solo algunas de ellas serían regalos, y otras, resultado de compras o encargos. La autora afirma que Pedro Antonio de Aragón itió, en algunos casos, que eran regalos para subrayar su propiedad y desvincular las obras del inventario de su mujer. Sea como fuere, entre donaciones y regalos aparecen cuadros de Luca Giordano, Ribera, Caravaggio, Vaccaro, Stanzione o Rubens ofrecidos por gente tan dispar como coleccionis-
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tas, cardenales, agentes artísticos y otros de los altos tribunales y funcionarios de la istración napolitana, como presidentes de la Sumaria, regentes del Colateral y de la Vicaría. Una reforma istrativa y el intercambio de favores subyacen en estas iniciativas, según se refleja en la obra. Asimismo, los de su Casa pudieron actuar de intermediarios y, también, la alta nobleza le ofreció obras de arte como regalos. Por último, Carrió-Invernizzi incide en la importancia de las Iglesias, nuevas devociones y fiestas de santos celebradas en Nápoles para corroborar la tendencia de la apropiación de espacios sacros y el aumento de la visibilidad regia, posterior a los acontecimientos revolucionarios de Masaniello. Algunas de estas iniciativas se hicieron sobre proyectos anteriores de Oñate. En las fiestas religiosas locales cobró protagonismo el poder político —aunque no era una novedad—, al tiempo que aumentaban las devociones españolas impulsadas por los virreyes —por ejemplo, la Virgen de la Pureza se convirtió en patrona de la ciudad de Nápoles y se introdujo el culto a la Inmaculada Concepción— y proliferaron las
imágenes de la Corona y ceremonias en lugares vinculados a la rebelión o en otros de patronazgo regio o fieles a la Corona. Asimismo, los virreyes Aragón ampliaron su presencia en San Paolo Maggiore y protegieron a los teatinos, los carmelitas descalzos y los jesuitas. Por último, Pedro Antonio de Aragón impulsó otros procesos de canonización, que se festejaron en Nápoles con celebraciones a cargo del virrey y que dieron ocasión a la exposición pública de retratos del rey y de los virreyes Aragón. En resumen, el libro que comentamos acredita cumplidamente que las imágenes y el ceremonial tenían un trasfondo político, palpable en los documentos y otras fuentes utilizadas. O, lo que es lo mismo, una vez más se demuestra que la labor política de la Monarquía y los reinos se expresó claramente a través de la promoción artística, festiva y del ceremonial. En definitiva, a mediados del siglo XVII la religión, los ritos y la cultura contribuyeron, en gran medida, a la construcción visual de Corona en los reinos a través del poder delegado de los virreyes y embajadores, con toda la complejidad inherente.
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Isabel Enciso Alonso-Muñumer Universidad Rey Juan Carlos
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DÉSOS, Catherine: Les Français de Philippe V. Un modèle nouveau pour gouverner l'Espagne (1700-1724). Estrasburgo, Presses Universitaires de Strasbourg, 2009, 540 págs., ISBN: 978-2-86820-391-5. Catherine Désos pertenece al Cuerpo francés de Archivos y Bibliotecas. Se dio a conocer en 2005 por la publicación en
la Universidad de Córdoba, desgraciadamente en francés, de una muy notable monografía sobre el Padre Daubenton,
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confesor de Felipe V. Era un primer paso hacia su tesis, que constituye el fondo del trabajo que reseñamos ahora. Su objetivo era evaluar el peso y el papel de los ses presentes en la corte de Felipe V en toda la primera mitad de su reinado. Désos se enfrenta allí no solo con un tema candente que lleva implícito toda una interpretación del siglo XVIII, sino con una historiografía abundante y de calidad. Es imprescindible recordar la obra de Baudrillart, que se remonta a más de un siglo y trata casi exactamente el mismo tema; también L'art de cour dans l'Espagne des Lumières (1746-1808), de Yves Bottineau (París, 1986), tan clásico como el anterior. Conviene mencionar los trabajos recientes de Concepción de Castro (A la sombra de la Felipe V. José Grimaldo, ministro responsable (17031726), Madrid, 2004), Anne Dubet (Un estadista francés en la España de los Borbones. Juan Orry y las primeras reformas de Felipe V (1701-1706), Madrid, 2008) y la tesis, todavía sin publicar, de Thomas Glesener (La Garde du roi. Pouvoirs, élites et nations dans la monarchie hispanique (1700-1823), Toulouse, 2007). Digamos de entrada que, a pesar de algunas debilidades que apuntaremos en su momento, el trabajo de Désos aguanta la comparación. Se acerca al tema desde un ángulo original que complementa adecuadamente la aportación de sus antecesores. La autora consultó un abanico impresionante de fuentes, en el Archivo Histórico Nacional, en el Archivo del Palacio, en Simancas, en el Archivo de Protocolos de Madrid; pero también y ante todo en el Archivo Nacional de París, en el Archivo del Ministerio Francés de Asuntos Exteriores, en el Ministerio francés del Ejército. Semejante variedad pone de relieve la gran fuerza de su trabajo: un excelente co-
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nocimiento de las fuentes de ambos lados de la frontera, que permite un seguimiento individualizado de cada uno de los actores implicados. Para Catherine Désos, en efecto, la influencia sa es ante todo una cuestión de hombres, de presencia física de súbditos ses en los círculos centrales de la Corte. Distingue globalmente tres grupos. El primero lo forma el personal diplomático; los embajadores, desde luego, pero también los agentes consulares y comerciales, oficiales, semi-oficiales y oficiosos, que representan en Madrid los intereses del comercio francés y que se esfuerzan por desviar hacia Francia los beneficios del comercio indiano. Muy influyente en los primeros años del reinado, este grupo se bate en retirada desde 1710 en adelante, cuando el Rey Sol, acosado por una sucesión de derrotas, tuvo la tentación de abandonar a su nieto a su suerte. Difícil resulta distinguir algunos del primer grupo de los componentes del segundo, los técnicos puestos a disposición de España por Francia. El más famoso es Orry, pero muchos otros hubo en Hacienda, en el ejército, entre los ingenieros. A largo plazo fueron ellos quienes tuvieron el papel más importante. Introdujeron reformas a veces técnicas, otras, como las de Orry en Hacienda, de gran calado político. Enviados para defender los intereses de Francia, llegaron a apasionarse por su tarea y a implicarse en una obra de regeneración de la Monarquía española. Dejaron España al fracasar, en 1714, la reforma de los Consejos que habían inspirado y ejecutado en 1712, año que marca sin duda el momento estelar de la influencia política de los ses en la Corte. Pero su influencia les sobrevivió. Se apoyaban en colaboradores españoles a los que inculcaron su espíritu, Tinajero,
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Pinedo, Vadillo, Patiño, Macanaz, Pedreja, Pascual de Villacampa, Armengual, y otros más, quienes se mantuvieron en la cúpula del poder, dando continuidad, ellos y los sucesores que formaron, a la corriente reformadora. El tercer componente lo constituyen los criados de la corte, fundamentalmente la Casa sa del rey. Felipe V nunca fue capaz de renunciar a las costumbres sas. Se rodeó de una cocina sa, de una cava sa, de secretarios ses, de lacayos ses, de pintores ses, unas trescientas personas que formaron alrededor suyo un círculo íntimo que se reproducía, a medida que morían sus , por la transmisión de sus cargos de corte a sus hijos, y que mantenía cierta cohesión por frecuentes matrimonios endogámicos. No tuvieron gran influencia política, pero sí cultural. La imitación del monarca sirvió para introducir la cultura sa en España. Este tercer grupo sobrevivió la caída de los otros dos. Sigue activo e influyente hasta la muerte de Felipe V, momento en que se difumina, permaneciendo muchos de sus en el país, pero ya totalmente integrados en la sociedad local. La princesa de los Ursinos, que pertenecía simultáneamente o perteneció sucesivamente, según las épocas, a los tres grupos, es quien mejor representa la complejidad de una influencia sa que no se puede interpretar como una función simple de las relaciones diplomáticas entre ambas cortes. Désos coincide en ello con Dubet, Castro y Glesener, y supera definitivamente, en este plano, la perspectiva de Baudrillart. Cada uno de los tres grupos suscitó reticencias por parte española y todas las críticas subrayaban su origen extranjero. Pero la xenofobia no era la clave del asunto. Las reacciones más fuertes afectaron al primer grupo, en defensa de los
intereses españoles en Indias. Dejar en manos de Francia el control del comercio americano, cuya conquista es el norte de la política sa en relación con Felipe V en toda la Guerra de Sucesión, era inconcebible, un tabú infranqueable y unánime. De ahí la eliminación temprana de los diplomáticos y el apoyo que dio Felipe V a los ingleses en los años inmediatos a la paz, especialmente en lo respectivo al del Asiento de negros. El segundo grupo fue también duramente hostigado, pero esencialmente por quienes se oponían a las reformas que potenciaban. Este grupo más bien creó una división en la sociedad española, al obligar cada uno a tomar partido a favor o en contra de las reformas, independientemente de quien las proponía. Fomentaron una dinámica esencialmente española. El tercer grupo suscitó críticas puntuales, por impedir el de los españoles a la persona real y al restar valor de esta manera a los puestos de Corte que conservaban los españoles, pero al ser su territorio el de la intimidad del monarca, poco se podía hacer, en la práctica, en contra de ellos. El hecho de prestar atención a la realidad de los hombres le proporciona a Désos unos marcadores que le permiten un seguimiento detallado de la presencia sa. Consigue así dar una imagen global de la misma, que faltaba en los trabajos de sus antecesores. No revoluciona nuestros conocimientos en ningún campo específico; pero cambia nuestra mirada sobre el conjunto al interconectar, por primera vez, nuestros conocimientos. No por ello me satisface del todo el libro. El tema daba algo más de sí. En dos aspectos. La influencia de los ses, por una parte, se derivaba de su relación personal con el monarca. El trabajo de Désos daba pie, consecuentemente, a un estudio de la extensión que podía tomar la voluntad
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personal del monarca dentro del sistema político. Ya que no tienen facultad innata ninguna para mandar en España, donde están ellos, allí está el rey en su más depurada capacidad real; y allí donde fracasan, allí están los límites del rey. Plantear el problema no significa añadir un ornamento más a una excelente investigación, sino explicitar las bases que hacen posible el fenómeno mismo que es objeto de la investigación. En este aspecto, el planteamiento del trabajo de T. Glessener, quien problematiza explícitamente la cuestión, me parece superior. En segundo lugar, la existencia de una favorable coyuntura no basta para dar cuenta de las altísimas cuotas a las que llegó, casi de inmediato, la influencia de los ses, no solo en cuestiones diplomáticas, lo que podría explicar la relación de poder existente entre ambos reinos, sino también en la vida política interna del reino y en el campo cultural. La Monarquía española estaba madura para abrirse masivamente a influencias externas, fueran cuales fueran. La mejor prueba reside en el hecho de que la caída de la influencia sa no llevó a una recuperación de «lo español», sino a la sustitución de los ses por los italianos, como muy oportunamente observa Désos. La corte de Madrid nunca estuvo encerrada en sí misma. Influencias flamencas e italianas tuvieron
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en ella un papel relevante en otros momentos. Siempre había conseguido, sin embargo, asimilarlas en una síntesis inconfundiblemente sui generis, una creación propia que se nutría de lo de fuera sin que se impusiera como referencia absoluta. Al respecto, algo cambia. Madrid, desde 1700 en adelante, siempre estará pendiente de un modelo extranjero que muchos actores en la Corte española considerarán explícitamente como un modelo, de seguir o de rechazar, pero como un modelo a fin de cuentas. ¿Cómo explicar semejante giro? En ninguno de los estudios que citábamos al empezar encontramos una respuesta satisfactoria, aunque algunos, como el Anne Dubet, se acercan a ella. En este tampoco. Lo anteriormente expuesto se puede leer como un lamento sobre una ocasión perdida, o como un prometedor programa de estudios. Le corresponde a la autora decidir. De momento, le agradeceremos un trabajo sumamente útil que nos proporciona una impresionante cantidad de datos, una imagen global, que no teníamos, del fenómeno estudiado y una demostración de las potencialidades de un seguimiento personalizado de los actores como método de investigación, más allá del campo de la micro-historia con el que erróneamente se suele confundir.
————————————————————–——J.P. Dedieu CNRS / LARHRA / Lyon
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DELGADO BARRADO, José Miguel: Quimeras de la Ilustración (1791-1808). Estudios en torno a proyectos de hacienda y comercio colonial. Castellón de la Plana, Universidad Jaume I, 2009, 423 págs., ISBN: 978-84-8021-718-7. El proceso de desarticulación del Imperio español en los siglos XVII y XVIII condujo a toda una serie de reformas encaminadas a la reconstrucción del concepto de Estado. Reformas en el ámbito político, económico, geoestratégico, social o cultural que configuran todo un proceso evolutivo, en palabras del autor «siempre con resultados ambivalentes entre una ambiciosa teoría y una reducida práctica». La obra de José Miguel Delgado Barrado Quimeras de la Ilustración (1791-1808). Estudios en torno a proyectos de hacienda y comercio colonial se enmarca en este contexto, creador de toda una riada de escritos de carácter regeneracionista, bajo la percepción generalizada de la necesidad de cambiar aspectos fundamentales del sistema político económico de la Monarquía hispánica. Numerosas voces de intelectuales, funcionarios, proyectistas, memorialistas, o de personajes cercanos a la istración se alzan a través de documentos impresos y de manuscritos, en su propósito de contextualizar los problemas de la Monarquía y, buena parte de ellos, de proponer soluciones alternativas de mejora. La obra de Delgado Barrado agrupa dieciocho trabajos que componen una miscelánea de escritos centrados en el pensamiento económico, el proyectismo, las compañías privilegiadas y los puertos, todo un crisol de autores e ideas en el Siglo de las Luces. Su dominio de proyectistas y memorialistas le convierte en un buen conocedor del espacio político que ocuparon impresos y manuscritos en esta época, y le per-
mite comparar los distintos sistemas económicos comerciales proyectados, contextualizándolos debidamente en sus respectivas coyunturas históricas. Delgado Barrado expone y disecciona perfectamente cada proyecto, cada memorial, cada documentación objeto de estudio utilizando una clara sistemática expositiva mediante el análisis de la bibliografía relacionada con la cuestión, la introducción de comentarios sobre el autor de cada proyecto y sus circunstancias personales, para finalmente abordar los antecedentes de la cuestión, junto a un desarrollo del contenido expositivo. El remate suele venir con unas conclusiones a modo de broche final al estudio. Su prosa es de verbalidad austera, dotada de precisión, que refuerza su capacidad analítica a la hora de examinar la viabilidad material de los distintos proyectos dieciochescos, y da vía libre a sus propias reflexiones sobre los pros y los contras de cada uno de ellos bajo una situación de hipotética materialidad. Quimeras de la Ilustración aparece encabezada con un proemio que antecede a dos bloques bien diferenciados pero complementarios entre sí: el primero, dedicado a la Real Hacienda, concretamente a la única contribución, y el segundo al comercio colonial, desde la perspectiva de la formación de las compañías privilegiadas de comercio y de las mejoras del sistema portuario peninsular, europeo y americano. El libro se cierra con un epílogo sobre los modelos del discurso americano y la imagen proyectada sobre América desde distintos focos metropolitanos, ame-
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ricanos o de personas individuales, entre los años 1781 y 1808. El proemio comprende tres trabajos que nos introducen en el ambiente general de la generación, transmisión y divulgación de ideas de la España del XVIII. El primer trabajo, «Ensenada versus Carvajal: un tópico a debate», se centra en dos figuras descollantes en el reinado de Fernando VI: el marqués de la Ensenada y José de Carvajal, ambos ministros reformadores que aprovecharon el viento favorable de la situación internacional de neutralidad y la regular entrada de ingresos en el Erario público para proponer diversas reformas. El autor demuestra ser un buen conocedor de ambas personalidades y analiza diversas actuaciones de este binomio político, que, a pesar de sus diferencias, funcionó razonablemente, garantizando la gobernabilidad de la Monarquía hispánica. El segundo trabajo, referido a la imagen comercial de Holanda en la España de Felipe V, se adentra en el ámbito de la transmisión de las ideas políticas y económicas en Inglaterra, Francia, Holanda y España durante la primera mitad del siglo XVIII. En este entorno, los escritores económicos se convierten en una herramienta política de los Estados y sirven a los intereses de los absolutismos monárquicos, enfrentados en debates abiertos que facilitan la transmisión de las ideas. Los enfrentamientos internacionales quedan así reflejados en la circulación y divulgación de escritos económicos, siendo sus traducciones a otros idiomas hechos perfectamente planificados como elementos propagandísticos de los Estados, que promovieron y alentaron su impresión, circulación y divulgación. El tercer artículo del Proemio, «La transmisión de las obras de Carvajal:
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del Testamento político a Mis pensamientos (1745-1753)», se interesa por las ideas del ministro José de Carvajal y Lancáster y las examina a través de tres de sus trabajos: el Testamento político, de 1745, la Representación, de 1752 y Mis pensamientos, de 1753. El pensamiento de este escritor estadista contenido en los citados opúsculos está directamente influenciado por la realidad política española de mediados de siglo, salpicada de conflictos bélicos europeos, del encumbramiento de figuras políticas como Ensenada y de un intenso período de reformas en casi todos los ámbitos de gobierno. El primer gran bloque documental de Quimeras de la Ilustración viene dedicado a la Real Hacienda, una de las cuestiones más debatidas por el proyectismo borbónico. El autor dedica su atención, dentro del período comprendido entre 1713 y 1791, a varios autores que trabajaron problemas como la única contribución o la elaboración del catastro. El primero de ellos es Alejandro de la Vega, un funcionario de la istración de la Real Hacienda, relacionado con los principales mecanismos hacendísticos del Estado en los primeros decenios del siglo XVIII, y recopilador de documentos, a la vez que escritor económico consumado. Delgado Barrado hace hincapié en su faceta como escritor económico, que ha pasado prácticamente desapercibida para la historiografía. Su pensamiento, aunque no destaca por su originalidad, se basó principalmente en el interés por controlar el gasto y racionalizar la fiscalidad. El segundo autor, Marcelo Dantini, es un personaje que anteriormente ya había sido objeto de atención por parte del autor, interesado en sacar a la luz a este memorialista, situado por la historiografía entre los personajes de
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«segunda fila», si se compara con los grandes es y políticos del siglo (Alberoni, Patiño, Campillo, Carvajal o Ensenada). Esta vez lo hace sobre su obra inédita acerca de la renta del tabaco en el siglo XVIII, un discurso que denota el profundo conocimiento de Dantini sobre la realidad del momento. Delgado Barrado contextualiza con maestría su carrera en la istración y sus relaciones con los principales decisores de la política hacendística del momento, rematando el retrato y análisis de su obra en una reflexión comparativa con las ideas de José de Carvajal. El tercer personaje es Francisco Carrasco de la Torre, marqués de la Corona y fiscal del Consejo de Hacienda, también sometido a olvido historiográfico por sus aceradas críticas a los ministros de Carlos III, entre ellos a Olavide. Carrasco canaliza su crítica hacia los excesivos gastos de caudales de la Monarquía que estaban agotando las arcas del Estado, lo que unido a la corrupción de algunos ministros había llevado a una situación insostenible. Como cierre de la primera entrega, Delgado Barrado nos presenta dos estudios más, uno sobre los proyectos de única contribución y el otro sobre las averiguaciones fiscales del catastro en Castilla. El primero aborda la obsesión del reformismo por la única contribución como impuesto equilibrado y equitativo sobre las rentas y rendimientos del trabajo, un ideal ampliamente compartido por generaciones de intelectuales en la historia de España. El momento en el que dicha idea estuvo más cerca de materializarse se produjo alrededor de la mitad del siglo XVIII, con el marqués de la Ensenada como principal defensor. Pero también fue durante el gobierno de Manuel Godoy, entre los años 1792 a 1798, cuando se
le dio una importancia de primer orden bajo la urgente premisa de conseguir la mayor cantidad de dinero posible a corto plazo. El segundo trabajo supone una aproximación al origen intelectual de la reforma fiscal del catastro de Castilla, materializada en el real decreto de 1749, en el que se establecía el interés de Felipe V por reducir a una sola contribución toda una serie de imposiciones fiscales. El segundo bloque de Quimeras de la Ilustración está ampliamente dedicado al comercio colonial, principalmente centrado en América, tanto desde el ámbito de las compañías privilegiadas de comercio colonial, como desde el de los puertos y sistemas portuarios. En el primer gran subapartado, relativo a compañías privilegiadas de comercio colonial, el autor comienza por exponernos una visión general de los modelos de compañías privilegiadas de comercio en el período de 1700 a 1765. Este trabajo hace las veces de introducción general sobre el resto de los capítulos del apartado, que aparecen más focalizados sobre el estudio de compañías específicas. Delgado Barrado nos despliega la compleja realidad del proyectismo y del reformismo del XVIII, volcado intensamente hacia una mejora del intercambio comercial entre España y América. La prolija documentación consultada es estructurada de cara a una más clara exposición, lo que lleva al autor a dividir los modelos de compañías en generales de comercio y compañías regionales y provinciales, exponiendo dentro de cada apartado toda una serie de proyectos de compañías que nunca se llegaron a constituir. En el trabajo «Puertos privilegiados y ordenación territorial: el proyecto de Juan Amor de Soria (1741)», el autor
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presta una extraordinaria atención al discurso de este proyectista y lo enmarca dentro de la corriente de pensamiento político del momento, comparándolo con otros proyectos del mismo corte anteriores y posteriores en el tiempo. Según Delgado Barrado, los proyectos de compañías españolas fueron una fusión entre la adaptación de modelos europeos y la tradición propia del pensamiento arbitrista del siglo XVII al caso español, de ahí su interés para la historia del pensamiento económico. Amor de Soria fue un ejemplo más de escritor político económico obsesionado por el control e integración del territorio de la Monarquía hispánica mediante diversos instrumentos, entre ellos, los puertos privilegiados y las compañías radicadas en algunos de esos espacios. Amor de Soria defendió una estructura de múltiples compañías privilegiadas, enmarcada en un discurso general sobre aspectos como la comodidad de los puertos, la necesidad de formar canales, la defensa de la nobleza comerciante o la utilidad del comercio marítimo. Cierran el primer bloque sobre compañías privilegiadas de comercio colonial dos estudios sobre espacios geográficos concretos: Filipinas y Canarias. El artículo sobre la formación de una compañía privilegiada para Filipinas (1724-1753) fija su atención sobre la importancia de ciertos escritos económicos de la primera mitad del siglo XVIII en torno a problemas y soluciones del comercio de Filipinas, y sobre la relación entre dichos escritores y la práctica reformista. Personajes como José Calvo, Uztáriz, Villadarias, Marcenado, Dantiny, José de Carvajal, junto a un escrito anónimo titulado Discurso, y otros proyectos, como los del Consulado de Andalucía en 1748 o
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el del Arzobispo de Manila en 1752, son exponentes del interés del pensamiento político económico por las Islas Filipinas a lo largo de la centuria, en base a su condición de pieza clave en el comercio internacional, a sus específicas condiciones comerciales y geoestratégicas, y a su condición de espacio de frontera en los intercambios comerciales a escala mundial. Por último, el territorio periférico de las Islas Canarias llama la atención de Delgado Barrado, que vuelve a planear sobre una visión general del reformismo borbónico, vinculada esta vez a las compañías privilegiadas y al comercio canario en la primera mitad del siglo XVIII. El proyecto de compañías de Juan Bautista Saviñón de 1749 proponía conectar el puerto de Santa Cruz de Tenerife con la isla de Trinidad a través de un modelo de compañía privilegiada de población y comercio para la isla, con sus propios rasgos específicos, frente a otras reales compañías de comercio como las de Caracas y La Habana, y frente a las reales compañías de fábrica y comercio, como las de Extremadura, Granada o Toledo. El último gran bloque de Quimeras de la Ilustración lo constituyen los puertos y sistemas portuarios del comercio colonial, una cuestión que domina en otros cinco trabajos. Para comenzar, Delgado Barrado nos introduce en el concepto de puerto en el Antiguo Régimen y en sus características como espacios privilegiados. Tomando como base la comparación entre puertos francos y compañías privilegiadas, nos muestra distintos proyectos sobre estas estructuras, así como las políticas portuarias de algunos Estados italianos y de España, dedicando una especial atención al Reino de las Dos Sicilias.
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Los dos siguientes artículos, «Los puertos privilegiados del sistema portuario español del siglo XVIII» y «El aperturismo portuario americano y las rutas comerciales privilegiadas» analizan cuestiones tan interesantes como las concesiones privilegiadas a puertos, el monopolio gaditano y las toneladas de Canarias, las reformas en los sistemas de navegación, la formación de compañías privilegiadas de comercio, la regulación de los buques correos o las habilitaciones portuarias como complemento al monopolio, permitidas gracias a los decretos de 1765 y 1778. En «Pensamiento económico y sistemas de navegación colonial. Del puerto exclusivo a las habilitaciones portuarias (1720-1765)» el autor expone las distintas fases por las que pasa el pensamiento económico español en relación con el apoyo al sistema de navegación imperante, hasta llegar al proceso gradual de habilitación portuaria producido entre 1765 y 1796. Hechos como el retorno a las ideas del ministro Campillo, la conquista de La Habana en 1762, el advenimiento de Carlos III al trono, y de sus nuevos ministros portadores de renovadas energías, pudieron ser elementos decisivos a la hora de poner en marcha nuevos proyectos. El trabajo «Pensamiento político y acción de Estado. El puerto de La Habana (1740-1762)» dirige su mirada a distintos escritos del pensamiento político español del siglo XVIII que tratan sobre el citado puerto caribeño. El período estudiado abarca los años 1740 a 1761, y algunos de los textos objeto de atención son una representación del proyecto político imperial de la Monarquía hispánica. Son los textos de Marcelo Dantiny, José de Carvajal, el duque de Sotomayor o de Manuel de
Leguinazabal. Otros escritos reflejan intereses particulares, bien de los accionistas de la Real Compañía de La Habana, o bien de la élite habanera, a través de la figura de José Martín Féliz Arrate. Todo este elenco de visiones sobre el puerto de La Habana realza su gran importancia como puerto de escala en el sistema portuario español, con importantes elementos comerciales, defensivos y mercantes. Para finalizar, «América en los escritos políticos metropolitanos y americanos. De las premoniciones (1781) a la Guerra de la Independencia (1808)» sirve de artículo de cierre. El autor se detiene con detalle en la contextualización de la producción de los discursos de fines del siglo XVIII y comienzos del XIX que protagonizaron los primeros avisos y advertencias sobre la futura descomposición territorial de la Monarquía hispánica. Escritos como el del marqués d’Aubarède para independizar México del control de la Monarquía (1766), o el dictamen de Pedro Rodríguez de Campomanes y José Moñino de 1768 configuran distintas visiones sobre el mismo problema, y la preocupación de las autoridades metropolitanas para prevenir la que ya se temía como futura independencia de las colonias americanas. Años después aparecen discursos como la Representación de José de Ábalos, intendente del Ejército y de la Real Hacienda en Venezuela, que propone la creación de tres o cuatro monarquías diferentes situando a los príncipes en los territorios correspondientes a las audiencias de Lima, Quito, Chile y La Plata, e Islas Filipinas; o la Memoria secreta.., de Pedro Abarca de Bolea, conde de Aranda (1786), en la que se proponía la división de la mayor parte de los territorios de la América española en varias mo-
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narquías independientes, aunque vinculadas a la metrópoli por vínculos sanguíneos. A estos discursos, sigue el análisis de la literatura jesuítica independentista, centrada en las figuras de José del Pozo y Juan Pablo Viscardo y Guzmán, y el plan de división monárquica de las provincias españolas en América de Manuel Godoy. A modo de breve conclusión sobre esta cuidada edición en tapa dura de
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Quimeras de la Ilustración, cabe destacar el excelente esfuerzo analítico de Delgado Barrado en esta miscelánea de escritos, al que se une la virtud de haber hecho fácil la comprensión de ese complejo mundo de las ideas no materializadas, un mundo enormemente revelador para el interesado en el pensamiento económico político de la Monarquía hispana del siglo XVIII.
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Marta García Garralón UNED
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RODRÍGUEZ GUERRERO, Carmen: El Instituto Cardenal Cisneros de Madrid: (1845-1877). Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2009, ISBN: 978-84-00-08872-9. Muchos serán los lectores que se acerquen a la lectura de esta obra. El propio título del libro, El Instituto Cardenal Cisneros de Madrid 1845-1877, llama la atención del público por el simple hecho de tratarse de la historia, o más bien, de los orígenes del emblemático e histórico Instituto Cardenal Cisneros de Madrid. No solo despierta la simpatía de aquellos «curiosos» investigadores de la historia de la educación interesados en la importante aportación que puede suponer este estudio de caso, de un instituto singular; o de los propios partícipes en la vida del mismo tanto profesores, alumnos como todo tipo de personal; sino que, también, de aquel amante por la historia de la propia ciudad y capital del país, y de aquellos otros a los que la importancia de la misma investigación les haga acercarse a la lectura de sus páginas. En definitiva, es un libro dirigido a
distintas miradas que se escapan del ámbito de la investigación histórica. El tema elegido y estudiado por Carmen Rodríguez Guerrero se enmarca dentro de dos corrientes historiográficas. Por un lado, forma parte de lo que todos conocen, y en estas décadas está de moda, por historia de la segunda enseñanza, y por otro lado, de una historia institucional de un espacio concreto, el Instituto Cardenal Cisneros. Ambas le sirven para realizar una inédita aportación a los conocidos planes y proyectos educativos generales de enseñanza secundaria. Su enclave geográfico, Madrid, su emplazamiento urbanístico, junto a la antigua Universidad Central de Noviciado, y el componente de capital humano que gobierna y asiste al centro, la clase media madrileña y del país, permite conocer cómo los pasos que ha dado este instituto han condicionado la historia políti-
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ca y educativa de España. Sería, como se ve, una simple historia institucional si no fuera por todas estas características que hacen que el conocimiento general tenido hasta entonces, hasta hace pocos años, sea puesto en duda, convirtiendo en tema nuevo de estudio, como el mismo Alejandro Tiana escribe en el prólogo, la configuración de la educación secundaria en la segunda mitad del siglo XIX. En palabras de la autora, la vida de este instituto forma parte de los acontecimientos sociales, políticos e institucionales de la historia española decimonónica y es un laboratorio de experimentación pedagógica nacional. La historia de la segunda enseñanza ha sido la gran olvidada de los tres niveles educativos: primaria, secundaria y superior. En las últimas décadas, las cuestiones hasta ahora cerradas y consensuadas están siendo puestas en la palestra del debate historiográfico gracias a la existencia de estudios como este, estudios de carácter local o institucional, estudios interesados por la vida curricular o personal de la gente que ha formado parte de la vida de los institutos. Han desmontado, o en su defecto enriquecido, el conocimiento existente acerca de la configuración de un plan educativo dirigido a la clase media española, en el marco de la configuración del liberalismo moderno. El esfuerzo que se está llevando a cabo en este ámbito está presente no solo en la publicación de este tipo de investigaciones, sino también en la aprobación de proyectos para la recuperación del patrimonio histórico de los institutos de educación secundaria, como es el caso del I.E.S. Cardenal Cisneros y toda la red nacional de institutos históricos españoles que, incluso, cristalizan este interés en la red publicando todo el
material posible sacado del archivo, biblioteca, gabinete o laboratorio. Este estado de la cuestión no es una novedad historiográfica, sino que, la mayor parte de los países europeos están modificando la concepción de la segunda enseñanza a partir de trabajos socioculturales. La autora en la introducción del libro presenta la estructura, así como, en los propios capítulos, los objetivos que se pretenden conseguir y las fuentes empleadas. No ha faltado ningún tema que tratar. La visión microscópica ha partido desde la propia arquitectura del edificio hasta el manual escolar, pasando por elementos que parecen externos a la historia del instituto y que la autora los considera como novedad, caso de los propios padres de los alumnos. Sí, en cambio, se echa en falta un apartado referente a un tema polémico de gran actualidad, el de género, de la introducción de la mujer en el Instituto Cardenal Cisneros como alumna y profesora. A priori se piensa que se está ante una obra que narra el origen del instituto desde 1845 a 1877. Pero una vez conocedor del índice, pero, sobre todo, de los datos aparecidos en las páginas, se es consciente de que el motor que guía la investigación es el enfrentamiento entre dos concepciones pedagógicas diferentes: la progresista y la moderada. Por ello, aunque en una primera parte prevalezca la división cronológica de los hechos y en una segunda parte sea la temática, la disyuntiva pedagógica prevalece a lo largo de todo el análisis en sus diferentes apartados: en la configuración de los planes de estudio, en el profesorado, en los alumnos, en el material didáctico, etc., influyendo hasta en el propio nacimiento del centro. Ante esta aportación, lo que se demuestra es que el
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estudio de este instituto permite reflejar cómo a través de las prácticas educativas, de la vida escolar cotidiana, esta institución educativa era laboratorio de experimentación pedagógica y cómo su imbricación con la vida política del país era fundamental para regir la propia historia educativa de España. La centralidad del tema presentado se enriquece con todo el conjunto de fuentes utilizadas por la autora. El mayor peso de las estudiadas recae en la propia documentación del instituto. El resto son de carácter bibliográfico, publicaciones periódicas y leyes. Estas le han permitido encuadrar el contexto en que está circunscrito el origen y desarrollo de la vida de este centro, así como, ejemplificar e introducir argumentos de los protagonistas del momento referentes a los cambios importantes dados en la segunda enseñanza española. En cuanto a la bibliografía, ha faltado hacer referencia a estudios de segunda enseñanza recientes más allá de obras generales de historia de la educación, que le hubieran permitido ofrecer un estado de la cuestión, de la que carece la obra, y encuadrarla en el marco de las investigaciones de los últimos años, a la vez que apoyar la idea de algunos argumentos. Además, cuando la autora compara los cambios pedagógicos y modelos educativos con el proyecto francés o alemán, hubiera sido muy positivo que se justificase con una bibliografía más extensa. Las fuentes primarias son la mayoría documentos inéditos, revestidos de monumentalidad y protagonismo al ser obra de individuos que, no solamente han influido y participado en la vida educativa del instituto, sino que han sido los personajes principales en la reorganización y planificación del bachillerato español contemporáneo, y los
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precursores de las corrientes pedagógicas del momento, krausistas- conservadores; en definitiva, en la vida política del país. Ejemplo de ello son: Ángel Osorio y Gallardo, Fernando de Castro, Giner de los Ríos, José Balsera, entre otros. Además, la autora ha puesto una novedad insólita en este libro y es el empleo del patrimonio histórico y científico del centro como fuente primaria de estudio, que apoya y enriquece los planteamientos generales de la historia de la educación, demostrando cómo la práctica se alejaba de la propia ley general: la Biblioteca-Museo, la Escuela Botánica del Instituto, el Gabinete de Física, el Gabinete de Historia Natural, el Jardín Botánico y el Laboratorio de Historia Natural y de Fisiología e Higiene, el Laboratorio de Química, y los diferentes recursos y materiales didácticos. Este compendio documental ha posibilitado obtener estos resultados: un anexo exhaustivo de los catedráticos del centro, importantes tablas y gráficos estadísticos de alumnado, del horario de las asignaturas y de los responsables docentes de las mismas, modelos de planes de estudio barajados en el centro a través de los manuales de los que son autores los propios profesores del instituto y que se localizan en las listas oficiales de bachillerato, así como el ejemplo de uno de ellos, Manual de Historia Natural del catedrático Galdo López de Neira, a través del cual se pueden conocer los planteamientos didácticos, temáticos en los que se mueve la orientación pedagógica y científica española respecto a Europa; o incluso, las mismas ilustraciones del material docente. Al margen de la riqueza que brinda este archivo, el rastreo por los fondos del Archivo General del MEC le permiten a Carmen comparar estos datos con lo que sucede
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en el Instituto de San Isidro, fundamentalmente, y en otros institutos españoles, como el de Barcelona, por ejemplo. Conocer las fuentes del Archivo General de la istración hubiese sido de gran utilidad para ampliar la visión de este trabajo. Estas obras históricas y el material empleado introducen nuevos temas socio-culturales, que parecen, de antemano, impropios de lo que la tradición entiende por una historia institucional: cómo a través de un manual se puede ver la consideración de la investigación científica en España, el enfrentamiento científico-religioso general y el nivel de avance científico español, por ejemplo; cómo se modifican planteamientos generales al aplicarse a la vida del centro, o cómo el origen de un proyecto educativo es fruto de una previa experimentación en el Instituto Cardenal Cisneros; cómo se involucra la vida de este en la situación política española, y a la inversa, debido a su situación urbanística en el centro madrileño y junto a la Universidad Central de Noviciado; cómo influyen los padres y alumnos en la vida escolar y en los planeamientos didácticos llevados a cabo; cómo se ve el papel de la propia madre, de los padres y de los alumnos conocida a través, por ejemplo, de fuentes tan novedosas como los argumentos dados en la inauguración de los cursos; cómo los profesores del instituto son los artífices de la mayor parte de los manuales escolares de bachillerato español del momento, de los que se puede conocer cuál es su formación, sus publicaciones, su trayectoria política y social, las confrontaciones ideológicas entre los mismos, los escalafones y problemas de la carrera docente, en definitiva, recuperar la aportación docente de estos individuos y de los centros adscri-
tos al instituto para que no queden en el olvido, etc. Es decir, cómo sirve el Instituto Cardenal Cisneros para conocer por un lado, la vida más cotidiana, cultural del bachillerato español, ya que ha bajado a niveles tales como el propio personal subalterno, y cómo este caso sirve para entender el origen y el planteamiento de los diferentes proyectos educativos nacionales. En conjunto, el estudio queda revestido de una exposición positiva de datos y argumentos, en los que algunos casos falta interpretación por parte de la autora, inexistente también en las conclusiones, que son un compendio general de lo expuesto a lo largo del trabajo. Únicamente lanza, en la última parte de la obra, una sugestión al lector. Todo este recorrido histórico quiere que invite a hacer una reflexión: todo manual es una representación de la realidad que aprende el alumno que lo tiene en sus manos y cómo estudios de este tipo sirven, no solo para conocer una serie de datos sin más, sino que son reflejo de unos valores morales y sociales que se transmiten a los alumnos y que, por lo tanto, deben utilizarse como ejemplo para aprender a superar las discrepancias pedagógicas y políticas que se trasladan a la cabeza y alma del mismo. Como el lector podrá comprobar, gracias a esta nueva línea de investigación, se ha podido conocer que gran parte de los debates actuales de los planes de estudio encuentran sus raíces en esta época y cómo las discusiones formuladas entorno a ello son paralelas al presente. Usted, lector, está ante una investigación, que siendo producto de una tesis doctoral, es trabajo de una especialista de la historia educativa de bachillerato y de la vida del Instituto Cardenal Cisneros; que si lleva años
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trabajando como docente en este centro, ha sabido conjugar lo que es una historia institucional con un estudio más socio-cultural. Ha permitido modificar la visión tenida hasta ahora acerca del proceso de planificación y estructuración de los planes educativos de segunda enseñanza, gracias a la experimentación pedagógica llevada a cabo en el Instituto Cardenal Cisneros. Ha puesto en duda historiográfica muchos aspectos consensuados. Y ha posibilitado servir como ejemplo docente para la formación del alumno de nuestros días, porque cualquier paso dado en un
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centro y en la política educativa es importante en la maduración del carácter del joven. Pero, sobre todo, ha sacado a la luz la vida de un instituto singular, no solo por su monumentalidad, sino también por la riqueza documental que aporta a la historiografía de la segunda enseñanza española. Es, en definitiva, una llamada de atención a seguir con la recuperación del patrimonio histórico de los institutos de educación secundaria, que ella misma se encargará en la publicación de un segundo volumen de la historia de este centro.
———————————————––———–— María Luisa Rico CSIC
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CASTILLO, Santiago (dir.): Historia de la UGT. Madrid, Siglo XXI, 2008-2011, 2079 págs., 6 vols., ISBN: 978-84-323-1195-6 (obra completa). Pocas instituciones contemporáneas, que siguen vivas y activas en la actualidad, pueden presumir de disponer de una historia tan completa, amplia y rigurosa, como la que, bajo la dirección de Santiago Castillo, se comenzó a publicar en el año 2008 y acabó su edición en el 2011. Nos referimos, claro está, a la Unión General de Trabajadores, aquel sindicato cuya historia se inició nada menos que en 1888 y después de cubrir todo el siglo XX, ha llegado hasta nuestros días en plena actividad. La primera característica que destaca de esta obra es, precisamente, el afán de globalidad histórica. Hasta hoy no existía ninguna publicación que recogiese de manera completa y definitiva la historia del sindicato socialista
en todas sus etapas. Se habían publicado libros —algunos clásicos— que abarcaban períodos concretos de su historia, como el que en 1977 publicó uno de sus dirigentes históricos, Amaro del Rosal, sobre el período de 1901 a 1939. El propio del Rosal en el mismo año publicó las actas del sindicato desde el año de su fundación hasta 1913. Otros trabajos han ido tratando etapas concretas de la historia de la UGT, como el que en el 2010 dirigieron Alicia Alted, Manuela Aroca y Juan Carlos Collado, centrado en los años 1931-1975, e incluso algunos autores, como es el caso de David Ballester, abarcaron toda la etapa histórica, en varios volúmenes, pero limitando su radio de acción en este caso en Cataluña.
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Sin embargo, nadie se había planteado una obra general que desde los prolegómenos del sindicalismo socialista —prácticamente desde el momento en que se empezó a desarrollar la ideología marxista en España durante el sexenio revolucionario del siglo XIX— llegase hasta 1994, cubriendo prácticamente toda la historia de la UGT hasta finales del siglo XX. Y la carencia era significativa, no solo por la pervivencia durante más de un siglo del sindicato socialista, sino porque difícilmente se puede explicar la historia del movimiento obrero español —y de buena parte de la historia de España del siglo XX— sin la UGT. Un sindicato que, ciertamente, vivió y sufrió etapas de precariedad organizativa y muchos años de clandestinidad, pero que en momentos claves, como fueron el período anterior a la dictadura de Primo de Rivera, o los años republicanos de la década de los 30, tuvo una acción decisiva. Y su presencia social en España, después de la dictadura de Franco, ha sido indiscutible. La segunda característica que queremos destacar de esta obra es la innegable autoridad de sus autores. Como no podía ser de otra manera, nos encontramos ante una obra colectiva, dirigida por Santiago Castillo, y en la que participan primeras espadas en el campo de la historiografía del movimiento obrero y de la historia social, que abarcan historiadores de distintas universidades españolas, José Luis Martín Ramos y Pere Gabriel, de la Universidad Autónoma de Barcelona, la ya desgraciadamente desaparecida Marta Bizcarrondo, que impartió docencia en la Universidad Autónoma de Madrid, Abdón Mateos, de la UNED y Rubén Vega García, de la Universidad de Oviedo. Un plantel de historiadores
de origen diverso, pero todos ellos especialistas en la materia de la que tratan. Así, la obra ha sido concebida y estructurada por períodos de los cuales se encarga cada uno de los autores. Santiago Castillo, además de director, es el responsable del primer volumen —la primera etapa—, cuyo subtítulo «Un sindicalismo consciente, 1873-1914» pone de relieve la característica básica que aparece en los orígenes del sindicato socialista: crear un sindicalismo, un instrumento de reivindicación y de lucha, útil y al mismo tiempo responsable para que los trabajadores pudieran conseguir sus objetivos. Los inicios de la UGT, sin embargo, no fueron fáciles: la España de la Restauración —el sistema político en el que se sustentaba— no se lo puso fácil a las clases populares para que pudieran plantear de forma pacífica y democrática sus derechos. Por otra parte, el socialismo marxista tuvo un serio competidor en el movimiento anarquista, con el que muy pronto compitió para controlar el mismo espacio. Ello explica que aunque la UGT se fundara en 1888, en Mataró, en Cataluña —donde existía el movimiento obrero más desarrollado y estructurado de España—, consiguió muy poco arraigo entre la clase obrera catalana. Y hasta finales del siglo XIX sus avances fueron muy precarios. No fue hasta después de la crisis de 1898 cuando consiguió progresivamente asentarse como organización, a partir del triángulo prefigurado en los tres ejes de desarrollo, situados, respectivamente, en Madrid —donde había arraigado inicialmente entre los tipógrafos—, en Asturias —donde se estaba desarrollando un significativo movimiento entre los mineros— y en Vizcaya —sede de una industria siderometalúrgica que tuvo un importante desa-
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rrollo en las últimas décadas de siglo—. A partir de las reivindicaciones que planteó, del recurso a la huelga, de la reivindicación de las 8 horas de trabajo, de la celebración del 1.º de mayo, la UGT fue asentando una organización, que pronto consiguió estructurarse en los distintas ramas laborales, incluso entre el campesinado, hasta que llegó en 1914 a la que Castillo denomina su «mayoría de edad». El período siguiente, «Entre la revolución y el reformismo, 1914-1931», que ha trabajado José Luís Martín Ramos, es harto complejo. En primer lugar, porque el inicio de la Gran Guerra de 1914 —con la conflictividad social que comportó en España— propició un amplio desarrollo del sindicalismo, tanto en el caso de la UGT como de la CNT. Tras alcanzar su madurez, el sindicato socialista se había convertido en una auténtica organización de masas, capaz de plantar cara al estado y de llevar a cabo la huelga general revolucionaria de agosto de 1917. La crisis de 1917, la llegada al Parlamento español por primera vez en la historia de dirigentes ugetistas como Largo Caballero o Besteiro, el estallido de la revolución rusa y su impacto entre la clase obrera española y el sindicato socialista, la creación del PCE, las relaciones entre la UGT y la CNT, la intensa agitación social del período 1919-1923, los años de la dictadura de Primo de Rivera —durante los cuales la UGT se convirtió en el único sindicato legal y llegó a colaborar con el dictador— son tratados por Martín Ramos con agilidad, rigor pero con una cierta condescendencia hacia la UGT, sobre todo cuando se centra en las relaciones que mantuvo con la CNT, sus contradicciones con el PCE y la política que desarrolló durante la dictadura. Los años de paz —cuanto menos de «paz civil» sino siempre de «paz so-
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cial»— de la Segunda República son tratados por Marta Bizcarrondo en el tercer volumen subtitulado «Entre la democracia y la revolución, 19311936». De nuevo, como en los años anteriores, la «revolución» vuelve a estar en las expectativas más o menos inmediatas de los socialistas. Bizcarrondo pone de relieve en este volumen la estrecha relación que existe entre la estrategia del partido, el PSOE, y la del sindicato, en particular durante el primer bienio, cuando ambos se convirtieron en los auténticos «pilares» de la nueva democracia. Sin embargo, la agudización de la cuestión social, en plena depresión económica mundial, el fracaso de la política reformista del bienio reformista, llevó a una progresiva radicalización de la UGT que, tras las huelgas campesinas del verano de 1933, culminó en la revolución de octubre de 1934, que en Asturias tuvo una clara implicación de los socialistas. La represión posterior no hizo perder un ápice el impulso revolucionario de la UGT, que jugó un papel sumamente importante en la constitución del Frente Popular, en febrero de 1936. «Un sindicalismo de guerra, 19361939» es el subtítulo del volumen escrito por Pere Gabriel, para tratar de los años del enfrentamiento armado, unos años complejos, durante los cuales la UGT y sus hombres volvieron a jugar un papel de primer orden en la vida política, social y económica de España. En las más de 550 páginas de este volumen —el más extenso de la colección— Gabriel hace un repaso exhaustivo de la presencia de la UGT durante todo el período que arranca en las jornadas de julio de 1936, con las que se inició el conflicto bélico, y culmina en la derrota republicana. Pocos son los temas que deja de tratar en este volu-
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men, desde la presencia institucional de la UGT en el gobierno, la crisis interna que quedó reflejada en la formación de las ejecutivas —en un momento en que el PCE se integró en el sindicato—, la participación ugetista en la ejército republicano y en la guerra, prácticamente toca todos los aspectos de estos años tan intensos. Pero destacaría, sobre todo, el capítulo que dedica a la «geografía» de la UGT durante la guerra, donde se centra en la participación que tuvo el sindicato en los distintos territorios de la España republicana; y las páginas que dedica al estudio de la economía, en especial al papel que la UGT jugó en las colectivizaciones agrarias e industriales que se desarrollaron en el conjunto del territorio republicano. En estas páginas queda claro que un tema tan importante como el de las colectivizaciones —clave para entender la propia guerra civil— la UGT también intervino con ímpetu a menudo al lado de la CNT y a veces por iniciativa propia. Los años del franquismo son tratados por Abdón Mateos en el volumen «Contra la dictadura franquista, 19391975», donde se centra, como resume Santiago Castillo, en la «recuperación, continuidad y reconstrucción». El franquismo representó para la UGT, como para el resto de organizaciones populares y de izquierda, una ruptura histórica sin precedentes, que se concretó en la sistemática represión a que todos ellos fueron sometidos. Tras ahogar en sangre la resistencia de la posguerra, la UGT tuvo que desarrollarse en buena medida en el exilio. La refundación realizada en 1944, para recuperar las esencias de sus orígenes —los años de Pablo Iglesias— le permitió una presencia internacional significativa, aunque en el interior tuvo que pasar, como
el resto de organizaciones, por la travesía del desierto a que le condenó el franquismo. Sin embargo, los cambios económicos y sociales que se experimentaron en los años 60 permitieron una presencia en determinadas zonas de implantación ugetista que garantizaron la continuidad del sindicato —y su presencia en las luchas sociales de estos años—, en la perspectiva de la reconstrucción definitiva que se produjo en los últimos años del franquismo. El último volumen de la historia de la UGT «La reconstrucción del sindicalismo en democracia, 1976-1994», de Rubén Vega García, se inicia con el proceso de reorganización sindical que tuvo lugar de manera inmediata tras la muerte de Franco. Con un proyecto moderado, en estrecha relación con el PSOE, a través de importantes vínculos internacionales y, sobre todo, aprovechando las raíces históricas firmemente asentadas en la clase obrera, la UGT volvió a alcanzar el carácter de sindicato mayoritario. Sin embargo, la crisis económica de los años 70 y 80 y la política reivindicativa que desarrolló acabaron forzando importantes elementos de contradicción con el PSOE, a partir del momento en que este partido llegó al poder en 1982. La huelga general de diciembre de 1988 fue la concreción de un importante desencuentro. El volumen culmina con una reflexión a propósito de los cambios operados en la clase obrera española y la nueva función social que deben cumplir los sindicatos. A destacar, en el conjunto de la obra, una cierta unidad de composición: todos los volúmenes poseen un apéndice, con algunos documentos, biografías de los dirigentes más importantes de cada etapa, una cronología y la relación de fuentes y bibliografía utilizados. Aunque solo en algunos
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volúmenes aparece un índice de nombres. Para acabar, y como una de las pocas críticas que haría al conjunto de la obra —a excepción del volumen de Pere Gabriel— destacaría una cierta
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visión centralista de la historia de la UGT, crítica que, en cualquier caso, no desmerece la importancia historiográfica y el valor de la obra para la historia del movimiento obrero español.
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HAUSMANN, Frank-Rutger: «Vom Strudel der Ereignisse verschlungen». Deutsche Romanistik im «Dritten Reich», 2., durchgesehene und aktualisierte Auflage. Frankfurt am Main, Vittorio Klostermann (Analecta Romanica, 61), 2008, 818 págs., ISBN: 978-3-465-03584-8. Desde hace algunos años asistimos, en especial en Estados Unidos y Alemania, a un giro reflexivo de las ciencias humanas, que se refleja en un especial interés por la historia de las instituciones e investiga los fundamentos sobre los que se han construido los campos académicos nacionales. Dentro de esta tendencia, y anudando con el propósito de esclarecimiento del pasado totalitario alemán, Frank-Rutger Hausmann, catedrático de literaturas románicas en la Universidad de Friburgo, ha concluido, tras dos décadas de trabajo en el curso de las cuales ha examinado casi un centenar de archivos, su obra monumental sobre la Romanística bajo la dictadura nazi. La primera parte del libro recorre las transformaciones sufridas por la universidad a partir de la toma del poder por Hitler, cuyas consecuencias iniciales tuvieron que ver con la eliminación de profesores no gratos al régimen, el despido de ochocientos profesores, de los cuales el 85% eran judíos, y que equivalía a una quinta parte de los romanistas. Esta fase de reorgani-
zación del personal se cerró apenas en un par de años, y frente a lo que pudiera esperarse, Hausmann constata que los gestos de solidaridad hacia los despedidos, entre los que se encontraban romanistas eminentes como Erich Auerbach, Helmut Hatzfeld, Leonardo Olschki o Leo Spitzer, fueron escasos. La sincronización (Gleichschaltung) de la Universidad no se hizo esperar y pronto experimentaría el cambio de un Estado basado en la legalidad al de uno basado en los decretos y el Führerprinzip. Estas transformaciones se organizaron a través del recién creado Reichsministerium für Wissenschaft, Erziehung und Volksbildung que centralizó la educación superior y terminó con la autonomía de las universidades. Si bien los nazis no disponían inicialmente de un concepto claro sobre política científica e intelectual, más allá del propósito de arrancar de raíz el carácter «liberal», «judío» e «internacionalista» que imputaban al ámbito universitario, este fue apareciendo a través de toda la serie de medidas decretadas por el nuevo gobierno. En el ámbito de la Roma-
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nística, se tendió a sustituir el estudio de la lengua y la literatura por el del «ser» de los pueblos, de modo que se mantenía el enfoque comparativo, aunque fuera para resaltar siempre la superioridad alemana, como se hizo evidente en el estudio de la cultura sa, enfocado ineludiblemente de manera antagónica entre la «civilización» sa y la «cultura» alemana, el Reich racialmente puro y la «nación de negros», degenerada por su tolerancia racial, el Estado como estructura artificial y el Reich como expresión de la voluntad orgánica de un pueblo. Además de la centralización, el autoritarismo fue introducido en las universidades, de modo que el rector pasó a ser considerado el Führer de la universidad. A los docentes pasó a serles exigido el cumplimiento de una nueva serie de deberes, como la participación en «campamento para docentes» (Dozentenlager), donde los futuros profesores de universidad recibían durante tres meses una formación paramilitar, lo que suponía una considerable humillación para muchos académicos, por someterlos al informe decisivo de instructores de las SA en cuanto a sus cualidades físicas o su entusiasmo político. La segunda parte del libro se ocupa de las repercusiones de la tiranía nazi sobre las biografías de romanistas concretos, tanto los exiliados como los que permanecieron en sus puestos. Hausmann critica la clasificación ya célebre que Helmut Heiber (Universität unterm Hakenkreuz. Der Professor im Dritten Reich, 1991) hiciera en «adversarios», «indiferentes» y «creyentes» respecto a los científicos y su aptitud frente al Tercer Reich. Para Hausmann, la realidad es mucho más compleja y, en el caso de los romanistas, puesto que no había un solo miembro del NSDAP antes de 1933, por lo que más que de
«creyentes», debería hablarse de «conversos» o más bien de «advenedizos» frente a los «distanciados». En líneas generales, el apoliticismo que predominaba en la filología frente a otras disciplinas como la sociología o la historia, facilitó la labor de los nazis, siendo así más destacable la actitud de los pocos que se negaron a plegarse enteramente a las directrices del nuevo régimen. Los escasos ejemplos de quienes, habiendo permanecido en Alemania, osaron criticar al régimen, muestra que, a falta de socialdemócratas o comunistas, exiliados y de todos modos escasos en las filas universitarias, la oposición más constante partió de un reducido grupo de católicos convencidos, especialmente en Múnich. Asimismo, la situación profesional podía ofrecer un mayor margen de maniobra y los romanistas de fama internacional, como Ernst Robert Curtius o Karl Vossler pudieron evitar los gestos explícitos de adhesión al nacionalsocialismo, aunque fuera a costa de dejarse instrumentalizar por el régimen que los usaba como muestra de la excelencia académica de la Universidad del Reich. Por supuesto, en los mejores de estos casos solo puede hablarse de resistencia pasiva, articulada en determinados gestos que se compensaban con otro tipo de concesiones al régimen, que exigía la obediencia de sus funcionarios. De resistencia activa puede hablarse con propiedad únicamente en el caso de Werner Krauss, romanista de la Universidad de Marburgo que formó parte de la conocida como «Orquesta Roja» (Rote Kapelle), compleja red de espionaje a favor de la Unión Soviética y que solo se libró de la pena capital por declararlo perturbado un amigo psiquiatra. Aunque la obra se centra en la situación en Alemania, Hausmann repasa
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brevemente la trayectoria de los romanistas alemanes en el destierro, con la peculiaridad de la estancia en Turquía de muchos de ellos. Entre estos destaca el caso de Leo Spitzer, destituido de su puesto en Colonia en 1933, cuyos seguidores le mostraron una notable fidelidad, hasta el punto de que varios de ellos, a los que no afectaban las leyes raciales, se exiliaron con él en Estambul. En cuanto a los romanistas exiliados en Estados Unidos, su impronta fue mucho menor que la dejada por otros exiliados, sobre todo sociólogos, pero nada desdeñable durante una generación al difundir la orientación comparatista, cuyo mayor hito fue la fundación de la revista Romance Philology, por Yakov Malkiel. Pero la biografía tratada con mayor amplitud en esta segunda parte es la de Hugo Friedrich, por su carácter paradigmático de una trayectoria bajo el Tercer Reich: discípulo inicialmente de un profesor judío como Leo Spitzer, se esforzaría por distanciarse de su maestro, entrando por motivos de conveniencia en las SA y el NSDAP, utilizando sus conocimientos durante la guerra en el interrogatorio de prisioneros ses. Apresado por soldados británicos al término de la guerra, fue al poco tiempo liberado. La de Friedrich es una biografía típica por ser no la de un nazi convencido sino la de alguien que hizo concesiones al «espíritu de su época» para afianzar su ascenso en la universidad. La tercera parte del libro muestra cómo, aunque la mayoría de los estudios romanistas publicados durante la época nazi continuaban una tradición apolítica que había marcado a la especialidad, hubo un porcentaje significativo de obras que se basaron en principios de la ideología nacionalsocialista. Así, mientras que algunos lingüístas
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perseguían una historia de la lengua que resaltara las raíces «nórdicas» de los pueblos afines, autores como Eduard von Jan, Walter Mönch o Kurt Wais aplicaban a la historiografía literaria sa los criterios de las leyes de Núremberg, distinguiendo entre las diferentes categorías de judíos y negando el carácter «francés» de estos, por ejemplo, en el caso de Marcel Proust. Hausmann describe una tónica similar en las revistas especializadas, con aproximadamente un 25% de trabajos claramente orientados dentro de una «Romanística nacionalsocialista». La cuarta parte, dedicada a la Romanística alemana durante la guerra, resulta la más extensa y compleja del libro y describe cómo la Alemania nazi victoriosa de los primeros años de guerra quiso extender su discurso por todo el continente europeo. En esta política cultural tuvieron un papel destacado las universidades refundadas en países ocupados, como las de Praga, Poznan y Estrasburgo. Sin embargo, el instrumento más importante de la política cultural nazi fue el Deutsches Wissenschaftliches Institut, que hacia el final de la contienda contaba con 22 sedes, desde Oporto y Barcelona a Tirana y Odessa. Inaugurados con el fin declarado de imponer la superioridad cultural alemana y captar para ella a las élites extranjeras, sus sedes a menudo fueron las embajadas de países sometidos (especialmente las de Polonia, como en París o Bruselas, o la checoslovaca, como en Madrid) y por ellas pasó lo más granado de la ciencia alemana, como el filósofo Gadamer o el romanista Vossler en 1944, cuando los institutos ya se encontraban bajo el mando de Franz Alfred Six y con ello al servicio de la política de las SS. Especialmente significativos fueron los casos de
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los institutos alemanes fundados en Bucarest, Odessa y Tirana. Dirigidos por romanistas como Ernst Gamillscheg o Günther Reichenkron, conocedores excepcionales de las culturas balcánicas, su labor se vio condicionada por los criterios políticos que pretendían, en primer lugar, sustituir cualquier influjo cultural anterior (el francés en Rumanía, el ruso en Odessa o el italiano en Tirana), para formar élites adictas a la cultura germánica y que sirvieran a la política expansionista nazi en el sudeste europeo. En cuanto al caso de España, Hausmann pone de manifiesto el especial interés del régimen nazi en afianzar las relaciones culturales con nuestro país, tanto por el afán por comprometer al gobierno franquista en la entrada en la guerra como para mejorar las relaciones con los países hispanoamericanos. El 24 de enero de 1939 se firmó el «Convenio de Burgos» que debía haber supuesto un acuerdo de intercambio cultural en condiciones similares al cerrado con Italia, pero que no llegó a ratificarse por la oposición del Vaticano. Con todo, la cercanía ideológica con la España de Franco fomentó el interés por la Hispanística, hasta entonces netamente menos importante que los estudios ses aparte de algunos especialistas como Vossler. Fruto de la época de mayor cercanía entre las dictaduras de Franco y Hitler fue la inauguración del Instituto Científico Alemán en mayo de 1941, cuya actividad cultural se prolongó literalmente hasta la derrota alemana, siendo clausurado por presión de los aliados. En conjunto, los años de la guerra vieron el desarrollo de un asombroso proyecto de colonización cultural alemana bajo las armas que sin embargo
estaba destinado al fracaso por construirse sobre el revanchismo y una conciencia de absoluta superioridad basada en el predominio militar y que se sirvió para sus fines políticos de grandes romanistas que con notable idealismo quisieron contribuir al mejor conocimiento mutuo entre culturas hasta entonces distanciadas. El último epígrafe concierne al final de la guerra y el subsiguiente proceso de desnazificación dirigido por los aliados. Hausmann demuestra sobradamente cómo en este proceso la arbitrariedad y el espíritu de cuerpo hicieron imposible un verdadero enfrentamiento con el pasado. La conmoción al conocer las dimensiones de los crímenes nazis y el enfrentarse con una gigantesca tarea de reconstrucción fomentó el deliberado olvido de las responsabilidades adquiridas durante la guerra. Las concluciones de Hausmmann son, en definitiva, poco halagüeñas en su conjunto para la Romanística alemana, llamando la atención las escasísimas muestras de solidaridad con los colegas represaliados, una solidaridad que, dicho sea de paso, sí se mostró tras la guerra para ayudar a «limpiar» la actuación nazi durante la guerra de cara a las nuevas autoridades. Asimismo, aunque las obras que pudieran integrarse en una Romanística nacionalsocialista de nueva planta (basada en criterios raciales y destinada a justificar la guerra expansionista y la supresión de otros pueblos) son una minoría, las concesiones retóricas y la solicitud con que se sirvió en los puestos oficiales hubieran merecido una autocrítica y un proceso de reflexión que solo ha comenzado a darse en generaciones posteriores.
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Mario Martín Gijón
Universidad de Extremadura
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MADARIAGA, María Rosa de: Abd el-Krim el Jatabi. La lucha por la independencia. Madrid, Alianza Editorial, 2009, 556 págs. + 70 fotografías, ISBN: 9788420684390. Este libro puede leerse, creo, desde tres puntos de vista distintos: en relación con la historiografía española sobre el Protectorado en Marruecos; en relación al espacio global que la experiencia colonial ocupa en la historiografía (y en la memoria) española y norteafricana; como práctica historiográfica, en fin, que relaciona estos problemas con un género y una estrategia narrativa (la biografía) y una determinada relación con la documentación. Hay que decir, de entrada, que se trata de una obra importante sobre una figura importante de la historia contemporánea de Marruecos y de España. Creo que no es exagerado afirmar que este libro es, ya, la referencia bibliográfica más relevante sobre la figura de Abd el-Krim. Se trata de un valor que nace del trabajo de archivo de la autora y de la documentación (oral y escrita) que pone a disposición de los lectores y de la comunidad científica. M.ª Rosa de Madariaga es un nombre bien conocido para quien se interesa por la historia del colonialismo español en Marruecos: su bibliografía, que cuenta con libros sobre España y el Rif, Los moros que trajo Franco o En el Barranco del Lobo, diseña una trayectoria coherente que ha tratado distintos aspectos de esta historia, desde las campañas españolas en el norte de Marruecos, entre los intereses económicos, los imperativos políticos y los acontecimientos militares, a menudo trágicos, hasta la guerra civil española y los soldados marroquíes que participaron en ella. La lógica de estos títulos deja en evidencia la manera en que la acción colonial en
Marruecos está inseparablemente unida a los acontecimientos mayores de la historia contemporánea española, como la sublevación de 1936 y la instauración de la dictadura franquista. No se trata de constatar de nuevo la importancia que en la victoria del bando llamado nacional tuvo la participación de un numerosísimo contingente de soldados marroquíes. Se trata sobre todo del hecho de que la experiencia africana desempeñó un papel fundamental a la hora conformar el universo técnico, ideológico y político de buena parte de las tropas sublevadas en 1936. Es la culminación de un proceso iniciado en 1921, cuando la terrible y humillante derrota de Annual había dejado en evidencia a un ejército anticuado, ineficaz, mal armado y peor dirigido, abriendo el camino a la creación de un ejército colonial, principal protagonista de la sublevación (para todo esto, v., por ejemplo, S. Balfour, Deadly Embrace. Morocco and the Road to the Spanish Civil War). Abd el-Krim es, desde luego, el nombre que mejor evoca los acontecimientos de 1921. Se trata de una figura situada en la encrucijada de varios de los temas que han interesado a la historiografía de época colonial y de los debates que la han agitado radicalmente. Como es obvio, la expresión «desastre de Annual» privilegia el punto de vista español de los acontecimientos, ya evocado. Pero, desde la perspectiva inversa, las victorias militares contra los españoles hicieron de Abd el-Krim una figura muy relevante de la resistencia contra la ocupación colonial. Se
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trata de una dimensión que se pone especialmente de relieve en el proceso de descolonización de la historia marroquí. En su repaso bibliográfico inicial, M.ª Rosa de Madariaga recuerda y ensalza, de manera muy pertinente, a un historiador y a una obra muy destacados de este proceso: Germain Ayache, Les origines de la guerre du Rif (París, 1981); un libro importante en la dinámica de construcción de un relato nuevo sobre la historia marroquí que superase la óptica colonial, casi siempre reduccionista, sobre todo en el caso español, donde al menos hasta los años setenta seguían aún vigentes, en buena parte de la producción historiográfica, muchos de los tópicos retóricos del tardoimperialismo franquista, cada vez más ridículos y polvorientos. El libro de Ayache planteaba explícitamente la necesidad de crear «un relato nuevo y más conforme a lo que sucedió realmente», y la voluntad de comprender «los orígenes reales, lógicos e inteligibles» de la brillante resistencia de unos humildes pastores rifeños contra dos grandes estados europeos. Las bases de la inteligibilidad de dicha resistencia quedan claras desde el título del primer capítulo, «L'empire des sultans, permanence de l'état et formation d'un peuple»: aunque el Marruecos precolonial no tuviese todos los caracteres reconocibles de un estado moderno, sí existía una formación política ligada a una comunidad que podía ser considerada prenacional o protonacional. En efecto, tanto la lucha por la descolonización política como la lucha por la descolonización de la historia están fuertemente ligadas al desarrollo del nacionalismo, que intenta imponer una lectura propia de la propia historia, hasta entonces alienada. Se trata, por supuesto, de una lectura liberadora pero, a la vez,
llena de contradicción, como ilustra el propio Abd el-Krim. ¿Qué nacionalismo puede reclamar su legado político? ¿El marroquí o el bereber? ¿Cómo interpretar la «República rifeña» que proclamó? Es un debate en buena medida estéril, surgido más bien del desarrollo político de la historia marroquí contemporánea y que propone una lectura desalentadoramente presentista de una realidad mucho más compleja, como el libro de Madariaga demuestra en algunas de sus páginas más interesantes. En efecto, la cultura política de Abd El-Krim no se puede identificar exclusivamente con una lógica de tipo nacional. Miembro de una élite local rifeña, Abd el-Krim surgía de un mundo que oscilaba entre las prácticas políticas del ámbito tribal (un mundo de «honor y baraka», por citar el título de una obra clásica de Raymond Jamous) y la búsqueda de recursos políticos que, según las circunstancias, podían depender de una mayor o menor cercanía al sultán como fuente de poder. En buena medida, la existencia misma de esa élite se justificaba por su posición intermedia entre las instituciones locales y los distintos poderes que actuaban sobre la zona. La evolución de la relación de Abd el-Krim con el sultán puede entenderse desde esa óptica, más que desde una ruptura desde el nacionalismo bereber. Y lo mismo cabe decir de sus cambiantes relaciones con España y Francia. Es ilustrativo el análisis del uso del término «yumhuriyya» o «república»: como explica Madariaga, según Abd el-Krim la palabra «república» se usaba en el Rif traducida del español para designar «pequeñas agrupaciones locales», lejos del sentido que tenía en la tradición política europea y atlántica, aunque a la larga acabó revistiéndose de la carga que el con-
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cepto «república» poseía en cuanto forma de gobierno democrático. Estos deslizamientos de sentido son muy grandes, como se puede inferir del propio título del capítulo donde Madariaga trata estos temas, «De la tribu al estado-nación»; un proceso demasiado complejo que acaba en cierto modo siendo ocultado, quizás remodelado, por la lógica del discurso de la liberación de los pueblos y de la resistencia ante la ocupación colonial. Al final es lícito preguntarse por la manera en que una cultura política tradicional adopta los rasgos del nacionalismo moderno, pero también por la forma en que las estructuras políticas tradicionales consiguen reproducirse a través de los procesos nacionales del postcolonialismo; este es el argumento de una obra mayor de la antropología política marroquí contemporánea, como es la de Abdellah Hammoudi, Master and Disciple, donde se analiza el mantenimiento de las estructuras políticas básicas de la autoridad política y religiosa a través de la historia de Marruecos contemporáneo. ¿Se puede contar esta historia con una biografía? Se trata de un género que parece haberse impuesto de manera natural a M.ª Rosa de Madariaga, que comienza el libro aludiendo a una identificación casi personal con la figura del líder rifeño; en efecto, para una familia de tradición liberal como la suya, el «moro» se identificaba con las tropas marroquíes que habían luchado en el bando franquista, una imagen profundamente negativa que subrayaba su papel de aliados del dictador, que se paseaba rodeado de su guardia mora. Como contrapunto de esta imagen, Abd el-Krim se presentaba en primera instancia como un luchador por los derechos de los pueblos oprimidos, un alia-
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do natural de quienes se habían opuesto a la opresión política. De hecho, el libro termina afirmando la universalidad del «legado» de Abd el-Krim, cuyo «espíritu permanece vivo como símbolo de la lucha por la libertad y la independencia de los pueblos» (pág. 534). Sin duda, este punto en el que la biografía de Abd el-Krim se cruza con la de M.ª Rosa de Madariaga constituye un lugar importante de construcción de sentido, que reproduce los conflictos políticos e ideológicos ligados a la descolonización, y que, como se sabe, han ido unidos a una profunda reflexión historiográfica (y no solo) sobre la posibilidad de verdad y de objetividad en un mundo multicultural. En este contexto, que ha favorecido la reivindicación de ciertas formas retóricas, la biografía ha conocido una reinvención como género histórico, capaz de expresar, por ejemplo, la articulación de los acontecimientos a pequeña escala con los grandes procesos, con la larga duración. Sin embargo, este tipo de reflexión no se encontrará en el libro de Madariaga, que ha favorecido un tipo de narrativa muy apegado al documento, al testimonio, y donde la identificación de la biografía de un gran personaje (y de su entorno directo) con un gran proceso es inmediata. Yo creo que una de las razones de esta elección se encuentra en el hecho de que, en buena medida, la historiografía española ha tenido que descolonizarse, como la marroquí, de su propio pasado franquista. La superación de ese pasado, tan grave por lo que respecta a la relación de España con el Norte de África, exige trabajar en distintos registros al mismo tiempo, desde la reconstrucción factual hasta la sociología o la antropología históricas. En todos estos campos, la evolución de los últimos años ha
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sido extraordinaria. Por lo que respecta a este libro, la propia Madariaga subraya desde el comienzo cuántas incorrecciones, falsedades, tópicos y malentendidos se habían adherido a este personaje y a este periodo de la historia de España y Marruecos. Sin duda, este libro es un momento importante de
revisión crítica. Yo creo, sin embargo, que el resultado final hubiese mejorado si la obra hubiera sido más corta y si la autora no hubiera creído necesario reproducir algunos documentos hasta su último detalle. Se trata, en todo caso, de un aspecto que no debe empañar los méritos del libro.
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Fernando Rodríguez Mediano CSIC
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Epígrafes. Cada parte en que se divida el texto llevará su epígrafe correspondiente en mayúsculas y negrita. Para las subdivisiones dentro de cada parte se usarán minúsculas y negrita. En ningún caso los epígrafes vendrán numerados ni en arábigo ni en romano. Citas de archivos. Los nombres completos de los archivos citados, junto a sus siglas correspondientes, se especificarán al comienzo del texto en una nota marcada con un asterisco (*) situado al final del título del trabajo. Referencias bibliográficas. Aparecerán únicamente en las notas a pie de página según las normas siguientes: a) Libro Apellido/s del autor/es en mayúsculas, año de publicación de la obra, tomo o volumen si lo hubiera y página/s: DOMÍNGUEZ ORTIZ, 1954, vol. 1: 34-60. Si se citan varios libros en la misma nota, se separarán con un punto: DOMÍNGUEZ ORTIZ, 1954, vol. 1: 34-60. RUIZ MARTÍN, 1991: 188-189. Si se citan varias obras del mismo autor publicadas en años diferentes, se separarán con un punto y coma sin repetir el nombre del autor: DOMÍNGUEZ ORTIZ, 1954, vol. 1: 34-60; 1973, 44-46. Si se citan varias obras del mismo autor publicadas en el mismo año, cada obra se diferenciará añadiendo al año de edición una letra del abecedario: DOMÍNGUEZ ORTIZ, 1954a, vol. 1: 34-60; 1954b, 78-80. b) Capítulo de libro: Apellido/s del autor/es en mayúsculas, año de publicación de la obra, tomo o volumen si lo hubiera y página/s: GUINOT, 2004, vol. 2: 421-422. c) Artículo: Apellido/s del autor/es en mayúsculas, volumen de la revista y número si lo hubiera, lugar y año de publicación entre paréntesis y página/s: BRONFELD, 71/2 (Lexington, 2007): 465-498. d) Documentos: Nombre del documento en cursiva, siglas del archivo, fondo o sección, número de legajo o libro y expediente o folio/s: Consulta del Consejo de Estado, AHN, Estado, legajo 13156, exp. 21. BIBLIOGRAFÍA FINAL Al final del artículo, y por orden alfabético, se incluirá la lista completa de los autores citados. Aparecerán por el apellido/s seguido del nombre en minúsculas (si una obra pertenece a varios autores, se citarán separados por comas), título de la obra en cursiva, ciudad de publicación, editorial y año, todo separado por comas: DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio, Política y hacienda de Felipe IV, Madrid, Pegaso, 1960. En caso de incluir varias obras de un mismo autor, éste será citado por cada obra.
Si las obras han sido publicadas en distinto año, se ordenarán por orden cronológico; pero si han sido publicadas en el mismo año, se pondrán por orden alfabético respecto de sus títulos y se añadirá una letra del abecedario al año de edición. Distinto año: DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio, Política y hacienda de Felipe IV, Madrid, Pegaso, 1961. DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio, Alteraciones andaluzas, Madrid, Narcea, 1973. Mismo año: DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio, La clase social de los conversos en Castilla en la Edad Moderna, Madrid, CSIC, 1955a. DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio, La sociedad española en el siglo XVIII, Madrid, CSIC, 1955b. En caso de obras colectivas, primero aparecerán el autor y el trabajo citado en el artículo y, a continuación, los datos de la obra colectiva: GUINOT, Enric, «La implantació de la societat feudal al País Valencià del segle XIII: la gènesi de les senyores i l´establiment de les terres», en Flocel Sabaté y Jean Farré (coords.), El temps i l´espai del feudalisme, Lérida, Pagès, 2004; 421-442. Los artículos se citarán del modo siguiente: BRONFELD, Saul, «Fighting Outnumbered: The Impact of the Yom Kippur War on the U.S. Army», The Journal of Military History, 71/2 (Lexington, 2007): 465-442. Los libros, capítulos de libro y artículos electrónicos se citarán según estos ejemplos: a) Libros PUMARINO, Andrés, La propiedad intelectual en ambientes digitales educativos [en línea], Santiago de Chile, DuocUC, 2004. Disponible en: http://biblioteca.duoc.cl.digital/aovalle/ general/guias/computacion/_propiedadintelectual/ propiedad_intelectual.htlm [consultado el 18 de octubre de 2005] b) Capítulo de libro ESTEVEZ, Raúl, ACUÑA IGLESIAS, Rodrigo, Evaluaciones por competencias laborales [en línea], Santiago de Chile, DuoUC, 2005. Capítulo 2. Identificación de las tareas. Disponible en: http://biblioteca.duoc.cl/bdigital/Libros_electronicos/338PTX410epcl2004.doc [consultado el 11 de mayo de 2009] c) Artículos BLANCO FERNÁNDEZ, Carlos, «Aproximación a la historiografía sobre Don Juan de Austria », Tiempos Modernos, Revista electrónica de Historia Moderna [en línea]. 3 (2002). Disponible en: http://tiemposmodernos.org/tm3/index.php/tm/issue/view/6 [consultado el 21 de febrero de 2008] ZUBILLAGA, Carlos, «El asociacionismo inmigratorio español en Uruguay en la mira del franquismo: entre la oposición y el disciplinamiento», Revista de Indias [en línea] 69 (2009). doi: 10.3989/revindias.2009.002 d) Documentos electrónicos con localizador permanente DOI (Digital Object Identifier), ya sean libros, capítulos de libro o artículos, se citarán utilizando el localizador DOI con preferencia a su dirección URL (o dirección ‘http://’), siendo innecesario en este caso añadir la fecha de consulta:
Citas literales. Se pondrán entre comillas bajas cuando el texto esté escrito en español y francés (« »). Para citas en inglés y otros idiomas se usarán comillas altas (“ ”). Si la cita supera las dos líneas, se escribirá en texto sangrado y en cuerpo menor. Gráficos, mapas, cuadros estadísticos, tablas y figuras. Incluirán una mención de las fuentes utilizadas para su elaboración y del método empleado. Estarán convenientemente titulados y numerados, de modo que las referencias dirigidas a estos elementos en el texto se correspondan con estos números. Este sistema facilita alterar su colocación si así lo exige el ajuste tipográfico. Las imágenes se enviarán preferentemente en formato TIFF o JPG (nunca en WORD ni en PDF) y con una resolución de 300 ppp. Los mapas y gráficos deben ir en formato vectorial para poder editarlos sin merma de la calidad de la imagen. 5. PROCESO DE EVALUACIÓN El método de evaluación de Hispania es el denominado de «doble ciego», que ayuda a preservar el anonimato tanto del autor del texto como de los evaluadores. El Consejo de Redacción decidirá sobre la publicación del texto a la luz de los informes, que serán dos como mínimo. En el caso de que un artículo no se adecue a la línea general de la revista, será devuelto a su autor sin necesidad de evaluación. El secretario de la revista notificará al autor la decisión tomada sobre su trabajo. En caso de aceptación, el secretario podrá adjuntar, además, la relación de modificaciones sugeridas por los evaluadores. La decisión última de publicar un texto puede estar condicionada a la introducción de estas modificaciones por parte del autor, que dispondrá de un plazo de seis meses para volver a enviar su texto. Superado este plazo, el artículo repetirá enteramente el proceso de evaluación. Tanto los artículos rechazados como los informes de los evaluadores se conservarán en el archivo de la revista. Los autores que hayan publicado en Hispania deberán esperar un mínimo de dos años para enviar un nuevo trabajo. 6. CORRECCIÓN DE PRUEBAS Los autores recibirán las primeras pruebas para su corrección, que se limitará a los errores gramaticales, ortográficos y tipográficos según las normas de la revista. No podrán introducirse modificaciones que alteren de modo significativo el ajuste tipográfico. La corrección de las segundas pruebas será responsabilidad del secretario y del director de la revista. 7. SEPARATAS La revista entregará a los autores separatas de los textos publicados en el formato o formatos establecidos en cada momento por el Servicio de Publicaciones del CSIC. 8. DERECHOS DE AUTOR Los textos publicados en Hispania, tanto en papel como en su versión electrónica, son propiedad del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, siendo necesario citar su procedencia cuando sea necesario. Salvo indicación contraria, todos los contenidos de la edición electrónica de Hispania se distribuyen bajo una licencia de uso y distribución Creative Commons Reconocimiento-Uso no Comercial 3.0 España (CC-by-nc 3.0). La indicación de la licencia de uso y distribución, CC-by-nc, ha de hacerse constar expresamente de esta forma cuando sea necesario. Puede consultar la versión informativa y el texto legal de dicha licencia en los siguientes enlaces: http://creativecommons.org/licenses/by-nc/3.0/es/ http://creativecommons.org/licenses/by-nc/3.0/es/legalcode.es Los s pueden realizar un número razonable de copias impresas para su uso personal o con fines educativos o de investigación.
GUIDELINES FOR CONTRIBUTORS 1. TEXTS Articles. The author is to send the text with a letter attached explicitly stating that it is an original work, that no part of it has previously been published, that it has not been published in any other language and that it is not in the evaluation phase for any other journals or publications. This letter is also to include the author’s professional information such as place of work, e-mail address and a mailing address. The texts are to be presented with footnotes and with a final bibliography. The length of the paper is to be between 10,000 and 12,000 words. It should be accompanied by a first page with the title of the article, an abstract of no more than 200 words and 6 key words, all in both Spanish and English. The abstract should describe the objectives, sources, methodology, argument and conclusions of the paper. The journal recommends maintaining this order throughout the article. Monographs. The journal also publishes monograph studies consisting of a minimum of six articles and a maximum of eight on a single subject. The proposal for the monograph will be made by the coordinator of the group by means of a letter of no more than 100 words that is to include the title, the authors, each one’s articles and an explanation of the topic addressed in the monograph. The monograph will be published with a short introduction by the coordinator. These articles are to abide by the same rules as the others in the journal regarding length and type of evaluation. The eventual translation to Spanish or any other language of an article from the monograph will be the responsibility of its author or the coordinator of the monograph. Critical studies. What the journal sees as a critical study is those articles of historiographical character that analyze at least three recent papers on one subject. In the case that they cover a higher number that the one specified, the chronology of the study should not exceed the last twenty years. The objective of these works is not to offer and exhaustive view of titles, but to analyze the most innovative ideas that emerge in a specified historiographical field. The length of these papers should be between 5,000 and 10,000 words. The author is to send the proposal of his critical study to the journal with a brief letter explaining the interest in the chosen subject along with the papers that are the object of his study. The Board of Editors will decide on its acceptance, after which the author will have a maximum of four months to send the text. Either the Board of Editors or experts working outside of the journal will be in charge of the final evaluation of the critical study. Reviews. Hispania commissions the review of any number of works they deem appropriate to recognized specialists. Under no circumstances will any reviews that have not been previously approved by the Board of Editors be published. The journal will welcome submissions, either sent by mail or that provide editorial information. The length of a review may be no longer tan 2,000 words, which is why authors are encouraged to foster criticism of the work rather than summarizing its content. Hispania reserves the right to publish any commissioned reviews once they have been received. 2. LANGUAGES Since its foundation in 1940, the journal has been publishing works in the main languages of its scientific field. Publication in other languages will be studied on a case-by-case basis by the Board of Editors. This policy has been in place for all sections of the journal since 2011. 3. DELIVERY OF TEXTS Texts are to be sent by e-mail to
[email protected]. The journal will provide acknowledgement of receipt. Paper or CD submissions will only be accepted under exceptional circumstances. 4. STYLE GUIDELINES The journal follows the guidelines that have been approved by the Association of Spanish Language Academies for all issues pertaining to grammar and spelling. Furthermore, Hispania reserves the right to make style corrections in texts in order to adapt them to its editorial guidelines
and the general character of the journal. In the case of any disagreement with the author, the journal’s criteria will prevail. Epigraphs. Each part the text is divided into will have its corresponding capitalized, bold epigraph. Lower-case bold is to be used for subdivisions within each part. Under no circumstances will epigraphs be numbered in Arabic or Roman numerals. Citation of sources. The complete names of any cited files, along with their corresponding abbreviations, are to be specified at the beginning of the text in a note marked with an asterisk (*) situated at the end of the title of the work.. Bibliographical references. They will only appear as footnotes following these guidelines: a) Book: The surname/s of the author/s capitalized, date of publication, volume or part, if appropriate, and page number/s: DOMÍNGUEZ ORTIZ, 1954, vol. 1: 34-60. If several books are cited in the same footnote, separate them using a period: DOMÍNGUEZ ORTIZ, 1954, vol. 1: 34-60. RUIZ MARTÍN, 1991: 188-189. If citing several works by the same author but with a different date of publication, separate them by using a semicolon without repeating the author’s name: DOMÍNGUEZ ORTIZ, 1954, vol. 1: 34-60; 1973, 44-46. If citing several works by the same author published within the same year, distinguish each work by adding a letter of the alphabet to the year of publication: DOMÍNGUEZ ORTIZ, 1954a, vol. 1: 34-60; 1954b, 78-80. b) Book chapter: The surname/s of the author/s capitalized, date of publication, volume or part, if appropriate, and page number/s: GUINOT, 2004, vol. 2: 421-422. c) Journal articles: The surname/s of the author/s capitalized, volume number and issue/part number, if appropriate, date of publication in parentheses and page number/s: BRONFELD, 71/2 (Lexington, 2007): 465-498. d) Documents: Name of the document in italics, archive abbreviation, collection or section, file or book number and record group or page/s: Consulta del Consejo de Estado, AHN, Estado, legajo 13156, exp. 21. FINAL BIBLIOGRAPHY At the end of the article, and in alphabetical order, a complete list of all the authors cited is to be included. Their surnames should be followed by their first names in lowercase (if a work belongs to several authors, separate each one by using a comma), title of work in italics, place of publication, name of publisher and year of publication, all separated by commas: Domínguez Ortiz, Antonio, Política y hacienda de Felipe IV, Madrid, Pegaso, 1960.
If several works by the same author are included, he/she is to be cited for each work. If the works were published in different years they should be cited in chronological order; but if they were published in the same year, they should be cited in alphabetical order by title adding a letter of the alphabet to the year of publication. Different year: DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio, Política y hacienda de Felipe IV, Madrid, Pegaso, 1961. DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio, Alteraciones andaluzas, Madrid, Narcea, 1973. Same year: DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio, La clase social de los conversos en Castilla en la Edad Moderna, Madrid, CSIC, 1955a. DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio, La sociedad española en el siglo XVIII, Madrid, CSIC, 1955b. In the case of collective works, the author and the work cited in the text should appear first, followed by the information regarding the collective work: GUINOT, Enric, «La implantació de la societat feudal al País Valencià del segle XIII: la gènesi de les senyores i l´establiment de les terres», en Flocel SABATÉ y Jean FARRÉ (coords.), El temps i l´espai del feudalisme, Lérida, Pagès, 2004; 421-442. Articles should be cited the following way: BRONFELD, Saul, «Fighting Outnumbered: The Impact of the Yom Kippur War on the U.S. Army», The Journal of Military History, 71/2 (Lexington, 2007): 465-442. Online books, chapters and articles should be cited following these examples: a) Books: PUMARINO, Andrés, La propiedad intelectual en ambientes digitales educativos [online], Santiago de Chile, DuocUC, 2004 [retrieved on October 18, 2005]. Available at: http://biblioteca.duoc.cl.digital/aovalle/general/guias/computacion/_propiedadintelectual/propi edad_intelectual.htlm b) Book chapter: ESTEVEZ, Raúl, ACUÑA IGLESIAS, Rodrigo, Evaluaciones por competencias laborales [online], Santiago de Chile, DuoUC, 2005. Chapter 2. Identificación de las tareas. Available at: http://biblioteca.duoc.cl/bdigital/Libros_electronicos/338PTX410epcl2004.doc [retrieved on May 11, 2009] c) Article: BLANCO FERNÁNDEZ, Carlos, «Aproximación a la historiografía sobre Don Juan de Austria », Tiempos Modernos, Revista electrónica de Historia Moderna [online]. 3 (2002). Available at: http://tiemposmodernos.org/tm3/index.php/tm/issue/view/6 [retrieved on February 21, 2008] d) Online documents with a DOI (Digital Object identifier), whether a book, book chapter or journal article, should be cited using its DOI with preference to its URL (or ‘http://’ address); when using the DOI it is unnecessary to include the retrieval date: ZUBILLAGA, Carlos, «El asociacionismo inmigratorio español en Uruguay en la mira del franquismo: entre la oposición y el disciplinamiento», Revista de Indias [online] 69 (2009). doi: 10.3989/revindias.2009.002
Literal quotes. If the text is written in Spanish or French, double angle quotes should be used (« »). For citations in English and other languages, quotation marks should be used (“ ”). If the quote exceeds two lines, the text should be indented and in a smaller font-size. Graphs, maps, tables, statistical charts and figures. Mention of any sources used in their creation, as well as the method that was employed, should be included. They are to be conveniently titled and numbered, so that the references made to the elements in the text correspond to these numbers. This system will make altering its placement easier if typographic adjustments are needed. The images are to be sent preferably in TIFF or JPG format (never WORD or PDF) and with a resolution of 300 dpi. Maps and graphs should be in vector format so as not to alter the quality of the image when editing. 5. EVALUATION PROCESS The evaluation method used by Hispania is called a «double blind», which helps to preserve the anonymity of both the author of the text and the evaluators. The Board of Editors will decide whether the text is published upon viewing the reports, of which there will be at least two. If an article does not suit the general style of the journal, it will be returned to the author without requiring evaluation. The secretary of the journal will notify the author about any decision made pertaining to his work. If it is accepted, the secretary may also attach any modifications suggested by the evaluators. Any final decision made on publishing a text may be conditioned by the inclusion of these modifications by the author, who will have six months to send his text back. If this deadline is not met, the article will have to repeat the entire evaluation process. Articles that have been rejected and the reports made by the evaluators will be kept in the journal’s files. Authors that have published in Hispania must wait two years in order to submit a new project. 6. PROOFREADING The authors will receive the first proofs for correction, which will be limited to grammar, spelling and typography mistakes following the rules of the journal. Corrections that significantly alter any typographic adjustments will not be allowed. The journal director and secretary will be in charge of correcting the second proofs. 7. OFFPRINTS The journal will give the authors offprints of the published texts in the format or formats that are established by the Publishing Division of the CSIC at any given time. 8. COPYRIGHT All texts published by Hispania, both on paper and online, are the property of the Spanish National Research Council (Consejo Superior de Investigaciones Científicas, CSIC), and quoting this source is a requirement for any partial or full reproduction. Unless otherwise indicated, all contents of the online edition of Hispania are distributed under a Creative Commons AttributionNon Commercial 3.0. Spain (CC-by-nc 3.0) license.The indication of this license CC-by-nc must be expressly stated in this way when necessary. You may read the basic information and the legal text of the license using these links: http://creativecommons.org/licenses/by-nc/3.0/es/ http://creativecommons.org/licenses/by-nc/3.0/es/legalcode.es s can produce a reasonable number of printed copies exclusively for personal use or for educational or research purposes.
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Volumen LXXII
Nº 241
mayo-agosto 2012
288 págs.
ISSN: 0018-2141
Volumen LXXII
Sumario JIMÉNEZ SÁNCHEZ, Juan Antonio: El recurso a la tiranía como respuesta a la dominación visigoda en la tarraconense (siglos V-VI) / The use of tyranny in response to the Visigothic domination in the Tarraconensis (5th-6th centuries) CARVAJAL CASTRO, Álvaro: Trascender el espacio de poder. Hacia una caracterización de las escalas de acción en la Alta Edad Media entre las cuencas del Cea y del Pisuerga / Beyond the Space of Power. Towards a Characterization of the Scales of Action in the Territories between the Rivers Cea and Pisuerga in the 10th and 11th centuries PIQUERAS JUAN, Jaime: Permanecer a través del tiempo: estrategias sucesorias y transmisión de los patrimonios en la sociedad valenciana del siglo XV / Enduring over time: Estate inheritance strategies and transfer of wealth within 15th century Valencian society SEIJAS MONTERO, María: El patrimonio de los monasterios cistercienses del sudoeste gallego en la Edad Moderna / The heritage of the southwest Cistercian monasteries of Galicia in the Modern Age MARTÍN MARCOS, David: «Ter o Archiduque por vezinho». La jornada a Lisboa de Carlos III en el marco del conflicto sucesorio de la Monarquía de España«Ter o Archiduque por vezinho» / The journey of Charles III to Lisbon in the context of the conflict of the succession of the Spanish monarchy VÁZQUEZ CIENFUEGOS, Sigfrido: El Almirantazgo español de 1807: la última reforma de Manuel Godoy / The Spanish iralty of 1807: The last reform Of Manuel Godoy SÁNCHEZ CARCELÉN, Antoni: Las consecuencias económicas de la ocupación napoleónica en Lérida / The economic consequences of the Napoleonic occupation of Lérida VILCHES, Jorge: El posibilismo republicano ante el catolicismo durante el reinado de Alfonso XII. A propósito de los sucesos de La Santa Isabel (1884) / Republican Possibilism and Catholicism during the reign of Alfonso XII. Regarding the events of La Santa Isabel (1884) RESEÑAS
Volumen LXXII | Nº 241 | 2012 | Madrid
ESTUDIOS
Nº 241
mayo-agosto 2012
Madrid (España)
ISSN: 0018-2141